La sociedad colectiva es una sociedad mercantil en la que al menos dos socios aportan capital para llevar a cabo una actividad empresarial común, siendo responsables de forma ilimitada y solidaria de las deudas de la sociedad. La constitución de una sociedad colectiva requiere escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil, y todos los socios participan en la gestión salvo que se designen socios gestores.