Este documento resume los diferentes tipos de derechos reconocidos en la constitución venezolana como los derechos humanos, civiles, políticos, sociales, de la familia, culturales y educativos, económicos, de los pueblos indígenas y ambientales. También describe los deberes que incluyen honrar la patria, cumplir las leyes, participar cívicamente, pagar impuestos, prestar servicio militar o civil, y prestar servicio comunitario para ejercer una profesión.
Esta publicación constituye un esfuerzo de síntesis y referencia sencilla de las normas constitucionales que se relacionan con los derechos humanos, correlacionando los artículos que tratan un mismo aspecto.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
derechos sociales, culturales, economicos, educativos y ambientales carlosescalona61
Derechos sociales y de las familias: concepto. Derechos sociales y de las familias mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos culturales y educativos: concepto. Derechos culturales y educativos mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos económicos: concepto. Derechos económicos mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos de los pueblos indígenas: concepto. Derechos de los pueblos indígenas mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos ambientales: concepto. Derechos ambientales mencionados en la constitución. Base constitucional. Deberes: concepto. Base constitucional.
Este es un análisis jurídico que lo realicé como parte de una investigación sobre las "Acciones afirmativas". Contiene un análisis de las normas que hasta el 2013, trataban el tema en el Ecuador, así mismo contiene un análisis de tratados internacionales referentes al tema.
Espero sirva de su ayuda. Solamente espero me citen cuando lo usen.
sociedades anónimas La compañía anónima es administrada por uno o más administradores temporales, revocables, socios o no socios.Debe existir un junta administrativa.
sociedades en comandita Están garantizadas
por la responsabilidad ilimitada de uno o más socios (solidarios o comanditantes) y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios (comanditarios)
sociedades de respon limitada Están garantizadas por un capital determinado y limitado al monto de los aporte de cada socio
sociedades en nombre de colectivos Están garantizadas por la responsabilidad solidaria e ilimitada de todos los socios. Constituido por partes sociales en principio no sujetas a cesión.
Esta publicación constituye un esfuerzo de síntesis y referencia sencilla de las normas constitucionales que se relacionan con los derechos humanos, correlacionando los artículos que tratan un mismo aspecto.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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De los derechos humanos y garantías y de los deberesAstridC20
Derechos Sociales Y De Las Familias
De Los Derechos Culturales Y Educativos
De los derechos económicos
De los derechos de los pueblos indígenas
De Los Derechos Ambientales
Derechos sociales y de las familias: concepto. Derechos sociales y de las familias mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos culturales y educativos: concepto. Derechos culturales y educativos mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos económicos: concepto. Derechos económicos mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos de los pueblos indígenas: concepto. Derechos de los pueblos indígenas mencionadas en la constitución. Base constitucional. De los derechos ambientales: concepto. Derechos ambientales mencionados en la constitución. Base constitucional. Deberes: concepto. Base constitucional.
De Los Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes.CAROLINA8MEDINA
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Este Trabajo fue hecho con el fin de informar y dar a conocer los derechos que deben de tener las personas en cualquier lugar y momento
Este Trabajo fue hecho por:
Andres Felipe Marroquin Medina
Alirio Andres Trujillo Mateus
Jhon Fredy Montoya Vega
Determina los Derechos humanos, garantias y deberes existentes en la Carta Magna Venezolana.
Ciertamente que la Constitución, analizada desde una perspectiva funcional –como aquí se hace-, tiene otras funciones, pero tanto su estructura organizativa (la división de los poderes y su funcionamiento interno) como el reconocimiento que hace de las libertades ciudadanas (Derechos y Garantías Constitucionales), tiene la finalidad de proteger la libertad y autonomía del ciudadano en los distintos ámbitos donde desarrolla su personalidad como individuo o ser social.
"Las garantías constitucionales son definidas como los derechos que la Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos, esta definición de las garantías de forma amplia y genérica llega a confundirse con el de derecho, consagrando así una sinonimia en el plano de una estricta terminología constitucional entre la libertad jurídica y sus medios de protección. La doctrina argentina ha señalado que los derechos son los que corresponden a todo hombre en su calidad de tal y que la Constitución reconoce, los que pertenecen al pueblo y a los ciudadanos, en cuanto a las garantías la doctrina argentina ha estipulado que esta son todas aquellas seguridades y promesas que ofrece la Constitución al pueblo, que todos los derechos han de ser sostenidos y defendidos por las autoridades."
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Informe de Amnistía Internacional sobre ejecuciones y penas de muerte
Derechos humanos
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS Y DE LOS DEBERES
PROFESORA: ESTUDIANTE
Emily Vanessa Ramírez Márquez Arianny’s Camacaro CI: 25.549.945
SAIA-B
Barquisimeto, 3 de Septiembre del 2016
2. TIPOS DE DERECHOS CONCEPTOS DIFERENCIAS
DERECHOS HUMANOS
Son todos aquellos Deberes,
Derechos y Garantías
Constitucionales, disponiendo que el
Estado deba garantizar a toda
persona, conforme al principio de
progresividad y sin discriminación
alguna, el goce y ejercicio
irrenunciable, indivisible e
Interdependiente de los derechos
humanos.
En los derechos humanos estos deben
ser garantizados por el estado, y se
tomaran en cuenta aquellos convenios
y tratados que favorezcan al
venezolano. Estos derecho le
garantizan a los venezolanos
progresar sin ser discriminado y
disfrutar de todos sus derechos, estos
son irrenunciable, interdependiente,
indivisibles.
DERECHOS CIVILES
Este derecho, obligando al Estado a
proteger la vida de aquellas personas
que se encuentren privadas de su
voluntad, y en general las personas
que estén realizando servicio militar o
civil.
Los Derechos Civiles son los que
obligan al estado a garantizar y
proteger la vida de aquellos
venezolanos que se encuentren
privados de su voluntad, como
también aquellas que estén prestando
servicio Militar o civil.
DERECHOS POLITICOS
Es el derecho de participación libre de
los ciudadanos en los asuntos
públicos, directamente o por medio de
sus representantes elegidos o
elegidas. De igual forma, se consagra
al sufragio como un derecho, siendo
este el derecho político por
antonomasia de la participación
política en virtud de los cual se le
dotan de garantías adecuadas para su
efectivo ejercicio; la Constitución
reconoce otro derecho político como lo
es el derecho de asociarse con fines
El derecho político le garantiza al
venezolano su libre elección en
asuntos públicos a sus dirigentes
elegidos, como también garantiza el
sufragio siendo este un derecho
político por antonomasia.
3. políticos.
DERECHOS SOCIALES
Es la existencia digna y decorosa, es
decir, a obtener por la prestación de
sus servicios un salario capaz de
satisfacer las necesidades básicas del
trabajador y de su núcleo familiar. El
trabajo no solo como un derecho sino
también como un deber, dependiendo
de sus aptitudes y capacidades físicas;
también la Constitución reconoce el
trabajo del hogar como una actividad
económica que crea valor agregado.
Este derecho es más que todo
garantizar al venezolano de un salario
con el que pueda satisfacer sus
necesidades esto es por medio de un
trabajo que no es solo un derecho si
no también un deber.
DERECHOS DE LA FAMILIA
La constitución estipula que los niños,
niñas y adolescentes tienen derecho a
vivir, ser criados o criadas y a
desarrollarse en el seno de su familia
de origen, y que estos son sujetos
plenos de derecho, estando protegidos
por la legislación, los órganos y
tribunales especializados.
Garantiza este derecho a que todo
niña, niño y adolecente a vivir, ser
criados y desenvolverse dentro de un
seno familiar, y son protegidos por la
legislación, los órganos y tribunales
especializados.
DERECHOS CULTURALES Y
EDUCATIVOS
La Carta Magna regula la efectiva
emisión, recepción y circulación de la
información cultural, estableciendo un
deber a los medios de comunicación
de difundir los valores tradicionales,
las obras de los artistas, escritores,
compositores, cineastas, científicos, y
demás creadores culturales del país.
Para este derecho es de garantizar
emisión, recepción y circulación de la
información cultural; En los cuales se
consagran una serie de derechos
constitucionales de gran valía para el
ordenamiento jurídico venezolano, por
cuanto se establece, entre otros
derechos, el derecho a la creación
cultural y la obligación que tiene el
Estado de reconocer y proteger estos
derechos.
4. DERECHOS ECONOMICOS
En cuanto a los Derechos
Económicos, consagrados en la
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, que forman
parte de la denominada Constitución
Económica, encontramos que el
artículo 112 establece la libertad
económica, previendo como principios
para el ejercicio de esta libertad el
desarrollo humano, la seguridad, la
sanidad, y, la protección del ambiente.
Por su parte como derecho económico
garantiza más que todo a que cada
venezolano tiene derecho a una
libertad económica para su desarrollo
humano como también para su
seguridad y sanidad y protección del
ambiente.
DERECHOS DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS
Referido a los derechos de los pueblos
indígenas, sus formas de
organización, culturas e idiomas
propios, así como sus hábitats y los
derechos originarios sobre las tierras
que ancestral y tradicionalmente
ocupan y que son indispensables para
garantizar su continuidad biológica y
sociocultural, las cuales además son
asiento de sus referentes sagrados e
históricos. Todo ello implica un
profundo cambio en la perspectiva
política y jurídica del país.
Este derecho es referido a nuestros
pueblos indígenas, que le garantiza a
su libre desenvolvimiento en su
cultura, creencias, y sus espacios.
DERECHOS AMBIENTALES
Es el conjunto de normas jurídicas que
regulan la acción del hombre en el
usufructo de la naturaleza y sus
recursos naturales, y le fija el límite de
su intervención y modificación, para
evitar su deterioro o degradación
irreversible.
Este derecho le garantiza a los
venezolanos de su medio ambiente,
refiere más que todo a la regulación
del venezolano al uso del mismo para
evitar un degaste y este desaparezca.
5. DEBERES
1. El deber a honrar y defender a
la patria, sus símbolos, los
valores culturales, resguardar y
proteger la soberanía, la
nacionalidad, la integridad
territorial, la autodeterminación
y los intereses de la Nación.
2. El deber de toda persona de
cumplir y acatar lo preceptuado
en la Constitución, las leyes y
los demás actos que en
ejercicio de las funciones
públicas dicten los órganos del
Poder Público
3. el deber de todas las personas
de cumplir las
responsabilidades sociales y de
participar de manera solidaria
tanto en la vida política, civil y
comunitaria de la nación,
promoviendo y defendiendo los
derechos humanos como
fundamento de la convivencia
democrática y de la paz social.
4. el deber de todas las personas
en coadyuvar en los gastos
públicos, siendo cumplido este
deber con el pago de los
impuestos, tasas y
contribuciones que establezcan
las Leyes Nacionales,
Así como se nos he garantizado
constitucionalmente una serie de
derechos, también se nos es exigible
una serie de deberes, los cuales a mi
parecer no son de dificultad en
respetarlos son tan morales y éticos
que cumplir con ellos es casi que
cotidiano: como lo es respetar y
valorar nuestra patria y símbolos que
nos representa como patria, nuestros
valores y enseñanzas, resguardar y
proteger nuestra esencia y soberanía y
todos nuestros intereses y los de la
nación; también tenemos el deber de
cumplir y respetar nuestra
constitución, nuestras leyes y demás
actos en las funciones públicas
dictadas por los órganos del poder
público; Por otra parte el deber de
cumplir con las responsabilidades
sociales; el deber de pagar impuestos,
tasa y contribuciones que establezcan
las leyes nacionales, Estadales u las
Ordenanzas Municipales; asi mismo
tenemos el deber de prestar el servicio
civil o militar en caso de que sea
necesario para la defensa,
preservación y desarrollo del país, o
para hacer frente a situaciones de
calamidad pública; también tener el
deber de prestar el servicio
6. Estadales u las Ordenanzas
Municipales.
5. El deber de prestar el servicio
civil o militar que sea necesario
para la defensa, preservación y
desarrollo del país, o para hacer
frente a situaciones de
calamidad pública.
6. El deber para con los
ciudadanos que aspiren ejercer
cualquier profesión, por cuanto
estos tienen el deber de prestar
un servicio a la comunidad
durante el tiempo, lugar y
condiciones que determine la
llamada Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de
Educación Superior.
comunitario a la hora de aspirar una
profesión.