El documento define el derecho como el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad y se basa en principios de justicia y certeza jurídica. A lo largo de la historia no ha habido consenso sobre una definición única del derecho. El derecho objetivo se refiere al conjunto de leyes y reglamentos creados por el Estado, mientras que el derecho subjetivo es la facultad que posee un individuo para realizar u omitir ciertas acciones legales.
123 relevancia y características del dictamen pericial enXochitl Duran
La peritación es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos.
Esta clase de medio de prueba puede ser pedido por cualquiera de las partes o decretado de oficio por el Juez cuando este así lo considere necesario
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2. Derecho es el orden normativo e institucional de la
conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base
son las relaciones sociales que determinan su
contenido y carácter en un lugar y momento dados.
En otras palabras, es un sistema de normas que
regula la convivencia social y permite resolver los
conflictos de intereses de relevancia jurídica. A lo
largo de la historia juristas, filósofos y teóricos del
Derecho han propuesto definiciones alternativas y
distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la
actualidad, consenso sobre su definición. El
concepto del Derecho es estudiado por la Filosofía
del Derecho.
3. El derecho objetivo es el conjunto de leyes,
reglamentos, de carácter permanente y
obligatorio, creadas por el Estado para la
conservación del orden social. Esto es,
teniendo en cuenta la validez, es decir, si
se ha llevado a cabo el procedimiento
adecuado para su creación,
independientemente de su eficacia (si es
acatada o no) y de su ideal axiológico (si
busca concretar un valor como la justicia,
la paz, el orden, el bien común, etcétera)
4. El derecho subjetivo es la facultad que
posee un sujeto para ejercitar una
determinada conducta jurídica (acción
u omisión)