El artículo 3 común de los cuatro Convenios de Ginebra amplía la protección a los conflictos no internacionales y prohíbe los ataques contra la vida, la integridad física o la dignidad de quienes hayan depuesto las armas o se encuentren fuera de combate, así como las condenas sin un juicio justo. También requiere que los heridos y enfermos sean asistidos y permite que organizaciones humanitarias como el Comité Internacional de la Cruz Roja ofrezcan sus servicios.