Grupo: 012
Equipo: 1150830,1150838 y 1152468
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA
FACULTAD DE DERECHO
16 DE MAYO DEL 2017
TECNOLOGÍAS DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA
LOURDES LETICIA CHAVEZ ALVAREZ
CORMECIO ELECTRÓNICO
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MORALES PATLAN ALEXSIA 1150830
ORTEGA MENDIOZA STEPHANIE GUADALUPE 1150838
ORTIZ GUTIERREZ LESLIE VIANEY 1152468
Grupo: 012
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ÍNDICE
1. ¿Qué es?
1.1 Marco Jurídico
2. Labor de los órganos respectivos
3. Monitoreo de tiendas virtuales
4. ¿Qué se revisa a través del monitoreo de tiendas virtuales?
5. Problemas jurídicos
6. Los consumidores y el comercio electrónico
6.1 Elementos por considerar en los portales de comercio electrónico de acuerdo
con la ley federal de protección al consumidor
7. Conclusión
8. Bibliografía
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COMERCIO ELECTRÓNICO
Para poder empezar hablar de este tema es importante primero el saber
cuál es la concepción de comercio electrónico, este se utiliza con frecuencia en
los medios informativos, en los negocios y en el lenguaje común para referirse a
una amplia gama de actividades que normalmente se asocian al uso de
computadoras.
Por la profeco en México el comercio electrónico es defino por los estudios
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como
el proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a
través de las redes de comunicación. Representa una gran variedad de
posibilidades para adquirir bienes o servicios ofrecidos por proveedores en
diversas partes del mundo. Las compras de artículos y servicios por internet o en
línea pueden resultar atractivas por la facilidad para realizarlas, sin embargo, es
importante que los ciberconsumidores tomen precauciones para evitar ser víctimas
de prácticas comerciales fraudulentas.
A lo largo de los años esta
práctica se ha estado volviendo más
común en todo lo que es el mundo.
Lo que podemos tomar como los
inicios de esto serian las
transacciones bancarias que fue lo
que impulso el comercio por
´´internet´´. Estos han ido creciendo a
la par, y cada día es más común el
ver que las grandes empresas
realizan este tipo de operaciones y al parecer esto no tiene ningún signo de
detenerse, sino todo lo contrario.
El comercio electrónico se puede definir, en un sentido amplio, como
cualquier forma de" transacción O intercambio de información. Comercial basada
en la transmisión de datos sobre redes de comunicación Como internet.
El comercio electrónico no solo se basa en compra venta y transacciones
por medio electrónico, sino que también va implicada la publicidad, la búsqueda de
productos o información que se buscan de interés, por solo mencionar algunas de
las características que contiene este tipo de comercio.
Grupo: 012
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Existen diferentes tipos de este, como lo son entre empresas, entre
empresas y consumidor y empresas y administrador. Este ofrece muchas ventajas
y facilidades a las personas.
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MARCO JURÍDICO
El ciberconsumidor mexicano está protegido cuando realiza compras por
internet. La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) contiene
disposiciones generales sobre comercio electrónico en su capítulo VIII bis (De los
derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso
de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología).
En estos artículos es
en donde se estipula el
cuidado de los consumidores,
además de la publicidad
engañosa que pueden tener
algunos artículos, esto es
muy común, ya que
normalmente las personas o
los vendedores suelen
exagerar o sobrevalorar los
artículos que estos manejan.
Es por eso que ahora las paginas en donde se lleva a cabo el comercio
electrónico se encarga de verificar que los artículos
VII. La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos
comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas
abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios.
VIII. La real y efectiva protección al consumidor en las transacciones
efectuadas a través del uso de medios convencionales, electrónicos, ópticos o de
cualquier otra tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados.
Artículo 75 del Código de Comercio, se enlistan los actos que la ley reputa
como actos de comercio. Podemos concluir que estos actos pueden ser reflejados
siempre en contratos o convenios que por su propia naturaleza se entiende que
son mercantiles.
En este se establece la ´´celebración´´ de contratos y como es que la ley los
ve, y en al artículo 80 de este mismo código establece que si se puede realizar el
comercio por la manera electrónico, dice lo siguiente ´´En los actos de comercio y
en la formación de los mismos podrán emplearse los medios electrónicos, ópticos
o cualquier otra tecnología´´
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LABOR DE LOS ÓRGANOS RESPECTIVOS
Al Consejo del Comercio de Servicios que examine el trato del comercio
electrónico en el marco jurídico del AGCS e informe al respecto;
Al Consejo del Comercio de
Mercancías que examine los aspectos del
comercio electrónico pertinentes a las
disposiciones del GATT de 1994, a los
acuerdos comerciales multilaterales
comprendidos en el Anexo 1A del Acuerdo
sobre la OMC y al programa de trabajo
aprobado, e informe al respecto;
Al Consejo de los ADPIC que
examine las cuestiones referentes a la propiedad intelectual que se planteen en
relación con el comercio electrónico e informe al respecto;
Al Comité de Comercio y Desarrollo que examine las consecuencias del
comercio electrónico para el desarrollo e informe al respecto, teniendo en cuenta
las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en
desarrollo.
El Comité de Comercio y Desarrollo examinará las consecuencias del
comercio electrónico para el desarrollo e informará al respecto, teniendo en cuenta
las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en
desarrollo.
El comercio electrónico puede ser un complemento de los medios por los
que se realiza tradicionalmente el comercio. Ocupa un lugar al lado del transporte
material de las mercancías, por ejemplo, ya que proporciona medios
complementarios para el estudio de los mercados internacionales, la publicidad y
la comercialización, la compra de insumos intermedios y la realización de pagos
por medios electrónicos.
De ese modo, permitirá quizás que se creen nuevas corrientes comerciales
que de otro modo no se habrían considerado comercialmente viables debido al
costo prohibitivo o a las dificultades materiales con que tropezarían las
transacciones correspondientes si no existiera la transmisión electrónica: algunos
ejemplos de esto pueden ser los servicios de enseñanza, médicos o de consultoría
en línea y la recuperación de información de las bases de datos.
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MONITOREO DE TIENDAS VIRTUALES
Con el propósito de verificar lo previsto por la Ley Federal de Protección al
Consumidor en algunos sitios mexicanos, Profeco revisa la información contenida
en sitios con tiendas virtuales con el fin de determinar el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 76 bis de la LFPC.
Los resultados del monitoreo son útiles para verificar
que los sitios mexicanos que ofrecen venta en línea cumplan
con los elementos necesarios para proteger tus derechos
como consumidor o consumidora, tales como medidas de
seguridad para proteger tus datos personales y financieros,
medios de contacto para presentar una reclamación o
solicitar una aclaración, entre otros.
Los reportes del monitoreo se actualizan quincenalmente.
¿QUÉ SE REVISA A TRAVÉS DEL MONITOREO DE TIENDAS VIRTUALES?
 Política o aviso de privacidad. Que los sitios especifiquen qué
información personal recopilan y cuál es el uso que se le da.
 Seguridad en datos personales. Que los sitios cuenten con medios
técnicos para encriptar la información personal de sus clientes, tales como
nombre, domicilio, fecha de nacimiento, RFC, número telefónico y correo
electrónico.
 Seguridad en datos financieros. Que los sitios cuenten con medios
técnicos para encriptar tus datos financieros al momento de realizar su
pago.
 Domicilio físico y número telefónico fijo. Que los sitios exhiban una
dirección física y muestren un número telefónico donde puedas presentar
reclamaciones o solicitar aclaraciones.
 Descripción detallada de bienes o servicios. Que se detalle una
descripción real, clara y suficiente del bien o servicio en venta, que te sea
útil para tomar una decisión de compra.
 Costos totales e impuestos. Que los precios se expresen en moneda
nacional, desglosando los costos totales, impuestos y costos de envío.
 Información sobre formas de pago. Que los sitios informen sobre los
medios de pago disponibles.
 Condiciones de envío o entrega. Que los sitios especifiquen los tiempos y
medios de entrega, así como el área de distribución.
 Condiciones de cancelación, devolución o cambio. Que los sitios
informen cuáles son los criterios, plazos, penalizaciones y otras condiciones
para realizar una cancelación, devolución o cambio.
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PROBLEMAS JURÍDICOS
El comercio electrónico ha empezado a tener repercusiones extraordinarias
en la estructura de nuestros mercados y normativas; sin embargo, esos cambios
también plantean problemas.
Entorno sin papel: contratos
electrónicos: Esas transacciones
precisan reglas que rijan la relación
entre las partes. El elemento
principal de esas reglas es el propio
acuerdo: el contrato. Existe un
reconocimiento cada vez mayor del
papel esencial que pueden
desempeñar los contratos en el
mercado internacional del comercio
electrónico. Como medio para
aplicar el principio de autonomía de
las partes y permitir una toma de
decisiones descentralizada en
relación con los derechos y
obligaciones comerciales, el contrato es un mecanismo flexible, pero vinculante
desde el punto de vista jurídico.
Internet-jurisdicción y derecho
aplicable: Internet debe ser de jurisdicción
internacional. Los usuarios pueden acceder
a esta red prácticamente desde cualquier
lugar del mundo. Debido a la tecnología de
conmutación de paquetes y al complejo
entramado de las redes digitales y la
infraestructura de las telecomunicaciones, la
información digitalizada puede viajar a
través de diversos países y jurisdicciones,
cada uno con su propio sistema jurídico, para alcanzar su destino.
Entre las cuestiones que deben abordarse cabe destacar los derechos de
acceso de las partes a los documentos, los procedimientos aplicables en caso de
problemas de autenticidad, los datos de contacto a efectos de notificación, el
cálculo de los periodos (habida cuenta de las posibles diferencias de huso horario
entre los lugares desde los que las panes realizan las operaciones), y los
requisitos para la escritura y firma de las cláusulas de controversias, las
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notificaciones a las partes y las sentencias. Además, los plazos para realizar los
diversos trámites en el mareo del procedimiento pueden acortarse, lo que se
traducirá en un desarrollo más rápido y económico de los procedimientos.
Tecnología digital: problemas de observancia y confidencialidad.
Sistemas de clave pública y certificados digitales: La práctica actual invita a
introducir la clave pública de un individuo en un certificado digital junto con
información relativa a la clave y al propietario de dicha clave Luego, una tercera
parte de confianza "firma" este certificado, lo cual significa que aprueba la
reivindicación de identidad implícita en el
certificado. Esta tercera parte de confianza,
conocida como autoridad de certificación, da a
conocer al público sus normas de comprobación
de la identidad.
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Al comprobar esta firma, se puede determinar si la información que el
certificado contiene ha sido o no manipulada. Controlar la firma de la autoridad de
certificación permite tener confianza en la identidad del remitente.
Confiabilidad de la autoridad de certificación: Las autoridades de
certificación suelen publicar sus prácticas ele comprobación de la identidad en una
Declaración de prácticas de certificación y en cada certificado incluyen información
acerca de la práctica utilizada para la entidad correspondiente. Si la publicación es
de una autoridad de certificación de confianza, en ella se encontrará toda la
información necesaria para que el individuo decida si ha de confiar en la relación
entre una entidad y un par de claves.
Infraestructura de clave pública: Las cuestiones de gestión relativas al uso
de las claves pública y privada se abordan merced al desarrollo de una
infraestructura de clave pública destinada a apoyar a los participantes que
cooperan. A efecto de tratar correctamente estas cuestiones, una parte de
confianza debe mantener la infraestructura para proporcionar estos y otros
servicios.
Firma electrónica y firma digital: La firma
electrónica, es el término genérico y neutral para referirse
al universo de tecnologías mediante las cuales una
persona puede "firmar" un mensaje de datos. Si bien
todas las firmas electrónicas son archivos digitales
(compuestos de unos y ceros), pueden manifestarse de
diversas formas y la firma digital, es simplemente el
nombre que se da a cierto tipo de firma electrónica
basada en el uso de criptografía, entre las cuales la
más comúnmente usada es la llamada criptografía
asimétrica o de llave pública. Este es el tipo de
firma alrededor del cual se han realizado las
principales inversiones, esfuerzos tecnológicos y
respuestas legislativas alrededor del mundo.
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LOS CONSUMIDORES Y EL COMERCIO ELECTRÓNICO
Electrónicos o tradicionales, los actos de comercio generan
responsabilidades y derechos a ambas partes (consumidores y vendedores), parlo
cual es crítico asegurar la aplicación de los marcos legales de comercio
existentes, o en su defecto crear nuevos, que protejan adecuadamente a ambas
partes.
A pesar de la amplia gama de aplicaciones y ventajas que ofrecen las
transacciones de comercio electrónico (también conocidas como transacciones en
línea), la explotación de éstas no ha experimentado el crecimiento que se
esperaba. Estudios al respecto demuestran que las causas principales de este
fenómeno de lento crecimiento del comercio electrónico en México se deben
principalmente a la incertidumbre y el desconocimiento de los consumidores
acerca del funcionamiento de estas transacciones en línea.
ELEMENTOS POR CONSIDERAR EN LOS PORTALES DE COMERCIO
ELECTRÓNICO DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL
CONSUMIDOR
Identidad del vendedor. El vendedor debe especificar su domicilio físico,
dirección de correo electrónico, número telefónico y fax.
Información sobre la transacción: Costos. El vendedor debe indicar el
precio total del producto o servicio en su denominación correcta (incluidos gastos
de envío). Condiciones de entrega. El vendedor debe dar detalle del envío
(tiempo aproximado de entrega y medio de traslado). Restricciones, limitaciones o
condiciones de compra. Éstas deben señalarse durante la transacción.
Condiciones de devolución, reembolso y cancelación. El sitio deberá proporcionar
la información relacionada con políticas de cancelación, devolución, reembolsos y
cambios. Políticas de privacidad. La privacidad y seguridad de los datos se
encuentran reguladas por la LFPC, la cual prohíbe que se difundan los datos, a
menos que lo autorice el propietario de la información. Sitios seguros. Para evitar
riesgos de intercepción de datos por medio de alguna herramienta que escuche a
la red, utilizada por un tercero malintencionado, debe emplearse alguna
herramienta que asegure los datos can algún método eficaz de encriptación de
datos; en este caso, el sistema más utilizado es el SSL (Secure Socket Layer), con
el cual no sólo se crea una conexión aislada a internet (o túnel virtual) entre el
cliente y el servidor, sino también se codifican y decodifican los datos en cada
extremo cliente y servidor o viceversa de manera respectiva.
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CONCLUSION
Como podemos ver a lo largo de la historia este medio de compras o
comercio ha ido avanzando, tanto es hoy en día es mucho más común el hacer
este tipo de compras.
Es impresionante realmente el ver como esto empezó con algo tan pequeño
y hoy en día se convirtió en algo que es totalmente importante para las grandes
empresas que realizan grandes compras o transacciones de dinero. Es muy bueno
también el tener en cuenta que esto es una manera mucho más sencilla y rápido
de hacer este tipo de operaciones, ya que antes costaba de mucho trabajo el
realizar al igual que una gran cantidad de tiempo
Este tema lo podemos enfocar con nuestra sociedad actual, pues hoy en
día son muchos los jóvenes que realizan compras por internet, esto es más común
ya que al realizar este tipo de comercio se realiza cuando al buscar ciertos
productos que no se pueden encontrar en los lugar en donde uno reside o
simplemente la calidad es mucho mejor.
Creemos que este es un tema que realmente se necesita conocer ya que
muchos de los compradores no se toman el tiempo suficiente de investigar lo
necesario del vendedor y es aquí cuando ocurren delitos o fraudes electrónicos.
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BIBLIOGRAFÍA
https://www.wto.org/spanish/tratop_s/ecom_s/ecom_s.htm
http://www.profeco.gob.mx/internacionales/com_elec.asp
http://www.profeco.gob.mx/ecomercio/ultimo_monitoreo.pdf
http://www.profeco.gob.mx/Monitoreo/monitoreoNVO.asp
file:///C:/Users/lucero/Downloads/W51.pdf / ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL
COMERCIO ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
DERECHO INFORMÁTICO del autor Téllez Valdez Julio,
http://site.ebrary.com/lib/uabcsp/detail.action?docID=10902894&p00=derecho+informatico

Comercio electrónico

  • 1.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA FACULTAD DE DERECHO 16 DE MAYO DEL 2017 TECNOLOGÍAS DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA LOURDES LETICIA CHAVEZ ALVAREZ CORMECIO ELECTRÓNICO 12 MORALES PATLAN ALEXSIA 1150830 ORTEGA MENDIOZA STEPHANIE GUADALUPE 1150838 ORTIZ GUTIERREZ LESLIE VIANEY 1152468
  • 2.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 2 ÍNDICE 1. ¿Qué es? 1.1 Marco Jurídico 2. Labor de los órganos respectivos 3. Monitoreo de tiendas virtuales 4. ¿Qué se revisa a través del monitoreo de tiendas virtuales? 5. Problemas jurídicos 6. Los consumidores y el comercio electrónico 6.1 Elementos por considerar en los portales de comercio electrónico de acuerdo con la ley federal de protección al consumidor 7. Conclusión 8. Bibliografía
  • 3.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 3 COMERCIO ELECTRÓNICO Para poder empezar hablar de este tema es importante primero el saber cuál es la concepción de comercio electrónico, este se utiliza con frecuencia en los medios informativos, en los negocios y en el lenguaje común para referirse a una amplia gama de actividades que normalmente se asocian al uso de computadoras. Por la profeco en México el comercio electrónico es defino por los estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como el proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a través de las redes de comunicación. Representa una gran variedad de posibilidades para adquirir bienes o servicios ofrecidos por proveedores en diversas partes del mundo. Las compras de artículos y servicios por internet o en línea pueden resultar atractivas por la facilidad para realizarlas, sin embargo, es importante que los ciberconsumidores tomen precauciones para evitar ser víctimas de prácticas comerciales fraudulentas. A lo largo de los años esta práctica se ha estado volviendo más común en todo lo que es el mundo. Lo que podemos tomar como los inicios de esto serian las transacciones bancarias que fue lo que impulso el comercio por ´´internet´´. Estos han ido creciendo a la par, y cada día es más común el ver que las grandes empresas realizan este tipo de operaciones y al parecer esto no tiene ningún signo de detenerse, sino todo lo contrario. El comercio electrónico se puede definir, en un sentido amplio, como cualquier forma de" transacción O intercambio de información. Comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación Como internet. El comercio electrónico no solo se basa en compra venta y transacciones por medio electrónico, sino que también va implicada la publicidad, la búsqueda de productos o información que se buscan de interés, por solo mencionar algunas de las características que contiene este tipo de comercio.
  • 4.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 4 Existen diferentes tipos de este, como lo son entre empresas, entre empresas y consumidor y empresas y administrador. Este ofrece muchas ventajas y facilidades a las personas.
  • 5.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 5 MARCO JURÍDICO El ciberconsumidor mexicano está protegido cuando realiza compras por internet. La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) contiene disposiciones generales sobre comercio electrónico en su capítulo VIII bis (De los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología). En estos artículos es en donde se estipula el cuidado de los consumidores, además de la publicidad engañosa que pueden tener algunos artículos, esto es muy común, ya que normalmente las personas o los vendedores suelen exagerar o sobrevalorar los artículos que estos manejan. Es por eso que ahora las paginas en donde se lleva a cabo el comercio electrónico se encarga de verificar que los artículos VII. La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios. VIII. La real y efectiva protección al consumidor en las transacciones efectuadas a través del uso de medios convencionales, electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados. Artículo 75 del Código de Comercio, se enlistan los actos que la ley reputa como actos de comercio. Podemos concluir que estos actos pueden ser reflejados siempre en contratos o convenios que por su propia naturaleza se entiende que son mercantiles. En este se establece la ´´celebración´´ de contratos y como es que la ley los ve, y en al artículo 80 de este mismo código establece que si se puede realizar el comercio por la manera electrónico, dice lo siguiente ´´En los actos de comercio y en la formación de los mismos podrán emplearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología´´
  • 6.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 6 LABOR DE LOS ÓRGANOS RESPECTIVOS Al Consejo del Comercio de Servicios que examine el trato del comercio electrónico en el marco jurídico del AGCS e informe al respecto; Al Consejo del Comercio de Mercancías que examine los aspectos del comercio electrónico pertinentes a las disposiciones del GATT de 1994, a los acuerdos comerciales multilaterales comprendidos en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC y al programa de trabajo aprobado, e informe al respecto; Al Consejo de los ADPIC que examine las cuestiones referentes a la propiedad intelectual que se planteen en relación con el comercio electrónico e informe al respecto; Al Comité de Comercio y Desarrollo que examine las consecuencias del comercio electrónico para el desarrollo e informe al respecto, teniendo en cuenta las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo. El Comité de Comercio y Desarrollo examinará las consecuencias del comercio electrónico para el desarrollo e informará al respecto, teniendo en cuenta las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo. El comercio electrónico puede ser un complemento de los medios por los que se realiza tradicionalmente el comercio. Ocupa un lugar al lado del transporte material de las mercancías, por ejemplo, ya que proporciona medios complementarios para el estudio de los mercados internacionales, la publicidad y la comercialización, la compra de insumos intermedios y la realización de pagos por medios electrónicos. De ese modo, permitirá quizás que se creen nuevas corrientes comerciales que de otro modo no se habrían considerado comercialmente viables debido al costo prohibitivo o a las dificultades materiales con que tropezarían las transacciones correspondientes si no existiera la transmisión electrónica: algunos ejemplos de esto pueden ser los servicios de enseñanza, médicos o de consultoría en línea y la recuperación de información de las bases de datos.
  • 7.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 7 MONITOREO DE TIENDAS VIRTUALES Con el propósito de verificar lo previsto por la Ley Federal de Protección al Consumidor en algunos sitios mexicanos, Profeco revisa la información contenida en sitios con tiendas virtuales con el fin de determinar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 bis de la LFPC. Los resultados del monitoreo son útiles para verificar que los sitios mexicanos que ofrecen venta en línea cumplan con los elementos necesarios para proteger tus derechos como consumidor o consumidora, tales como medidas de seguridad para proteger tus datos personales y financieros, medios de contacto para presentar una reclamación o solicitar una aclaración, entre otros. Los reportes del monitoreo se actualizan quincenalmente. ¿QUÉ SE REVISA A TRAVÉS DEL MONITOREO DE TIENDAS VIRTUALES?  Política o aviso de privacidad. Que los sitios especifiquen qué información personal recopilan y cuál es el uso que se le da.  Seguridad en datos personales. Que los sitios cuenten con medios técnicos para encriptar la información personal de sus clientes, tales como nombre, domicilio, fecha de nacimiento, RFC, número telefónico y correo electrónico.  Seguridad en datos financieros. Que los sitios cuenten con medios técnicos para encriptar tus datos financieros al momento de realizar su pago.  Domicilio físico y número telefónico fijo. Que los sitios exhiban una dirección física y muestren un número telefónico donde puedas presentar reclamaciones o solicitar aclaraciones.  Descripción detallada de bienes o servicios. Que se detalle una descripción real, clara y suficiente del bien o servicio en venta, que te sea útil para tomar una decisión de compra.  Costos totales e impuestos. Que los precios se expresen en moneda nacional, desglosando los costos totales, impuestos y costos de envío.  Información sobre formas de pago. Que los sitios informen sobre los medios de pago disponibles.  Condiciones de envío o entrega. Que los sitios especifiquen los tiempos y medios de entrega, así como el área de distribución.  Condiciones de cancelación, devolución o cambio. Que los sitios informen cuáles son los criterios, plazos, penalizaciones y otras condiciones para realizar una cancelación, devolución o cambio.
  • 8.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 8 PROBLEMAS JURÍDICOS El comercio electrónico ha empezado a tener repercusiones extraordinarias en la estructura de nuestros mercados y normativas; sin embargo, esos cambios también plantean problemas. Entorno sin papel: contratos electrónicos: Esas transacciones precisan reglas que rijan la relación entre las partes. El elemento principal de esas reglas es el propio acuerdo: el contrato. Existe un reconocimiento cada vez mayor del papel esencial que pueden desempeñar los contratos en el mercado internacional del comercio electrónico. Como medio para aplicar el principio de autonomía de las partes y permitir una toma de decisiones descentralizada en relación con los derechos y obligaciones comerciales, el contrato es un mecanismo flexible, pero vinculante desde el punto de vista jurídico. Internet-jurisdicción y derecho aplicable: Internet debe ser de jurisdicción internacional. Los usuarios pueden acceder a esta red prácticamente desde cualquier lugar del mundo. Debido a la tecnología de conmutación de paquetes y al complejo entramado de las redes digitales y la infraestructura de las telecomunicaciones, la información digitalizada puede viajar a través de diversos países y jurisdicciones, cada uno con su propio sistema jurídico, para alcanzar su destino. Entre las cuestiones que deben abordarse cabe destacar los derechos de acceso de las partes a los documentos, los procedimientos aplicables en caso de problemas de autenticidad, los datos de contacto a efectos de notificación, el cálculo de los periodos (habida cuenta de las posibles diferencias de huso horario entre los lugares desde los que las panes realizan las operaciones), y los requisitos para la escritura y firma de las cláusulas de controversias, las
  • 9.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 9 notificaciones a las partes y las sentencias. Además, los plazos para realizar los diversos trámites en el mareo del procedimiento pueden acortarse, lo que se traducirá en un desarrollo más rápido y económico de los procedimientos. Tecnología digital: problemas de observancia y confidencialidad. Sistemas de clave pública y certificados digitales: La práctica actual invita a introducir la clave pública de un individuo en un certificado digital junto con información relativa a la clave y al propietario de dicha clave Luego, una tercera parte de confianza "firma" este certificado, lo cual significa que aprueba la reivindicación de identidad implícita en el certificado. Esta tercera parte de confianza, conocida como autoridad de certificación, da a conocer al público sus normas de comprobación de la identidad.
  • 10.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 10 Al comprobar esta firma, se puede determinar si la información que el certificado contiene ha sido o no manipulada. Controlar la firma de la autoridad de certificación permite tener confianza en la identidad del remitente. Confiabilidad de la autoridad de certificación: Las autoridades de certificación suelen publicar sus prácticas ele comprobación de la identidad en una Declaración de prácticas de certificación y en cada certificado incluyen información acerca de la práctica utilizada para la entidad correspondiente. Si la publicación es de una autoridad de certificación de confianza, en ella se encontrará toda la información necesaria para que el individuo decida si ha de confiar en la relación entre una entidad y un par de claves. Infraestructura de clave pública: Las cuestiones de gestión relativas al uso de las claves pública y privada se abordan merced al desarrollo de una infraestructura de clave pública destinada a apoyar a los participantes que cooperan. A efecto de tratar correctamente estas cuestiones, una parte de confianza debe mantener la infraestructura para proporcionar estos y otros servicios. Firma electrónica y firma digital: La firma electrónica, es el término genérico y neutral para referirse al universo de tecnologías mediante las cuales una persona puede "firmar" un mensaje de datos. Si bien todas las firmas electrónicas son archivos digitales (compuestos de unos y ceros), pueden manifestarse de diversas formas y la firma digital, es simplemente el nombre que se da a cierto tipo de firma electrónica basada en el uso de criptografía, entre las cuales la más comúnmente usada es la llamada criptografía asimétrica o de llave pública. Este es el tipo de firma alrededor del cual se han realizado las principales inversiones, esfuerzos tecnológicos y respuestas legislativas alrededor del mundo.
  • 11.
    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 11 LOS CONSUMIDORES Y EL COMERCIO ELECTRÓNICO Electrónicos o tradicionales, los actos de comercio generan responsabilidades y derechos a ambas partes (consumidores y vendedores), parlo cual es crítico asegurar la aplicación de los marcos legales de comercio existentes, o en su defecto crear nuevos, que protejan adecuadamente a ambas partes. A pesar de la amplia gama de aplicaciones y ventajas que ofrecen las transacciones de comercio electrónico (también conocidas como transacciones en línea), la explotación de éstas no ha experimentado el crecimiento que se esperaba. Estudios al respecto demuestran que las causas principales de este fenómeno de lento crecimiento del comercio electrónico en México se deben principalmente a la incertidumbre y el desconocimiento de los consumidores acerca del funcionamiento de estas transacciones en línea. ELEMENTOS POR CONSIDERAR EN LOS PORTALES DE COMERCIO ELECTRÓNICO DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Identidad del vendedor. El vendedor debe especificar su domicilio físico, dirección de correo electrónico, número telefónico y fax. Información sobre la transacción: Costos. El vendedor debe indicar el precio total del producto o servicio en su denominación correcta (incluidos gastos de envío). Condiciones de entrega. El vendedor debe dar detalle del envío (tiempo aproximado de entrega y medio de traslado). Restricciones, limitaciones o condiciones de compra. Éstas deben señalarse durante la transacción. Condiciones de devolución, reembolso y cancelación. El sitio deberá proporcionar la información relacionada con políticas de cancelación, devolución, reembolsos y cambios. Políticas de privacidad. La privacidad y seguridad de los datos se encuentran reguladas por la LFPC, la cual prohíbe que se difundan los datos, a menos que lo autorice el propietario de la información. Sitios seguros. Para evitar riesgos de intercepción de datos por medio de alguna herramienta que escuche a la red, utilizada por un tercero malintencionado, debe emplearse alguna herramienta que asegure los datos can algún método eficaz de encriptación de datos; en este caso, el sistema más utilizado es el SSL (Secure Socket Layer), con el cual no sólo se crea una conexión aislada a internet (o túnel virtual) entre el cliente y el servidor, sino también se codifican y decodifican los datos en cada extremo cliente y servidor o viceversa de manera respectiva.
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    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 12 CONCLUSION Como podemos ver a lo largo de la historia este medio de compras o comercio ha ido avanzando, tanto es hoy en día es mucho más común el hacer este tipo de compras. Es impresionante realmente el ver como esto empezó con algo tan pequeño y hoy en día se convirtió en algo que es totalmente importante para las grandes empresas que realizan grandes compras o transacciones de dinero. Es muy bueno también el tener en cuenta que esto es una manera mucho más sencilla y rápido de hacer este tipo de operaciones, ya que antes costaba de mucho trabajo el realizar al igual que una gran cantidad de tiempo Este tema lo podemos enfocar con nuestra sociedad actual, pues hoy en día son muchos los jóvenes que realizan compras por internet, esto es más común ya que al realizar este tipo de comercio se realiza cuando al buscar ciertos productos que no se pueden encontrar en los lugar en donde uno reside o simplemente la calidad es mucho mejor. Creemos que este es un tema que realmente se necesita conocer ya que muchos de los compradores no se toman el tiempo suficiente de investigar lo necesario del vendedor y es aquí cuando ocurren delitos o fraudes electrónicos.
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    Grupo: 012 Equipo: 1150830,1150838y 1152468 13 BIBLIOGRAFÍA https://www.wto.org/spanish/tratop_s/ecom_s/ecom_s.htm http://www.profeco.gob.mx/internacionales/com_elec.asp http://www.profeco.gob.mx/ecomercio/ultimo_monitoreo.pdf http://www.profeco.gob.mx/Monitoreo/monitoreoNVO.asp file:///C:/Users/lucero/Downloads/W51.pdf / ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO DERECHO INFORMÁTICO del autor Téllez Valdez Julio, http://site.ebrary.com/lib/uabcsp/detail.action?docID=10902894&p00=derecho+informatico