Este documento presenta un convenio de colaboración entre la Asociación Mexicana de la Industria de la Construcción (AMIC), el Instituto de Formación y Capacitación de las Pequeñas y Medianas Empresas de la Construcción (INFOPYME) y el Municipio de Manzanillo. El convenio tiene como objetivo establecer compromisos para desarrollar acciones conjuntas que mejoren la calidad de las obras públicas municipales y beneficien a la sociedad. Cada parte se compromete a diferentes acciones como promover la capacitación del
El documento constituye la asociación civil sin fines de lucro COEECI (Coordinadora de Entidades Extranjeras de Cooperación Internacional). Dieciocho organizaciones de cooperación internacional se reúnen para formar la asociación con el objetivo de facilitar la coordinación y diálogo entre sus miembros y el Estado peruano para promover el desarrollo. El documento establece el nombre, domicilio, objetivos y estatutos de la asociación.
Este documento presenta varios decretos y acuerdos del Gobierno de la Ciudad de México. Reforma un decreto anterior para modificar la composición de la Junta de Gobierno del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México. También delega a los titulares de los órganos político-administrativos la facultad de ordenar la suspensión de venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales de sus demarcaciones territoriales mediante acuerdos generales. Finalmente, incluye conv
El documento propone una iniciativa de decreto legislativo para que los 125 ayuntamientos de Jalisco otorguen permisos para abrir negocios de manera inmediata y brinden facilidades para cumplir los requisitos de licencias en 12 a 24 meses. Esto con el objetivo de generar empleos y aprovechar la derrama económica de los Juegos Panamericanos. Actualmente Jalisco tiene una tasa de desempleo de 5.91% que no ha podido superar.
Este documento contiene extractos de dos solicitudes de registro de asociaciones religiosas ante la Secretaría de Gobernación de México. La primera solicitud es de una entidad interna de la Arquidiócesis Primada de México que busca constituirse como asociación religiosa bajo el nombre de Nuestra Señora de la Consolación. La segunda solicitud es de una agrupación denominada Asociación Ministerial Rey de Justicia que busca constituirse como asociación religiosa. Ambas solicitudes incluyen información sobre sus estatutos, representantes, bienes
Este documento nombra a seis representantes de la sociedad civil del distrito de Ayaviri para que formen parte del Comité de Negociación del Convenio Marco entre las Municipalidades de la provincia de Melgar y la empresa minera MINSUR S.A. Los representantes incluyen al secretario general de la Federación Unitaria de Campesinos de Melgar, la presidenta de la Asociación Provincial de Mujeres de Melgar, el presidente de la Asociación de Barrios Unidos de Ayaviri, el presidente de la Central Única Provincial Rondas Campesinas
Este documento analiza la inconstitucionalidad del embargo precautorio en materia fiscal realizado por la autoridad administrativa. Argumenta que este procedimiento viola los derechos y garantías individuales protegidos por la Constitución mexicana. Examina diferentes autores y obras que respaldan esta postura, señalando que el embargo precautorio no está justificado adecuadamente y causa daños irreparables al contribuyente antes de que se determine un crédito fiscal firme en su contra. Concluye que el único mecanismo para defenderse es a través de un juicio de
La Asociación Civil Espacio Público, junto con el Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA) dirigieron petición de información al Ministerio con competencia en Salud, acerca de los boletines epidemiológicos publicados por dicha institución correspondientes al período enero-junio de 2009, sin obtener respuesta oportuna y adecuada al respecto.
El documento constituye la asociación civil sin fines de lucro COEECI (Coordinadora de Entidades Extranjeras de Cooperación Internacional). Dieciocho organizaciones de cooperación internacional se reúnen para formar la asociación con el objetivo de facilitar la coordinación y diálogo entre sus miembros y el Estado peruano para promover el desarrollo. El documento establece el nombre, domicilio, objetivos y estatutos de la asociación.
Este documento presenta varios decretos y acuerdos del Gobierno de la Ciudad de México. Reforma un decreto anterior para modificar la composición de la Junta de Gobierno del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México. También delega a los titulares de los órganos político-administrativos la facultad de ordenar la suspensión de venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales de sus demarcaciones territoriales mediante acuerdos generales. Finalmente, incluye conv
El documento propone una iniciativa de decreto legislativo para que los 125 ayuntamientos de Jalisco otorguen permisos para abrir negocios de manera inmediata y brinden facilidades para cumplir los requisitos de licencias en 12 a 24 meses. Esto con el objetivo de generar empleos y aprovechar la derrama económica de los Juegos Panamericanos. Actualmente Jalisco tiene una tasa de desempleo de 5.91% que no ha podido superar.
Este documento contiene extractos de dos solicitudes de registro de asociaciones religiosas ante la Secretaría de Gobernación de México. La primera solicitud es de una entidad interna de la Arquidiócesis Primada de México que busca constituirse como asociación religiosa bajo el nombre de Nuestra Señora de la Consolación. La segunda solicitud es de una agrupación denominada Asociación Ministerial Rey de Justicia que busca constituirse como asociación religiosa. Ambas solicitudes incluyen información sobre sus estatutos, representantes, bienes
Este documento nombra a seis representantes de la sociedad civil del distrito de Ayaviri para que formen parte del Comité de Negociación del Convenio Marco entre las Municipalidades de la provincia de Melgar y la empresa minera MINSUR S.A. Los representantes incluyen al secretario general de la Federación Unitaria de Campesinos de Melgar, la presidenta de la Asociación Provincial de Mujeres de Melgar, el presidente de la Asociación de Barrios Unidos de Ayaviri, el presidente de la Central Única Provincial Rondas Campesinas
Este documento analiza la inconstitucionalidad del embargo precautorio en materia fiscal realizado por la autoridad administrativa. Argumenta que este procedimiento viola los derechos y garantías individuales protegidos por la Constitución mexicana. Examina diferentes autores y obras que respaldan esta postura, señalando que el embargo precautorio no está justificado adecuadamente y causa daños irreparables al contribuyente antes de que se determine un crédito fiscal firme en su contra. Concluye que el único mecanismo para defenderse es a través de un juicio de
La Asociación Civil Espacio Público, junto con el Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA) dirigieron petición de información al Ministerio con competencia en Salud, acerca de los boletines epidemiológicos publicados por dicha institución correspondientes al período enero-junio de 2009, sin obtener respuesta oportuna y adecuada al respecto.
Este documento es un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Quintana Roo para realizar actividades conjuntas que fortalezcan la cultura democrática y cívica. El convenio describe los antecedentes legales y las declaraciones de ambas partes. Se establece como objetivo principal la realización de acciones estratégicas para fortalecer la cultura democrática a través de la consulta y coordinación entre las partes. Algunas de las actividades que se realizarán de manera conjunta incl
El documento presenta un extracto de una solicitud de registro de una agrupación religiosa llamada Fuente de Vida para constituirse como asociación religiosa en México. Se proporcionan detalles como la dirección, bienes inmuebles, estatutos, representante, miembros, credo religioso y órganos de dirección de la agrupación. También se notifica a otras organizaciones que podrían verse afectadas para que presenten oposiciones en un plazo de 20 días.
Este documento propone una iniciativa de acuerdo legislativo para los 125 ayuntamientos de Jalisco con el objetivo de generar fuentes de empleo. La iniciativa pide que los ayuntamientos otorguen dispensas y facilidades para la apertura inmediata de negocios y extiendan de 12 a 24 meses el plazo para cumplir con los requisitos de licencias, con el fin de impulsar la economía y reducir la tasa de desempleo en el estado.
Este documento es un convenio entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Nuevo León y 11 municipios de Nuevo León para el otorgamiento de subsidios a través del programa FORTASEG. El convenio establece las declaraciones y marco legal para la asignación y uso de los fondos de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables.
Tercería como parte interesada en el Caso Globovisión solicitada por Espacio Público, Colegio Nacional de Periodistas y el Sindicato de Trabajadores de la Prensa.
Este documento establece un convenio entre la Secretaría de Gobernación y el Estado de México para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea. El convenio tiene como objetivo acercar los servicios de gobierno a los ciudadanos y facilitar que puedan obtener documentos de registro civil sin necesidad de trasladarse a oficinas, cumpliendo con el Plan Nacional de Desarrollo. Se describen los antecedentes legales y las facultades de las partes para firmar este convenio de coordinación y colaboración.
Este documento presenta un convenio específico entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Baja California y los municipios de Baja California para el otorgamiento de subsidios a través del programa FORTASEG. El convenio detalla los montos que cada municipio recibirá del programa y establece que los municipios aportarán el 25% de los recursos federales como coparticipación. El objetivo del convenio es fortalecer las funciones de seguridad pública de los municipios de acuerdo con las estrategias
Código municipal para el Estado de Coahuilasabmpio
Este documento presenta el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en México. El código establece las leyes y reglamentos que rigen el gobierno, estructura y funcionamiento de los municipios en el estado. Incluye capítulos sobre el territorio municipal, la población, los tipos de centros de población y las disposiciones generales sobre la autonomía y organización del gobierno municipal. El código fue publicado originalmente en 1999 y ha tenido varias reformas, la más reciente en 2008.
Reglamento de el bando de policia y buen gobierno.Ivan Felix
Este documento presenta el Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Mazatlán, Sinaloa. Establece las disposiciones generales sobre el territorio, población y gobierno del municipio. Define los derechos y obligaciones de los vecinos, habitantes y visitantes. También describe el escudo del municipio y establece que el gobierno municipal corresponde a un Ayuntamiento formado por regidores electos que residirán en la cabecera municipal de acuerdo a la ley.
Este documento describe una solicitud preventiva del delito de fraude en la administración de la persona jurídica ACMMAT (Asociación de Comerciantes del Mercado Modelo de Tumbes) ante el fiscal provincial de Tumbes. Se alegan varias irregularidades cometidas por el presidente Roberto Mártires Collave Neri y la empresa Constructora e Inmobiliaria MERCARED, incluyendo modificaciones no transparentes del estatuto para perpetuarse en el poder, la constitución de una hipoteca sobre los bienes de ACMMAT a favor de MERCARED sin garantías reales
Este documento presenta un convenio específico de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a municipios de Querétaro a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FORTASEG). El convenio es celebrado entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Querétaro y los municipios de Corregidora, El Marqués, Querétaro, San Juan del Río y Tequisquiapan. El objetivo es transferir recursos federales del FORTASEG a
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación del gobierno federal de México y el estado de Guerrero para fortalecer la cultura democrática y cívica a través de acciones conjuntas. Se describen los antecedentes legales y las declaraciones de ambas partes sobre sus funciones y facultades para firmar el convenio. El objetivo es unir esfuerzos para promover valores democráticos como la tolerancia, la participación ciudadana y el respeto a los símbolos patrios.
Pronunciamiento del Pacto de Unidad sobre la Ley de Consultaconacami
Las organizaciones indígenas del Pacto de Unidad rechazan el reglamento de la Ley de Consulta aprobado por el gobierno peruano, argumentando que la ley y su reglamento violan los derechos de los pueblos indígenas reconocidos en el Convenio 169 de la OIT. Exigen la modificación de varios artículos de la ley para que garantice el derecho a la consulta previa, libre e informada y al consentimiento de los pueblos indígenas sobre cualquier medida administrativa o legislativa que les afecte.
Este documento presenta un convenio de coordinación y colaboración entre la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal de México, el Gobierno del Estado de Yucatán y el Consejo de Notarios de Yucatán. El objetivo del convenio es automatizar el envío de información al Registro Nacional de Avisos de Testamento y colaborar en temas relacionados con el uso de la informática aplicada a las ciencias jurídicas. El convenio establece los compromisos, enlaces y funciones de cada parte para lograr dicho objetivo de man
Ley orga nica_municipal_para_el_estado_de_guanajuato_con_decreto_168_p.o._9_m...Daii Villanueva
Este documento presenta la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Establece las bases generales para la organización del ámbito municipal de gobierno de acuerdo con la Constitución mexicana y estatal. Define al municipio como una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. Dispone que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento electo. También regula aspectos como los derechos y obligaciones de los habitantes, la participación ciudadana, y la división territorial de los municipios en el estado.
La resolución reconoce la junta directiva de la Asociación de Comerciantes "Felipe Santiago Castro" (ACOFESCA) de Ayaviri. La resolución establece que las municipalidades promueven el desarrollo local y reconocen a las organizaciones que realizan acciones sociales. La resolución aprueba específicamente la junta directiva de ACOFESCA, la cual está integrada por Fredy Leoncio Tipo Suni como presidente y otros cinco miembros.
El documento describe un convenio entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Tlaxcala para implementar la consulta e impresión en línea de actas del registro del estado civil de las personas. El convenio busca facilitar que las personas puedan obtener documentos registrales sin necesidad de trasladarse a oficinas, a fin de cumplir con la obligación de poner en marcha la consulta e impresión de actas del registro del estado civil en línea y beneficiar a la población mexicana. El convenio se basa en la necesidad de garantizar el derecho a la ident
Este documento analiza el delito de trashumancia electoral en Colombia. Define la trashumancia electoral como cuando una persona vota en elecciones locales de un municipio donde no reside. Explica que la Constitución y leyes buscan garantizar que solo los residentes de un municipio participen en decisiones que los afectan. También describe cómo el Consejo Nacional Electoral y la Corte Constitucional han tratado de regular este problema para proteger los procesos electorales.
Formulación de la pregunta de la investigación:
¿Los actuales programas de educación y formación profesional para las personas
sordo mudas están acordes con el derecho de igualdad constitucional en Colombia?
Este documento presenta un convenio específico de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a municipios del estado de Chiapas a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Municipios y del Distrito Federal (FORTASEG). El convenio es celebrado entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Chiapas y 12 municipios de dicho estado. El objetivo es transferir recursos federales a los municipios beneficiarios con el fin de fortalecer sus funciones de seguridad
El reglmento basico de preinversión es un dcumento reglamentario que te permite valorar aspectos gestores en la preparación y formulación de proyectos a nivel de gestión pública,
Este documento es un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Quintana Roo para realizar actividades conjuntas que fortalezcan la cultura democrática y cívica. El convenio describe los antecedentes legales y las declaraciones de ambas partes. Se establece como objetivo principal la realización de acciones estratégicas para fortalecer la cultura democrática a través de la consulta y coordinación entre las partes. Algunas de las actividades que se realizarán de manera conjunta incl
El documento presenta un extracto de una solicitud de registro de una agrupación religiosa llamada Fuente de Vida para constituirse como asociación religiosa en México. Se proporcionan detalles como la dirección, bienes inmuebles, estatutos, representante, miembros, credo religioso y órganos de dirección de la agrupación. También se notifica a otras organizaciones que podrían verse afectadas para que presenten oposiciones en un plazo de 20 días.
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Reglamento de el bando de policia y buen gobierno.Ivan Felix
Este documento presenta el Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Mazatlán, Sinaloa. Establece las disposiciones generales sobre el territorio, población y gobierno del municipio. Define los derechos y obligaciones de los vecinos, habitantes y visitantes. También describe el escudo del municipio y establece que el gobierno municipal corresponde a un Ayuntamiento formado por regidores electos que residirán en la cabecera municipal de acuerdo a la ley.
Este documento describe una solicitud preventiva del delito de fraude en la administración de la persona jurídica ACMMAT (Asociación de Comerciantes del Mercado Modelo de Tumbes) ante el fiscal provincial de Tumbes. Se alegan varias irregularidades cometidas por el presidente Roberto Mártires Collave Neri y la empresa Constructora e Inmobiliaria MERCARED, incluyendo modificaciones no transparentes del estatuto para perpetuarse en el poder, la constitución de una hipoteca sobre los bienes de ACMMAT a favor de MERCARED sin garantías reales
Este documento presenta un convenio específico de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a municipios de Querétaro a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FORTASEG). El convenio es celebrado entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Querétaro y los municipios de Corregidora, El Marqués, Querétaro, San Juan del Río y Tequisquiapan. El objetivo es transferir recursos federales del FORTASEG a
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación del gobierno federal de México y el estado de Guerrero para fortalecer la cultura democrática y cívica a través de acciones conjuntas. Se describen los antecedentes legales y las declaraciones de ambas partes sobre sus funciones y facultades para firmar el convenio. El objetivo es unir esfuerzos para promover valores democráticos como la tolerancia, la participación ciudadana y el respeto a los símbolos patrios.
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Este documento presenta un convenio de coordinación y colaboración entre la Secretaría de Gobernación del Gobierno Federal de México, el Gobierno del Estado de Yucatán y el Consejo de Notarios de Yucatán. El objetivo del convenio es automatizar el envío de información al Registro Nacional de Avisos de Testamento y colaborar en temas relacionados con el uso de la informática aplicada a las ciencias jurídicas. El convenio establece los compromisos, enlaces y funciones de cada parte para lograr dicho objetivo de man
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Este documento presenta la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Establece las bases generales para la organización del ámbito municipal de gobierno de acuerdo con la Constitución mexicana y estatal. Define al municipio como una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. Dispone que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento electo. También regula aspectos como los derechos y obligaciones de los habitantes, la participación ciudadana, y la división territorial de los municipios en el estado.
La resolución reconoce la junta directiva de la Asociación de Comerciantes "Felipe Santiago Castro" (ACOFESCA) de Ayaviri. La resolución establece que las municipalidades promueven el desarrollo local y reconocen a las organizaciones que realizan acciones sociales. La resolución aprueba específicamente la junta directiva de ACOFESCA, la cual está integrada por Fredy Leoncio Tipo Suni como presidente y otros cinco miembros.
El documento describe un convenio entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Tlaxcala para implementar la consulta e impresión en línea de actas del registro del estado civil de las personas. El convenio busca facilitar que las personas puedan obtener documentos registrales sin necesidad de trasladarse a oficinas, a fin de cumplir con la obligación de poner en marcha la consulta e impresión de actas del registro del estado civil en línea y beneficiar a la población mexicana. El convenio se basa en la necesidad de garantizar el derecho a la ident
Este documento analiza el delito de trashumancia electoral en Colombia. Define la trashumancia electoral como cuando una persona vota en elecciones locales de un municipio donde no reside. Explica que la Constitución y leyes buscan garantizar que solo los residentes de un municipio participen en decisiones que los afectan. También describe cómo el Consejo Nacional Electoral y la Corte Constitucional han tratado de regular este problema para proteger los procesos electorales.
Formulación de la pregunta de la investigación:
¿Los actuales programas de educación y formación profesional para las personas
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Este documento presenta un convenio específico de coordinación y adhesión para el otorgamiento de subsidios a municipios del estado de Chiapas a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Municipios y del Distrito Federal (FORTASEG). El convenio es celebrado entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el estado de Chiapas y 12 municipios de dicho estado. El objetivo es transferir recursos federales a los municipios beneficiarios con el fin de fortalecer sus funciones de seguridad
El reglmento basico de preinversión es un dcumento reglamentario que te permite valorar aspectos gestores en la preparación y formulación de proyectos a nivel de gestión pública,
Los Procesos Gerenciales deTalento Humano-Maribeizaguirre.pptxMaribeIzaguirre1
La gestión eficaz del talento humano se ha convertido en un factor crucial para el éxito y la competitividad de las organizaciones, los procesos gerenciales de talento humano abarcan una serie de prácticas y estrategias diseñadas para atraer, desarrollar, retener y motivar a los empleados, asegurando que la organización cuente con el personal adecuado para alcanzar sus objetivos estratégicos.
Quieres saber por qué hacer investigación de mercados? ¿Sabes por qué tus clientes no compran tus productos? o quizá lo que te interese es lanzar una campaña de marketing pero necesitas saber qué quieren tus clientes. O tal vez vas a lanzar un nuevo producto pero antes necesitas conocer ciertos detalles y sólo tus consumidores te pueden ayudar a obtener esta información. En todos estos casos necesitas recolectar datos. Y para esto, y muchos casos más, te conviene hacer investigación de mercados.
Una investigación de mercados te ayuda a conocer las intenciones de compra de los consumidores, o te da retroalimentación acerca del crecimiento del mercado al que perteneces.
A través de una investigación puedes descubrir también información valiosa que te sirva para estimar los precios de tu producto o servicio y encontrar un punto de equilibrio que te beneficie a ti y a los consumidores.
¿Qué tienen en común estas definiciones? Que recolectamos datos y los usamos para un propósito bien definido.
La industria está cambiando, los consumidores tienen nuevos hábitos de consumo, otras necesidades o preferencias.
¿Qué circunstancias los lleva a actuar de tal o cual manera, qué determina que elijan un producto u otro? La investigación de mercados nos indica hacia donde enfocar nuestros esfuerzos y recursos.
Para hacer esta investigación se recurre a métodos estadísticos y analíticos y de diversas técnicas para obtener los datos o información que necesitemos.
Los informes realizados luego de realizar dicha investigación nos dan las bases para actuar a favor del cliente y tener éxito en la compañía, también para definir, por ejemplo, campañas de publicidad y marketing, lanzar nuevos productos, etc.
Mario Mendoza Marichal -Uno de los aspectos más destacados de La Perennia es la amplia gama de actividades al aire libre que ofrece a sus residentes.
Este enfoque en el bienestar y la vida activa no solo mejora la calidad de vida, sino que también promueve un estilo de vida saludable y en armonía con la naturaleza.
Practica individual-Semana.Curso Liderazgo y comportamiento organizacionalJanethLozanoLozano
Práctica con evaluación entre pares sobre una situación en la que se aplicar lo aprendido acerca de la personalidad, los valores y el estilo de liderazgo en una organización.
La estructura organizativa del trabajo que tenga una empresa influye directamente en la percepción que pueda tener un trabajador de sus condiciones laborales y en su rendimiento profesional.
Mi Carnaval, sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribució...micarnavaltupatrimon
El sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribución de recursos, como el transporte, el alojamiento y la seguridad, en función de la afluencia prevista de turistas. La plataforma ofrecerá una amplia oferta de productos, servicios, tiquetería e información relevante para incentivar el uso de está y generarle valor al usuario, además, realiza un levantamiento de datos de los espectadores que se registran y genera la estadística demográfica, ayudando a reducir la congestión, las largas filas y otros problemas, así como a identificar áreas de alto riesgo de delincuencia y otros problemas de seguridad.
AGRORURAL - PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVOBreenIzarraBrea
El Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, constituye una unidad ejecutora del MINAGRI y depende del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego cuya finalidad es promover y liderar el desarrollo agrario rural a través del financiamiento de programas rurales, proyectos de inversión publica y actividades en zonas rurales del ámbito agrario y articular las acciones en territorios de menor grado de desarrollo económico
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CONVENIO TRIPARTITADE COLABORACIÓN
AMIC – INFOPYME – MUNICIPIO DE MANZANILLO
Convenio Tripartita de Colaboración que celebran, por una parte, la Asociación Mexicana
de la Industria de la Construcción, A.C., representada en este acto por el Presidente de su
Comité Directivo en el Estado de Colima, el Arq. Miguel Fuentes Soni; que en lo sucesivo
se le denominará “La AMIC”; por otra parte, el Instituto de Formación y Capacitación de
las Pequeñas y Medianas Empresas de la Construcción, A.C., representado en este acto
por el Presidente de su Consejo, el Prof. Francisco Javier Gallo Palmer; que en lo
sucesivo se le denominará “El INFOPYME”; y por una tercera parte, el Municipio de
Manzanillo, Colima, representado en este acto por la Presidente Municipal, C. Griselda
Martínez Martínez; el Síndico Municipal, C. Daniel Mendoza Flores; y la Secretaria del
Ayuntamiento, la Mtra. Martha María Zepeda del Toro; que en lo sucesivo se le
denominará “El Municipio”; y cuando actúen en forma conjunta se les denominará “Las
Partes”; de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I. “La AMIC” declara, por medio de su representante, bajo protesta de decir verdad:
I.1. Que es una asociación civil legalmente constituida bajo las leyes mexicanas, lo
cual acredita con la EscrituraPública No. 1843, de fecha 26 de febrero del año 2007,
pasada ante la fe del Notario Público No. 50, Lic. José Juan Serna Ibarra con sede
en Monterrey, Nuevo León, e inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el folio
No.470, Vol. 46, Libro 10, de fecha 02 de abril del año 2007.
I.2. Que dentro de las actividades que constituye su objeto social, según su Acta
Constitutiva, elevada a EscrituraPública bajo el No. 1843 antes citada, se encuentra
previsto: El agrupar y representar a toda persona física o moral y aquel ciudadano
conformea lo establecido en los Estatutos y el Reglamento vigente de la Asociación.
I.3. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la clave
AMI-070226-PT2 y señala como domicilio fiscal el ubicado en Av. Félix Cuevas No.
301, piso 9, interior 907, Col. Del Valle Sur, C.P. 03100, Delegación Benito Juárez,
Ciudad de México.
I.4. Que conociendo la estructura y objeto de “La AMIC” y consciente de la
importancia que reviste la interacción institucional en el ramo de la construcciónpara
el desarrollo de actividades productivas del país, manifiesta su interés de coadyuvar
con éste en los términos y condiciones previstos en el presente convenio.
I.5. Que el Arq. Miguel Fuentes Soni interviene en la firma del presente Convenio
en su carácter de presidente del Comité Directivo de la Delegación Colima,
Coordinador Ejecutivo Nacional, poder otorgado mediante nombramiento, de fecha
24 de Julio de 2018; y firmada por el presidente Nacional Mtro. Ing. Francisco Javier
Gallo Palmer. Coordinador Regional; Poder otorgado según acuerdo firmado el día
8 de diciembre del 2018; en la Asamblea General Ordinaria en la Ciudad de Puebla
de los Ángeles, México; Por el Comité Directivo Nacional de AMIC, A.C. y firmado
al calce por quien en ella intervienen.
I.6. Que acredita como domicilio para escuchar todo tipo de notificaciones en calle
A número 3 de la colonia Parque Industrial, de la Ciudad de Colima, Colima, con
Código Postal 28075.
II. “El INFOPYME” declara, por medio de su representante, bajo protesta de decir verdad:
II.1. Que es una asociación civil legalmente constituida bajo las leyes mexicanas, lo
cual acredita con la Escritura Pública No. 21,491, Vol. 580 de fecha 28 de agosto
del año 2018, pasada ante la fe del Notario Público No. 93, Mtro. Carlos Sinhue Vital
2. Página 2 de 6
Punzo con sede y ejercicio en Morelia, Michoacán, e inscrita en el Registro Público
de Comercio bajo el Tomo No.00669, Reg. 0031, del Libro de Varios, de fecha 05
de octubre del año 2018.
II.2. Que su objeto social es, que dentro de las actividades que constituye su objeto
social, según su Acta Constitutiva, elevada a Escritura Pública bajo el No. 21,491
antes citada, se encuentra previsto: Desarrollar e impartir programas académicos
de excelencia de manera presencial o a distancia para la profesionalización de los
trabajadores, empresarios y servidores públicos.
Que conociendo la estructura y objeto de “LA AMIC” y consciente de la
importancia que reviste la capacitación y desarrollo profesional de quienes
participan en el sector de la construcción para mejorar la eficiencia y
productividad de las empresas del país, manifiesta su interés de coadyuvar
con éste en los términos y condiciones previstos en el presente convenio.
III.3. Que su Registro Federal de Contribuyentes es
II.4. Que el Prof. Francisco Gallo Palmer acredita su personalidad con la Escritura
Pública No. 7,130, de fecha 25 de agosto de 2016, pasada ante la fe del Notario
Público No. 116, Lic. José Rosario Treviño Elizondo, de la Ciudad de Monterrey,
Nuevo León. Inscrito en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León,
Dirección del Registro Público, Primer Distrito de Monterrey bajo el No.1807, Vol.
55, Libro 37, Sec.III Asoc. Civiles de fecha 9 de septiembre de 2016, ratifica que los
poderes otorgados no le han sido revocados ni limitados en forma alguna a la fecha
de suscripción del presente convenio.
II.5. Que, asimismo, el Prof. Francisco Javier Gallo Palmer acredita su personalidad
como Presidente del Consejo Directivo de “El INFOPYME” mediante la escritura
pública número 21,491, Vol. 580 de fecha 28 de agosto de 2018, pasada ante la fe
del Lic. Carlos Sinhue Vital Punzo, Notario Público No. 93, con residencia y ejercicio
en la Ciudad de Morelia, Michoacán y con inscripción en el Registro Público Tomo
0669 Registro número 031 del 5 de octubre de 2018.
II.6. Que señala como su domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en; Av.
Félix Cuevas No. 301, piso 9, interior 907, Col. Del Valle Sur, C.P. 03100, Delegación
Benito Juárez, Ciudad de México.
Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la clave
AMI-070226-PT2
III. “El Municipio” declara, por medio de sus representantes,bajo protesta de decir verdad:
III.1. Que es una institución investida de personalidad jurídica y patrimonio propio,
según se establece en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y que conforme al artículo 91 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano del Colima, el Ayuntamiento es depositario de la función
pública municipal y constituye la primera instancia de gobierno, con el propósito de
recoger y atender las necesidades colectivas y sociales, así como para articular y
promover el desarrollo integral y sustentable del municipio.
III.2. Que el artículo 2 de la Ley del Municipio Libre para el Estado de Colima
establece que el Municipio es una institución de orden público, base de la división
territorial y de la organización política y administrativa del Estado, constituido por
una comunidad de personas,establecida en un territorio determinado, cuya finalidad
consisteen promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar los valores de
la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.
III.3. Que son facultades y obligaciones del Ayuntamiento, que se ejercerán por
conducto del Cabildo, el celebrar convenios de colaboración con otros municipios,
3. Página 3 de 6
con la Federación, con el Gobierno del Estado o con los particulares, según lo
establece el artículo 45 fracción I inciso i), de la Ley del Municipio Libre del Estado
de Colima. Asimismo, que, concordante con la disposición constitucional federal, la
Constitución local igualmente señala en su artículo 90, que cada Municipio será
gobernado por un Ayuntamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
III.4. Que la C. Griselda Martínez Martínez, en su carácter de Presidenta Municipal
del Ayuntamiento Constitucional de Manzanillo, Colima; es la ejecutora de las
determinaciones del Honorable Cabildo Municipal, y tiene facultades para suscribir
a nombre del Ayuntamiento y en los casos que lo ameriten con autorización del
Cabildo, todos los actos jurídicos y contratos necesarios para el despacho de los
negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos municipales,
de conformidad con lo establecido en el artículo 47 fracción I inciso c) de la Ley del
Municipio Libre para el Estado de Colima y el artículo 27 del Reglamento de la
Administración Pública del Municipio de Manzanillo y acredita su personalidad con
el acta certificada de sesión pública 121 celebrada por el Honorable Cabildo de
Manzanillo, Colima, con fecha 15 de octubre del 2018.
III.5. Que el C. Daniel Flores Mendoza, en su carácter de Síndico Municipal y
representante del H. Ayuntamiento Constitucional de Manzanillo, tiene la facultad de
procurar, defender, promover y representar jurídicamente los intereses municipales
y la representación jurídica del Ayuntamiento en los litigios en que sea parte y en la
gestión de los negocios de la hacienda municipal, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 51 fracciones II y III de la Ley del Municipio Libre para el Estado de
Colima, por lo que concurre a la firma del presente contrato y acredita su
personalidad con el acta certificada de sesión pública 121 celebrada por el
Honorable Cabildo Municipal de Manzanillo, Colima de fecha 15 de octubre del
2018.
III.6. Que la C. Martha María Zepeda del Toro, en su carácter de Secretaria del
Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, tiene la facultad para refrendar con su firma
en todos los reglamentos y disposiciones emanados del Ayuntamiento, de
conformidad con lo establecido por el artículo 69 de la Ley del Municipio Libre de
Colima, por lo que concurre a la firma del presente convenio y acredita su
personalidad con el acta No. 1 de Sesión de Cabildo, celebrada el 16 de octubre de
2018.
III.7. Que mediante el acta de Sesión Pública de Cabildo No. ______ de carácter
______________________, que celebró el Honorable Cabildo el día _________ del
mes de ____________ del año 2019 (Dos mil diecinueve), a las ______ (_______),
en su PUNTO ____________ del orden del día, se tuvo a bien aprobar la celebración
del presente Convenio de Colaboración.
III.8. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio legal, el
ubicado en la Avenida Juárez No.100, colonia centro, código postal 28200, de la
Ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima.
III.9. Que no existe impedimento legal alguno para firmar el presente Convenio, toda
vez que cuenta con los requerimientos que exige la normatividad aplicable.
IV. “Las Partes” declaran, bajo protesta de decir verdad:
IV.1. Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio en los términos y
condiciones que en el mismo se estipulan.
IV.2. Que sus representantes están debidamente facultados y que tienen el poder
legal necesario y suficiente para comprometerse con las disposiciones contraídas
en este Convenio.
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IV.3. Que se reconocen la personalidad con que ostentan y acuden a celebrar el
presente acuerdo de voluntades.
IV.4. Que cuentan con los recursos necesarios para cumplir con las obligaciones
que se deriven del presente acuerdo de voluntades.
IV.5. Que no existen vicios de consentimiento que puedan invalidar este acto.
Vistas las declaraciones que anteceden, “Las Partes” están conformes en obligarse a la
forma y términos que se establecen en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Objeto del Convenio. El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto
establecer los compromisos conformea los cuales, “LAS PARTES” desarrollarán en forma
conjunta las acciones tendientes a mejorar la calidad de las obras que licita el MUNICIPIO,
en beneficio de la sociedad.
SEGUNDA.- De los compromisos de “La AMIC”. Para el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, “La AMIC” se compromete a:
1. Promover entre sus asociados las reglas y lineamientos de operación del presente
Convenio;
2. Desarrollar eventos de difusión sobre las acciones que realice de forma conjunta
con “El Municipio” en beneficio de los habitantes del municipio de Manzanillo,
Colima;
3. Informar regularmente a “El Municipio” de las acciones y eventos que realice a fin
de incentivar el ejercicio transparente de los recursos municipales de obra pública;
y
4. Brindar capacitación, a través de “El INFOPYME”, a los trabajadores de las
empresas asociadas a “La AMIC”, a fin de incrementar su productividad y
eficiencia. Esta capacitación podrá hacerse extensiva al personal técnico y
administrativo del municipio de Manzanillo, Colima, en los temas que de común
acuerdo se determinen.
TERCERA.- De los compromisos de “El Municipio”. Para el cumplimiento del objeto
del presente Convenio, “El Municipio” se compromete a:
1. Ofrecer oportunamente a los asociados de “LA AMIC”, la información relativa al
Programa Anual de Obras y Servicios que implementará en el territorio del municipio
de Manzanillo, Colima; y
2. Invitar, en la medida de sus posibilidades, a las empresas afiliadas a “LA AMIC” a
los procesos de Invitación Restringida y de Adjudicación Directa, para que ejecuten
la obra que desarrolla el municipio de Manzanillo, Colima.
CUARTA.- De los compromisos de “Las Partes”. Para el cumplimiento del objeto del
presente Convenio, “Las Partes” se comprometen a:
1. Aplicar un DOS POR CIENTO de lo que se facture en los contratos de obra pública
municipal, a efecto de contar con Proyectos Ejecutivos elaborados para la gestión
de recursos a nivel estatal y federal, así comopara atender algunas necesidades de
obra social, conforme a lo siguiente:
a. UNO POR CIENTO para crear un fondo para la elaboración de Proyectos
Ejecutivos del municipio de Manzanillo, Colima;
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b. 0.5 PUNTO CINCO POR CIENTO para un fondo de obras públicas de
carácter social, que una vez determinada su aplicación, se ejecutará por
empresas asociadas a “La AMIC”; y
c. Otro0.5 PUNTO CINCO PORCIENTO paracapacitación, cantidad que será
retenida por “El Municipio” y entregada a “El INFOPYME” para
capacitación del personal de sus empresas asociadas, el cual será
depositado a la Cuenta de Banorte No. 0489742169, CLABE 072 47000
48974 21692.
2. Realizar proyectos de inversión bajo el esquema de asociaciones público privadas,
para el financiamiento de obras públicas municipales.
QUINTA.- Sobre los Acuerdos Específicos. Para la consecución del objeto del presente
Convenio, “Las Partes” podrán formular Acuerdos Operativos Específicos,los que una vez
formalizados formarán parte integral del presente Convenio, así comoservirán para detallar
los distintos proyectos que en común acuerdo de “Las Partes” se lleven a cabo.
SEXTA.- De la independencia de “Las Partes”. “Las Partes” reconocen que la relación
legal entre ellas es la de tres partes independientes que celebran un Convenio de
Colaboración, tal y como se señala en este instrumento, por lo tanto queda expresamente
convenido que a ninguna de las partes se le otorga el derecho o la autoridad para asumir o
crear obligación o responsabilidad expresa o tácita a nombre y cuenta de la otra para
obligarlo de forma alguna.
Asimismo, queda estipulado que el personal que contrate cualquiera de “Las Partes”, será
bajo su propia responsabilidad, sin que se considere a la otra parte como patrón solidario o
sustituto, desligándola de cualquier conflicto que se suscite de carácter laboral.
SÉPTIMA.- De la cesión de derechos. “Las Partes” se comprometen a no ceder a un
tercero bajo ningún título, los derechos u obligaciones derivadas del presente Convenio,
salvo autorización expresa de alguna de “Las Partes” y que conste por escrito.
OCTAVA.- De la confidencialidad. “Las Partes” se obligan a mantener en forma
confidencial toda la información relativa al presente instrumento; siendo, en su caso,
responsables de los daños que pudiera ocasionarle a la otra parte en caso de revelar la
información referida en la presente cláusula.
NOVENA.- De la propiedad intelectual.“Las Partes” acuerdan que el presente Convenio
no otorga a “ElMunicipio”, el derecho a ostentarsecomo licenciataria de cualquier derecho
de propiedad intelectual de “La AMIC” y “El INFOPYME”, por lo tanto, “El Municipio” se
obliga a no usar ni ostentarse como autorizado de la propiedad intelectual de “La AMIC” y
“El INFOPYME”. De igual forma aplica en sentido inverso, al no poder “La AMIC” y “El
INFOPYME” tenerderecho alguno para ostentarse como licenciataria de cualquier derecho
de propiedad intelectual de “El Municipio” y tienen prohibido ostentarse como autorizado
de la propiedad intelectual de “La AMIC” y “El INFOPYME”.
Para los efectos de lo establecido en la presente Cláusula, se entiende como propiedad
intelectual a todos los signos distintivos, (marcas, logos, avisos comerciales, nombres
comerciales), patentes, modelos industriales, diseños industriales, secretos industriales,
derecho de autor, lista de clientes y proveedores, metodología, procesos de evaluación y
demás secretos comerciales.
Sin embargo, en conjunto, “Las Partes” desarrollarán propuestas de imagen corporativa y
publicitaria que permitan promocionar la sinergia que se tiene, conforme al objeto del
presente Convenio, para incidir en un nicho de mercado específico. Será necesario que
“Las Partes” estén de acuerdo con el material diseñado para poder promocionarlo.
DÉCIMA.- De la vigencia del Convenio. El presente Convenio iniciará su vigencia a partir
de la fecha de su firma y finalizará al 15 de octubre del año 2021.
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DÉCIMAPRIMERA.- De la terminación anticipada del Convenio. El presente Convenio
se podrá dar por terminado anticipadamente mediante aviso por escrito de cada una de
“Las Partes” a las otras, notificándoles con 30 días de anticipación y sin menoscabo de
las acciones que se hayan iniciado a la fecha de la notificación.
DÉCIMA SEGUNDA. De la rescisión del Convenio. Cualquiera de “Las Partes” podrá
dar por rescindido el presente Convenio sin ninguna responsabilidad, en el supuesto de que
la otra parte incumpla una o todas sus obligaciones asumidas en términos del mismo, para
lo cual bastará que comunique su decisión mediante simpleaviso por escrito dado a la parte
que hubiera dado lugar a la causa de rescisión, debiendo mediar un plazo no menor de 30
(treinta) días naturales entre la fecha de notificación del aviso y la que corresponde a la
rescisión del Convenio.
DÉCIMA TERCERA.- De los asuntos no previstos. “Las Partes” convienen que los
asuntos relacionados con el objeto de este Convenio que no se encuentren previstos en
sus Cláusulas, serán resueltos de común acuerdo por “Las Partes” y las decisiones que
se tomen, deberán hacerse constar por escrito.
DÉCIMA CUARTA.- De la jurisdicción para controversias. “Las Partes”, para todo lo
relativo a la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, se someten
expresamente a las Leyes y Tribunales competentes en la Ciudad de Manzanillo, Colima,
renunciando por tal motivo a la competencia que pudiera corresponderles en razón de su
domicilio presente o futuro o por cualesquier otro motivo.
Estando "Las Partes" debidamente enteradas del alcance legal y contenido del presente
Convenio y manifestando que no existen vicios en su consentimiento que pudieran generar
su nulidad en todo o en parte, lo ratifican y firman de conformidad al margen y al calce de
cada una de sus fojas, en tres originales, correspondiendo un ejemplar a cada parte, en la
Ciudad, Puerto y Municipio de Manzanillo, a los ___ días del mes de ____ del año 2019.- -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por “La AMIC” Por “El Municipio”
Arq. Miguel Fuentes Soni
Presidente del Comité Directivo en
el Estado de Colima y Coordinador
Ejecutivo Nacional de
Infraestructura D.
C. Griselda Martínez Martínez
Presidente Municipal
Por “El INFOPYME” C. Daniel Mendoza Flores
Síndico Municipal
Prof. Francisco Javier Gallo
Palmer
Presidente del Consejo
Mtra. Martha María Zepeda del Toro
Secretaria del Ayuntamiento