2. Art. 1 Objeto del Impuesto.-
Es el resultado de un cálculo de
renta global, que es obtenido
por:
PERSONAS NATURALES
SUCESIONES INDIVISAS
SOCIEDADES NACIONALES O
EXTRANJERAS
Art. 2
Concepto de Renta.-
*La fuente puede provenir
de fuente ecuatoriana o
extranjera.
*Los recibidos por realizar
en el exterior actividades
por personas naturales
domiciliadas en el país o por
sociedades nacionales.
3. Sujeto Activo.-Art. 3
El sujeto activo del
impuesto a la renta es
el “ESTADO”
ADMINISTRADO POR
Art. 4
Sujeto Pasivo.-
Personas Naturales
Sucesiones Indivisas
Sociedades
Nacionales
Extranjeras
Con ingresos
dispuestos en la
ley
4. Los recibidos por actividades
laborales:
Profesionales
Comerciales
Industriales
Agropecuarias
Mineras
Servicios
Otros de Carácter
Económico
5. Ingresos recibidos por realizar
actividades en el exterior
pagadas por:
Personas naturales
Sociedades Nacionales o Extranjeras
Utilidades originarias del
extranjero por bienes:
Muebles
inmuebles
Utilidades y Dividendos según
corresponda a sociedades
establecidas en el país
Utilidades y Dividendos según
corresponda a sociedades
establecidas en el país
Intereses e ingresos financieros
pagados por personas
naturales, nacionales o
extranjeras que vivan en el
Ecuador.
6. Ingresos de exportaciones
realizadas por personas
naturales que vivan en el
Ecuador, tramitados por:
Agentes Especiales
Comisionistas
Sucursales
Filiales
Ingresos gravados por:
Loterías
Rifas
Apuestas
Realizados en
el Ecuador
7. Art. 9 1. Dividendos y utilidades después de haber realizado el calculo de
Impuesto a la Renta
2. Dividendos otorgados por instituciones que pertenecen al Estado
y a las Empresas Públicas
3. Por convenios internacionales
4. Condiciones iguales, de estados extranjeros y organismos
nacionales dados por bienes de cada país
8. 5. De instituciones privadas sin fines lucrativos, con
ingresos que tengan fines específicos
6. Intereses por depósitos de ahorro a la vista realizado
por personas naturales otorgado por instituciones
financieras del país
7. Personas beneficiadas por el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social para realización de toda clase de
préstamos
9. 8. Por institutos de Educación Superior (estatales), que se amparen a
la ley de Educación Superior
9. Derogado
10. Por premios de loterías organizados por la Junta de Beneficencia
de Guayaquil y por Fe y Alegría
10. 11. Viáticos que se dan a empleados y funcionarios que trabajen en
instituciones del estado
12. A los discapacitados con desempeño en actividades habituales
13. Por inversiones monetarias por exploración y explotación de
hidrocarburos
14. Por enajenación de inmuebles, acciones o participaciones
15. Ingresos por fideicomisos mercantiles y que no desarrollen
actividades empresariales
11. 16. Indemnizaciones por seguros
17. Intereses pagados por trabajadores por realización de
prestamos otorgados por la sociedad que emplea
18. Compensación para el salario digno
12.
13. SECTORES ECONÓMICOS
PRIORITARIOS PARA EL
ESTADO
Sociedades que sean constituidas
a partir de la vigencia del Código
de Producción y también
sociedades nuevas, tendrán
exoneración de 5 años, que inician
desde su primer año de inicio.
16. Art. 10 DEDUCCIONES.- Para mantener, obtener y mejorar ingresos se
deducirán los gastos de fuente ecuatoriana que no sean exentos.
Costos y gastos
sustentados en
comprobantes de venta
Intereses de negocios debido
a la constitución o
mantenimiento, debidamente
sustentados en comprobantes
de venta
Impuestos, tasas y
contribuciones
Primas de seguros
que cubran riesgos
personales, respaldos
por comprobantes de
venta
Perdidas que se dan
en las actividades
económicas
Gastos de viaje para
generar ingresos
siempre y cuando no
exceda del 3% de
ingresos gravados
17. Gatos indirectos con
un máximo del 5%
de la base imponible
del impuesto a la
renta
En el caso de
sociedades pre
operativas deberá
ser un máximo del
5% de sus Activos
Depreciación y
Amortización de
bienes según a su
vida útil
Para depreciación de
maquinaria, equipos
y tecnologías se
deducen con el
100%
adicional, como
gasto no se superará
el 5% de ingresos
totales
Amortización de
pérdidas
Sueldos, salarios y
remuneraciones, p
articipación de
utilidades y otros
en general
18. SUELDOS, SALARIOS Y
REMUNERACIONES EN
GENERAL
Remuneraciones dependiendo al ejercicio
económico, deducidas en una parte del mismo de
acuerdo a las obligaciones de contribuyente para
con el seguro (IESS)
Respecto a remuneración y beneficios sociales por
incremento de empleados se deducirá el 100%
adicional en contrato de trabajadores de frontera
será la misma deducción por período de 5 años
Deducciones por pago a discapacitados o que
alguno de los familiares del trabajador tenga
discapacidad que dependan de él, se deducirá con
un porcentaje del 150% adicional
Se considerará deducción el reconocimiento
económico para alcanzar el salario digno
19. Sumas de empresas de seguros y reaseguros que se destinen como
reservas para casos de riesgos, en concordancia con la Superintendencia de
Bancos y Seguros
Provisiones de Créditos Incobrables que se efectúen a un porcentaje del 1%
anual en créditos comerciales sin que este exceda del 10% de cartera total
de créditos
Impuesto a la Renta y aportes personales al Seguro Social
20. Por pensiones jubilares patronales, a quién haya prestado 10 años de
servicio a la misma empresa
Gastos devengados y pendientes de pago debido al cierre del ejercicio
debidamente respaldados por comprobantes de venta
Las medianas empresas tendrán una deducción del 100% dependiendo de
los siguientes rubros:
•Capacitación técnica
•Mejora de productividad
•Gastos de viaje