Este documento resume los derechos de protección en el capítulo octavo. Establece que toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y al debido proceso. Asegura las garantías básicas en procesos penales donde se haya privado de libertad a una persona y protege a las víctimas de infracciones penales de revictimización e intimidación. También establece que los ecuatorianos no pueden ser extraditados y que ciertos delitos como agresiones a estados son imprescriptibles.