Presentación realizada para la materia de humanidades.
Aviso: Este material es de consulta, si desea conocer mas sobre el tema consulte los reglamentos del IPN.
2. Defensoría de los derechos politécnicos.
Órgano autónomo que actúa con independencia de las
autoridades del mismo y que tiene por objeto; llevar a cabo la
promoción, protección, defensa, estudio y divulgación de los
derechos de los miembros de la comunidad politécnica, bajo los
principios de legalidad, imparcialidad, eficiencia y oportunidad.
3.
4. Defensoría de los derechos politécnicos.
Algunas funciones que tiene son:
● Impulsar la observancia de los Derechos Humanos y/o politécnicos.
● La divulgación, promoción, estudio, enseñanza e investigación de
Derechos Humanos y/o politécnicos en el IPN.
● Proporcionar orientación a la comunidad politécnica para realizar acciones
preventivas, a fin de evitar afectaciones a sus derechos.
● Conocer de las afectaciones en Derechos Humanos y/o politécnicos y de
ser el caso, proponer soluciones conciliatorias o emitir resoluciones o
recomendaciones.
5. Defensoría de los derechos politécnicos.
El 21 de diciembre de 2005, donde
finalmente se aprobó el acuerdo
mediante el cual se expidió la
Declaración de los Derechos
Politécnicos y se estableció la
Defensoría de los Derechos
Politécnicos (DDP) del IPN.
6. Defensoría de los derechos politécnicos.
El artículo 1, fracción II, estableció: “Los miembros de la comunidad
politécnica serán tratados en igualdad de condiciones, sin discriminación
alguna de nacimiento, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
otra índole, origen étnico o social, posición económica o capacidades
diferentes, así como cualquier otra condición o circunstancia personal o
social.”
7. Defensoría de los derechos politécnicos.
Dudas más comunes:
¿En qué consiste el servicio de orientación?
¿Por qué medios puedo presentar una inconformidad, duda o solicitar una
orientación a la Defensoría de los Derechos Politécnicos (DDP)?
¿Quiénes pueden solicitar orientación?
Al momento de solicitar una orientación ¿tengo que proporcionar mis
datos personales?
¿La Defensoría atiende orientaciones anónimas?
8. Objetivo
• Desarrollar la cultura y legalidad de los derechos humanos y politecnicos
• Promover la igualdad y equidad
• Promover el respeto a la diversidad de opiniones
• Promover en el instituto el estudio e investigación en materia de derechos
• Impulsar la generación y cumplimientos de los acuerdos en materia
• Proporcionar orientación a la comunidad politécnica
9. Servicios
• Organizar eventos para difundir los derechos
• Imparte conferencias, cursos, talleres y diplomados en coordinación
con instituciones y organismos especializados
• Dispone para consulta de un acervo bibliográfico en materia de los
derechos humanos
• Brinda orientación tanto tecnológica como personalizada a travez del
sitio www.defensoria.ipn.mx
• Conoce las afectaciones a derechos humanos y politécnicos, propone
soluciones
10. Declaración de los Derechos Politécnicos
• Sin distinción alguna, todos los miembros de la comunidad politécnica tienen
los derechos y libertades expresados en esta declaración
• Los miembros de la comunidad politécnica serán tratados en igualdad de
condiciones, sin discriminación alguna de nacimiento, raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen étnico o social,
posición económica o capacidades diferentes.
11. • El instituto impulsara la formación integral de los estudiantes y
promoverá entre la comunidad politécnica la cultura de los derechos
humanos
• Los miembros de la comunidad serán respetados en su dignidad personal
y su integridad física y moral
• Los miembros de la comunidad contaran con instalaciones seguras y con
accesos que faciliten el libre tránsito de todos sus integrantes.
• El instituto garantizara a la comunidad politécnica su libertad de opinión y
de expresión., así como su derecho a votar y ser votado
12. •Todo politécnico tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oído y
con justicia por una instancia imparcial para la determinación de sus derechos y
obligaciones
•Todos los miembros de la comunidad tienen derecho a participar en los procesos
de otorgamiento de reconocimientos académicos, deportivos y laborales
• Con fines académicos, culturales, deportivos, sociales y de asistencia mutua, los
miembros de la comunidad tienen derecho a asociarse libre y pacíficamente
• El instituto garantizara la observancia a los derechos señalados en el presente
artículo a través de una unidad administrativa de apoyo a la que se denominara
Defensoría de los Derechos Politécnicos
13. • Este reglamento consta de 77 artículos tener conocimiento de este documento es de suma
importancia ya que es una herramienta que va relacionada con nuestros derechos ya que
para tener un derecho como persona también se debe respetar un reglamento.
14. Capítulo Primero
• Este capitulo consta de tres artículos principales los cueles se mencionan.-
I. Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento son de observancia general y obligatoria en el Instituto Politécnico Nacional.
II. Artículo 2. Este ordenamiento tiene por objeto establecer las condiciones que regulan el ingreso, la trayectoria escolar, la permanencia y el
egreso de alumnos.
III. Artículo 3. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
Academia
Actividades complementarias
Alumno
Alumno en movilidad
Alumno visitante
Ambientes de aprendizaje
15. Calendario académico
Carga máxima en créditos
Carga media en créditos
Carga mínima en créditos
Ciclo escolar
Comisión de Situación Escolar
Cooperación académica
Crédito
Dirección de Coordinación
Egreso
Evaluación a título de suficiencia
Evaluación de saberes previamente adquiridos
Evaluación extraordinaria
Evaluación ordinaria
ExpedienteAcadémico
Flexibilidad
Instituto
Mapa curricular
Modalidad educativa
16. Movilidad académica
Nivel educativo
Periodo escolar
Plan de estudio
Programa académico
Programa académico en red
Programa de estudios
Trayectoria escolar
Tutor
Unidad de aprendizaje
17. REGLAMENTO INTERNO DEL IPN
• Fue publicado en la Gaceta
Politécnica el 12 de agosto de
1983 y que desde entonces el
Instituto ha realizado
importantes avances en los
ámbitos académico,
científico, tecnológico y
administrativo.
19. • Artículo 37-. Los proyectos
de intercambio académico
deberán asegurar la
obtención de beneficios
mutuos y sus resultados
serán difundidos en medios
especializados.
• Artículo 41. Los resultados de la
evaluación se expresarán en
valores numéricos enteros, en
una escala de cero a diez,
considerándose seis como
calificación mínima aprobatoria
para los niveles medio superior
y superior y ocho para el nivel
de posgrado.
20. Artículo 81. La calidad de alumno de la
modalidad escolarizada se pierde por:
• I. La conclusión del plan de estudios.
• II. Baja voluntaria, temporal o definitiva.
• III. Adeudar el número de asignaturas o sus
equivalentes que fijen los reglamentos
aplicables.
• IV. Resolución definitiva dictada por la
instancia institucional competente, en los
casos previstos por el artículo 110, fraccionesV
yVI, del presente Reglamento.
21. • Artículo 106. Son derechos de los alumnos:
• I. Obtener la inscripción o reinscripción en el plan de estudios en el que
hayan sido admitidos.
• XIII. Obtener del Instituto el reconocimiento de sus organizaciones y
asociaciones cuando éstas persigan fines académicos.
• XV. Ejercer la defensa de sus derechos conforme al procedimiento
establecido en el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.
22. • Artículo 107. Son obligaciones de los alumnos:
• III. Realizar oportunamente los trámites escolares.
• IV. Asistir con puntualidad y constancia a sus clases.
• V. Conservar la calidad de alumno en situación regular.
• VIII. Guardar respeto a los miembros de la comunidad politécnica y a
los visitantes del Instituto.
23. • Artículo 108. Son causas de responsabilidad de los alumnos las
siguientes:
• II. Falsificar o utilizar indebidamente documentos escolares, sellos y
papeles oficiales, así como emplear o permitir el uso indebido de
credenciales de terceros.
• IV. Utilizar para fines distintos a los académicos y sin autorización
previa el nombre, escudo, lema e himno del Instituto.
• V. Portar armas blancas, de fuego, explosivos o cualquier objeto que
pueda ser usado para amenazar o producir lesiones.
24. • Artículo 110. Los alumnos que incurran en cualesquiera de las
causas de responsabilidad previstas en el presente Reglamento se
harán acreedores, según corresponda, a las siguientes sanciones:
• I. Apercibimiento.
• II. Amonestación escrita
• VI. Baja definitiva del Instituto Politécnico Nacional, perdiendo los
derechos a que se refiere el artículo 106 del presente Reglamento.
25. Artículo 110. Los alumnos que incurran en cualesquiera de las
causas de responsabilidad previstas en el presente Reglamento se
harán acreedores, según corresponda, a las siguientes sanciones
• Apercibimiento.
• II. Amonestación escrita
• VI. Baja definitiva del Instituto
Politécnico Nacional,
perdiendo los derechos a que
se refiere el artículo 106 del
presente Reglamento.