El documento describe las características fundamentales de las personas y las personas jurídicas. Indica que toda persona humana puede tener derechos y obligaciones, y que en Argentina el Código Civil reconoce la existencia de las personas desde la concepción. También explica que las personas jurídicas tienen una personalidad jurídica propia y capacidad para actuar como sujetos de derecho, naciendo por un acto jurídico y pudiendo requerir publicidad e inscripción en un registro público.