TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
derechos laborales.pptx en las empresas industriales
1. Instituto Superior Universitario Cotopaxi
NOMBRE: Jhonatan Alvarez
CURSO: 2 “A”
TEMA: Código de trabajo del 1 al 35
ETICA PROFESIONAL Y DERECHOS HUMANOS
28/02/2023
2. Articulo 1: Ámbito de este código
Regulan relaciones entre empleadores y trabajadores y se aplican a diferentes
modalidades y condiciones de trabajo
3. Articulo 2 : Obligatoriedad del trabajo
El trabajo es un derecho y un deber social
4. Articulo 3: libertad de trabajo y
contratación
El trabajador es libre de dedicar su esfuerzo a la labor licita que a bien tenga
5. Articulo 4: irrenunciabilidad de derechos
Los derechos del trabajador son irrenunciables. Sera nula toda estipulación en
contrario
6. Articulo 5: protección judicial y
administrativa
Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a prestar atención y
protección oportuna a los trabajadores
7. Articulo 6: leyes supletorias
En todo lo que no estuviere expresamente prescrito en este Código, se aplicarán
las disposiciones de los Códigos Civil y de Procedimiento Civil.
8. Articulo 7: Aplicación favorable al
trabajador
En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales o en materia laboral
los funcionarios judiciales y administrativos las aplicaran en sentido mas favorable
al trabajador
9. Articulo 8: contrato individual
Es el convenio en el cual una persona se compromete con otra para brindar sus
servicios
10. Articulo 9: concepto del trabajador
La persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se
denomina trabajador
11. Articulo 10: Concepto del empleador
La persona o entidad de cualquier clase, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la
obra o servicio se denomina empleador
12. Articulo 11: clasificación
El contrato de trabajo puede ser :
Expreso o tácito, escrito o verbal
A sueldo, a jornal
Por tiempo fijo, indefinido, temporada, eventual
A prueba
Por obra cierta, por tarea
Por enganche
Individual o grupal
13. Articulo 12: Contrato expreso y tácito
expreso cuando se llega a un acuerdo de palabra o escrito
A falta de estipulación expresa se considera tácito toda relación entre empleado y
empleador
14. Articulo 13: Formas de remuneración
en contratos a sueldo a jornal la remuneración se toma como base a partir de
cierto tiempo
Contrato en participación es cuando el empleado tiene utilidades de los negocios
del empleador
La remuneración es mixta cuando el empleado participa en el producto del
empleador además del sueldo o salario fijo
15. Articulo 14: Estabilidad mínima y
excepciones
Establece un año como tirmpo mínimo de duración, de todo contrato por tiempo
fijo o indefinido
16. Articulo 15: contrato a prueba
todo contrato que puede señalar un periodo de prueba de una duración de 90
días, vencido este plazo el trabajador debe continuar con el tiempo que fala para
completar el año
17. Articulo 16: contratos por obra cierta, por
tarea y a destajo
obra cierta: cuando el trabajador toma a cargo una labor por una remuneración
sin tomar en cuenta el tiempo que invierta en ejecutarla
Por tarea: ejecuta una determinada cantidad de obra en la jornada o en periodo
establecido
A destajo: el trabajo se lo ejecuta por partes, medidas de superficie y la
remuneración se pacta para cada una de ellas
18. Articulo 17: contratos eventuales,
ocasionales, de temporada
Eventuales: aquellos que el empleador realiza para satisfacer exigencias como
remplazo de personal o ausentes por vacaciones, enfermedad,etc.
ocasionales: el objetivo es atender necesidades emergentes y cuya duración no
excede los 30 días a un año
Temporada: contratos colectivos para que realicen trabajos cíclicos o periódicos
cada vez que sean llamados a prestar su servicio
19. Articulo 18: Contrato escrito
es un acuerdo hecho en un documento impreso firmado por el prestamista y
prestatario
20. Articulo 19: contrato escrito obligatorio
Se debe hacer un contrato obligatorio a :
Trabajos con conocimientos técnicos o profesión determinada
Los de obra cierta
Destajo o por tarea con mas de un año de duración
De a prueba
Por grupo o equipo
Eventuales, ocasionales y de temporada
Aprendizaje
De uno o mas años
21. Articulo 20: autoridad competente y
registro
los contratos deben registrarse por escrito dentro de los 30 días de su
incorporación ante un inspector de trabajo del lugar
22. Articulo 21: requisitos del contrato escrito
Clausulas referentes a:
la clase del trabajo o objeto de su contratación
Como se va a ejecutar el trabajo(tiempo, unidades de obra, tarea)
Cuantía y Forma de pago de la remuneración
Tiempo de duración
Lugar en el que se ejecuta
Declaración de sanciones
23. Articulo 22: condiciones del contrato tácito
se tendrán por condiciones las determinadas en las leyes, los pactos colectivos y
los usos y costumbres del lugar, en la industria o trabajo de que se trate.
24. Articulo 23: sujeción a los contratos
colectivos
De existir contratos colectivos, los individuales no podrán realizarse sino en la
forma y condiciones fijadas en aquellos
25. Articulo 24: enganche para el exterior
para los trabajadores que fueran contratado individual o colectivamente para
brindar su servicio su contrato debe ser obligatoriamente escrito
26. Articulo 25: Apoderado del enganchador
Deberá tener en el Ecuador por el tiempo que duren los contratos y un año mas a
partir de la terminación de los mismos, un apoderados que responda a demanda
de trabajadores o familiares
27. Articulo 26: fianza
los empresarios y los que se dediquen al enganche de trabajadores que sirven
fuera del país están obligaos a rendir fianza ante la autoridad que intervenga en el
contrato
28. Articulo 27: autorización para salida de
enganchados
Migración no autorizará la salida de los trabajadores enganchados, sin la
presentación por parte del empresario o enganchador, de la escritura o documento
en que conste la caución de que trata el artículo anterior.
29. Articulo 28: vigilancia de cumplimiento de
contratos
el ministerio de trabajo encarga al diplomático o consular, en donde se hallen los
trabajadores contratados , vigilar el cumplimiento de los contratos
30. Articulo 29: enganche para el país
Cuando se va a prestar servicios dentro del país el contrato debe estar por escrito y
en se estipulan que los gasto corren por cuenta del empleador o empresa
31. Articulo 30: prohibición
Prohibido el enganche de menores de 18 años de edad para enviarlos a trabajos
fuera del país
32. Articulo 31: trabajo en grupo
Si el empleador diere trabajo en común a un grupo de trabajadores conservará,
respecto de cada uno de ellos, sus derechos y deberes de empleador.
33. Articulo 32: contrato de equipo
si un equipo organizado jurídicamente celebrare contrato con un empleador, no
habrá distinción de derechos individuales o obligaciones entre los miembros del
equipo sino frente al grupo
34. Articulo 33: jefe de equipo
El jefe elegido deberá representar al equipo que lo integren como un gestor de
negocios
35. Articulo 34: sustitución de trabajador
Si un trabajador dejare de pertenecer al equipo podrá ser sustituido por otro,
previa aceptación del empleador
36. Articulo 35 : quienes pueden contratar
hábiles para celebrar contratos de trabajo todos los que la Ley reconoce con
capacidad civil para obligarse. Sin embargo, los adolescentes que han cumplido
quince años de edad tienen capacidad legal para suscribir contratos de trabajo, sin
necesidad de autorización alguna y recibirán directamente su remuneración.