El documento explica la diferencia entre contratos electrónicos y contratos informáticos. Los contratos electrónicos se refieren al medio en que se realiza el contrato, mientras que los contratos informáticos se refieren al objeto del contrato, como bienes y servicios informáticos. También describe los contratos de adhesión y su relación con la contratación electrónica, así como posibles cláusulas abusivas y vicios de consentimiento en la telecontratación. Finalmente, define el concepto de outsourcing en materia de contratación informática.