Este documento establece la creación del Consejo Federal de Discapacidad en Argentina, el cual estará compuesto por representantes de cada provincia y buscará coordinar las políticas nacionales sobre discapacidad. El Consejo tendrá como objetivos promover la descentralización, fomentar la cooperación entre entes gubernamentales y no gubernamentales, e impulsar la legislación y el acceso a la información sobre discapacidad. Funcionará a través de asambleas y reuniones regionales, y contará con una secretaría administrativa para apo
Este documento presenta el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) de Perú. Define la estructura orgánica y funciones del CONADIS y sus órganos como el Consejo Directivo, Presidencia, Secretaría General, órganos de asesoramiento y apoyo, y órganos de línea. El CONADIS es el organismo rector del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y tiene la función de formular, coordinar y
El documento propone la creación de un Consejo Económico, Ambiental y Social en la provincia de Mendoza. El Consejo tendrá carácter consultivo y participará en el diseño de políticas públicas. Estará integrado por representantes de diversos sectores económicos, sociales, ambientales, educativos y religiosos. Sus funciones incluyen emitir opiniones y realizar estudios sobre temas de su competencia para asesorar a los poderes ejecutivo y legislativo.
El documento describe la importancia y funciones del Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas en Venezuela. Este consejo es el órgano encargado de diseñar el Plan de Desarrollo Estadal y otros planes estatales en concordancia con los lineamientos nacionales. Está integrado por el gobernador, alcaldes, representantes de ministerios, asamblea nacional, concejales y comunidades. Sus funciones incluyen aprobar el plan de desarrollo estatal, coordinar planes de gobierno, evaluar el gasto
La Asamblea Nacional decretó una ley para crear Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas. Los consejos estarán formados por representantes de gobiernos municipales, ministerios, legislativos estatales, y varias organizaciones comunitarias. Los consejos serán responsables de aprobar y modificar planes de desarrollo estatales, coordinar políticas entre los diferentes niveles de gobierno, y evaluar el impacto social y económico del gasto público.
El documento describe el sistema de planificación pública en Venezuela, incluyendo los organismos que lo componen a nivel nacional, estadal y municipal. A nivel municipal, se explica la composición y funciones del Consejo Local de Planificación Pública, el cual promueve la participación ciudadana a través de los Consejos Parroquiales y Comunales.
El documento presenta información sobre los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela. Explica su marco legal, estructura, funciones e integración. Su objetivo es promover la planificación participativa a nivel municipal a través de la elaboración del plan de desarrollo municipal y el presupuesto participativo. Resalta la importancia de que los miembros de los consejos apliquen correctamente la ley para desempeñarse de forma eficiente.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Perú. Define la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Establece que los gobiernos regionales están compuestos por un Consejo Regional, una Presidencia Regional y Gerencias Regionales. También describe las atribuciones de cada uno de estos órganos en la gestión del desarrollo regional.
Consejo local de palnificacion publicaFelipe Ureña
Este documento presenta una guía sobre la organización y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela. Explica que estos consejos fueron creados por la Constitución y la Ley Orgánica de Planificación para promover la participación ciudadana a nivel municipal en la planificación. La guía provee información sobre el marco legal, objetivos, integrantes, funciones y organización de los consejos para apoyar su implementación a nivel local de acuerdo con la nueva ley.
Este documento presenta el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) de Perú. Define la estructura orgánica y funciones del CONADIS y sus órganos como el Consejo Directivo, Presidencia, Secretaría General, órganos de asesoramiento y apoyo, y órganos de línea. El CONADIS es el organismo rector del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y tiene la función de formular, coordinar y
El documento propone la creación de un Consejo Económico, Ambiental y Social en la provincia de Mendoza. El Consejo tendrá carácter consultivo y participará en el diseño de políticas públicas. Estará integrado por representantes de diversos sectores económicos, sociales, ambientales, educativos y religiosos. Sus funciones incluyen emitir opiniones y realizar estudios sobre temas de su competencia para asesorar a los poderes ejecutivo y legislativo.
El documento describe la importancia y funciones del Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas en Venezuela. Este consejo es el órgano encargado de diseñar el Plan de Desarrollo Estadal y otros planes estatales en concordancia con los lineamientos nacionales. Está integrado por el gobernador, alcaldes, representantes de ministerios, asamblea nacional, concejales y comunidades. Sus funciones incluyen aprobar el plan de desarrollo estatal, coordinar planes de gobierno, evaluar el gasto
La Asamblea Nacional decretó una ley para crear Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas. Los consejos estarán formados por representantes de gobiernos municipales, ministerios, legislativos estatales, y varias organizaciones comunitarias. Los consejos serán responsables de aprobar y modificar planes de desarrollo estatales, coordinar políticas entre los diferentes niveles de gobierno, y evaluar el impacto social y económico del gasto público.
El documento describe el sistema de planificación pública en Venezuela, incluyendo los organismos que lo componen a nivel nacional, estadal y municipal. A nivel municipal, se explica la composición y funciones del Consejo Local de Planificación Pública, el cual promueve la participación ciudadana a través de los Consejos Parroquiales y Comunales.
El documento presenta información sobre los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela. Explica su marco legal, estructura, funciones e integración. Su objetivo es promover la planificación participativa a nivel municipal a través de la elaboración del plan de desarrollo municipal y el presupuesto participativo. Resalta la importancia de que los miembros de los consejos apliquen correctamente la ley para desempeñarse de forma eficiente.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Perú. Define la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Establece que los gobiernos regionales están compuestos por un Consejo Regional, una Presidencia Regional y Gerencias Regionales. También describe las atribuciones de cada uno de estos órganos en la gestión del desarrollo regional.
Consejo local de palnificacion publicaFelipe Ureña
Este documento presenta una guía sobre la organización y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela. Explica que estos consejos fueron creados por la Constitución y la Ley Orgánica de Planificación para promover la participación ciudadana a nivel municipal en la planificación. La guía provee información sobre el marco legal, objetivos, integrantes, funciones y organización de los consejos para apoyar su implementación a nivel local de acuerdo con la nueva ley.
Este documento presenta una propuesta de ley para reformar la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. La propuesta establece la estructura y funciones de los consejos locales, incluyendo su integración, elección de consejeros, atribuciones y funciones como órganos de planificación municipal que garantizan la participación ciudadana. El documento también define términos clave y establece lineamientos estratégicos para la planificación a nivel local.
Este documento establece la regulación del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) en Paraguay. El INCOOP es la autoridad de aplicación de la legislación cooperativa y el control de las entidades cooperativas. Se describe su naturaleza jurídica, fines, funciones, estructura organizativa y dependencias internas. El Consejo Directivo, compuesto por un Presidente y miembros representantes de cada sector, dirige y administra el INCOOP. El Presidente es nombrado por el Poder Ejecutivo y los miembros son electos por asambleas sectorial
La situación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados del Ecuador en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento – Ing. Rodrigo Pareja Bermeo – Asociación de Municipalidades del Ecuador
La ley crea el Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas para promover y coordinar el desarrollo del Sistema Nacional de Servicios de Bibliotecas. El Instituto tendrá la misión de conservar el acervo bibliográfico y no bibliográfico de Venezuela, facilitar el acceso público a esta información, y coordinar los servicios de bibliotecas a nivel nacional para apoyar la educación, cultura e investigación. El Instituto estará dirigido por un Directorio designado por el Presidente y cont
Este documento establece los estatutos de la Asociación Cultural y Deportiva Buena Proa. Define su denominación, fines, domicilio y ámbito. Sus fines incluyen promover la vida cultural y deportiva, fomentar actividades deportivas y culturales, y contribuir al desarrollo del remo tradicional en la zona. Describe sus órganos de representación como la Junta Directiva y la Asamblea General, y sus respectivas facultades y funciones. También establece disposiciones sobre los socios y el proceso de ingreso a la asociación.
Este documento presenta el reglamento de organización y funciones del gobierno autónomo descentralizado de la parroquia rural de Tababela. Establece la estructura organizativa de la junta parroquial, la asamblea general ciudadana y sus competencias. También describe los deberes y atribuciones de la junta parroquial, como elaborar políticas públicas, expedir acuerdos y resoluciones, aprobar planes y presupuestos, y fiscalizar la gestión del presidente de la junta.
Este documento es el acta de una reunión de una asociación llamada INZADES en San Juan de Lurigancho. En la reunión se eligió un nuevo consejo directivo para los próximos dos años y se aprobó un nuevo estatuto de la asociación. El estatuto describe la denominación, fines y objetivos de la asociación, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno incluyendo la asamblea general y el consejo directivo.
La ley crea el Instituto Nacional de Cultura de Panamá con personalidad jurídica y autonomía. El instituto será responsable de orientar, fomentar, coordinar y dirigir las actividades culturales en el país. Tendrá una Junta Directiva y un Director General que dirigirá la administración. Se transfieren varias dependencias relacionadas con la cultura al nuevo instituto y se establecen sus funciones y recursos.
Esta ley establece el Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural de Guatemala para promover el desarrollo a nivel nacional, regional, departamental, municipal y local. Se crean consejos a cada nivel de gobierno para formular políticas de desarrollo, coordinar proyectos, e involucrar a la población. La ley define la estructura y funciones de cada consejo, incluyendo sus integrantes, objetivos de promover el desarrollo económico, social y cultural, e identificar necesidades de sus respectivas juris
Este documento describe el Consejo Local de Planificación Pública (CLPP) en Venezuela. El CLPP es un mecanismo institucional creado por la constitución de 1999 para integrar a los ciudadanos en el proceso de planificación a nivel municipal a través de sus iniciativas. El documento explica las funciones, organización y base legal del CLPP, así como los Consejos Parroquiales y Comunales que forman parte de su red para promover la participación ciudadana.
Este documento presenta el reglamento interno del Consejo Municipal de Cultura de Dagua, el cual establece su naturaleza, objetivos, funciones, composición, dirección, miembros, reuniones, citaciones, sesiones, sistema de votación, secretaría técnica y plan de trabajo. El consejo busca liderar las políticas culturales municipales y ser un espacio de concertación entre el estado y la sociedad civil en materia cultural.
Este documento presenta los estatutos del Movimiento Regional "JUNTOS POR EL DESARROLLO DE AREQUIPA". Establece su denominación, principios, fines y fecha de fundación. Describe su estructura organizativa a nivel regional, provincial y distrital, incluyendo órganos como el Congreso Regional, las Juntas Directivas y los comités. También define los derechos, deberes y cargos de sus afiliados y directivos.
Ley Orgánica del Consejo Federal-de Gobierno.cmrp22
Este documento presenta la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno de Venezuela. Establece que el Consejo es responsable de la planificación y coordinación de políticas para el desarrollo regional y la descentralización. Se compone de representantes del gobierno y la sociedad civil. También crea el Fondo de Compensación Interterritorial para financiar proyectos de desarrollo regional equilibrado.
Ley 19.891 que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
Fuente: http://www.consejodelacultura.cl/legislacioncultura/Consejo_Nacional_de_la_Cultura_y_las_Artes.html
El documento habla sobre la descentralización y el sistema nacional de competencias en Ecuador. Explica que sectores como la energía, las telecomunicaciones y los recursos naturales son estratégicos. También indica que el ejercicio de competencias exclusivas no excluye la gestión concurrente entre los niveles de gobierno. Además, establece que un organismo técnico regulará la gestión de competencias concurrentes sin superposición. Finalmente, define sectores, competencias, facultades y actividades en el marco de la descentralización.
Este documento establece la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno de Venezuela. El Consejo es responsable de coordinar políticas y acciones para la descentralización y transferencia de competencias del gobierno nacional a los estados y municipios. El Consejo está compuesto por representantes de los poderes públicos y la sociedad organizada, y es presidido por el Vicepresidente Ejecutivo. Tiene la función de planificar el desarrollo regional equilibrado y crear Distritos Motores de Desarrollo para apoyar áreas menos desarrolladas.
El documento describe el Sistema Nacional de Planificación Participativa de Venezuela. Este sistema integra la planificación de políticas públicas a través de normas, procedimientos y métodos que activan la participación ciudadana. Incluye consejos a niveles federal, estadal, municipal, parroquial y comunal encargados de funciones como la formulación, ejecución y evaluación de planes de desarrollo con participación ciudadana.
El documento resume los aspectos más importantes de educación cívica en Chile. Explica la estructura y funciones de los tres poderes del Estado - el poder ejecutivo, legislativo y judicial. También describe el rol de las municipalidades, gobernaciones, consejos regionales y otros organismos del gobierno. En resumen, proporciona una visión general del sistema político chileno y los deberes y responsabilidades de sus diferentes instituciones y autoridades.
Este documento describe la creación del Consejo Federal de Discapacidad en Argentina mediante la Ley 24.657. El Consejo estará integrado por funcionarios de alto nivel de cada provincia y de la Ciudad de Buenos Aires, así como representantes de organizaciones no gubernamentales de o para personas con discapacidad. Los objetivos del Consejo incluyen preservar el rol de las provincias en políticas de discapacidad, promover la descentralización, fomentar la cooperación entre entes gubernamentales y no gubernamentales, y generar me
Este documento presenta el Estatuto Orgánico del Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas de Bolivia (FDPPIOYCC). Establece que el FDPPIOYCC es una entidad pública descentralizada que promueve el desarrollo sostenible de los pueblos indígenas y campesinos a través de financiamiento de proyectos. Su estructura de gobierno incluye una Asamblea General de representantes de organizaciones indígenas y campesinas que ejerce control social, y
Este documento presenta la Ley sobre Discapacidad del Ecuador. Resume los principales objetivos y elementos de la ley, incluyendo establecer un sistema de prevención e integración para personas con discapacidad, eliminar la discriminación, y crear el Consejo Nacional de Discapacidades para formular políticas y planes relacionados a discapacidad.
Este documento presenta una propuesta de ley para reformar la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. La propuesta establece la estructura y funciones de los consejos locales, incluyendo su integración, elección de consejeros, atribuciones y funciones como órganos de planificación municipal que garantizan la participación ciudadana. El documento también define términos clave y establece lineamientos estratégicos para la planificación a nivel local.
Este documento establece la regulación del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) en Paraguay. El INCOOP es la autoridad de aplicación de la legislación cooperativa y el control de las entidades cooperativas. Se describe su naturaleza jurídica, fines, funciones, estructura organizativa y dependencias internas. El Consejo Directivo, compuesto por un Presidente y miembros representantes de cada sector, dirige y administra el INCOOP. El Presidente es nombrado por el Poder Ejecutivo y los miembros son electos por asambleas sectorial
La situación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados del Ecuador en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento – Ing. Rodrigo Pareja Bermeo – Asociación de Municipalidades del Ecuador
La ley crea el Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y de Servicios de Bibliotecas para promover y coordinar el desarrollo del Sistema Nacional de Servicios de Bibliotecas. El Instituto tendrá la misión de conservar el acervo bibliográfico y no bibliográfico de Venezuela, facilitar el acceso público a esta información, y coordinar los servicios de bibliotecas a nivel nacional para apoyar la educación, cultura e investigación. El Instituto estará dirigido por un Directorio designado por el Presidente y cont
Este documento establece los estatutos de la Asociación Cultural y Deportiva Buena Proa. Define su denominación, fines, domicilio y ámbito. Sus fines incluyen promover la vida cultural y deportiva, fomentar actividades deportivas y culturales, y contribuir al desarrollo del remo tradicional en la zona. Describe sus órganos de representación como la Junta Directiva y la Asamblea General, y sus respectivas facultades y funciones. También establece disposiciones sobre los socios y el proceso de ingreso a la asociación.
Este documento presenta el reglamento de organización y funciones del gobierno autónomo descentralizado de la parroquia rural de Tababela. Establece la estructura organizativa de la junta parroquial, la asamblea general ciudadana y sus competencias. También describe los deberes y atribuciones de la junta parroquial, como elaborar políticas públicas, expedir acuerdos y resoluciones, aprobar planes y presupuestos, y fiscalizar la gestión del presidente de la junta.
Este documento es el acta de una reunión de una asociación llamada INZADES en San Juan de Lurigancho. En la reunión se eligió un nuevo consejo directivo para los próximos dos años y se aprobó un nuevo estatuto de la asociación. El estatuto describe la denominación, fines y objetivos de la asociación, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno incluyendo la asamblea general y el consejo directivo.
La ley crea el Instituto Nacional de Cultura de Panamá con personalidad jurídica y autonomía. El instituto será responsable de orientar, fomentar, coordinar y dirigir las actividades culturales en el país. Tendrá una Junta Directiva y un Director General que dirigirá la administración. Se transfieren varias dependencias relacionadas con la cultura al nuevo instituto y se establecen sus funciones y recursos.
Esta ley establece el Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural de Guatemala para promover el desarrollo a nivel nacional, regional, departamental, municipal y local. Se crean consejos a cada nivel de gobierno para formular políticas de desarrollo, coordinar proyectos, e involucrar a la población. La ley define la estructura y funciones de cada consejo, incluyendo sus integrantes, objetivos de promover el desarrollo económico, social y cultural, e identificar necesidades de sus respectivas juris
Este documento describe el Consejo Local de Planificación Pública (CLPP) en Venezuela. El CLPP es un mecanismo institucional creado por la constitución de 1999 para integrar a los ciudadanos en el proceso de planificación a nivel municipal a través de sus iniciativas. El documento explica las funciones, organización y base legal del CLPP, así como los Consejos Parroquiales y Comunales que forman parte de su red para promover la participación ciudadana.
Este documento presenta el reglamento interno del Consejo Municipal de Cultura de Dagua, el cual establece su naturaleza, objetivos, funciones, composición, dirección, miembros, reuniones, citaciones, sesiones, sistema de votación, secretaría técnica y plan de trabajo. El consejo busca liderar las políticas culturales municipales y ser un espacio de concertación entre el estado y la sociedad civil en materia cultural.
Este documento presenta los estatutos del Movimiento Regional "JUNTOS POR EL DESARROLLO DE AREQUIPA". Establece su denominación, principios, fines y fecha de fundación. Describe su estructura organizativa a nivel regional, provincial y distrital, incluyendo órganos como el Congreso Regional, las Juntas Directivas y los comités. También define los derechos, deberes y cargos de sus afiliados y directivos.
Ley Orgánica del Consejo Federal-de Gobierno.cmrp22
Este documento presenta la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno de Venezuela. Establece que el Consejo es responsable de la planificación y coordinación de políticas para el desarrollo regional y la descentralización. Se compone de representantes del gobierno y la sociedad civil. También crea el Fondo de Compensación Interterritorial para financiar proyectos de desarrollo regional equilibrado.
Ley 19.891 que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes
Fuente: http://www.consejodelacultura.cl/legislacioncultura/Consejo_Nacional_de_la_Cultura_y_las_Artes.html
El documento habla sobre la descentralización y el sistema nacional de competencias en Ecuador. Explica que sectores como la energía, las telecomunicaciones y los recursos naturales son estratégicos. También indica que el ejercicio de competencias exclusivas no excluye la gestión concurrente entre los niveles de gobierno. Además, establece que un organismo técnico regulará la gestión de competencias concurrentes sin superposición. Finalmente, define sectores, competencias, facultades y actividades en el marco de la descentralización.
Este documento establece la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno de Venezuela. El Consejo es responsable de coordinar políticas y acciones para la descentralización y transferencia de competencias del gobierno nacional a los estados y municipios. El Consejo está compuesto por representantes de los poderes públicos y la sociedad organizada, y es presidido por el Vicepresidente Ejecutivo. Tiene la función de planificar el desarrollo regional equilibrado y crear Distritos Motores de Desarrollo para apoyar áreas menos desarrolladas.
El documento describe el Sistema Nacional de Planificación Participativa de Venezuela. Este sistema integra la planificación de políticas públicas a través de normas, procedimientos y métodos que activan la participación ciudadana. Incluye consejos a niveles federal, estadal, municipal, parroquial y comunal encargados de funciones como la formulación, ejecución y evaluación de planes de desarrollo con participación ciudadana.
El documento resume los aspectos más importantes de educación cívica en Chile. Explica la estructura y funciones de los tres poderes del Estado - el poder ejecutivo, legislativo y judicial. También describe el rol de las municipalidades, gobernaciones, consejos regionales y otros organismos del gobierno. En resumen, proporciona una visión general del sistema político chileno y los deberes y responsabilidades de sus diferentes instituciones y autoridades.
Este documento describe la creación del Consejo Federal de Discapacidad en Argentina mediante la Ley 24.657. El Consejo estará integrado por funcionarios de alto nivel de cada provincia y de la Ciudad de Buenos Aires, así como representantes de organizaciones no gubernamentales de o para personas con discapacidad. Los objetivos del Consejo incluyen preservar el rol de las provincias en políticas de discapacidad, promover la descentralización, fomentar la cooperación entre entes gubernamentales y no gubernamentales, y generar me
Este documento presenta el Estatuto Orgánico del Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas de Bolivia (FDPPIOYCC). Establece que el FDPPIOYCC es una entidad pública descentralizada que promueve el desarrollo sostenible de los pueblos indígenas y campesinos a través de financiamiento de proyectos. Su estructura de gobierno incluye una Asamblea General de representantes de organizaciones indígenas y campesinas que ejerce control social, y
Este documento presenta la Ley sobre Discapacidad del Ecuador. Resume los principales objetivos y elementos de la ley, incluyendo establecer un sistema de prevención e integración para personas con discapacidad, eliminar la discriminación, y crear el Consejo Nacional de Discapacidades para formular políticas y planes relacionados a discapacidad.
El documento describe la estructura y funciones del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia de Ecuador y los organismos relacionados con la protección de los derechos de los niños. El Consejo Nacional es un organismo integrado por representantes del Estado y la sociedad civil encargado de velar por los derechos de los niños. A nivel local, existen Concejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia y Juntas Cantonales de Protección de Derechos que cumplen funciones similares.
SOMOS FEUNASISTAS Y LUCHAMOS POR EL CAMBIO SOCIAL
FEDERACIÓN UNICA NACIONAL DE AFILIADOS AL SEGURO SOCIAL CAMPESINO(FEUNASSC)
Con Personería Jurídica establecida por Acuerdo Ministerial No. 2148 del 9 de Agosto de 1988
Dirección: Arenas 428 y Juan Larrea, Telefax 2220-311 Quito Ecuador
085446170 Maria Lara Angulo Presidenta Nacional
094499714 Byron Garces Preciado Ex presidente Nacional
El Consejo Nacional de la Asociación Cruz Roja Costarricense, acordó, reglamentar las competencias institucionales de las Juntas Directivas, tanto las locales como las regionales.
Este documento establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condición de Discapacidad en Bogotá. Se crea el Consejo Distrital de Discapacidad para coordinar las políticas y planes relacionados con la discapacidad. El Sistema Distrital estará integrado a los sistemas de planeación y presupuesto del Distrito. El Consejo Distrital de Discapacidad estará conformado por representantes del gobierno distrital y organizaciones de personas con discapacidad y tendrá funciones como asesorar las políticas
Este documento establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condición de Discapacidad en Bogotá. Se crea el Consejo Distrital de Discapacidad para coordinar las políticas y planes relacionados con la discapacidad. El Sistema Distrital estará integrado a los sistemas de planeación y presupuesto del Distrito. El Consejo Distrital de Discapacidad estará conformado por representantes del gobierno distrital y organizaciones de personas con discapacidad y tendrá funciones como asesorar las políticas
Este documento presenta los estatutos de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario de México. Establece la estructura y objetivos de la Conferencia, la cual busca promover la coordinación entre los sistemas penitenciarios estatales y federales para lograr una efectiva reinserción social de los internos. La Conferencia estará integrada por una Asamblea, Presidencia, Secretaría Técnica, Consejo Consultivo, Grupos Regionales y Comités Técnicos. Su principal objetivo es erigirse como el órgano re
Ley general de la persona con discapacidad y su modificatoriaPaola De la Croix
Este documento presenta la "Ley General de la Persona con Discapacidad" (Ley N° 27050) y su modificatoria (Ley N° 28164). La ley establece el marco legal para la protección, atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación y seguridad social de las personas con discapacidad en Perú. También crea el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y define sus funciones, como formular políticas e implementar programas para la integración de las personas con discap
Este documento presenta la Ley General de la Persona con Discapacidad en Perú. Establece el marco legal para la protección, atención de salud, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención de las personas con discapacidad. Crea el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y define sus funciones, como formular políticas, aprobar planes operativos y promover la integración social de las personas con discapacidad. También establece que los ministerios de salud, defensa e interior son las
Este documento presenta la "Ley General de la Persona con Discapacidad" (Ley N° 27050) y su modificatoria (Ley N° 28164) en Perú. La ley establece el marco legal para la protección, atención de salud, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención de las personas con discapacidad en Perú. También crea el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y define sus funciones y estructura organizativa.
Reglamento del directorio nacional y comité ejecutivovidasindical
Este documento describe la estructura organizativa y las funciones de los diferentes cargos de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), incluyendo el Directorio Nacional, el Comité Ejecutivo, la Presidencia, la Secretaría General, la Secretaría de Finanzas, las Vicepresidencias Ejecutivas y Técnicas, y las Secretarías. Se especifican las responsabilidades de cada cargo y cómo se cubren en caso de ausencia.
Este documento presenta el reglamento de organización y funciones del gobierno autónomo descentralizado de la parroquia rural de Puembo. Establece que la parroquia tiene autonomía política, administrativa y financiera. Describe la estructura organizativa de la parroquia, incluyendo la Asamblea General Ciudadana y la Junta Parroquial. También enumera las funciones y competencias de la parroquia de acuerdo con la Constitución y la ley, como planificar el desarrollo parroquial y gestionar servicios
Este documento presenta los componentes de un proyecto de investigación sobre el COOTAD (Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización) realizado por 7 estudiantes y su docente. Incluye la introducción del proyecto, los capítulos sobre los gobiernos autónomos descentralizados regionales y provinciales, definiendo sus funciones, competencias y autoridades.
El documento describe el Consejo Nacional de la Discapacidad de España. Fue creado en 2004 para promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad. Está compuesto por representantes del gobierno y de organizaciones de personas con discapacidad. Sus funciones incluyen asesorar al gobierno, promover políticas inclusivas, y monitorear la implementación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Acuerdo del Concejo Municipal de Concepción Antioquia. Por medio del cual se crea el comité de discapacidad del municipio de concepción y se deroga en su totalidad el acuerdo No. 15 del 30 de noviembre de 2011.
Esta ley modifica varios artículos de la Ley No 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad. Los cambios incluyen modificar la composición y funciones del CONADIS, el organismo que formula políticas para personas con discapacidad. También se modifican artículos relacionados con la educación, el empleo y los beneficios para personas con discapacidad. Finalmente, se establecen plazos para que los gobiernos regionales y locales, y el Ministerio de Trabajo, implementen estas modificaciones.
Este documento establece el reglamento de funcionamiento del Consejo Federal de Discapacidad de Argentina. Define los roles y responsabilidades del Presidente, Vicepresidente, Comité Ejecutivo, miembros permanentes y suplentes. También describe el proceso de acreditación de miembros, las asambleas ordinarias y extraordinarias, las comisiones de trabajo, y las reuniones regionales. Por último, establece los procedimientos para la aprobación y modificación del reglamento interno.
Formulario cne para registro de firmas. reforma a leyes del iess y biessAnibal Carrera
Este documento presenta una propuesta de reforma a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Algunas de las reformas propuestas incluyen cambiar el nombre de la ley a "Ley Orgánica del Seguro Social Obligatorio", establecer un Congreso Nacional de Afiliados electo democráticamente para gobernar el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y otorgar atribuciones como designar al Consejo Directivo y aprobar el presupuesto anual.
13 11-15 xenia baluk regimen de internaciones - rol del poder judicial adepraInmigrantes Digitales
Este documento resume los principales aspectos del régimen jurídico de la internación de personas con discapacidad en Argentina. Explica la diferencia entre internación e incapacidad jurídica, el rol del abogado designado según el artículo 22 de la Ley 26.657, y el control que ejerce el poder judicial sobre las internaciones sin ser intervencionista. Finalmente, plantea si es posible la desjudicialización del proceso de internación.
Este documento resume una presentación sobre la inclusión laboral de personas con discapacidad. Habla sobre los trastornos del espectro autista y sus características, así como sobre los programas y objetivos de la Asociación Argentina de Padres de Autistas para promover la inclusión laboral. También describe los beneficios impositivos y previsionales para empleadores y personas con discapacidad en el marco del empleo protegido.
El documento trata sobre un grupo de trabajo de educación del observatorio de los derechos de las personas con discapacidad. El grupo de trabajo utiliza dos herramientas, indicadores y encuestas, para monitorear los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito educativo. Proporciona también una dirección de correo electrónico para contactar con el grupo.
13 11-15 Regimen Legal - Sist obras Sociales y prepagas - sistema integral de...Inmigrantes Digitales
El documento presenta información sobre discapacidad y derechos de las personas con discapacidad en Argentina. Define conceptos como discapacidad, invalidez e inhabilitación. Explica el Certificado de Discapacidad y el Certificado Único de Discapacidad y sus usos. Detalla leyes que protegen los derechos de las personas con discapacidad como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley 24.901. También cubre prestaciones médicas, coberturas de obras sociales y acciones legales en caso de falta
Este documento presenta las herramientas legales de fideicomisos y contratos asociativos y su aplicación en la tutela de personas con discapacidad. Explica que los fideicomisos y contratos asociativos pueden usarse para crear una estructura legal que garantice la protección y cuidado de personas con discapacidad mayores de edad cuando sus padres ya no puedan hacerse cargo. También describe los elementos básicos de estos instrumentos legales y cómo podrían aplicarse para administrar un hogar para personas con discapacidad de por vida
Este documento presenta la agenda de las IV Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad y la IV Asamblea Nacional de ONGs y Personas Físicas en Judicialización de la Discapacidad que tendrá lugar los días 12 y 13 de noviembre en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La agenda incluye presentaciones y paneles sobre temas como la ley de salud mental, discapacidad y nuevo régimen sucesorio, sistema integral para personas con discapacidad, tutela judicial efectiva, inclusión laboral e integración escolar. La
El documento anuncia las IV Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad y la IV Asamblea Nacional de ONGs y Personas Físicas en Judicialización de la Discapacidad, que tendrán lugar el 12 y 13 de noviembre de 2015 en la sede del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. El programa del jueves 12 incluye exposiciones sobre el Régimen de la Capacidad Jurídica en el nuevo Código Civil y Comercial, los servicios legales de APAdeA-FAdeA, el régimen de curatela
Este documento habla sobre los desafíos que enfrentan las pequeñas empresas en la actualidad debido a la pandemia de COVID-19 y las medidas de confinamiento. Muchos negocios tuvieron que cerrar temporalmente y están luchando por sobrevivir financieramente. Los gobiernos han implementado algunas medidas de apoyo, pero se necesitan más esfuerzos para ayudar a las pequeñas empresas a navegar por estos tiempos difíciles.
Celebración del 2 de abril – Día Internacional sobre la Concienciación sobre ...Inmigrantes Digitales
El documento resume las actividades planeadas en Argentina para conmemorar el Día Internacional de Concienciación sobre el Autismo el 2 de abril. Estas incluyen una obra de teatro sobre autismo, una charla de concientización sobre autismo en Buenos Aires, y un evento en Plaza de Mayo con actividades para crear conciencia sobre el autismo. El objetivo es generar comprensión social sobre el autismo y mejorar la calidad de vida de las personas con autismo y sus familias.
Este documento modifica varios artículos de la Ley 24.901 para garantizar la educación inclusiva y de calidad de las personas con discapacidad en todos los niveles del sistema educativo. Se modifican artículos relacionados con prestaciones terapéuticas educativas, prestaciones educativas, educación inicial, primaria, secundaria y para adolescentes y jóvenes. También se incorporan nuevos artículos sobre educación secundaria, para adolescentes y jóvenes, y programas escolares.
Apadea. ongs movimientos asociativos. la asociación de padres y las organizac...Inmigrantes Digitales
Este documento resume un libro escrito por el Dr. Horacio Joffre Galibert sobre las ONGs, movimientos asociativos y las organizaciones en discapacidad, enfocándose en el caso de APAdeA. El libro describe la historia y servicios de APAdeA, incluyendo tratamientos, orientación, investigación e integración escolar para personas con autismo. También incluye guías sobre aspectos legales y contables para ONGs.
El documento describe las Terceras Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad organizadas por APAdeA, FAdeA y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para el 27 y 28 de noviembre de 2014. Los temas a tratar incluyen el nuevo Código Civil, la Ley de Salud Mental, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y herramientas jurídicas para defender los derechos de las personas con discapacidad. Se espera que las Jornadas generen debates y aportes sobre esta
El documento declara de interés para la promoción y defensa de los derechos humanos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las Terceras Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad. La autora del proyecto es María Rachid y sugiere girarlo a la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación.
Proyecto de declaracion iii jornada sobre judicializacion de la discapacidadInmigrantes Digitales
El documento declara de interés la "Tercera Jornada sobre Judicialización de la Discapacidad y III Asamblea Nacional de ONGs en Judicialización de la Discapacidad" que se realizará en Buenos Aires en noviembre de 2014. El evento, organizado por tres organizaciones, tiene el objetivo de generar un debate sobre cómo garantizar los derechos de las personas con discapacidad. En ediciones anteriores se discutieron temas como la reforma de leyes, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y programas de sal
El documento expresa la preocupación de varias asociaciones por la insatisfactoria respuesta del gobierno nacional ante los reclamos por la desactualización de los aranceles que reciben las instituciones que brindan servicios a personas con discapacidad. Esto pone en riesgo la continuidad de los servicios y la calidad de vida de más de 100.000 personas con discapacidad. Las asociaciones exigen una solución urgente y están dispuestas a incrementar sus medidas de fuerza si no reciben una respuesta adecuada.
El documento expresa la preocupación de varias asociaciones por la insatisfactoria respuesta del gobierno nacional ante los reclamos por la desactualización de los aranceles que reciben las instituciones que brindan servicios a personas con discapacidad. Esto pone en riesgo la continuidad de los servicios y la calidad de vida de más de 100.000 personas con discapacidad. Las asociaciones exigen una solución urgente y están dispuestas a incrementar sus medidas de fuerza si no reciben una respuesta adecuada.
El documento trata sobre la tercera jornada sobre la judicialización de la discapacidad y la asamblea nacional de ONGs sobre el tema. Se discute la necesidad de aumentar la tasa de empleo de personas con discapacidad (PCD) y proponen elevar el cupo laboral del 4% al 5% en organismos públicos nacionales y mejorar la atención a PCD en esos organismos. También presentan indicadores para medir el éxito de programas de inserción laboral de PCD.
Rs 2014-17048470-+++-sstiyc - resolución n 310 sechi14 declaración de interesInmigrantes Digitales
El documento declara de interés para la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires las Terceras Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad, que se llevarán a cabo los días 27 y 28 de noviembre. Estas jornadas buscan generar un debate sobre temas relacionados a la discapacidad y contarán con la participación de profesionales, organizaciones civiles e instituciones públicas y privadas. En ediciones anteriores fueron declaradas de interés por la Cámara de Diput
Rs 2014-17048470-+++-sstiyc - resolución n 310 sechi14 reconocimiento institu...Inmigrantes Digitales
El documento declara de interés para la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio de la Ciudad de Buenos Aires las Terceras Jornadas sobre Judicialización de la Discapacidad, que se llevarán a cabo los días 27 y 28 de noviembre. Estas jornadas buscan generar un debate sobre temas relacionados a la discapacidad y contarán con la participación de profesionales, organizaciones civiles e instituciones públicas y privadas. En ediciones anteriores fueron declaradas de interés por la Cámara de Diput
Rs 2014-17048470-+++-sstiyc - resolución n 310 sechi14 reconocimiento institu...
Creación del Consejo Federal
1. LEY 24.657 BO 10 JULIO 1996 CONSEJO FEDERAL DE DISCAPACIDAD
OBSERVACIONES GENERALES 21 artículos
ARTICULO 1 - Créase el Consejo Federal de Discapacidad, el cual estará integrado por los funcionarios
que ejerzan la autoridad en la materia en el más alto nivel, en cada una de las provincias y la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los representantes de las organizaciones no
gubernamentales de o para personas con discapacidad, elegidos de conformidad con el artículo 6 de
la presente ley. Su titular será el presidente -con rango de secretario de Estado- de la Comisión
Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas.
ARTICULO 2 - Son objetivos del Consejo Federal de Discapacidad:
a) Preservar el rol preponderante de las provincias y de la municipalidad mencionada en la
instrumentación de las políticas nacionales en prevención-rehabilitación integral y equiparación de
oportunidades de las personas con discapacidad, y en la planificación, coordinación y ejecución de los
aspectos que involucren la acción conjunta de los distintos ámbitos;
b) Propiciar la descentralización y la capacidad resolutiva del sector en el orden local y regional, a los
fines de una apropiada utilización del potencial humano y de los recursos fácticos y pecuniarios con
que se cuente;
c) Fomentar la interrelación permanente de los entes gubernamentales y no gubernamentales que
actúan en el tema;
d) Propender a la constitución de consejos de la especialidad en el marco de los municipios y
provincias, tendiendo a que sus integrantes -a su vez- elijan representantes ante los consejos
regionales;
e) Generar mecanismos que faciliten el acceso a informaciones y estudios nacionales e
internacionales referidos a la discapacidad y analizar dicho material que será incorporado, cuando así
correspondiere, al Banco de Datos Nacional sobre Discapacidad;
f) Promover la legislación nacional, provincial y municipal en la materia; mantener constantemente
actualizada la normativa vigente, proponiendo las modificaciones pertinentes y procurar su
incorporación a la legislación general aplicable a todos los habitantes del país;
g) Gestionar la implementación de programas de rehabilitación basada en la comunidad, con
formación y ubicación laboral u otros programas con participación comunitaria en aquellos
municipios, provincias y/o regiones que así lo requieran por sus características socio-económicas;
h) Impulsar acciones conducentes a lograr un relevamiento de personas con discapacidad, por parte
de los diversos organismos de la esfera municipal, provincial y nacional;
i) Unificar criterios de evaluación de la discapacidad y de la capacidad laborativa procurando la
adopción de pautas uniformes para la emisión del certificado único;
j) Proyectar la concreción de un adecuado sistema de formación de recursos humanos, en todos los
niveles y modalidades, relativos al quehacer de que se trata.
A RTICULO 3 - Son funciones del Consejo Federal de Discapacidad:
a) Apreciar los problemas de la discapacidad comunes a todo el país y los particulares de cada
provincia y región;
b) Determinar las causas de tales problemas y proceder al análisis de las acciones desarrolladas a su
respecto, para establecer la conveniencia de ratificarlas o modificarlas;
c) Recomendar cursos de acción para la instrumentación de las políticas sectoriales de alcance
nacional;
d) Impulsar la realización periódica de congresos nacionales de discapacidad, actuando el consejo
como entidad organizadora;
e) Elaborar trabajos y proyectos para el cumplimiento de los objetivos enumerados en el artículo 2 de
la presente ley;
2. f) Coordinar el tratamiento de temas de interés común, con el Consejo Federal de Salud, Consejo
Federal de Cultura y Educación, Consejo Federal de Protección del Menor y la Familia, Consejo
Federal de la Vivienda y otros cuerpos afines;
g) Evaluar los resultados logrados en la aplicación de las políticas y las acciones propuestas.
ARTICULO 4 - Son atribuciones del Consejo Federal de Discapacidad:
a) Dictar su propio reglamento de funcionamiento;
b) Concertar la constitución de comisiones especiales para el estudio de determinados asuntos en
razón de los temas y/o de su trascendencia regional a fin de facilitar el cumplimiento de los objetivos
indicados en el artículo 2;
c) Recabar informes a organismos públicos y privados;
d) Efectuar consultas y/o requerir la cooperación técnica de expertos nacionales o extranjeros;
e) Promover la participación de las jurisdicciones provinciales, en toda gestión que tenga como parte
al gobierno nacional y a organismos internacionales u organizaciones no gubernamentales, con el
propósito de efectuar acciones en forma directa o por financiación de programas o proyectos
referentes a los objetivos establecidos;
f) Celebrar los convenios que estime pertinente.
ARTICULO 5 - El Consejo Federal de Discapacidad estará integrado por miembros permanentes,
miembros consultores y miembros invitados.
ARTICULO 6 - Son miembros permanentes las máximas autoridades en discapacidad de la Nación, de
las provincias y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los representantes de las
organizaciones no gubernamentales de o para personas con discapacidad, elegidos por sus pares en
cada una de las regiones del país.
ARTICULO 7 - El consejo designará en su primera asamblea ordinaria, un vicepresidente elegido entre
los miembros permanentes, el que durará un año en sus funciones.
ARTICULO 8 - Son miembros consultores:
a) Los presidentes de las comisiones de Acción Social y Salud Pública, de Legislación del Trabajo, de
Previsión y Seguridad Social y de Educación de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación
o, en su representación, un senador o un diputado integrante de las mismas;
b) El presidente de la Administración Nacional del Seguro de Salud (ANSSAL);
c) El presidente del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI);
d) Un representante del Consejo de Obras Sociales Provinciales de la República Argentina;
e) Los funcionarios que ejerzan el más alto nivel en rehabilitación, educación y empleo en la Nación,
provincias y Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
f) Un representante por las asociaciones gremiales y empresariales, de los colegios profesionales, de
las universidades y de otros ámbitos de trascendencia en la materia, que el consejo resuelva integrar
en este carácter.
ARTICULO 9 - Son miembros invitados los representantes de todos aquellos organismos públicos y
privados, nacionales e internacionales y las personalidades relevantes cuya participación sea
apreciada de interés por el consejo para el cumplimiento de sus objetivos.
ARTICULO 10.- El presidente designará un comité ejecutivo que realizará las tareas necesarias para el
cumplimiento de las resoluciones del consejo en todo el país y funcionará bajo su dependencia
directa. El mismo estará integrado por los representantes gubernamentales y de las organizaciones
3. no gubernamentales de o para personas con discapacidad de cada una de las regiones del país;
Noroeste (NOA), Noreste (NEA), Centro, Cuyo y Patagonia. El régimen de funcionamiento será
establecido en el reglamento del consejo.
ARTICULO 11.- El consejo contará con una secretaría administrativa permanente, que funcionará en la
sede de la Comisión Nacional Asesora y dependerá administrativa y presupuestariamente de la
misma.
ARTICULO 12. - El Consejo Federal de Discapacidad podrá sesionar con la simple mayoría de sus
miembros, y sus decisiones serán tomadas por el voto de la mitad más uno de los presentes. En caso
de empate de votaciones, el presidente tendrá doble voto. Serán sus alternativas de funcionamiento:
a) Asambleas ordinarias;
b) Asambleas extraordinarias;
c) Reuniones regionales;
d) Reuniones de comité ejecutivo;
e) Reuniones de comisiones de trabajo.
ARTICULO 13.- En las asambleas ordinarias participarán los miembros permanentes. Las mismas se
realizarán en la sede de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas
o en donde disponga el consejo, en las fechas determinadas en el reglamento, sin necesidad de
convocatoria previa, salvo que en la asamblea anterior se hubiera determinado un lugar distinto. Es
atribución de la asamblea ordinaria determinar el plan de trabajo del comité ejecutivo y considerar
los informes de éste sobre las actividades desarrolladas.
ARTICULO 14.- Las asambleas extraordinarias se celebrarán por convocatoria de la presidencia del
consejo o a pedido de un tercio de los miembros permanentes o a solicitud de no menos de cinco
miembros consultores, debiendo efectuarse la notificación con una anticipación mínima de quince
(15) días hábiles, excepto en casos de urgencia manifiesta.
ARTICULO 15.- Las reuniones regionales se llevarán a cabo con las autoridades en discapacidad y los
representantes de los organismos no gubernamentales de o para personas con discapacidad de las
provincias de cada región y la autoridad nacional o su representante. El régimen será establecido por
el reglamento del consejo.
ARTICULO 16.- Las comisiones de trabajo serán creadas por el consejo y tendrán carácter permanente
o temporario. Entre las comisiones permanentes, deberán funcionar obligatoriamente la de
"municipios y discapacidad", y la de "legislación". En cada comisión de trabajo participará, como
mínimo un miembro permanente del consejo.
ARTICULO 17.- El consejo expresará las conclusiones a que arribe, en los temas de su competencia,
mediante: dictámenes, recomendaciones y resoluciones. Se invitará a las provincias a adherir a las
misma a través de los correspondientes actos administrativos.
ARTICULO 18.- La secretaría administrativa llevará las actas de las asambleas del consejo; sentará las
conclusiones de las mismas, con indicación de las disidencias en caso de que las hubiera; y procederá
al adecuado registro de las recomendaciones, dictámenes y resoluciones, efectuando las
comunicaciones correspondientes que suscribirá el presidente del consejo.
ARTICULO 19.- La presidencia del consejo dispondrá, cada año calendario, la preparación de la
4. memoria anual de actividades, la que incorporará los informes del comité ejecutivo y el registro de
los dictámenes, recomendaciones, resoluciones producidas durante el período.
ARTICULO 20.- Los gastos de funcionamiento del Consejo Federal de Discapacidad se imputarán al
presupuesto asignado a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas,
y al de las jurisdicciones que lo integran.
ARTICULO 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo
AUTORIDADES
Presidente: Lic. Raquel Tiramonti
Vicepresidente: Dr. Guillermo Segui (*)
Secretaria General: Prof.Silvia Bersanelli
REGION CENTRO
AREA GUBERNAMENTAL ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE CORDOBA
REFERENTE: ARQ. PATRICIA ARRAIGADA
ORGANISMO: DIRECCION DE
DISCAPACIDAD-M. DE D. SOCIAL
DIRECCIÓN: TEJADA 393
LOCALIDAD: (5008) CORDOBA
TELEFONO: (0351) 4688506/4688549
FAX: (0351) 4688566/4688594
E MAIL: patricia.arraigada@cba.gov.ar
REPRESENTANTE REGION CENTRO
REFERENTE: SR. GABRIEL A. PELOSO
ORGANISMO: COMISION PROVINCIAL DEL
DISCAPACITADO
DIRECCIÓN: AVD. CENTENARIO 406
LOCALIDAD: (5940) LAS VARILLAS
TELEFONO: (03533) 422664
FAX: ((03533) 422664
E MAIL: tallerapadim@lasvarinet.com.ar
PROVINCIA DE SANTA FE
REFERENTE: DRA. SILVIA
TROCCOLI/ADRIANA CIARLANTINI
ORGANISMO: SUBSECRET. DE INCLUSION
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
DEPENDENCIA:
DIRECCIÓN: SALTA 3211
LOCALIDAD: (3000) SANTA FE
TELEFONO: (0342) 4573512/4589405/00
FAX: (0342) 4573512
E MAIL: silviatroccoli@arnet.com.ar
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE PROVINCIAL: SRA. JULIA DI LEO
ORGANISMO: CENTRO DE APOYO AL
DISCAPACITADO (CADI)
DIRECCIÓN: R. PARAGUAY Y AYOUMA
LOCALIDAD: (2200) SAN LORENZO
TELEFONO: (03476) 420102
FAX: (03476) 420102
E MAIL: cadisl@arnet.com.ar
5. AREA GUBERNAMENTAL ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
CIUDAD DE BUENOS AIRES
REFERENTE:
LIC. MARINA KLEMENSIEWICZ
LIC.MARIA LAURA ESQUIVEL
ORGANISMO: COMISIÓN PARA LA PLENA
PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS
PERS. ESP.
DEPENDENCIA: GOB. DE LA CDAD DE BS AS
DIRECCIÓN: CERRITO 268
LOCALIDAD: (1133) CDAD. AUT. DE BS AS
TELEFONO: (011) 4010-0300 (int.13047)
FAX: (011) 4010-0300
E MAIL: copine@buenosaires.gov.ar;
mlesquivel@buenosaires.gov.ar
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
REFERENTE: SR. ALBERTO SAVI
ORGANISMO: CONS. PCIAL PARA LAS
PERSONAS DISCAPACITADAS
DEPENDENCIA: GOB. DE LA PCIA DE BS AS
DIRECCIÓN: CALLE 2 Nº 1270
LOCALIDAD: (1900) LA PLATA
TELEFONO: (0221) 4210104
FAX: (0221) 4210104
E MAIL: albertosavi@speedy.com.ar
REPRESENTANTE REGIÓN CENTRO
REFERENTE: SR. BASAIL EDUARDO
ORGANISMO: C.A.D.M.A
DIRECCIÓN: AV. PTE. SARMIENTO 1759
LOCALIDAD: (1663) SAN MIGUEL
TELEFONO: 4455-3497
FAX: 4455-3497
E MAIL: cadma@fibertel.com.ar
CEL: 1556557355
6. REGION NOA
AREA GUBERNAMENTAL ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE CATAMARCA
REFERENTE: DR. JUAN JOSE MONFERRAN
ORGANISMO: DIR. DE ASIST. INTEGRAL
A PERS. CON DISC.
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD Y A.
SOCIAL
DIRECCIÓN: PERON 11
LOCALIDAD: (4700) CATAMARCA
TELEFONO: (03833) 437646 / 437913
FAX: (03833) 437913/437921
EMAIL:daipdcatamarca@yahoo.com.ar
PROVINCIA DE JUJUY
REFERENTE: DR. MARCELO
BELLONE/DRA.GRACIELA VALENTINI
ORGANISMO: SECRET. DE PLANIFICACION.
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD
DIRECCIÓN: INDEPENDENCIA 41
LOCALIDAD: (4600) S. S. DE JUJUY
TELEFONO: (0388) 4221273
FAX: (0388) 4221243/68
E MAIL: mbellone@jujuy.gov.ar
REPRESENTANTE REGIÓN NOA
REFERENTE: SRA. AGUEDA MOLINA
ORGANISMO: FUNDACION SENTIR
DIRECCIÓN: VILLAFAÑE 719
LOCALIDAD: (4200) S. S. DE JUJUY
TELEFONO: (0388) 4232420/4224944
FAX: (0388) 4232420/4224944
E MAIL: aguedamolina@yahoo.com.ar
7. AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE
LA SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
REFERENTE: PROF. DANIELA AGUILA
ORGANISMO: DIRECCION PROVINCIAL DE
DISCAPACIDAD
DEPENDENCIA: MRIO DE D. SOCIAL
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (4200) SANTIAGO DEL ESTERO
TELEFONO: (0385) 4242207
FAX: (0385) 4242207
E MAIL: direccion.disc.sgo@gmail.com
REPRESENTANTE REGIÓN NOA
REFERENTE: PROF. DARIO CORIA
ORGANISMO: ASOCIACION CIVIL LUMEN
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (4200) SANT. DEL ESTERO
TELEFONO: (0385)
FAX: (0385)
E MAIL:
PROVINCIA DE SALTA
REFERENTE: LIC. FABIANA AVILA/LIC.
EDITH ITURBE
ORGANISMO: DCCION. DE POLIT. SOC.
PARA PERS. CON DISC.
DEPENDENCIA: M. DE. D. SOCIAL
DIRECCIÓN: GRAL. GUEMES 562
LOCALIDAD: (4400) SALTA
TELEFONO: (0387) 4314886
FAX: (0387) 4310101
E MAIL: fabianaavila2002@yahoo.com.ar
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE PROVINCIAL: SRA. MARIA
ALEJANDARA BAIGORRIA
ORGANISMO: ONG
DIRECCIÓN: Bº SAN CARLOS MZ.35 C.5
LOCALIDAD: (4400) SALTA
TELÉFONO: (0387) 4906005
FAX: (0387) 4214929
E MAIL: alejandratrabajosocial@hotmail.com
8. PROVINCIA DE TUCUMAN
REFERENTE: SR. JORGE WERBLUD
ORGANISMO: SECRET. PARA LA INTEG.
DE PERS. CON CAP. ESPECIALES.
DEPENDENCIA: SECRETARIA DE ESTADO.
DIRECCIÓN: SAN MARTÍN 510
LOCALIDAD: (4000) S. MIGUEL DE TUCUMAN
TELEFONO: (0381) 4844000 (INT. 348)
FAX: (0381) 4005995
E MAIL: capacidadesespeciales@tucuman.gov.ar
REPRESENTANTE REGIÓN NOA
REFERENTE PROVINCIAL: SR. ENRIQUE
ARGUELLO
ORGANISMO: FU.SER.SOL.
DIRECCIÓN: LAPRIDA 336
LOCALIDAD: (4152) AGUILARES
TELEFONO: (03865) 481785
FAX: (03865) 481785
E MAIL: ludogol@yahoo.com.ar
REGION NEA
AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DELA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE CHACO
REFERENTE: KGO. ISIDRO LORENZO
ORGANISMO: COM. PCIAL. ASESORA
PARA LA INT. DE PERS. DISCAP.
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD PUBLICA
DIRECCIÓN: M T DE ALVEAR 145 P8
LOCALIDAD: (3500) RESISTENCIA
TELEFONO: (03722) 448028/456446
FAX: (03722) 448028/456446
E MAIL:ppkine@hotmail.com
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE: SRA. DELIA GONZALEZ
ORGANISMO: APADEA
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (3500) RESISTENCIA
TELEFONO: (03722) 465667
FAX: (03722) 465667
E MAIL: apadeach@hotmail.com
PROVINCIA DE CORRIENTES
REFERENTE: DR. GUILLERMO SEGUI
ORGANISMO: CONS. PCIAL DEL DISC
DEPENDENCIA: GOB. PCIA CORRIENTES
DIRECCIÓN: QUINTANA 940
LOCALIDAD: (3400) CORRIENTES
TELEFONO: (03783) 461512
FAX: (03783) 475424 / 15
E MAIL: discorr@yahoo.com.ar
REPRESENTANTE REGION NEA
REFERENTE: SRA. BERTA GOMEZ
ORGANISMO: CENTRO SOLIDARIO SAN JORGE
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (3400) CORRIENTES
TELEFONO: (03783) 450329
FAX: (03777) 426495
E MAIL: cssanjorge@yahoo.com.ar
9. AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE ENTRE RIOS
REFERENTE: SR. SANTIAGO CORNALO
ORGANISMO: INST. DE PROVINCIAL DE
DISCAPACIDAD
DEPENDENCIA: GOB DE LA PCIA DE
ENTRE RIOS
DIRECCIÓN: GREGORIA MATORRAS 447
LOCALIDAD: (3100) PARANA
TELEFONO: (0343) 4208280 / 81
FAX: (0343) 420828281
EMAIL: ipdiscapacidad@entrerios.com.ar
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE: SR. LUIS PEDRO
ETCHEGARAY
ORGANISMO: FUNDACION ECUESTRE LOS
CEIBOS
DIRECCIÓN: BRAWN 940
LOCALIDAD: (3100) CONCORDIA
TELEFONO: (0343) 4208280
FAX: (0343) 4208280
E MAIL:
PROVINCIA DE FORMOSA
REFERENTE: DR. ALBERTO
ZORRILLA/LILIANA SAAVEDRA
ORGANISMO: MINISTERIO DE LA
COMUNIDAD
DEPENDENCIA: M. DE LA COMUNIDAD
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (3600) FORMOSA
TELEFONO: (03717) 436132 / 436445
FAX: (03717) 436369
E MAIL: albertozorrilla@hotmail.com
REPRESENTANTE REGIÓN NEA
REFERENTE: ROXANA VIAROLLI
ORGANISMO: CENTRO DE REHABILITACION
DIRECCIÓN: AVDA. 2 DE ABRIL 241
LOCALIDAD: PALO SANTO
TELEFONO: (03717) 494501
FAX: (03718) 494501
E MAIL: rehabilitacionelefanteazul@hotmail.com
PROVINCIA DE MISIONES
REFERENTE: DRA. MARCELA ALVEZ
ORGANISMO: DEP. DE ATENCIÓN AL
DISCAPACITADO
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD
DIRECCIÓN: JUNIN Y TUCUMAN
LOCALIDAD: (3300) POSADAS
TELEFONO: (03752) 447205 / 444082
FAX: (03752) 447205/444082
E MAIL: marcelalvez66@hotmail.com
marcelaalvez@yahoo.com
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE PROVINCIAL: SR. KALITKO
RICARDO
ORGANISMO:ONGS
DIRECCIÓN : BELGRANO 736
LOCALIDAD: (3328) JARDIN AMERICA
TELEFONO: (03752) 15339904
FAX: (03755)
EMAIL: are-na-cer@hotmail.com
10. REGION NUEVO CUYO
AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE MENDOZA
REFERENTE: DR. ALEJANDRO
ONTIVEROS
ORGANISMO: GERENCIA DE
DISCAPACIDAD
DEPENDENCIA: MRIO DE DES. SOCIAL
Y SALUD
DIRECCIÓN: COLON 659
LOCALIDAD: (5500) MENDOZA
TELEFONO: (0261) 4254780
FAX: (0261) 4254780
E MAIL: alejandrontiveros@yahoo.com.ar
REPRESENTANTE REGIÓN NUEVO CUYO
REFERENTE PROVINCIAL: SRA. GRACIELA DE
WARRO
ORGANISMO: “ADIMOLU”
DIRECCIÓN :VALCANARE Y GUEVARA
LOCALIDAD: (5007) LUJAN
TELEFONO: (0261) 4987460
FAX: (0261) 4982072
EMAIL:adimolu@gmail.com
PROVINCIA DE LA RIOJA
REFERENTE: LIC. DANIELA
BUSTAMENTE/LIC.ANTONIO DIAZ
ORGANISMO: CONS. PCIAL DE DISC
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD
DIRECCIÓN: AVDA. O. DE OCAMPO 1700
LOCALIDAD: (5300) LA RIOJA
TELEFONO: (03822) 453755/09
FAX: (03822) 453755/09-453787/10
E MAIL:discapacidad@larioja.gov.ar
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE: A DESIGNAR
ORGANISMO:
DIRECCIÓN:
LOCALIDAD: (5300) LA RIOJA
TELEFONO: (03822)
FAX: (03822)
E MAIL:
PART:
CEL: (03822)
11. AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE SAN JUAN
REFERENTE: LIC. SANDRA M. LIRIO
ORGANISMO: DCCION. PCIAL PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
DEPENDENCIA: MRIO DE DES. HUMANO
DIRECCIÓN: MENDOZA ESQ. SANTA FE
LOCALIDAD: (5400) SAN JUAN
TELEFONO: (0264) 4216606
FAX: (0264) 4216606/4216609
E MAIL: sandramilagroslirio@hotmail.com
PART: (0264) CEL: (0264) 154053663
REPRESENTANTE REGION NUEVO CUYO
REFERENTE: SRA. ISABEL GARCIA
ORGANISMO: ARID-(ASOC. PARA LA RECUP.
E INTEG. DE LAS PERS. DISC
DIRECCIÓN: ESTADOS UNIDOS 645
LOCALIDAD: (5400) RIVADAVIA
TELEFONO: (0264) 4224666
FAX: (0264) 4273157
E MAIL: arid@infovia.com.ar
PROVINCIA DE SAN LUIS
REFERENTE: LIC. CLARA FURCADE
ORGANISMO: DIR. PCIAL DE PROTECCIÓN
A PERS. DISC.
DEPENDENCIA: MRIO DE A. SOCIAL
DIRECCIÓN: PRINGLES 487
LOCALIDAD: (5700) SAN LUIS
TELEFONO: (02652) 444130
FAX: (02652) 444130/430776
PART: (02652) CEL: (02652)
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE: LUIS OSVALDO GIL
ORGANISMO: FUNDACIÓN PUNTANA EVA
PERON
DIRECCIÓN: Pedernera 635
LOCALIDAD: (5730) VILLA MERCEDES
TELEFONO: (02657) 426658
FAX: (02657) 426658
E MAIL: luisogil@arnet.com.ar
PART:
CEL: (02657) 155 80828
12. REGION PATAGONIA
AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE CHUBUT
REFERENTE: DR. JUAN
DEVETAK/FGA. M.T.PATALAGOYTI
ORGANISMO: DIR. PCIAL DEL
DISCAPACIDAD
DEPENDENCIA: SECR. DE SALUD
DIRECCIÓN: ROCA 150
LOCALIDAD: (9200) ESQUEL
TELEFONO: (02945) 455490/0800-222-8552
FAX: (02945) 455490/0800-222-8552
E MAIL: discapacidad@speedy.com.ar
REPRESENTANTE REGION PATAGONICA
REFERENTE: LIDIA M. RODRIGUEZ
ORGANISMO: ONG
DIRECCIÓN: JUAN JOSE VALLE 352
LOCALIDAD: RAWSON
TELEFONO: (02965) 485119
FAX: (02965) 485119
E MAIL: lidiarodriguez_65@hotmail.com
PROVINCIA DE LA PAMPA
REFERENTE: LIC. LAURA GOMEZ/SR.
MISKOFF GERMAN
ORGANISMO: DIR. GRAL DE LA FAMILIA
DEPENDENCIA: MRIO DE B. SOCIAL
DIRECCIÓN: AV. ROCA 851
LOCALIDAD: (6300) SANTA ROSA
TELEFONO: (02954) 433010/453953
FAX: (02954) 433010/453953
E MAIL: lauragomez@cpenet.com.ar
TEL PART: (02954) 423022
CEL: (02954)15664885
REPRESENTANTE PROVINCIAL
REFERENTE: SR. ERNESTO CATRON
MENDIA
ORGANISMO: APPAD
DIRECCIÓN: AV. ROCA 851
LOCALIDAD: (6300) STA ROSA
TELEFONO: (02954) 453677
FAX: (02954) 453677/458130
E MAIL: catronme@cpenet.com.ar
PART: (02954) 453677
CEL:
13. AREA GUBERNAMENTAL ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE NEUQUEN
REFERENTE: LIC. CARMEN RAÑA
ORGANISMO: JUCAID
DEPENDENCIA: MRIO DE SALUD Y
BIENESTAR SOCIAL
DIRECCIÓN: SALTA 265
LOCALIDAD: (8300) NEUQUEN
TELEFONO: (0299) 4495552
FAX: (0299) 4495552
E MAIL: carmenrania@gmail.com
PROVINCIA DE RIO NEGRO
REFERENTE: LIC. DAVID MULLER
ORGANISMO: CONS. PCIAL DEL
DISCAPACITADO
DEPENDENCIA: SEC. DE ESTADO DE
ACCION SOCIAL
DIRECCIÓN: LAPRIDA 226
LOCALIDAD: (8500) VIEDMA
TELEFONO: (02920) 421833
FAX: (02920) 427631/428471
E MAIL: condisca@familia.rionegro.gov.ar
fmuller@familia.rionegro.gov.ar
REPRESENTANTE REGION PATAGONICA
REFERENTE: SR. BARRIONUEVO HECTOR
ORGANISMO: MUTUAL VIVIR PARA EL
DISCAPACITADO
DIRECCIÓN: MORENO 1485
LOCALIDAD: (8500) -VIEDMA-
TELEFONO: (O2920) 432/588/425656
FAX: (O2920) 425656/432588
EMAIL: barrionuevohector@hotmail.com
14. AREA GUBERNAMENTAL
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL: ONG
PROVINCIA DE SANTA CRUZ
REFERENTE: SRA. FABIANA AZANZA
ORGANISMO: DIRECC. DE
CAPACIDADES ESPECIALES-
DEPENDENCIA: MRIO DE ASUNTOS
SOCIALES
DIRECCIÓN: SALTA 75
LOCALIDAD: (9400) RIO GALLEGOS
TELEFONO: (02966) 426173
FAX: (02966) 426173
E MAIL: fabiazanza@yahoo.com.ar
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
REFERENTE: LIC. MONICA FROLA
ORGANISMO: DIRECCIÓN DE INCLUSION
SOCIAL.
DEPENDENCIA: MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN: PTO. ALMANZA 4026
LOCALIDAD: (9420) USHUIA
TELEFONO: (02901) 441080
FAX: (02964) 441080
E MAIL:monicafrola@hotmail.com