Para formalizar una empresa en Perú existen dos opciones: 1) constituirse como persona natural y ser responsable de todas las deudas con su patrimonio, o 2) constituirse como persona jurídica eligiendo entre diversas formas societarias que requieren al menos 2 socios. En cualquier caso, los pasos incluyen registrarse en Sunat, elegir un régimen tributario, inscribir trabajadores en Essalud, obtener una licencia municipal, y legalizar los libros contables.
2. Cómo puedo
formalizar mi
empresa?
Aquí para hacerlo tenemos dos opciones dentro de las
cuales podemos elegir:
- CONSTITUIRNOS COMO PERSONA NATURAL:
Aquí debemos saber que cada una de estas tiene límites de
venta en el caso de la micro empresa es de hasta 150 UIT y
en el caso de a Pequeña empresa de 150 hasta 850 UIT
(tengamos en cuenta que la UIT del año 2007 asciende a S/
3450).
Recordemos también que al optar por esta modalidad, nos
hacemos RESPONSABLES de todos y cada uno de los
compromisos asumidos como empresa, teniendo entonces
en caso de incumplir tales compromisos, que responder por
tal incumplimiento con nuestro propio patrimonio.
3.
4. Para ello los pasos a seguir son:
Inscripción en la
Sunat
Inscripción de
trabajadores en
ESSALUD
Obtener los permisos
o registros
correspondientes
Autorizar el libro
de Planillas
Obtener la Licencia
de Funcionamiento
de la Municipalidad
Legalizar los libros
Contables
5. - Constituirnos como
Persona Jurídica:
Para esto es necesario
saber que aquí
podemos optar por
diversas formas
societarias que
requieren en su mayoría
contar con un número
mínimo de 2 socios.
Dentro de estas formas
societarias podemos
optar por:
Empresa
Individual de
Responsabilidad
Limitada -E.I.R.L
Sociedad
Comercial de
Responsabilidad
Limitada – S.R.L.
Sociedad
Anónima – S.A.
Sociedad
Anónima
Cerrada – S.A.C
-Puede ser
formada por una
sola persona y
utilizada
exclusivamente
al constituir una
Micro o Pequeña
empresa.
- Su patrimonio
está conformado
por el aporte del
dueño de la
misma y este
aporte puede ser
dinerario,
mobiliario, de
maquinarias, etc.
- Puede estar
formado por un
máximo de 20
personas.
- Su capital está
constituido
también por los
aportes de sus
socios que
pueden ser
dinerarios y/o en
bienes
Puede estar
conformada por
un número
indeterminado
de socios
quienes realizan
sus aportes para
conformar el
patrimonio de la
empresa (en
efectivo o
bienes) y por el
aporte realizado
se harán
acreedores de
acciones que
representen el
monto de su
aporte a la
sociedad
-Está
conformada por
un mínimo de 2 y
un máximo de 20
accionistas
quienes
igualmente
realizan aportes
dinerarios o en
bienes para la
conformación
del capital
social.
- También este
patrimonio está
representado por
acciones
6. Para ello los pasos a seguir son:
Búsqueda mercantil y
Razón Social en Registros
Públicos
Elaboración de la minuta
de constitución de la
empresa
Elevar la Minuta a
Escritura Pública ante un
Notario
Inscripción en Registros
Públicos
Todos los demás pasos
Señalados para las
Personas Naturales
7. Paso a Paso: buscando la
Formalidad
1. Búsqueda Mercantil Y
Razón Social:
Esta búsqueda se realiza en la
Oficina de Registros Públicos y se
realizara una vez que hayas
decidido cual será la razón social
que identificará a tu empresa en
el mercado. Para ello en la Oficina
de Registros, deberás averiguar si
dicho nombre no existe aún en el
mercado y de no existir podrás
inscribirlo
8. 2. Elaborar la Minuta de
constitución de empresa:
Esta deberá ser realizada por un abogado
de su confianza. En este documento se
tiene que detallar el tipo de empresa que
se ha decidido constituir, los datos de los
socios de la misma, los estatutos (los que
plantean las pautas direccionales así
como sanciones, responsabilidades,
cargos direccionales, etc.
9.
10. 3. Elevar la minuta a Escritura
Pública:
Consiste en acudir a una notaría y llevarle la
minuta a un notario público para que la revise
y la eleve a Escritura Pública.
Los documentos que debemos llevar junto con
la minuta son:
• Minuta de constitución redactada,
adjuntando la boleta de búsqueda mercantil y
copia simple del DNI de los titulares, de los
cónyuges en caso de aporte de bienes
muebles.
• Constancia o comprobante de depósito del
capital aportado en una cuenta bancaria a
nombre de la empresa.
• Inventario detallado y valorizado de los bienes
no dinerarios.
• Certificado de Búsqueda Mercantil emitido por
la Oficina de Registros Públicos de la
inexistencia de una misma o similar razón
social.
• Pagar los derechos notariales.
11. 4. Inscribir en la Oficina de
Registros Públicos:
Una vez que se ha obtenido la escritura
pública, ésta debe ser llevada a los
Registros Públicos en la cual, el notario
realizará los trámites correspondientes.
12. 5. Inscripción ante la Sunat:
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es
el órgano administrador de tributos en el Perú. Tiene, entre otras
funciones, la de registrar a los contribuyentes, otorgándoles el
certificado que acredite su inscripción en el REGISTRO ÚNICO DE
CONTRIBUYENTES.
- RUS: significa que usted pagará un impuesto fijo mensual,
el mismo que se establecerá en razón de los ingresos
mensuales de su negocio. Este régimen le permitirá emitir
tickets y boletas de venta más no podrá emitir facturas. Si
usted elige este régimen, no está en la obligación de llevar
libros contables.
- RER: es un régimen especial e implica que el impuesto que
usted va a pagar obedece a un porcentaje de sus ingresos
mensuales; pudiendo bajo este régimen emitir tickets,
boletas de venta y facturas. Recuerde que aquí usted está
en la obligación de llevar libros contables.
13. 6. Elegir régimen tributario :
En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención de nuestro
RUC, debemos determinar a cuál régimen tributario nos vamos a
acoger para el pago de los impuestos, ya sea :
Régimen Único Simplificado (RUS)
Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER),
Régimen General.
14. RUS: significa que usted pagará un impuesto fijo
mensual, el mismo que se establecerá en razón de los
ingresos mensuales de su negocio. Este régimen le
permitirá emitir tickets y boletas de venta más no podrá
emitir facturas. Si usted elige este régimen, no está en la
obligación de llevar libros contables.
RER: es un régimen especial e implica que el impuesto que usted
va a pagar obedece a un porcentaje de sus ingresos mensuales;
pudiendo bajo este régimen emitir tickets, boletas de venta y
facturas. Recuerde que aquí usted está en la obligación de
llevar libros contables.
Una vez que contamos con nuestro número de RUC, y elegido el régimen
tributario al cual acogernos, podemos imprimir los comprobantes de pago
(boleta y/o factura) que vamos a utilizar.
15. 7. Autorización del libro de
Planillas:
El libro de planillas es aquel en el que se
registrará el pago mensual de sus
trabajadores. Este libro deberá ser legalizado
ante el Ministerio de Trabajo
Planilla electrónica: Es el documento
llevado mediante medios electrónicos
que se presenta mensualmente a través
de un informativo desarrollado por la
Sunat en la cual se encuentra la
información de sus trabajadores.
La planilla electrónica es una obligación
laboral formal y de periodicidad mensual
que sustituye a las planillas de pagos y
remuneraciones.
16. 6. Inscripción de trabajadores en
ESSALUD:
Este es el paso que implica el registrar a sus trabajadores en
esta institución a fin de que puedan acceder al servicio de
salud; vale la pena aclarar que esta se realiza al momento en
que los trabajadores son declarados SUNAT.
De ser el caso que usted no cuente con trabajadores en su
empresa, también resultaría útil que se inscriba en esta
institución ya que así también podrá acceder a los servicios
de salud que esta brinda.
El pago que se realiza, es un pago de carácter mensual que
usted como dueño de la empresa tiene que asumir y este
pago asciende al 9% del sueldo de su trabajador.
17. 9. Obtención de la Licencia Municipal
Es la autorización que otorgan las municipalidades para el
desarrollo de actividades económicas (comerciales,
industriales, servicios) en un establecimiento determinado,
en favor de su titular, sea como persona natural o jurídica,
nacional , extranjera. Este se otorga en único
procedimiento administrativo de un plazo Max. De 15 días
hábiles.
18. 7. Obtención de Registros o Permisos
especiales:
Estos dependerán del giro de su negocio y si usted desea por
ejemplo registrar la marca de su producto protegiéndose así
contra la piratería. En el caso que usted decid expender un
producto para el consumo humano, este deberá contar
necesariamente con un registro sanitario para lo cual deberá
realizar los trámites correspondientes ante DIGESA.
19. 10. Legalización de los Libros
Contables
Los libros contables son aquellos que van a ser
apertura dos una vez que la empresa entre en
funcionamiento. Esta legalización la realiza un
notario público