El documento resume la historia y estructura del Código Civil de España de 1889. Tras muchas tensiones, el Código Civil se promulgó en 1889 y sigue vigente hoy en día, aunque ha sufrido varias modificaciones a lo largo de los años. El Código Civil se organiza en cuatro libros siguiendo un plan romano-francés y contiene 1.976 artículos.
1. ELABORADO POR: SANDRA VERGARA
LORNA MARTÍNEZ
MIÉRCOLES, 13 DE JUNIO DE 2012.
2. El Código Civil de España promulgado en
1889, es la norma jurídica que contiene el
fundamento del derecho civil de carácter
común en España. Es uno de los códigos civiles
más tardíos en aparecer debido a tensiones
sociopolíticas, religiosas y territoriales.
Tras muchas modificaciones, el Código civil de
1889 sigue vigente.
3. En la historia Española han existido varias etapas
fundamentales hasta el Código Civil actual:
PRIMERA ETAPA:
En una primera época se persigue la formulación
de un Código único que rigiera en todo el
territorio. Son las Cortes de Cádiz, en 1811, las que
aprobaron una proposición para que en la
Constitución de 1812 se recogiera esta aspiración
codificadora.
4. La Constitución de Cádiz señaló que "El
Código civil, criminal y de comercio serán unos
mismos para toda la monarquía, sin perjuicio
de las variaciones que por particulares
circunstancias puedan hacer las Cortes“ y
recogiendo así la posibilidad de admitir la
pervivencia de los Derechos Forales.
5. SEGUNDA ETAPA:
En una segunda época se persigue la publicación
de un Código Civil general sobre la base del
Derecho Castellano y Apéndices, en los que se
contendrían las particularidades vigentes en los
territorios forales.
6. En este periodo hubo dos Leyes de Bases por la
que se ordenó la redacción de un Código Civil:
• 1. El proyecto de 1881 que no tuvo aceptación al
eliminarse los tradicionales derechos supletorios
de los territorios forales; y
• 2. El proyecto de 1889 que fue más respetuoso
con los derechos forales, al establecer el principio
de unidad en algunas materias y el sistema de
apéndices para otras.
7. El Código regula las instituciones
fundamentales que forman el Derecho civil, sin
embargo no todo lo que contiene es Derecho
civil, ni todo el Derecho civil está contenido en
él. Se explica porque el Código viene a
pretender contener no sólo el Derecho privado
general, sin el mercantil, sino todas las
disposiciones de Derecho común.
8. Según De Castro, el Código se redactó con
humildad quizás excesiva, esperando la
corrección de la experiencia y los progresos
realizados por otros países.
9. Durante los cincuenta primeros años, solo se cambia el
Código para facilitar el uso del testamento
ológrafo, acordando acomodar la sucesión del
abintestato a la realidad social de la familia, y reducir
el grado de suceder al cuarto grado.
• En mayo de 1978 se modificaron diversos
artículos como consecuencia de la despenalización del
adulterio y del amancebamiento.
• En noviembre de 1978 se modificaron también
algunos artículos para recoger el establecimiento de la
mayoría de edad a los 18 años.
10. • En 1981 se modifica a consecuencia de la
aprobación de la Ley del divorcio.
• En 1990 se hacen desaparecer cualquier
discriminación por razón de sexo.
• En 2005 se modificó para permitir el
matrimonio entre personas del mismo sexo y la
adopción de niños por dichas parejas.
11. Su estructura responde al plan romano-francés
o de Gayo, en cuanto que se considera que sólo
son posibles objetos del Derecho las
personas, las cosas y las acciones, cuando
actualmente se suele seguir las tesis de
Savigny, que divide el Derecho Civil en Parte
General, derechos reales, derechos de
obligaciones, derecho de familia y derecho de
sucesión "mortis causa".
12. El Código civil español sigue el plan adoptado
por el francés de las personas, cosas, modos de
adquirir y consta de Título preliminar y cuatro
Libros, Los libros se dividen en títulos, los
títulos en capítulos, los capítulos en secciones y
las secciones en artículos. Lo componen 1.976
artículos.
13. • Título preliminar. De las normas jurídicas, su
aplicación y eficacia <<artículos 1 al 16>>
• Libro primero. De las personas, <<artículos
17 a 332>>
• Libro segundo. De los bienes, de la
propiedad y de sus modificaciones, <<artículos
333 a 608>>
• Libro tercero. De los diferentes modos de
adquirir la propiedad, <<artículos 609 a 1087>>.
14. • Libro cuarto. De las obligaciones y contratos
<<artículos 1088 a 1976>>
• Art 1976: no es un artículo en materia civil, es
una disposición final derogatoria.
• 3Disposicionaes adicionales: regulan la
revisión del código cada 10 años.
• 13 Disposiciones transitorias: relativas al
paso de la legislación antigua a la
nueva, <<derecho transitorio>>