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NO HAY VIENTO FAVORABLE
PARA EL QUE NO SABE A
DONDE VA
Séneca
Relación de obligaciones a cargo de los servidores
públicos municipales vinculadas con la legislación
vigente
De la ley de obra pública del estado de Michoacán
de Ocampo y de sus municipios; y su reglamento.
13
RESPONSABILIDADES
El presidente municipal independientemente de ser presuntamente
responsable directo en el cumplimento de la Ley, de conformidad con el
articulo 49 fracción I de la Ley Orgánica Municipal, es responsable
solidario de las responsabilidades directas que en el ejercicio de sus
funciones obtengan sus subordinados.
El tesorero municipal tendrá presunta responsabilidad directa en el
cumplimiento de la ley, de conformidad con el articulo 55 en sus
fracciones IV, V, VI, de la Ley Orgánica Municipal por liquidación o
pago de recursos financieros improcedentes o no autorizados conforme a
las normas y legislación vigente.
14
RESPONSABILIDADES
El secretario, director, jefe de departamento o cualquier servidor
público del área de obras públicas que infrinja la Ley será responsable
directo, así mismo cuando signe documentación que en su tramite
lesione la Hacienda Pública Municipal.
El Contralor Municipal, es responsable solidario de acuerdo a las
atribuciones que le confiere el articulo 59 en sus fracciones IV, V, IX,
De la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán.
15
DEFICIENTE INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE
UNITARIO.
Son las deficiencias que se presentan cuando los expedientes técnicos
carecen de algún documento en su integración, ya sea técnico o
administrativo, según se requiere en el seguimiento articulado.
ART. 13 PÁRRAFO 1º , 2° , 24 PÁRRAFO 1º,5º,6º Y
53 PÁRRAFO 3º DE LA L.O.P.
16
ART. 13 PÁRRAFO 1º , 2° , 24 PÁRRAFO 6º Y 53
PÁRRAFO 3º DE LA L.O.P.
ARTÍCULO 13.- En la programación de la obra pública, las
dependencias, entidades, ayuntamientos y entidades
paramunicipales, deberán prever la realización de los estudios y
proyectos ejecutivos, arquitectónicos y de ingeniería que se requieran
y las normas y especificaciones de construcción aplicables.
Por cada obra pública que se realice, deberá integrarse un expediente
técnico.
17
ARTÍCULO 24.- Las dependencias, entidades, ayuntamientos y
entidades paramunicipales, podrán realizar obras públicas por
administración directa, cuando posean la capacidad técnica y los
elementos necesarias para tal efecto, consistentes en maquinaria,
equipo de construcción y personal técnico con experiencia en
construcción que se requiera para el desarrollo de los trabajos
respectivos, y podrán, según el caso :
En la ejecución de las obras a que se refiere este artículo, la
Coordinación y los ayuntamientos, podrán en cualquier tiempo
verificar que se cuente con el expediente técnico, los programas de
ejecución, así como de utilización de recursos humanos, maquinaria y
equipo de construcción, los cuales deberán contar con la validación
de la Dependencia Coordinadora del Sector, en su caso 18
ARTÍCULO 53.- Las dependencias, entidades, ayuntamientos y
entidades paramunicipales cuando corresponda, deberán remitir a la
Tesorería y a la Coordinación; en la forma y términos que éstas
señalen, la información relativa a las obras que realicen o contraten.
Para efectos del párrafo anterior las dependencias, entidades,
ayuntamientos y entidades paramunicipales, conservarán en forma
ordenada y sistemática la documentación completa y específica
comprobatoria del gasto en las obras cuando menos por un lapso de
cinco años contados a partir de la fecha de su recepción.
19
EL EXPEDIENTE UNITARIO, ES EL
COMPENDIO DOCUMENTAL EN EL QUE SE
INTEGRAN LOS
ANTECEDENTES DE PLANEACIÓN,
PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTACIÓN,
EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA OBRA PÚBLICA,
CUYO CONTENIDO ESPECIFICO SE REFIERE AL
PROCEDIMIENTO LÓGICO Y CRONOLÓGICO
DEL USO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SU
REGLAMENTO EN SU EJECUCION E
INVERSIÓN, TENIENDO COMO OBJETIVO LA
EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA Y
TRANSPARENCIA EN EL USO DE LOS
RECURSOS FISCALES. 20
21
INTEGRACIÓN DE
EXPEDIENTES
UNITARIOS DE OBRA
PÚBLICA
A) SOLICITUD
PRIMERA ETAPA
B) CED. INF. BASICA
D) CROQUIS DE LOC.
C) FACT. DE EJECUC.
E) PROY. EJECUTIVO
F) PRESUP. DESGLOSADO
H) PROG. DE EJECUC.
I) CONVENIO DE CONC.
J) ACTA CONST. COMITE
SEGUNDA ETAPA
A) APROBACIÓN DE AYUNTAMIENTO
B) ACUERDO TIPO DE EJECUCIÒN
C) ANTECEDENTES TIPO DE ADJUDICACIÒN
D) CONTRATO DE EJCUCIÒN
E) GARANTIAS Y FIANZAS
F) DOC. COMPROBATORIA
G) ANALITICO DE OBRAS
H) DOCTOS. MODIFICAT.
I) RETENCIONES
J) ALBUM FOTOGRAFICO
K) BITACORA
L) ENTREGA RECEPCIÒN
M) FINIQUITO
EXPEDIENTES UNITARIOS
G) ANEXO DE EJECUC.
22
PRIMERA
ETAPA
23
La comunidad a través del área de gestoría de obra pública
solicitará al H. Ayuntamiento el apoyo, proporcionando información
de sus necesidades y la forma de participación:
1. Aportación económica.
2. Mano de obra.
3. Materiales.
4. Donación del predio.
A.) SOLICITUD DE OBRA.
24
B.) CÉDULA DE INFORMACIÓN BÁSICA.
Identifica la obra a través de sus datos generales para pronta información; es
la carátula del expediente técnico, y esta compuesta por los módulos de:
1. Ubicación.
2. Identificación.
3. Inversión, metas, beneficiarios.
4. Avance físico-financiero.
5. Periodo de ejecución.
6. Situación física y observaciones.
Dicha información puede ser solicitada por la AUDITORÍA SUPERIOR,
SECODAEM o SEPLADE, como requisito de inversión de recursos públicos.
25
C.) FACTIBILIDAD DE EJECUCIÓN.
Es la manifestación de la oficina técnica de que la obra se
pueda realizar y dará el servicio requerido a sectores de
población en condiciones de rezago social y/o pobreza
extrema.
26
Los croquis son referencias de ubicación geográfica que facilitan las
funciones de control, supervisión, vigilancia y fiscalización.
De macro localización.
Ubica la ejecución de la obra en la localidad .
 Norte geográfico.
 Localidades importantes.
 Carreteras federales, estatales y vías de acceso, a partir de
la cabecera municipal.
De micro Localización.
Ubica el sitio exacto de la ejecución de la obra.
 Colonia.
 Calle.
 Callejón.
 Predio o plaza de la localidad o ranchería.
D.) CRÓQUIS DE LOCALIZACIÓN.
27
Deberá contemplar los aspectos más relevantes de tipo técnico y
financiero, haciéndose un análisis detallado de sus:
Características, necesidades, problemas y soluciones para la
realización de la obra.
Aspectos importantes: Funcionalidad y estética. Se deberá
considerar las condiciones del entorno:
 Topografía.
 Clima.
 Resistencia del suelo.
 Uso del suelo.
 Ecosistema.
 Servicios básicos existentes.
 Costumbres culturales.
E.)PROYECTO EJECUTIVO.
28
Topográficos.
 Linderos, banco de nivel, desniveles, superficie, orientación,
ubicación de postes, arroyos, alcantarillas, caminos de acceso
etc.
Arquitectónicos.
 Planta de conjunto. Incluye desniveles, azoteas, cortes,
fachadas detalles importantes; los que estarán a escala.
Estructurales.
 Indica características de elementos constructivos dimensiones,
tipo de columna o castillo, trabes, losas y cimentación.
Instalaciones. (con isométricos).
 Eléctricas, hidráulicas, sanitarias, especiales.
PLANOS REQUERIDOS:
29
Se cuantifican los volúmenes de la obra por partidas (preliminares,
cimentación, albañilería, instalaciones, acabados, etc... y conceptos
que la integran).
Se calcularán los precios unitarios considerando materiales, mano de
obra, utilización de maquinaria, y equipo de construcción:
Entendiéndose que para la mano de obra directa del H.
Ayuntamiento, no se considerarán: indirectos, utilidad o cargos
adicionales.
La cédula de presentación contendrá: Clave del concepto, unidad,
descripción del concepto, cantidad cuantificada, precio unitario,
importe, total.
Es preciso considerar que la elaboración del presupuesto de la obra
publica, tiene como sustento el proyecto ejecutivo, números
generadores, costos base de materiales y mano de obra, explosión de
insumos y mano de obra, así como el análisis de precios unitarios,,
afín de concretar el presupuesto total de la obra.
F.) PRESUPUESTO DESGLOSADO.
30
Considerando las obras convenidas con cargo al
programa nacional de desarrollo social y humano del
ramo 020, en el que confluyen recursos financieros
aportados por la federación, el estado y el municipio (
mas aportación de beneficiarios en su caso), el
ayuntamiento debe de considerar en el expediente
unitario una copia del anexo de ejecución que permita
visualizar los recursos comprometidos.
G.) ANEXO DE EJECUCION
(OBRA CONVENIDA).
31
Es la planeación y secuencia de construcción, la que estará
referenciada cronológicamente en un reporte grafico indicando
inicio, duración y terminación de cada concepto constructivo,
en periodos semanales y mensuales, según se indica a
continuación:
Etapas, partidas, conceptos, actividades, cantidades, importes,
tiempos.
H.) PROGRAMA DE EJECUCIÓN.
32
Se realizará entre el H. Ayuntamiento y los beneficiarios, por conducto del
comité comunitario, pactando la ejecución o cumplimiento de sus
cláusulas:
1.) Forma de participación de la comunidad.
 Si será en efectivo.
 En mano de obra.
 Materiales.
2.) Periodo de ejercicio fiscal.
3.) Costo de la obra y las obligaciones de las partes Participantes.
 Presidente Mmunicipal.
 Srio. de H. Ayuntamiento.
 Sindico (dar fe).
 Representantes del comité comunitario.
I.) CONVENIO DE CONCERTACIÓN.
33
En reunión comunitaria se elige a los representantes, quienes
serán sus principales promotores ante diversas autoridades y
vigilarán el destino y aplicaciones de los recursos que aporte el
H. Ayuntamiento y la propia comunidad.
Su integración:
 Presidente.
 Tesorero.
 Secretario.
 Vocal del control y vigilancia.
J.) ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ
34
SEGUNDA
ETAPA
35
En sesión ordinaria se levantará el acta del ayuntamiento, haciéndose constar el
resultado del análisis, justificación social y técnica, así como el presupuesto, egresos y
ejercicio fiscal correspondientes a la obra de que se trate, la que podrá en su caso ser
aprobada o rechazada.
Tal resultado se recomienda informarlo a la comunidad a través de periódico mural en
la localidad o en cuadro de aviso en la presidencia municipal.
Una vez que dicha obra es aprobada y definida la fuente del recurso a invertir,
adicionalmente a la copia del acta de sección del ayuntamiento se considerara una
copia del programa operativo anual de que se trate.
A) APROBACIÓN DE OBRA.
36
A propuesta del presidente municipal, el cabildo por conducto de su área técnica
determinará si la obra será ejecutada por administración directa o por contrato.
Modalidad de contrato.
 Licitación pública.
 Invitación restringida.
- Tres contratistas como mínimo.
- Adjudicación directa.
Administración directa:
Podrá realizarla cuando posean la capacidad técnica y los elementos necesarios para
tal evento.
Maquinaria.
Equipo de construcción.
Personal técnico.
Mano de obra complementaria.
Alquilar equipo, fletes y acarreos complementarios.
Así mismo incluirá convenio de arrendamiento o trabajos especializados.
B) ACUERDO DEL TIPO DE EJECUCION DE OBRA.
37
Son los documentos que justifican plenamente la asignación de obra a un
determinado contratista.
 Condiciones legales, técnicas y de solvencia.
 Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
 Cuente con la experiencia requerida.
 Considere precios de mercado de la región en el análisis, cálculo e
integración de los precios unitarios.
 Cuadro comparativo donde se aprecie el cumplimiento de requisitos y
condiciones de propuesta de los participantes.
 Bases de licitación
 Acta de junta de aclaraciones de propuesta técnica y de propuesta
económicos.
 Presupuesto del ganador.
C) ANTECEDENTES DEL TIPO DE
AJUDICACIÓN DE OBRA .
38
Es el documento elaborado por el H. ayuntamiento y describe claramente lo siguiente:
 La obra a ejecutar.
 El costo de la misma sin IVA.
 Las condiciones de pago.
 Fecha de inicio y termino.
 La forma de pago.
 El tipo de contrato.
 Fuente y composición de recursos.
El contrato será firmado por el contratista y el presidente municipal o la persona que él
designe y será:
A precios unitarios.
Su pago total se liquida por unidad de medida de concepto terminado conforme a proyecto y
especificaciones.
A precio alzado.
Su pago total fijo será cubierto por trabajos totalmente terminados y ejecutados en plazo,
conforme al proyecto y especificaciones, no siento susceptible de modificación en monto o
plazo ni sujetos a ajuste de costos.
D) CONTRATO DE EJECUCIÒN
39
Son los documentos que deberá entregar el contratista al ayuntamiento para
garantizar el anticipo, cumplimiento y una vez terminada la obra, la reparación
del vicio oculto.
Garantía de seriedad
a través de cheque cruzado o fianza a elección del contratista por el 5% del monto
de la propuesta con IVA incluido.
Fianza de anticipo.
Es por la totalidad del monto concedido, mediante fianza otorgada por la
institución autorizada y a favor de la tesorería municipal; la que estará vigente
hasta su amortización total.
Fianza de cumplimiento.
Por el 10% del importe total de la obra, a través de póliza de institución
autorizada y a favor de la tesorería municipal.
Fianza de vicio oculto.
Por el 10% del monto total ejercido, a través de institución autorizada y a favor
de la tesorería municipal, para responder por los vicios ocultos durante un año
posterior a la recepción de la obra.
E) GARANTIAS Y FIANZAS.
40
La documentación comprobatoria que se genere por los gastos
realizados en la ejecución de la obra deberán ser expedidos a nombre
del H. ayuntamiento, según sea el caso.
Por contrato.
Póliza-cheque, speguas (transferencia electrónica),facturas
expedidas por el contratista, anexando estimaciones y números
generadores que sustenten la obra ejecutada que se paga en dicho
documento; asimismo anexar reporte de aportación de beneficiarios
en su caso.
En administración directa.
Podrán ser facturas, recibos y listas de raya (anexando copia de
credencial de elector),anexando póliza- cheque, asimismo reporte de
aportación de beneficiarios en su caso.
F) DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA.
41
Es el sistema integral de contabilidad municipal a través del cual se registra el
total de movimientos contables efectuados en una obra. Se realizara mediante
series mensuales hasta su inversión total, teniendo el contenido siguiente:
 Clave de la obra.
 Cuenta contable.
 Partida presupuestal.
 Subsubcuenta comunitaria.
 Consecutivo de la obra.
 Origen de los recursos.
 Póliza.
 Fecha.
 Concepto.
 Cargos, abonos, cheques y salarios.
G) ANALÍTICO HISTORICO DE OBRA.
42
El ayuntamiento bajo su responsabilidad y por razones fundadas y
motivadas podrá modificar los contratos de la obra pública o de sus
servicios y suministros relacionados con la misma mediante
convenios, siempre que considerados conjunta o separadamente no
rebasen el 25% del monto o plazo pactados en el contrato y no
impliquen variaciones substanciales al proyecto original.
Si exceden el porcentaje indicado o varían substancialmente el
proyecto, por una sola vez se celebrará un convenio adicional,
siempre que no modifiquen la naturaleza y características
esenciales de la obra original, no se eluda el cumplimiento de la
ley.
H) DOCUMENTOS MODIFICATORIOS
43
Sobre el importe de las estimaciones sin IVA, a los
contratistas con quienes se celebren contratos; el
ayuntamiento retendrá dicho porcentaje, por concepto de
vigilancia, inspección y control, necesarios para la ejecución
de la obra, recurso que será remitido a la tesorería del estado
o municipio según corresponda.
I) RETENCIÓN DEL 5 AL MILLAR.
44
Es la historia fotográfica donde se hacen constar los
aspectos más relevantes de la obra, considerando los
avances físicos desde su inicio, hasta su terminación.
J) ALBUM FOTOGRÁFICO
45
Es el instrumento indispensable para la información y control, donde se
describen los avances, modificaciones e instrucciones que se presenten
durante el desarrollo y ejecución de la obra; siendo responsabilidad del
residente de la obra, el iniciar la primera de las hojas foliadas conforme a
los trabajos, vigilar su cumplimiento y permanencia en la obra hasta su
conclusión, a fin de que forme parte integral de la entrega -recepción y
contendrá los siguientes elementos:
 Número de fecha de la nota.
 Clasificación de la nota y descripción del programa.
 Causa del problema y solución exigida.
 Propuestas preventivas.
 Consecuencias económicas.
 Responsabilidad.
K) BITÁCORA DE OBRA
46
En obras por contrato el contratista entregará la obra al ayuntamiento
quien bajo su responsabilidad la recibirá, previa verificación de que los
trabajos hayan concluido de conformidad con el proyecto, especificaciones,
conceptos y volúmenes de obra presupuestados, y contendrá como mínimo:
 Número y descripción de la obra.
 Fecha de inicio y terminación.
 Origen de los recursos.
 Estructura financiera ejercida.
 Obra terminada que será conservada por la comunidad.
 Firmas al calce y al margen, del presidente municipal, contratista,
comité comunitario y vocal de control y vigilancia.
 Se dará copia del acta a los interesados quedando en resguardo del
ayuntamiento el original para los fines que le competan.
L) ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN
47
Es el documento que deberá contener los planos definitivos de la obra con sus
modificaciones, así como el resumen técnico-financiero, a fin de que sean ajustadas
las diferencias de pagos; el acta de entrega - recepción de la obra:
Forman parte del finiquito, el que además deberá incluir:
Planos definitivos de la obra.
Contrato asignado.
Estimaciones definitivas.
Bitácora de obra.
Constancias de amortización total de anticipos.
Pagos efectivos con cargo a la obra.
Acta de entrega de recepción.
 fianzas.
Resumen financiero de la obra.
Resultados de pruebas de laboratorio cuando hayan sido solicitados: y,
Reporte fotográfico.
M) FINIQUITO DE OBRA
48

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  • 1. NO HAY VIENTO FAVORABLE PARA EL QUE NO SABE A DONDE VA Séneca
  • 2. Relación de obligaciones a cargo de los servidores públicos municipales vinculadas con la legislación vigente De la ley de obra pública del estado de Michoacán de Ocampo y de sus municipios; y su reglamento. 13
  • 3. RESPONSABILIDADES El presidente municipal independientemente de ser presuntamente responsable directo en el cumplimento de la Ley, de conformidad con el articulo 49 fracción I de la Ley Orgánica Municipal, es responsable solidario de las responsabilidades directas que en el ejercicio de sus funciones obtengan sus subordinados. El tesorero municipal tendrá presunta responsabilidad directa en el cumplimiento de la ley, de conformidad con el articulo 55 en sus fracciones IV, V, VI, de la Ley Orgánica Municipal por liquidación o pago de recursos financieros improcedentes o no autorizados conforme a las normas y legislación vigente. 14
  • 4. RESPONSABILIDADES El secretario, director, jefe de departamento o cualquier servidor público del área de obras públicas que infrinja la Ley será responsable directo, así mismo cuando signe documentación que en su tramite lesione la Hacienda Pública Municipal. El Contralor Municipal, es responsable solidario de acuerdo a las atribuciones que le confiere el articulo 59 en sus fracciones IV, V, IX, De la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán. 15
  • 5. DEFICIENTE INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE UNITARIO. Son las deficiencias que se presentan cuando los expedientes técnicos carecen de algún documento en su integración, ya sea técnico o administrativo, según se requiere en el seguimiento articulado. ART. 13 PÁRRAFO 1º , 2° , 24 PÁRRAFO 1º,5º,6º Y 53 PÁRRAFO 3º DE LA L.O.P. 16
  • 6. ART. 13 PÁRRAFO 1º , 2° , 24 PÁRRAFO 6º Y 53 PÁRRAFO 3º DE LA L.O.P. ARTÍCULO 13.- En la programación de la obra pública, las dependencias, entidades, ayuntamientos y entidades paramunicipales, deberán prever la realización de los estudios y proyectos ejecutivos, arquitectónicos y de ingeniería que se requieran y las normas y especificaciones de construcción aplicables. Por cada obra pública que se realice, deberá integrarse un expediente técnico. 17
  • 7. ARTÍCULO 24.- Las dependencias, entidades, ayuntamientos y entidades paramunicipales, podrán realizar obras públicas por administración directa, cuando posean la capacidad técnica y los elementos necesarias para tal efecto, consistentes en maquinaria, equipo de construcción y personal técnico con experiencia en construcción que se requiera para el desarrollo de los trabajos respectivos, y podrán, según el caso : En la ejecución de las obras a que se refiere este artículo, la Coordinación y los ayuntamientos, podrán en cualquier tiempo verificar que se cuente con el expediente técnico, los programas de ejecución, así como de utilización de recursos humanos, maquinaria y equipo de construcción, los cuales deberán contar con la validación de la Dependencia Coordinadora del Sector, en su caso 18
  • 8. ARTÍCULO 53.- Las dependencias, entidades, ayuntamientos y entidades paramunicipales cuando corresponda, deberán remitir a la Tesorería y a la Coordinación; en la forma y términos que éstas señalen, la información relativa a las obras que realicen o contraten. Para efectos del párrafo anterior las dependencias, entidades, ayuntamientos y entidades paramunicipales, conservarán en forma ordenada y sistemática la documentación completa y específica comprobatoria del gasto en las obras cuando menos por un lapso de cinco años contados a partir de la fecha de su recepción. 19
  • 9. EL EXPEDIENTE UNITARIO, ES EL COMPENDIO DOCUMENTAL EN EL QUE SE INTEGRAN LOS ANTECEDENTES DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA OBRA PÚBLICA, CUYO CONTENIDO ESPECIFICO SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO LÓGICO Y CRONOLÓGICO DEL USO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SU REGLAMENTO EN SU EJECUCION E INVERSIÓN, TENIENDO COMO OBJETIVO LA EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA Y TRANSPARENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS FISCALES. 20
  • 11. A) SOLICITUD PRIMERA ETAPA B) CED. INF. BASICA D) CROQUIS DE LOC. C) FACT. DE EJECUC. E) PROY. EJECUTIVO F) PRESUP. DESGLOSADO H) PROG. DE EJECUC. I) CONVENIO DE CONC. J) ACTA CONST. COMITE SEGUNDA ETAPA A) APROBACIÓN DE AYUNTAMIENTO B) ACUERDO TIPO DE EJECUCIÒN C) ANTECEDENTES TIPO DE ADJUDICACIÒN D) CONTRATO DE EJCUCIÒN E) GARANTIAS Y FIANZAS F) DOC. COMPROBATORIA G) ANALITICO DE OBRAS H) DOCTOS. MODIFICAT. I) RETENCIONES J) ALBUM FOTOGRAFICO K) BITACORA L) ENTREGA RECEPCIÒN M) FINIQUITO EXPEDIENTES UNITARIOS G) ANEXO DE EJECUC. 22
  • 13. La comunidad a través del área de gestoría de obra pública solicitará al H. Ayuntamiento el apoyo, proporcionando información de sus necesidades y la forma de participación: 1. Aportación económica. 2. Mano de obra. 3. Materiales. 4. Donación del predio. A.) SOLICITUD DE OBRA. 24
  • 14. B.) CÉDULA DE INFORMACIÓN BÁSICA. Identifica la obra a través de sus datos generales para pronta información; es la carátula del expediente técnico, y esta compuesta por los módulos de: 1. Ubicación. 2. Identificación. 3. Inversión, metas, beneficiarios. 4. Avance físico-financiero. 5. Periodo de ejecución. 6. Situación física y observaciones. Dicha información puede ser solicitada por la AUDITORÍA SUPERIOR, SECODAEM o SEPLADE, como requisito de inversión de recursos públicos. 25
  • 15. C.) FACTIBILIDAD DE EJECUCIÓN. Es la manifestación de la oficina técnica de que la obra se pueda realizar y dará el servicio requerido a sectores de población en condiciones de rezago social y/o pobreza extrema. 26
  • 16. Los croquis son referencias de ubicación geográfica que facilitan las funciones de control, supervisión, vigilancia y fiscalización. De macro localización. Ubica la ejecución de la obra en la localidad .  Norte geográfico.  Localidades importantes.  Carreteras federales, estatales y vías de acceso, a partir de la cabecera municipal. De micro Localización. Ubica el sitio exacto de la ejecución de la obra.  Colonia.  Calle.  Callejón.  Predio o plaza de la localidad o ranchería. D.) CRÓQUIS DE LOCALIZACIÓN. 27
  • 17. Deberá contemplar los aspectos más relevantes de tipo técnico y financiero, haciéndose un análisis detallado de sus: Características, necesidades, problemas y soluciones para la realización de la obra. Aspectos importantes: Funcionalidad y estética. Se deberá considerar las condiciones del entorno:  Topografía.  Clima.  Resistencia del suelo.  Uso del suelo.  Ecosistema.  Servicios básicos existentes.  Costumbres culturales. E.)PROYECTO EJECUTIVO. 28
  • 18. Topográficos.  Linderos, banco de nivel, desniveles, superficie, orientación, ubicación de postes, arroyos, alcantarillas, caminos de acceso etc. Arquitectónicos.  Planta de conjunto. Incluye desniveles, azoteas, cortes, fachadas detalles importantes; los que estarán a escala. Estructurales.  Indica características de elementos constructivos dimensiones, tipo de columna o castillo, trabes, losas y cimentación. Instalaciones. (con isométricos).  Eléctricas, hidráulicas, sanitarias, especiales. PLANOS REQUERIDOS: 29
  • 19. Se cuantifican los volúmenes de la obra por partidas (preliminares, cimentación, albañilería, instalaciones, acabados, etc... y conceptos que la integran). Se calcularán los precios unitarios considerando materiales, mano de obra, utilización de maquinaria, y equipo de construcción: Entendiéndose que para la mano de obra directa del H. Ayuntamiento, no se considerarán: indirectos, utilidad o cargos adicionales. La cédula de presentación contendrá: Clave del concepto, unidad, descripción del concepto, cantidad cuantificada, precio unitario, importe, total. Es preciso considerar que la elaboración del presupuesto de la obra publica, tiene como sustento el proyecto ejecutivo, números generadores, costos base de materiales y mano de obra, explosión de insumos y mano de obra, así como el análisis de precios unitarios,, afín de concretar el presupuesto total de la obra. F.) PRESUPUESTO DESGLOSADO. 30
  • 20. Considerando las obras convenidas con cargo al programa nacional de desarrollo social y humano del ramo 020, en el que confluyen recursos financieros aportados por la federación, el estado y el municipio ( mas aportación de beneficiarios en su caso), el ayuntamiento debe de considerar en el expediente unitario una copia del anexo de ejecución que permita visualizar los recursos comprometidos. G.) ANEXO DE EJECUCION (OBRA CONVENIDA). 31
  • 21. Es la planeación y secuencia de construcción, la que estará referenciada cronológicamente en un reporte grafico indicando inicio, duración y terminación de cada concepto constructivo, en periodos semanales y mensuales, según se indica a continuación: Etapas, partidas, conceptos, actividades, cantidades, importes, tiempos. H.) PROGRAMA DE EJECUCIÓN. 32
  • 22. Se realizará entre el H. Ayuntamiento y los beneficiarios, por conducto del comité comunitario, pactando la ejecución o cumplimiento de sus cláusulas: 1.) Forma de participación de la comunidad.  Si será en efectivo.  En mano de obra.  Materiales. 2.) Periodo de ejercicio fiscal. 3.) Costo de la obra y las obligaciones de las partes Participantes.  Presidente Mmunicipal.  Srio. de H. Ayuntamiento.  Sindico (dar fe).  Representantes del comité comunitario. I.) CONVENIO DE CONCERTACIÓN. 33
  • 23. En reunión comunitaria se elige a los representantes, quienes serán sus principales promotores ante diversas autoridades y vigilarán el destino y aplicaciones de los recursos que aporte el H. Ayuntamiento y la propia comunidad. Su integración:  Presidente.  Tesorero.  Secretario.  Vocal del control y vigilancia. J.) ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ 34
  • 25. En sesión ordinaria se levantará el acta del ayuntamiento, haciéndose constar el resultado del análisis, justificación social y técnica, así como el presupuesto, egresos y ejercicio fiscal correspondientes a la obra de que se trate, la que podrá en su caso ser aprobada o rechazada. Tal resultado se recomienda informarlo a la comunidad a través de periódico mural en la localidad o en cuadro de aviso en la presidencia municipal. Una vez que dicha obra es aprobada y definida la fuente del recurso a invertir, adicionalmente a la copia del acta de sección del ayuntamiento se considerara una copia del programa operativo anual de que se trate. A) APROBACIÓN DE OBRA. 36
  • 26. A propuesta del presidente municipal, el cabildo por conducto de su área técnica determinará si la obra será ejecutada por administración directa o por contrato. Modalidad de contrato.  Licitación pública.  Invitación restringida. - Tres contratistas como mínimo. - Adjudicación directa. Administración directa: Podrá realizarla cuando posean la capacidad técnica y los elementos necesarios para tal evento. Maquinaria. Equipo de construcción. Personal técnico. Mano de obra complementaria. Alquilar equipo, fletes y acarreos complementarios. Así mismo incluirá convenio de arrendamiento o trabajos especializados. B) ACUERDO DEL TIPO DE EJECUCION DE OBRA. 37
  • 27. Son los documentos que justifican plenamente la asignación de obra a un determinado contratista.  Condiciones legales, técnicas y de solvencia.  Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.  Cuente con la experiencia requerida.  Considere precios de mercado de la región en el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios.  Cuadro comparativo donde se aprecie el cumplimiento de requisitos y condiciones de propuesta de los participantes.  Bases de licitación  Acta de junta de aclaraciones de propuesta técnica y de propuesta económicos.  Presupuesto del ganador. C) ANTECEDENTES DEL TIPO DE AJUDICACIÓN DE OBRA . 38
  • 28. Es el documento elaborado por el H. ayuntamiento y describe claramente lo siguiente:  La obra a ejecutar.  El costo de la misma sin IVA.  Las condiciones de pago.  Fecha de inicio y termino.  La forma de pago.  El tipo de contrato.  Fuente y composición de recursos. El contrato será firmado por el contratista y el presidente municipal o la persona que él designe y será: A precios unitarios. Su pago total se liquida por unidad de medida de concepto terminado conforme a proyecto y especificaciones. A precio alzado. Su pago total fijo será cubierto por trabajos totalmente terminados y ejecutados en plazo, conforme al proyecto y especificaciones, no siento susceptible de modificación en monto o plazo ni sujetos a ajuste de costos. D) CONTRATO DE EJECUCIÒN 39
  • 29. Son los documentos que deberá entregar el contratista al ayuntamiento para garantizar el anticipo, cumplimiento y una vez terminada la obra, la reparación del vicio oculto. Garantía de seriedad a través de cheque cruzado o fianza a elección del contratista por el 5% del monto de la propuesta con IVA incluido. Fianza de anticipo. Es por la totalidad del monto concedido, mediante fianza otorgada por la institución autorizada y a favor de la tesorería municipal; la que estará vigente hasta su amortización total. Fianza de cumplimiento. Por el 10% del importe total de la obra, a través de póliza de institución autorizada y a favor de la tesorería municipal. Fianza de vicio oculto. Por el 10% del monto total ejercido, a través de institución autorizada y a favor de la tesorería municipal, para responder por los vicios ocultos durante un año posterior a la recepción de la obra. E) GARANTIAS Y FIANZAS. 40
  • 30. La documentación comprobatoria que se genere por los gastos realizados en la ejecución de la obra deberán ser expedidos a nombre del H. ayuntamiento, según sea el caso. Por contrato. Póliza-cheque, speguas (transferencia electrónica),facturas expedidas por el contratista, anexando estimaciones y números generadores que sustenten la obra ejecutada que se paga en dicho documento; asimismo anexar reporte de aportación de beneficiarios en su caso. En administración directa. Podrán ser facturas, recibos y listas de raya (anexando copia de credencial de elector),anexando póliza- cheque, asimismo reporte de aportación de beneficiarios en su caso. F) DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA. 41
  • 31. Es el sistema integral de contabilidad municipal a través del cual se registra el total de movimientos contables efectuados en una obra. Se realizara mediante series mensuales hasta su inversión total, teniendo el contenido siguiente:  Clave de la obra.  Cuenta contable.  Partida presupuestal.  Subsubcuenta comunitaria.  Consecutivo de la obra.  Origen de los recursos.  Póliza.  Fecha.  Concepto.  Cargos, abonos, cheques y salarios. G) ANALÍTICO HISTORICO DE OBRA. 42
  • 32. El ayuntamiento bajo su responsabilidad y por razones fundadas y motivadas podrá modificar los contratos de la obra pública o de sus servicios y suministros relacionados con la misma mediante convenios, siempre que considerados conjunta o separadamente no rebasen el 25% del monto o plazo pactados en el contrato y no impliquen variaciones substanciales al proyecto original. Si exceden el porcentaje indicado o varían substancialmente el proyecto, por una sola vez se celebrará un convenio adicional, siempre que no modifiquen la naturaleza y características esenciales de la obra original, no se eluda el cumplimiento de la ley. H) DOCUMENTOS MODIFICATORIOS 43
  • 33. Sobre el importe de las estimaciones sin IVA, a los contratistas con quienes se celebren contratos; el ayuntamiento retendrá dicho porcentaje, por concepto de vigilancia, inspección y control, necesarios para la ejecución de la obra, recurso que será remitido a la tesorería del estado o municipio según corresponda. I) RETENCIÓN DEL 5 AL MILLAR. 44
  • 34. Es la historia fotográfica donde se hacen constar los aspectos más relevantes de la obra, considerando los avances físicos desde su inicio, hasta su terminación. J) ALBUM FOTOGRÁFICO 45
  • 35. Es el instrumento indispensable para la información y control, donde se describen los avances, modificaciones e instrucciones que se presenten durante el desarrollo y ejecución de la obra; siendo responsabilidad del residente de la obra, el iniciar la primera de las hojas foliadas conforme a los trabajos, vigilar su cumplimiento y permanencia en la obra hasta su conclusión, a fin de que forme parte integral de la entrega -recepción y contendrá los siguientes elementos:  Número de fecha de la nota.  Clasificación de la nota y descripción del programa.  Causa del problema y solución exigida.  Propuestas preventivas.  Consecuencias económicas.  Responsabilidad. K) BITÁCORA DE OBRA 46
  • 36. En obras por contrato el contratista entregará la obra al ayuntamiento quien bajo su responsabilidad la recibirá, previa verificación de que los trabajos hayan concluido de conformidad con el proyecto, especificaciones, conceptos y volúmenes de obra presupuestados, y contendrá como mínimo:  Número y descripción de la obra.  Fecha de inicio y terminación.  Origen de los recursos.  Estructura financiera ejercida.  Obra terminada que será conservada por la comunidad.  Firmas al calce y al margen, del presidente municipal, contratista, comité comunitario y vocal de control y vigilancia.  Se dará copia del acta a los interesados quedando en resguardo del ayuntamiento el original para los fines que le competan. L) ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN 47
  • 37. Es el documento que deberá contener los planos definitivos de la obra con sus modificaciones, así como el resumen técnico-financiero, a fin de que sean ajustadas las diferencias de pagos; el acta de entrega - recepción de la obra: Forman parte del finiquito, el que además deberá incluir: Planos definitivos de la obra. Contrato asignado. Estimaciones definitivas. Bitácora de obra. Constancias de amortización total de anticipos. Pagos efectivos con cargo a la obra. Acta de entrega de recepción.  fianzas. Resumen financiero de la obra. Resultados de pruebas de laboratorio cuando hayan sido solicitados: y, Reporte fotográfico. M) FINIQUITO DE OBRA 48

Notas del editor

  1. ING. FRANCISICO GUILLEN MORA