La Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, en el ámbito de sus competencias, dictan y aprueban normas y procedimientos contables aplicables en los sectores público y privado, respectivamente.Está presidido por el Director General de Contabilidad Pública e integrado por un representante de cada una de las entidades siguientes: Banco Central de Reserva del Perú. Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Superintendencia de Banca, Seguros, y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).El Sistema Nacional de Contabilidad está conformado por: a) La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, órgano rector del sistema; b) El Consejo Normativo de Contabilidad; c) Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces, para las personas jurídicas de derecho público y de las entidades del sector público