El documento trata sobre la conciliación tributaria como instrumento para determinar el impuesto a la renta. Explica conceptos como utilidad contable, utilidad gravable, ingresos gravables, deducciones de gastos, y cómo se realiza la conciliación entre la utilidad contable y la utilidad gravable. También cubre temas como participación de trabajadores, gastos deducibles e indeducibles, y los requisitos y procedimientos de la conciliación tributaria.
Un sistema de costeo ABC permite tomar decisiones estratégicas en forma acertada, debido a que al determinar
los costos se puede asignar el precio del producto o servicio y analizar cómo se encuentra éste en relación con la competencia
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Un poco de historia: la primera presentación de las reformas fiscales que impulsó, tras su elección, el gobierno del presidente Mauricio Funes. Notarán varios cambios en comparación con lo que finalmente se aprobó y aplicó
Guía para hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento.pdfpppilarparedespampin
Esta Guía te ayudará a hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento. Con todo lo necesario para estructurar tu proyecto: desde Marketing hasta Finanzas, lo imprescindible para presentar tu idea. Con esta guía te será muy fácil convencer a tus inversores y lograr la financiación que necesitas.
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
La Norma Internacional de Contabilidad 21 Efectos de las variaciones en las t...mijhaelbrayan952
La Norma Internacional de Contabilidad 21 Efectos de las variaciones en las tasas de Cambio de la Moneda Extranjera (NIC 21) está contenida en los párrafos 1 a 49. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB.
El análisis PESTEL es una herramienta estratégica que examina seis factores clave del entorno externo que podrían afectar a una empresa: políticos, económicos, sociales, tecnológicos, ambientales y legales.
10. CONCILIACIÓN TRIBUTARIA DEMOSTRACIÓN: INGRESOS EXENTOS ( GASTOS Y PT) Rubros Ingresos Porcentaje asignación de costos a Ingresos Exentos Ventas 500,000.00 Otras Rentas Exentas 30,000.00 30,000.00 / 530,000.00 = 5.66% Total Ingresos 530,000.00 Total de costos y gastos 237,000.00 Aplico Porcentaje a Total costos y gastos 237,000.00 X 5.66% Ajuste- Gastos atribuibles a Ingresos Exentos 13,415.09 Cálculo participación trabajadores atribuibles a Ingresos Exentos (30,000.00-13,415.09) X 15% Participación trabajadores atribuibles a Ingresos Exentos 2,487.74
13. CONCILIACIÓN TRIBUTARIA DEMOSTRACIÓN : EMPLEOS NUEVOS Empleados nuevos Empleados con discapacidad Otros Empleados Sueldos y Salarios 13,100.00 3,100.00 10,000.00 Beneficios Sociales, bonificaciones e Indemnizaciones 5,000.00 1,183.21 3,816.79 Total sueldos y beneficios 4,283.21 13,816.79 4,283.21 X 150% 13,816.79 X 100% DEDUCCIONES 6,424.81 13,816.79 Pago a trabajadores con discapacidad Incremento neto de empleados
25. GASTOS SIN SUSTENTO CRITERIOS El artículo 20 del Reglamento para la Ley de Régimen Tributario Interno El artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno
27. GASTOS REMUNERACIONES La Normativa tributaria considera como deducible de Impuesto a la Renta todos aquellos gastos efectuados por concepto de remuneraciones en general y beneficios sociales a sus trabajadores siempre y cuando hayan cumplido con sus obligaciones legales para con el seguro social obligatorio, a la fecha de presentación de la declaración del impuesto a la renta .
28. Según el articulo 14 de la Ley de seguridad social no constituye materia gravada para efectos del calculo de aportes los siguientes rubros : 1.- Los gastos de alimentación 2.- El pago por atención médica u odontológica 3.- Las primas de seguros de vida y accidentes. 4.- La provisión de ropas de trabajo y herramientas 5.- El beneficio que representen los servicios de orden social, que a criterio del IESS no constituyan privilegio La suma de las exenciones de los numerales del 1 al 5 no podrán superar el límite del 20% del total de los ingresos gravados. GASTOS REMUNERACIONES
51. NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 25 DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO BAJA DE INVENTARIOS ANÁLISIS BASE LEGAL NUMERAL 5 DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO 5.- Las pérdidas comprobadas por caso fortuito, fuerza mayor o por delitos que afecten económicamente a los bienes de la respectiva actividad generadora del ingreso, en la parte que no fuere cubierta por indemnización o seguro y que no se haya registrado en los inventarios;
63. Cumplir las disposiciones legales , los reglamentos o disposiciones generales Facilitar a funcionarios públicos las verificaciones, tendientes al control o determinación del impuesto Presentar las declaraciones, informes y documentación relacionada al cumplimiento de obligaciones tributarias y proporcionar aclaraciones cuando correspondan Concurrir a las oficinas de l SRI , cuando corresponda 1 2 4 3 DEBERES FORMALES DEL CONTRIBUYENTE RESPONSABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE DEBERES FORMALES
64. DEBERES DEL CONTRIBUYENTE PAGAR OBLIGACIÓN TRIBUTARIA COLABORAR COMO AUDITADO COMO TERCERO DEBERES FORMALES RESPONSABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE
65. DELITOS TRIBUTARIOS DELITOS TRIBUTARIOS SOLAMENTE AQUELLOS QUE SE COMETAN CON DOLO Serán... EL DOLO ES ELEMENTO SUBJETIVO DOLO VOLUNTAD DE DELINQUIR RESPONSABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE DELITOS TRIBUTARIOS
66.
67. DEFRAUDACIÓN (Art. 344 CT) RESPONSABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE DEFRAUDACIÓN
68. EXTINCIÓN DE LAS ACCIONES LA ACCIÓN PENAL SE EXTINGUE SÓLO POR MUERTE DEL INFRACTOR Y POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓ N. SE ELIMINA EL PAGO Y LOS OTROS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS COMO EXTINTIVOS DE LA ACCIÓN PENAL. RESPONSABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE EXTINCIÓN DE LAS ACCIONES