El documento discute el derecho a la comunicación y la información según la Constitución de Ecuador y declaraciones internacionales de derechos humanos. Reconoce la comunicación como un derecho constitucional y un bien público, pero también como un servicio que debe ser prestado responsablemente. Citando varios artículos, enfatiza el derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas libremente sin censura previa, con algunas limitaciones para proteger otros derechos y la seguridad pública.