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DERECHOS SEXUALES Y
REPRODUCTIVOS DE
LOS ADOLECENTES
Integrantes:
González Ramírez Diego
Hernández Ruiz Josué Rodrigo
Grupo: 226 Equipo: 10
19 DE FEBRERO DE 2015
Indicé
Las personas jóvenestienen derecho -----------------------------------
Salud para los adolecentes--------------------------------------------------
Legislación internacionalsobrederechos humanos – ONU-----
La Salud y los Derechos Sexualesy Reproductivos de
Adolescentes Jóvenes---------------------------------------------------------
¿POR QUÉ CENTRAR LA ATENCIÓN EN ADOLESCENTES
JÓVENES?-------------------------------------------------------------------------
INICIO TEMPRANO DE LA ACTIVIDAD SEXUAL----------------------
¿QUÉ SABEN LAS Y LOS ADOLESCENTESJÓVENES?----------
RESPUESTAS POLÍTICAS Y PROGRAMÁTICAS---------------------
LOS DERECHOS SEXUALES HACEN REFERENCIA A NUESTRO
CUERPO -------------------------------------------------------------------------------------------
Enfermedades de transmisión sexual en la adolescencia -------------
Las personas jóvenes tienen derecho:
 Decidir de forma libre sobre su cuerpo y su
sexualidad.
 Ejercer y disfrutar plenamente su vida sexual.
 Manifestar públicamente sus afectos.
 Decidir con quien compartir su vida y su
sexualidad.
 Ser respetados en su intimidad y su vida privada.
 Vivir libre de violencia sexual.
 La libertad reproductiva.
 La igualdad de oportunidades y a la equidad.
 Vivir libre de toda discriminación.
 Recibir información completa, científica y laica sobre la sexualidad.
 Recibir educación sexual.
 A los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.
 Participar sobre las políticas públicas sobre sexualidad.
La población adolescente y joven es una prioridad a nivel mundial. La generación
actual es la más grande que se haya registrado en la historia de la humanidad.
Las condiciones en las que toman decisiones sobre su sexualidad, los elementos y
servicios con los que cuentan para ello, así como las oportunidades de educación
y desarrollo disponibles, tienen un importante efecto en su calidad de vida y en las
tendencias poblacionales de las siguientes décadas.
En lo que se refiere a la salud sexual y reproductiva (SSR), los principales riesgos
de esta población son:
El inicio no elegido, involuntario y/o desprotegido de su vida sexual
La exposición a embarazos no planeados, no deseados, o en condiciones de
riesgo
La exposición a una infección de transmisión sexual (ITS), cuya expresión más
dramática es el VIH/Sida
A nivel global, una gran cantidad de adolescentes ya son sexualmente activos
antes de cumplir 20 años de edad, y la gran mayoría (alrededor del 60%) no utiliza
ninguna protección contra el embarazo, ni contra el riesgo de adquirir una ITS o
infectarse de VIH.
Cada año dan a luz 16 millones de adolescentes en el mundo. El 90% de estos
embarazos ocurre en países en desarrollo; 38% sucede en América Latina y el
Caribe. Los riesgos de un embarazo en la adolescencia están fuertemente
asociados con las desigualdades, la pobreza y la inequidad de género. Las
probabilidades de que las adolescentes de entre 15 y 19 años mueran debido a
complicaciones durante el embarazo o el parto son dos veces mayores que las de
una mujer de 20 a 30 años.
En México, las y los jóvenes inician su vida sexual entre los 15 y los 19 años, en
promedio. La gran mayoría de ellos (97%) conoce al menos un método
anticonceptivo; sin embargo, más de la mitad no utilizaron ninguno en su primera
relación sexual. Datos de la Secretaría de Salud muestran que la mayor demanda
insatisfecha de métodos anticonceptivos corresponde a adolescentes de 15 a 19
años; asimismo, se estima que 17.4% de los nacimientos totales corresponden a
mujeres menores de 20 años, de los cuales entre 60 y 80% de ellos son no
planeados. Entre los derechos sexuales y reproductivos de las y los jóvenes se
encuentra el derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi la sexualidad,
el derecho a vivir libre de violencia, el derecho a la educación sexual, a la libertad
reproductiva, a la igualdad y a la equidad, así como el derecho a vivir libre de
discriminación, entre otros.
Estos derechos están avalados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos
en la Cartilla por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las y los Jóvenes,
México.
Es importante hacer un contraste entre lo escrito en los tratados internacionales
ratificados por el gobierno mexicano, y lo que realmente sucede en las políticas
públicas nacionales dirigidas a mejorar la salud sexual y reproductiva de las y los
jóvenes, en específico en relación la Educación Sexual impartida por la Secretaría
de Educación Pública.
México: Informe de Ejecución del Programa de Acción de la Conferencia
Internacional sobre la Población y el Desarrollo, 1994-2003.
Comité Técnico para la revisión de avances. Secretaría de Gobernación,
Secretaría de Relaciones Exteriores, Consejo Nacional de Población, Senado de
la República LIX Legislatura y Cámara de Diputados LIX Legislatura. México,
Marzo del 2004. P.225
En 1999, la Asociación Mundial de Sexología pronunció la Declaración Universal
de los Derechos Sexuales de Hong Kong. Dicha Declaración señala que la
sexualidad es parte integral del ser humano, y que para el pleno desarrollo de la
persona es necesario la satisfacción de necesidades básicas, como el contacto, la
intimidad, la expresión emocional, el placer, la ternura y el amor. También señala
que la sexualidad se construye a través de la interacción entre el individuo y las
estructuras sociales. Refiere que los derechos sexuales residen básicamente en
los derechos humanos a la libertad, dignidad, salud e igualdad. A los cuales habría
que agregar el derecho a no ser discriminado. En este orden de ideas, los
derechos que se contextualizaron en el marco de esta Declaración son. El derecho
a la libertad sexual. El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del
cuerpo. El derecho a la privacidad sexual. 4. El derecho a la equidad sexual. El
derecho al placer sexual. El derecho a la expresión sexual emocional. El derecho
a la libre asociación sexual. . El derecho a la toma de decisiones reproductivas,
libres y responsables. . El derecho a información basada en el conocimiento
científico. . El derecho a la educación sexual integral.
Si bien la interrupción voluntaria del embarazo no está totalmente despenalizada
en todo el país, sí forma parte del artículo 4 de la constitución en el que se
menciona que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable
e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos, lo cual permite a las
mujeres decidir interrumpir o no un embarazo
Por otro lado en el tema de VIH es importante hacer énfasis en que las y los
jóvenes son uno de los sectores más vulnerables a la infección por VIH, esto a
causa de que cuenta con poco acceso a información para prevenir la infección por
VIH y también por un limitado acceso condones. Se estima que 33.2 millones de
personas vivían con VIH durante el 2007, de las cuales 5.4 millones eran jóvenes
entre 15 y 24 años. El 40% de las nuevas infecciones corresponden a jóvenes
entre 15 y 24 y de estas nuevas infecciones la mayoría corresponden a mujeres.
Una de las principales estrategias para prevenir el VIH es la promoción del uso del
condón así como el acceso al mismo, sin embargo existen grupos conservadores
que se oponen al uso del mismo:
“En muchos países donde se ha luchado por establecer el acceso a servicios
integrales para prevenir la transmisión sexual del VIH, la presión de los donantes
extranjeros, grupos religiosos conservadores y otras fuerzas ideológicas han dado
como resultado que se restringa la información que enfatiza el sexo seguro y el
uso del condón. Esto ha traído como consecuencia que se les niegue a los
jóvenes la información sobre la transmisión del VIH que pudiera salvar sus vidas;
que se les niegue a las mujeres el acceso a información y servicios de salud
reproductiva; y que se les niegue a hombres y mujeres la disponibilidad de
condones e información completa sobre el VIH.
Los Derechos Sexuales y Reproductivos como Derechos Humanos han recorrido
un largo camino en ser reconocidos internacionalmente. Su avance ha sido de
gran magnitud que los Derechos tanto Sexuales como Reproductivos son ahora
tomados como referencia en temas de planificación familiar, en derechos
fundamentales de los individuos y en el desarrollo del área de salud y economía
en cada país del mundo. Desafortunadamente, en México aún falta la
implementación de políticas públicas que alberguen y protejan estos derechos, los
temas del aborto seguro y la igualdad de la sexualidad y la reproducción aún son
tópicos que necesitan ser analizados y actualizados en el tema de la reformas a la
Constitución. Todo ello, implica no sólo debates, sino también acciones que
respalden los Derechos que como ciudadanos, hombres o mujeres necesitan para
mejorar su calidad de vida y de toma de decisiones.
Como todo derecho humano, los derechos sexuales y reproductivos parten de
características fundamentales del ser humano, las cuales se relacionan con una
dimensión estructural y tienen que ver con su libertad y la capacidad de decidir, de
disfrutar y sentir el placer, así como de vivir la sexualidad acorde a los deseos,
gustos y preferencias sexuales. Los derechos sexuales y los derechos
reproductivos son producto de derechos fundamentales universalmente
reconocidos y de experiencias particulares e históricas, de realidades concretas y
dinámicas. Son entonces, derechos humanos, enriquecidos con demandas y
propuestas de movimientos sociales, con el reconocimiento de necesidades de
diversos contextos demográficos y con el avance científico. El reconocimiento de
su universalidad es aún parcial en las normatividades nacionales e internacionales
y en la misma sociedad. Cabe señalar, que el proceso ha ido gestándose desde
las reivindicaciones de los movimientos sociales, las luchas feministas, de
diversidad sexual y de género, si bien es cierto, hay enormes avances alcanzados.
Se han encontrado importantes niveles de reconocimiento en las conferencias
internacionales de Naciones Unidas, como las conferencias de Viena, el Cairo y
Beijing, en donde se ha introducido un nuevo paradigma de debate sobre las
relaciones entre población, desarrollo y derechos. Analizando al mismo tiempo
temas de discriminación y la necesidad del reconocimiento de libertades y las
condiciones para su realización. Pero aún con estos avances, no se han podido
desarticular los arreglos sexuales antidemocráticos, ni se ha logrado desplazar el
control que las instituciones religiosas y estatales ejercen sobre la sexualidad, la
reproducción y el placer de los cuerpos.
Salud para los adolecentes
La educación sobre la sexualidad y las
relaciones basada en un currículo debería
iniciar temprano en la escuela primaria e
intensificarse en los niveles más altos de ésta
y de la educación media.18 A los 12 años,
más del 85 por ciento de la totalidad de niñas
y niños en los países en desarrollo ya están
en la escuela. Sin embargo, la asistencia
puede disminuir rápidamente después de esa
edad, lo cual profundiza las desigualdades
basadas en el género, los medios económicos
del hogar y la residencia rural-urbana.
Los programas que hacen énfasis en la
abstinencia sexual como una opción positiva
para niñas y niños menores de 15 años
(asumiendo que tal opción sea posible)
también deberían brindar información precisa
y no prejuiciosa sobre la prevención de ITS/VIH y del embarazo.
Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que
inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la
sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones
íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar
habilidades para la negociación y la toma de decisiones.
Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades
prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar
decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse
contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias,
escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios
seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de
confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios
positivos en sus actitudes y conductas.
Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud
sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH,
condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes
jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por
completo. En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que
restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los
servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de
conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los
propios proveedores.
Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias
decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son
disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar
información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los
daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si
llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida.
Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y
otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los
proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios,
indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les
debería respetar sin discriminación por motivos de
edad, género o estado civil.
Otras respuestas políticas y programáticas: Las
intervenciones encaminadas a promover la salud y
los derechos sexuales y reproductivos de
adolescentes jóvenes son necesarias en diversos
lugares-no sólo en las escuelas y los servicios de
salud sino además en los niveles nacional y estatal
del gobierno, en las comunidades, barrios y familias.
Es una prioridad urgente la eliminación de todas las
formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños,
dondequiera que ocurran, y del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes
se necesita prestar una mayor atención a especificar las necesidades de diversos
grupos de jóvenes con el fin de diseñar e implementar programas integrales que
desarrollen sus habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base
de conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de
docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal
encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que
respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes
jóvenes.
Existe en nuestro país la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las y
los jóvenes, es producto de un esfuerzo conjunto de diversas organizaciones de la
sociedad civil y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y basada en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos
instrumentos internacionales y enmarca los siguientes derechos:
 Derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.
 Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.
 Derecho a manifestar públicamente mis afectos.
 Derecho a decidir con quién compartir mi vida sexual y mi sexualidad.
 Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.
 Derechos a vivir libre de violencia sexual.
 Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.
 Derecho a la libertad reproductiva.
 Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.
 Derecho a vivir libre de toda discriminación.
 Derecho a la educación sexual.
 Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.
 Derecho a la participación en las políticas sobre sexualidad.
Legislación internacional sobre derechos
humanos – ONU
Los derechos sexuales y el derecho a la
sexualidad se deriva básicamente de la legislación
internacional sobre derechos humanos y en
concreto de la protección a la no discriminación
por sexo así como el derecho a la salud que se
reconoce en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
Derecho a la orientación sexual - Reconocido en el
preámbulo de los Principios de Yogyakarta.
Capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y
sexual, y las relaciones íntimas y sexuales con personas de un sexo diferente o
del mismo sexo, o más de una género.
No discriminación por orientación sexual - Reconocida en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos (DUDH) y también en el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). La DUDH establece la no discriminación en
su artículo 2:
DUDH. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción
alguna en función de la condición política, jurídica o internacional del país o
territorio al que pertenece una persona, ya sea independiente, fiduciaria, no
autónomo o bajo cualquier otra limitación de soberanía.
PIDCP .Cada Estado Parte en el presente Pacto se compromete a respetar ya
garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos
a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción
alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición social.
Los derechos sexuales se encuentran, en parte, reconocidos en las declaraciones
de la ONU sobre los derechos reproductivos y salud reproductiva.1 2 3
Los derechos reproductivos son aquellos que buscan proteger la libertad y
autonomía de todas las personas para decidir con responsabilidad si tener hijos o
no, cuántos, en qué momento y con quién. Los derechos reproductivos dan la
capacidad a todas las personas de decidir y determinar su vida reproductiva.2 Los
derechos reproductivos, al igual que los derechos humanos, son inalienables y no
están sujetos a discriminación por género, edad o raza.
El origen del concepto de Derechos Reproductivos, en el marco de Naciones
Unidas y la Organización Mundial de la Salud aparece en la Conferencia de
Teherán de 1968 y en la definición de Bucarest (Conferencia sobre Población de
1974) como un derecho fundamental tanto de las parejas como de los individuos.
La inclusión e integración de la planificación familiar dentro del campo de los
derechos reproductivos y de la salud reproductiva se produce por primera vez en
la Conferencia Internacional para mejorar la salud de las Mujeres y los Niños por
medio de la Planificación Familiar, en Nairobi, Kenia, (5 a 9 de octubre de 1987).2
El Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo, celebrada en El Cairo en septiembre de 1994 da esta definición de los
derechos reproductivos:
Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están
reconocidos en leyes nacionales, documentos internacionales sobre derechos
humanos y en otros documentos aprobados por consenso. Estos derechos se
basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a
decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los
nacimientos y a disponer de la información y de los medios para ello, así como el
derecho a alcanzar el nivel más elevado de
salud sexual y reproductiva. También incluye el
derecho a adoptar decisiones relativas a la
reproducción sin sufrir discriminación,
coacciones o violencia, de conformidad con lo
establecido en los documentos de derechos
humanos.
La Salud y los Derechos Sexuales y Reproductivos de Adolescentes Jóvenes
Adolescentes de 10 a 14 años de edad conforman el 9 por ciento de la población
mundial y hasta el 15 por ciento en algunos países de ingresos bajos y medios.
Reconocer las realidades de las vidas de las y los adolescentes jóvenes—y
particularmente su necesidad de conocer sus cuerpos, así como sus derechos y
responsabilidades sexuales-es crucial para sentar las bases de una transición
segura desde la adolescencia hasta la vida adulta. Sin embargo, los comentarios
sobre la salud y las conductas sexuales y reproductivas de adolescentes o
personas adultas jóvenes a menudo se refieren a quienes se encuentran entre los
15 a 19 o 15 a 24 años, y es para estos grupos de mayor edad que típicamente se
diseñan programas y políticas. Este cuadernillo informativo, centrado en aquellos
aspectos de las vidas sexuales y reproductivas de adolescentes jóvenes que no
reciben atención ni información, procura iluminar el diseño de políticas y la
programación para esta crucial nueva generación.
Los derechos sexuales y los derechos reproductivos tienen un punto en común:
hacen referencia a nuestros cuerpos, respecto a la sexualidad y reproducción. Y
tomando en cuenta que nuestro cuerpo es un territorio individual, es muy
importante que nuestras decisiones sean autónomas e informadas y estas sean
respetadas por el Estado y las demás personas.
Aquí encontrarás algunos de nuestros derechos. Es importante conocerlos,
comprenderlos y sobre todo ejercerlos.
1El Derecho a la Libertad Sexual: Es la expresión de la sexualidad de la forma
como lo desees, como te haga sentir mejor, sin que nadie se aproveche, o trate de
explotarte o abusar de ti.
2. El Derecho a la Autonomía Sexual, Integridad Sexual y Seguridad del Cuerpo
Sexual: Es la posibilidad de tomar decisiones autónomas sobre tu vida sexual, en
un contexto de tu propia ética personal y social, incluye el control y el placer de
nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación o de violencia de cualquier tipo.
3. El Derecho a la Privacidad Sexual: Es el derecho a tomar decisiones
individuales sobre tus comportamientos
sexuales, disfrutando de todo aquello que te
haga sentir bien, es importante tener en
cuenta que estos comportamientos no deben
interferir con los derechos sexuales de otros u
otras.
4. El Derecho a la Equidad Sexual: Se refiere
a la oposición a todas las formas de
discriminación, independientemente del sexo,
orientación sexual e identidad de género.
5. El Derecho al Placer Sexual: Es el derecho
a disfrutar del ejercicio de tu sexualidad, incluyendo el autoerotismo.
6. El Derecho a la Expresión Sexual Emocional: Es el derecho a expresar nuestra
sexualidad a través de la comunicación, el contacto y el amor. La expresión sexual
es más que el placer erótico de los actos sexuales.
7. El Derecho a la Libre Asociación Sexual: Significa la posibilidad de casarse, de
divorciarse o de convivir y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales.
8. El Derecho a planificar en forma libre y responsable: Es el Derecho que toda
persona tiene a decidir sobre tener hijos, hijas o no, el número y el espaciamiento
entre ellos. En este derecho está incluido el acceso y a la información veraz de
todos los métodos de regulación de la fertilidad.
9.El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico: Es el derecho a
saber todo sobre tu sexualidad y la forma como vivirla a plenitud, disfrutarla con
amor y cuidado para tu salud, con información que debe ser generada a través de
un proceso científico y ético y difundido en formas apropiadas en todos los niveles
sociales.
10.El Derecho a la Educación Sexual Integral-Comprensiva: Es el derecho que
todos y todas tenemos a conocer y comprender mejor nuestro cuerpo y
sexualidad, a estar informado sobre el funcionamiento y las respuestas que este
tiene a estímulos, este proceso dura toda la vida, desde el nacimiento, e involucra
la responsabilidad de todos y todas.
11. El Derecho al Cuidado de la Salud Sexual: El cuidado de la salud sexual debe
estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas,
preocupaciones y desórdenes sexuales.
Revisemos el desarrollo histórico del reconocimiento de los derechos sexuales y
los derechos reproductivos en los diversos foros internacionales: En la Primera 3 3
Conferencia Internacional de Derechos Humanos, la Conferencia de Derechos
Humanos de Teherán (1968) se señaló que el derecho a la reproducción era un
derecho de los padres. Posteriormente en la Conferencia sobre Población de
Bucarest (1974) se especificó que se trataba de un derecho de las parejas e
individuos. En tanto, la Primer Conferencia sobre la Mujer, celebrada en México
(1975) con motivo al Año Internacional de la Mujer, abordaba el tema desde la
perspectiva del derecho a la integridad corporal y al control de las mujeres sobre
su capacidad reproductiva. El término derechos reproductivos, al parecer fue
acuñado a finales de la década de los setenta por la feminista estadunidense
Marge Berer, pero su legitimidad social y política inició a mediados de los ochenta
con la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam y la
Conferencia Internacional de Población en México, ambas de 1984. No fue sino
hasta 1994, en El Cairo, con la Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo (CIPD), auspiciada por las Naciones Unidas, que fueron
conceptualizados los derechos reproductivos en su Programa de Acción.
Derechos de las mujeres y los hombres a tener control respecto de su sexualidad,
a decidir libre y responsablemente sin verse sujetos a la coerción, la
discriminación y la violencia; el derecho de todas las parejas e individuos a decidir
de manera libre y responsable el número y espaciamiento de sus hijos y a
disponer de la información, la educación y los medios para ello, así como a
alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. Estos derechos
reproductivos se basan en el principio básico de todas las parejas e individuos a
decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los
nacimientos y el intervalo entre estos, a disponer de la información y los medios
para ello, y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y
reproductiva. Definición reelaborada de la originalmente hecha por el movimiento
feminista, que formuló en los años 70 los derechos sexuales y reproductivos de las
mujeres como el derecho de éstas, a controlar su cuerpo, regulando su sexualidad
y capacidad 4 4 reproductiva, sin imposiciones, coerciones o violencia por parte de
los hombres. Así como la exigencia de que éstos asuman su responsabilidad por
el ejercicio de su sexualidad. También incluía su derecho a adoptar decisiones
relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacción ni violencia. Hace
hincapié en la igualdad entre los sexos, así como en la enseñanza y servicios para
adolescentes, con el fin de que asuman su sexualidad de modo positivo y
responsable.
¿POR QUÉ CENTRAR LA ATENCIÓN EN ADOLESCENTES JÓVENES?
La adolescencia temprana marca el inicio de la pubertad, con todos los cambios
fisiológicos y emocionales que este periodo entraña, como el rápido crecimiento
físico, el surgimiento de excitación e intereses sexuales, además de la maduración
del cuerpo sexual. Es un tiempo de intensa socialización de actitudes y conductas
marcadas por el género. Niños y niñas de esta edad tienen una elevada capacidad
para el entusiasmo, la energía y el idealismo; está aumentando su competencia
social e intelectual. A la vez, se enfrentan a varios riesgos para su salud sexual y
reproductiva cuya naturaleza, causas y consecuencias son profundamente
determinadas por el género.
En la mayoría de los países en desarrollo, las chicas están ahora madurando
físicamente a edades más tempranas
que antes, debido a mejoras en su
nutrición y sus condiciones de vida. En
lugares tan diversos como Brasil, Chile,
República Dominicana, México,
Venezuela, Egipto, Irán, India, Indonesia
y Tailandia, niñas de estratos
socioeconómicos más altos están
empezando a menstruar a una edad
promedio de 12.5 años o menor-la
misma edad (o incluso más temprana)
que de las jóvenes europeas y
norteamericanas. Los primeros signos visibles de la maduración sexual, como el
crecimiento de los senos, pueden aparecer ya a los nueve o diez años.
El inicio de la menstruación es un indicador muy deficiente de la preparación
fisiológica o psicológica de una niña para el coito. Su crecimiento esquelético y
muscular aún no está completo, y por lo general es después del inicio de la
menstruación que suele ocurrir el aumento de peso y altura, el desarrollo pleno de
la pelvis, los senos y el útero, así como la maduración y lubricación del cuello
uterino y la vagina.
El coito previo a la maduración plena de una niña puede ser muy doloroso-
especialmente si es pequeño, la corta profundidad y falta de elasticidad y
lubricación de la vagina, además del impacto emocional que puede ocasionar
cuando se recurre a la violencia. Las abrasiones y rasgaduras incrementan el
riesgo de que una niña contraiga ITS tales como sífilis, el virus del papiloma
humano (VPH) y el VIH de un compañero sexual infectado.
El embarazo precoz, antes de que los huesos pélvicos y el canal de nacimiento se
desarrollen plenamente, expone a las niñas a riesgos más elevados de tener un
aborto espontáneo en los primeros meses de la gestación y a complicaciones
obstétricas como hipertensión inducida por el embarazo, un trabajo de parto
prolongado y obstruido, rasgaduras vaginales, fístula obstétrica, hemorragia
posparto y muerte materna. También es causa de parto prematuro, bajo peso al
momento del nacimiento, muerte fetal y muerte del recién nacido.
En promedio, los varones inician la pubertad y entran a la fase de desarrollo de
máximo crecimiento en altura y peso corporal, como también en capacidad
cognitiva, alrededor de 1.5 años más tarde que las niñas. La primera eyaculación
consiente de los niños, entre los 13 y 15 años de edad, por lo general se considera
un indicador de la pubertad masculina, equivalente al inicio de la menstruación en
las niñas. Los fuertes impactos hormonales de testosterona durante la pubertad
afectan la conciencia y excitación sexuales de los varones y se asocian a nociones
socialmente construidas acerca de la dominación y toma de riesgos masculinas en
maneras complejas que se refuerzan unas a otras.
Adolescentes jóvenes de ambos sexos, pero especialmente las niñas, son
vulnerables a violaciones de sus derechos sexuales por parte de sus pares y
personas adultas, incluyendo miembros de sus propias familias. Al mismo tiempo,
el deseo de que la sociedad les acepte, combinado con nociones de infalibilidad,
conduce a algunos, sobre todo los varones, a involucrarse en conductas sexuales
y otros comportamientos de riesgo con una impresionante desconsideración de las
consecuencias para sí mismos/as y otras personas.
La suposición de que niños y niñas menores de 15 años son “demasiado jóvenes”,
y por lo tanto no necesitan información ni servicios en materia de salud sexual y
reproductiva, ignora estas realidades y les niega a los conocimientos y habilidades
prácticas que necesitan para protegerse a sí mismos/as y proteger a sus parejas
contra ITS/VIH, embarazos, aborto o parto inseguro, así como abuso sexual o
violencia. Las y los adolescentes jóvenes tienen el derecho a recibir información,
educación y servicios de salud integrales, además de otros apoyos sociales y
legales, durante esta etapa altamente formativa de sus vidas.
INICIO TEMPRANO DE LA ACTIVIDAD SEXUAL
Son escasas las evidencias de lo que las y los adolescentes saben, sienten, creen
y hacen (o de lo que se les hace) en lo concerniente a sus cuerpos e intereses
sexuales emergentes. La investigación sobre actitudes y conductas sexuales es
sumamente delicada e incluso tabú en algunos países, y con frecuencia madres y
padres, docentes, formuladores de políticas, proveedores de cuidados de salud y
otros guardianes de la sociedad se oponen a esas indagaciones. Aun así, han
surgido algunos hallazgos interesantes.
Estudios cualitativos realizados en diversos lugares han revelado que los varones
adolescentes, y a veces las chicas, consideran las actividades sexuales
participativas que incluyen sexo oral o anal como “juego”, “diversión” o “nada
especial”. Más aun, las niñas y algunos niños son especialmente vulnerables a la
coerción sexual durante la adolescencia.11 Las normas de género referidas a la
conducta masculina también pueden alentar a los varones a ser perpetradores a
esta edad. La exposición a coerción y violencia sexuales, que se asocia a
tensiones y privaciones sociales, económicas y personales en la familia y la
comunidad, puede contribuir a episodios subsiguientes de relaciones sexuales no
consensuadas y desprotegidas, múltiples parejas sin protección, ITS/VIH,
embarazo no deseado, una autoestima dañada y otras consecuencias físicas,
sociales y emocionales negativas.
Encuestas Demográficas y de Salud (DHS) llevadas a cabo en unos 60 países en
desarrollo muestran que el 25 por ciento o más de las jóvenes entre 15 y 19 años
iniciaron el coito vaginal heterosexual antes de los 15 años (casi todas ellas dentro
del matrimonio) en Níger, Guinea, la República Centroafricana, Mozambique y
Bangladés, así como el 10 por ciento o más (dentro o fuera del matrimonio) en
numerosos países del África subsahariana, India, una gran parte de América
Latina y el Caribe, además de Suecia y los Estados Unidos.
Entre varones de 15 a 19 años, el 25 por ciento o más tuvo coito antes de los 15
años en Gabón (48 por ciento), Mali, Zambia, Malaui, Kenia y Namibia, como
también en Haití, Nicaragua, Jamaica, Brasil y los Estados Unidos; el 10 por ciento
o más lo tuvo en muchos otros países. Estudios realizados en Jamaica, Brasil y
los Estados Unidos revelan cifras sustanciales de varones pertenecientes a
hogares de bajos ingresos que tuvieron relaciones sexuales (o afirmaron haberlas
tenido) a los 12 años o antes.
Adicionalmente, por lo menos una de cada diez chicas entre 15 y 19 años ya
estaba casada o viviendo en unión informal a la edad de 14 años o menos en
Níger, Bangladés, India, Nepal, la República Dominicana y Nicaragua, lo cual las
exponía a un riesgo particularmente alto de embarazos precoces que
representaban una amenaza para su vida.
¿QUÉ SABEN LAS Y LOS ADOLESCENTES JÓVENES?
La mayoría de investigaciones que indagan acerca de los conocimientos, actitudes
y prácticas de adolescentes jóvenes (usualmente entre los 12 y 14 años) en
materia de sexualidad y reproducción revela una generalizada falta de
información, habilidades y preparación cognitiva para las relaciones sexuales entre
los grupos más jóvenes. Aunque adolescentes de mayor edad también necesitan
más información sobre su salud y sus derechos sexuales y reproductivos, las y los
menores presentan mayores probabilidades de tener:
Una comprensión limitada de los significados de algunas preguntas que les fueron
formuladas, así como una considerable desinformación acerca de varias prácticas
sexuales y los riesgos que éstas conllevan;
Niveles más bajos de información y numerosas nociones erróneas sobre las
formas de prevenir el embarazo y los métodos anticonceptivos;
Información proveniente de adolescentes igualmente desinformados/as o de
hermanos/as o primos/as un tanto mejor informados/as, y no de fuentes
mediáticas o personas adultas de confianza;
Muchos conocimientos sobre el VIH/SIDA pero muy pocos acerca de los síntomas,
vías de transmisión y prevención del VIH y otras ITS;
Una limitada comprensión del concepto de salud reproductiva y bajos niveles de
información sobre anatomía y fisiología reproductiva;
Un uso muy infrecuente del condón y escaso conocimiento de dónde obtenerlo o
cómo utilizarlo correctamente entre adolescentes que son sexualmente activos/as;
Una mayor tendencia, en varones jóvenes, a mencionar las presiones de sus
amigos, la gratificación personal o la curiosidad, en vez de los vínculos con sus
novias, como la razón para tener relaciones sexuales;
Una mayor probabilidad, entre niñas y niños más jóvenes, de que su actividad
sexual hubiera sido iniciada contra su voluntad o por coerción de una persona
mayor;
Un mayor apego a los roles y normas de género tradicionales en torno a la
conducta sexual; y
Una menor sensación de auto-eficacia en lo concerniente al derecho a decidir
sobre sus propios cuerpos.
Adolescentes jóvenes de ambos sexos en prácticamente todos los países y
grupos sociales desean aprender acerca de los cambios que sus cuerpos están
experimentando, sus capacidades sexuales y reproductivas, como también del
amor y las relaciones románticas. Por ejemplo, un programa de Educación en
Salud Reproductiva para adolescentes de 12 años y mayores en Bangladés reveló
que tanto los varones como las chicas querían saber sobre la menstruación, el
embarazo, las ITS y el VIH, la planificación familiar, el deseo sexual masculino y
femenino, el amor romántico y la elección de pareja, aun cuando a muchas
personas jóvenes se les escogerá una pareja.
RESPUESTAS POLÍTICAS Y PROGRAMÁTICAS
Los acuerdos internacionales afirman que todas las personas adolescentes-
incluyendo las más jóvenes-tienen el derecho a recibir servicios, orientación y
asesoramiento claramente apropiados para ese grupo de edad sobre la salud
sexual y reproductiva que les permitan asumir su sexualidad de modo positivo y
responsable.17 La educación formal e informal debería promover relaciones
basadas en la igualdad de género y el respeto mutuo, además de posibilitar que
las y los adolescentes se protejan contra embarazos tempranos y no deseados,
ITS/VIH, así como el abuso sexual y la violencia.
De conformidad con tales acuerdos, el acceso de las y los adolescentes a
información y servicios no deberá ser restringido por barreras legales, regulatorias
o sociales discriminatorias basadas en la edad o el estado civil, ni por las actitudes
negativas de los proveedores de cuidados de salud. Todos los programas deben
resguardar el derecho de las y los adolescentes a la privacidad, la
confidencialidad, el respeto y el consentimiento informado.
Educación sobre la sexualidad: En las escuelas y otros ámbitos, incluidos los
programas extraescolares, se necesita
urgentemente una educación efectiva, integral y
continúa sobre la sexualidad que se base en los
principios de los derechos humanos y la igualdad de
género y que responda a las preguntas de las y los
adolescentes jóvenes. Entre los métodos
adicionales de comunicación y aprendizaje se
encuentran los medios impresos (especialmente las
revistas populares para jóvenes); programas de
radio y televisión dirigidos a adolescentes; líneas
telefónicas para preguntas y respuestas, así como
la Internet.
La educación sobre la sexualidad y las relaciones
basada en un currículo debería iniciar temprano en
la escuela primaria e intensificarse en los niveles
más altos de ésta y de la educación media.18 A los
12 años, más del 85 por ciento de la totalidad de
niñas y niños en los países en desarrollo ya están
en la escuela.19 Sin embargo, la asistencia puede
disminuir rápidamente después de esa edad, lo cual
profundiza las desigualdades basadas en el género,
los medios económicos del hogar y la residencia rural-urbana.20
Los programas que hacen énfasis en la abstinencia sexual como una opción
positiva para niñas y niños menores de 15 años (asumiendo que tal opción sea
posible) también deberían brindar información precisa y no prejuiciosa sobre la
prevención de ITS/VIH y del embarazo.
Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que
inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la
sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones
íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar
habilidades para la negociación y la toma de decisiones.21
Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades
prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar
decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse
contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias,
escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios
seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de
confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios
positivos en sus actitudes y conductas.
Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud
sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH,
condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes
jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por
completo.22 En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que
restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los
servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de
conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los
propios proveedores.
Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias
decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son
disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar
información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los
daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si
llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida.23
Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y
otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los
proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios,
indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les
debería respetar sin discriminación por motivos de edad, género o estado civil.24
Otras respuestas políticas y programáticas: Las intervenciones encaminadas a
promover la salud y los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes
jóvenes son necesarias en diversos lugares-no sólo en las escuelas y los servicios
de salud sino además en los niveles nacional y estatal del gobierno, en las
comunidades, barrios y familias. Es una prioridad urgente la eliminación de todas
las formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños, dondequiera que ocurran, y
del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes se necesita prestar una
mayor atención a especificar las necesidades de diversos grupos de jóvenes con
el fin de diseñar e implementar programas integrales que desarrollen sus
habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base de
conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de
docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal
encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que
respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes
jóvenes.25 La documentación meticulosa de esos esfuerzos-incluyendo
investigaciones de línea de base y evaluaciones sistemáticas de sustancia,
procesos y resultados-puede ayudar a construir la base de evidencias para la
siguiente generación de políticas y programas de salud sexual y reproductiva, de
la cual dependerá el futuro de tantas personas adolescentes jóvenes.
LOS DERECHOS SEXUALES HACEN REFERENCIA A NUESTRO CUERPO
Otro punto no contextualizado en estos instrumentos y ligado al derecho a la salud
de la familia y a los derechos reproductivos, es la necesidad de reconocer la
libertad del ser humano de decidir tener o no hijos e hijas. La denominación
derechos reproductivos fue adoptada en la Reunión Internacional sobre Mujeres y
Salud en Ámsterdam (1984). Hecho que repercutió en un movimiento mundial, en
donde las mujeres buscaban ampliar los alcances del concepto de derechos
humanos. Casi una década después, en 1993, en la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos en Viena, los Estados aceptaron considerar como una
violación a los derechos humanos, toda infracción de los derechos específicos de
las mujeres. La iniciativa y participación de las mujeres en dicha Conferencia
produjo un cambio trascendental en la teoría de los derechos humanos,
estableciéndose que los derechos humanos pueden disfrutarse tanto en lo público
como en lo privado, y por lo tanto, pueden violarse en ambos ámbitos. Por lo tanto,
los derechos humanos son universales, interdependientes e indivisibles. Uno de
los aportes más significativos de la Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo fue el llamado a los hombres a ocupar una conducta sexual
responsable, así como a participar en todas las esferas de la vida familiar, el
cuidado de los hijos y las labores domésticas. Sus responsabilidades incluyen la
provisión de apoyo financiero a los hijos y la familia, particularmente en los casos
de abandono. De igual forma, la conferencia, al conceptualizar la salud
reproductiva, como una categoría que replantea la forma de analizar la salud y la
reproducción, sentó las bases para el reconocimiento de los derechos sexuales y
los derechos reproductivos. 5 5 Por lo tanto, el reconocimiento internacional de los
derechos sexuales –aunque no bajo esa denominación– se concretó en la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada del 4 al 15 de septiembre de 1995
en Beijing, en donde participaron representantes de 189 Estados, entre ellos
México. La Plataforma de Acción de la conferencia reconoce los derechos
reproductivos consensuados en El Cairo en 1994 y señala que los derechos
humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones
relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y el derecho a
decidir libremente sobre ello, sin verse sujeta a coerción, discriminación o
violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre en cuanto a las
relaciones sexuales y la reproducción, implican el pleno respeto de la integridad de
la persona, exigen respeto, el consentimiento recíproco y la voluntad de asumir
conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento
sexual.
La educación sobre la sexualidad y las relaciones basada en un currículo debería
iniciar temprano en la escuela primaria e intensificarse en los niveles más altos de
ésta y de la educación media.18 A los 12 años, más del 85 por ciento de la
totalidad de niñas y niños en los países en desarrollo ya están en la escuela.19
Sin embargo, la asistencia puede disminuir rápidamente después de esa edad, lo
cual profundiza las desigualdades basadas en el género, los medios económicos
del hogar y la residencia rural-urbana.
Los programas que hacen énfasis en la abstinencia sexual como una opción
positiva para niñas y niños menores de 15 años (asumiendo que tal opción sea
posible) también deberían brindar información precisa y no prejuiciosa sobre la
prevención de ITS/VIH y del embarazo.
Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que
inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la
sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones
íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar
habilidades para la negociación y la toma de decisiones.
Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades
prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar
decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse
contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias,
escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios
seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de
confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios
positivos en sus actitudes y conductas.
Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud
sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH,
condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes
jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por
completo. En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que
restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los
servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de
conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los
propios proveedores.
Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias
decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son
disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar
información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los
daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si
llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida.2
Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y
otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los
proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios,
indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les
debería respetar sin discriminación por motivos de edad, género o estado civil.
Otras respuestas políticas y programáticas: Las intervenciones encaminadas a
promover la salud y los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes
jóvenes son necesarias en diversos lugares-no sólo en las escuelas y los servicios
de salud sino además en los niveles nacional y estatal del gobierno, en las
comunidades, barrios y familias. Es una prioridad urgente la eliminación de todas
las formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños, dondequiera que ocurran, y
del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes se necesita prestar una
mayor atención a especificar las necesidades de diversos grupos de jóvenes con
el fin de diseñar e implementar programas integrales que desarrollen sus
habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base de
conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de
docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal
encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que
respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes
jóvenes.
La documentación meticulosa de esos esfuerzos-incluyendo investigaciones de
línea de base y evaluaciones sistemáticas de sustancia, procesos y resultados-
puede ayudar a construir la base de evidencias para la siguiente generación de
políticas y programas de salud sexual y reproductiva, de la cual dependerá el
futuro de tantas personas adolescentes jóvenes.
Enfermedades de transmisión sexual en la adolescencia
Las enfermedades de transmisión sexual (ETS), alguna vez llamadas
enfermedades venéreas, se definen como un grupo de enfermedades causadas
por diversos agentes infecciosos que se adquieren por la actividad sexual.
Las enfermedades de transmisión sexual afectan a mujeres y a hombres de todos
los estratos socioeconómicos y razas. Son más comunes en los adolescentes y
los adultos jóvenes.
La incidencia de las ETS está en aumento,
en parte debido a que en las últimas
décadas, las personas jóvenes tienen
actividad sexual más tempranamente y se
casan más tardíamente. Como resultado, las
personas sexualmente activas hoy en día
tienen más probabilidad de tener muchas
parejas sexuales durante sus vidas y por lo
tanto tienen más riesgo de desarrollar
enfermedades de transmisión sexual.
La mayoría del tiempo, las ETS no causan
síntomas, particularmente en las mujeres.
Sin embargo, aun cuando no causan
síntomas, una persona infectada puede
transmitir la enfermedad a su pareja sexual.
Los problemas de salud causados por las ETS tienden a ser más severos y
frecuentes en mujeres que en hombres, en parte debido a que la infección es
asintomática en las mujeres y no acuden al médico hasta que ya han desarrollado
complicaciones.
Cuando se diagnostican y se tratan tempranamente, muchas de las ETS pueden
ser curadas efectivamente.
VIH
El SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida) se reportó primeramente en
los Estados Unidos en 1981. Es causado por un virus que se llama VIH o virus de
la inmunodeficiencia humana, un virus que destruye la capacidad del cuerpo para
defenderse de una infección.
Se estima que alrededor de 900,000 personas en los Estados Unidos actualmente
están infectados con el VIH.
Las personas con SIDA son muy susceptibles a tener muchas enfermedades
peligrosas llamadas infecciones oportunistas y ciertas formas de cáncer. La
transmisión del virus ocurre principalmente durante la actividad sexual y al
compartir agujas para inyectar drogas intravenosas.
Infección por clamidia
Esta infección es ahora la más común de todas las ETS bacterianas. La infección
por clamidia puede causar una secreción genital anormal y ardor al orinar.
En las mujeres, la infección por clamidia no tratada puede llevar a complicaciones
como la enfermedad inflamatoria pélvica, una de las causas más comunes del
embarazo ectópico e infertilidad en las mujeres.
En muchas personas, la infección por clamidia no provoca síntomas. Una vez
diagnosticada la infección por clamidia, la persona afectada puede curarse con
antibiótico.
Herpes genital
La infección por herpes es causada por el virus del herpes simple (VHS). Los
síntomas principales de una infección por herpes son ampollas dolorosas en el
área genital. Estas pueden provocar una sensación de comezón o picor en las
piernas, nalgas o región genital.
Las ampollas del herpes generalmente desaparecen en 2 o 3 semanas, pero el
virus permanece en el cuerpo por vida y las lesiones pueden reaparecer con el
tiempo. Algunos casos recurrentes o severos de herpes genital pueden ser
tratados con drogas antivirales que requieren prescripción médica.
Estas drogas o medicamentos pueden ayudar a controlar los síntomas pero no a
eliminar el virus del herpes de su cuerpo. Las mujeres que adquieren el herpes
genital durante el embarazo pueden transmitir el virus a sus bebés. La infección no
tratada de herpes genital en bebés puede resultar en retraso mental y muerte.
Verrugas genitales
Las verrugas genitales (también llamadas verrugas venéreas) son causadas por el
virus del papiloma humano o VPH, un virus muy relacionado al virus que causa las
verrugas en la piel. Las verrugas genitales generalmente aparecen como
protuberancias duras que no provocan dolor en el área genital, pene o alrededor
del ano. Si no se tratan, pueden crecer y desarrollar una apariencia como de
coliflor.
Además, de las verrugas genitales, ciertos tipos de VPH pueden causar el cáncer
cervical y otros cánceres cervicales.
Gonorrea
Los síntomas más importantes de la gonorrea son una secreción de la vagina o
pene y dolor o dificultad al orinar. Las complicaciones más serias y comunes de la
gonorrea generalmente ocurren en las mujeres. Estas complicaciones incluyen la
enfermedad inflamatoria pélvica, embarazo ectópico e infertilidad.
Una vez diagnosticada la gonorrea puede ser tratada efectivamente con
antibióticos.
Sífilis
Los primeros síntomas de la sífilis pueden no ser detectados debido a que son
muy leves y desaparecen. Lo primero que aparece es una lesión llamada
“chancro”. Esta lesión no produce dolor y es como una llaga en el pene o en la
vagina o alrededor de la vagina. También puede ocurrir cerca de la boca, ano o
manos. Si la sífilis no se trata, puede avanzar a etapas más avanzadas incluyendo
una erupción o ras y eventualmente complicaciones del corazón y sistema
nervioso central. La penicilina sigue siendo el tratamiento más efectivo para tratar
la sífilis.
Otras enfermedades de transmisión sexual son la tricomoniasis, la vaginosis
bacteriana y las infecciones por citomegalovirus.
¿Qué aumenta el riesgo de contraer una enfermedad de transmisión sexual
para mi hijo?
Su hijo corre un riesgo más alto de enfermedades de transmisión sexual cuando
empieza a ser sexualmente activo. Los siguientes podrían aumentar el riesgo de
enfermedades de transmisión sexual:
Sexo sin protección: El contacto sexual que sucede sin el uso de condones
aumenta el riesgo de enfermedades de transmisión sexual.
Cuerpos que aún no han madurado: El sistema inmune en los niños no ha
alcanzado la madurez adulta, lo cual conlleva a un riesgo elevado de contraer
enfermedades de transmisión sexual. El cuello del útero de las niñas tampoco ha
alcanzado su madurez y es por lo tanto aún más susceptible a enfermedades de
transmisión sexual.
Género: Las niñas tienen un riesgo más alto de enfermedades de transmisión
sexual como clamidia, VIH, y herpes, sobre todo si se practican duchas vaginales
con frecuencia. Además de correr un riesgo más alto si tienen relaciones sexuales
durante la menstruación.
Comportamientos peligrosos: Su hijo podría ser influenciado por sus amigos,
compañeros de clase, comunidad y los medios de comunicación. Es probable que
no llegue a comprender por completo cuáles son los peligros de ciertos
comportamientos peligrosos. Los comportamientos peligrosos incluyen el uso del
alcohol y las drogas y también incluyen tener múltiples compañeros sexuales.
El derecho a la atención de la salud
sexual.
La creación de la Comisión
Interamericana de la Mujer (CIM) en 1928,
fue el primer esfuerzo en América por
consolidar una institución oficial
intergubernamental que velara por el
reconocimiento de los derechos civiles y
políticos de la mujer. Sin embargo, hasta
la década de los noventa se adoptaron
iniciativas concretas dentro del Sistema
Interamericano para proteger y garantizar de manera más efectiva los derechos de
las mujeres. La Relatoría para la Condición de la Mujer en las Américas en el seno
de la Comisión, fue una iniciativa que surgió en 1994, impulsada por la creciente
concientización de la variedad de formas en que leyes y prácticas impedían a la
mujer el ejercicio pleno y libre de sus derechos. La finalidad de esta Relatoría era
monitorear el cumplimiento por parte de los Estados miembros de la OEA de las
obligaciones internacionales establecidas en los instrumentos regionales sobre
derechos humanos en lo relativo a los derechos de la mujer. El Primer Informe de
la Relatoría para la Condición de la Mujer en las Américas mostró que a pesar de
los cambios positivos en el ámbito normativo que se han llevado a cabo en la
región, aún subsisten problemas graves que afectan la condición legal, social,
política y económica de la mujer. En su informe, la Relatoría emitió
recomendaciones dirigidas a los Estados y tomó decisiones respecto a la manera
en que continuará sus funciones en la promoción y protección de los derechos
humanos de las mujeres. Es importante mencionar que el Protocolo Adicional a la
Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, o Protocolo de San Salvador, reafirma el deseo de reconocer y ampliar
el catálogo de derechos y su protección. Este Protocolo es fundamental para la
protección de los derechos reproductivos de toda mujer, ya que reconoce en su
artículo 10 el derecho de toda persona a gozar del nivel más alto posible de salud
física y mental y establece que los Estados reconocen la salud como un bien
público y mediante un conjunto de medidas 8 8 se cumple con este derecho por
parte de los Estados. Asimismo, establece la obligación de satisfacer las
necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y de aquéllas cuya
pobreza los sitúa en condiciones especiales de vulnerabilidad. En varias instancias
internacionales, luego de Viena, las mujeres participaron aportando sus
investigaciones, propuestas y reclamos, con el objetivo de afirmar y desarrollar lo
ya conquistado: en 1994 en El Cairo, en 1995 en Beijing, además de participar en
redes regionales e internacionales, foros de ONG, etc. En este proceso, se fue
revisando y ampliando el concepto de derechos humanos. La agenda había
estado limitada a los abusos del Estado, desconociendo otros ámbitos. Por lo
tanto, se pone en discusión la ampliación y redefinición del contrato social,
contrato en el que históricamente las mujeres nunca estuvieron presentes, ni en
sus definiciones, ni en su condición de sujetos políticos. La diferencia fue siempre
interpretada como carencia y su resultado fue la desigualdad, una desigualdad
que requería tutela. A pesar de esto, cada día es más evidente la necesidad de
que los acuerdos firmados en las conferencias internacionales sean tenidos en
cuenta en el proceso de vigilancia. Siempre teniendo en cuenta el cumplimiento de
los tratados relativos a derechos humanos, de modo que los gobiernos puedan ser
jurídicamente responsables de las violaciones a los derechos sexuales y los
derechos reproductivos. A medida que avanzó el debate, la investigación y las
acciones de los movimientos de mujeres, así como las intervenciones de
organismos estatales e internacionales en torno a estos derechos, se constataron
las dificultades existentes para definirlos de manera inequívoca. Finalmente, la
ciencia ha logrado separar el ejercicio de la sexualidad y de la reproducción, a
través de las llamadas técnicas de reproducción asistida, como lo son la
inseminación artificial, la fecundación in vitro y la maternidad subrogada. Así,
podemos afirmar que la sexualidad puede o no devenir en la reproducción, y la
reproducción, no requiere un ejercicio previo de la sexualidad.9 9 Por último,
conviene enfatizar en la diferencia entre los derechos sexuales y los derechos
reproductivos. Si bien, existe un punto de conjunción entre sexo y reproducción,
éste se constriñe al ejercicio de la sexualidad heterosexual en parejas en las que
la mujer se encuentra en edad fértil. La tradicional catalogación de los derechos
sexuales dentro de los derechos reproductivos se ha desvanecido, en la medida
que se han propagado prácticas sexuales no reproductivas, como las de
individuos no heterosexuales en distintas etapas de la vida.

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Derechos sexuales y reproducivos de los adolecentes 2 (Hipervinculos)

  • 1. DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LOS ADOLECENTES Integrantes: González Ramírez Diego Hernández Ruiz Josué Rodrigo Grupo: 226 Equipo: 10 19 DE FEBRERO DE 2015
  • 2. Indicé Las personas jóvenestienen derecho ----------------------------------- Salud para los adolecentes-------------------------------------------------- Legislación internacionalsobrederechos humanos – ONU----- La Salud y los Derechos Sexualesy Reproductivos de Adolescentes Jóvenes--------------------------------------------------------- ¿POR QUÉ CENTRAR LA ATENCIÓN EN ADOLESCENTES JÓVENES?------------------------------------------------------------------------- INICIO TEMPRANO DE LA ACTIVIDAD SEXUAL---------------------- ¿QUÉ SABEN LAS Y LOS ADOLESCENTESJÓVENES?---------- RESPUESTAS POLÍTICAS Y PROGRAMÁTICAS--------------------- LOS DERECHOS SEXUALES HACEN REFERENCIA A NUESTRO CUERPO ------------------------------------------------------------------------------------------- Enfermedades de transmisión sexual en la adolescencia -------------
  • 3. Las personas jóvenes tienen derecho:  Decidir de forma libre sobre su cuerpo y su sexualidad.  Ejercer y disfrutar plenamente su vida sexual.  Manifestar públicamente sus afectos.  Decidir con quien compartir su vida y su sexualidad.  Ser respetados en su intimidad y su vida privada.  Vivir libre de violencia sexual.  La libertad reproductiva.  La igualdad de oportunidades y a la equidad.  Vivir libre de toda discriminación.  Recibir información completa, científica y laica sobre la sexualidad.  Recibir educación sexual.  A los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.  Participar sobre las políticas públicas sobre sexualidad. La población adolescente y joven es una prioridad a nivel mundial. La generación actual es la más grande que se haya registrado en la historia de la humanidad. Las condiciones en las que toman decisiones sobre su sexualidad, los elementos y servicios con los que cuentan para ello, así como las oportunidades de educación y desarrollo disponibles, tienen un importante efecto en su calidad de vida y en las tendencias poblacionales de las siguientes décadas. En lo que se refiere a la salud sexual y reproductiva (SSR), los principales riesgos de esta población son: El inicio no elegido, involuntario y/o desprotegido de su vida sexual La exposición a embarazos no planeados, no deseados, o en condiciones de riesgo La exposición a una infección de transmisión sexual (ITS), cuya expresión más dramática es el VIH/Sida A nivel global, una gran cantidad de adolescentes ya son sexualmente activos antes de cumplir 20 años de edad, y la gran mayoría (alrededor del 60%) no utiliza ninguna protección contra el embarazo, ni contra el riesgo de adquirir una ITS o infectarse de VIH. Cada año dan a luz 16 millones de adolescentes en el mundo. El 90% de estos embarazos ocurre en países en desarrollo; 38% sucede en América Latina y el Caribe. Los riesgos de un embarazo en la adolescencia están fuertemente asociados con las desigualdades, la pobreza y la inequidad de género. Las probabilidades de que las adolescentes de entre 15 y 19 años mueran debido a
  • 4. complicaciones durante el embarazo o el parto son dos veces mayores que las de una mujer de 20 a 30 años. En México, las y los jóvenes inician su vida sexual entre los 15 y los 19 años, en promedio. La gran mayoría de ellos (97%) conoce al menos un método anticonceptivo; sin embargo, más de la mitad no utilizaron ninguno en su primera relación sexual. Datos de la Secretaría de Salud muestran que la mayor demanda insatisfecha de métodos anticonceptivos corresponde a adolescentes de 15 a 19 años; asimismo, se estima que 17.4% de los nacimientos totales corresponden a mujeres menores de 20 años, de los cuales entre 60 y 80% de ellos son no planeados. Entre los derechos sexuales y reproductivos de las y los jóvenes se encuentra el derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi la sexualidad, el derecho a vivir libre de violencia, el derecho a la educación sexual, a la libertad reproductiva, a la igualdad y a la equidad, así como el derecho a vivir libre de discriminación, entre otros. Estos derechos están avalados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la Cartilla por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las y los Jóvenes, México. Es importante hacer un contraste entre lo escrito en los tratados internacionales ratificados por el gobierno mexicano, y lo que realmente sucede en las políticas públicas nacionales dirigidas a mejorar la salud sexual y reproductiva de las y los jóvenes, en específico en relación la Educación Sexual impartida por la Secretaría de Educación Pública. México: Informe de Ejecución del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, 1994-2003. Comité Técnico para la revisión de avances. Secretaría de Gobernación, Secretaría de Relaciones Exteriores, Consejo Nacional de Población, Senado de la República LIX Legislatura y Cámara de Diputados LIX Legislatura. México, Marzo del 2004. P.225 En 1999, la Asociación Mundial de Sexología pronunció la Declaración Universal de los Derechos Sexuales de Hong Kong. Dicha Declaración señala que la sexualidad es parte integral del ser humano, y que para el pleno desarrollo de la persona es necesario la satisfacción de necesidades básicas, como el contacto, la intimidad, la expresión emocional, el placer, la ternura y el amor. También señala que la sexualidad se construye a través de la interacción entre el individuo y las estructuras sociales. Refiere que los derechos sexuales residen básicamente en los derechos humanos a la libertad, dignidad, salud e igualdad. A los cuales habría que agregar el derecho a no ser discriminado. En este orden de ideas, los derechos que se contextualizaron en el marco de esta Declaración son. El derecho a la libertad sexual. El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo. El derecho a la privacidad sexual. 4. El derecho a la equidad sexual. El
  • 5. derecho al placer sexual. El derecho a la expresión sexual emocional. El derecho a la libre asociación sexual. . El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. . El derecho a información basada en el conocimiento científico. . El derecho a la educación sexual integral. Si bien la interrupción voluntaria del embarazo no está totalmente despenalizada en todo el país, sí forma parte del artículo 4 de la constitución en el que se menciona que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos, lo cual permite a las mujeres decidir interrumpir o no un embarazo Por otro lado en el tema de VIH es importante hacer énfasis en que las y los jóvenes son uno de los sectores más vulnerables a la infección por VIH, esto a causa de que cuenta con poco acceso a información para prevenir la infección por VIH y también por un limitado acceso condones. Se estima que 33.2 millones de personas vivían con VIH durante el 2007, de las cuales 5.4 millones eran jóvenes entre 15 y 24 años. El 40% de las nuevas infecciones corresponden a jóvenes entre 15 y 24 y de estas nuevas infecciones la mayoría corresponden a mujeres. Una de las principales estrategias para prevenir el VIH es la promoción del uso del condón así como el acceso al mismo, sin embargo existen grupos conservadores que se oponen al uso del mismo: “En muchos países donde se ha luchado por establecer el acceso a servicios integrales para prevenir la transmisión sexual del VIH, la presión de los donantes extranjeros, grupos religiosos conservadores y otras fuerzas ideológicas han dado como resultado que se restringa la información que enfatiza el sexo seguro y el uso del condón. Esto ha traído como consecuencia que se les niegue a los jóvenes la información sobre la transmisión del VIH que pudiera salvar sus vidas; que se les niegue a las mujeres el acceso a información y servicios de salud reproductiva; y que se les niegue a hombres y mujeres la disponibilidad de condones e información completa sobre el VIH. Los Derechos Sexuales y Reproductivos como Derechos Humanos han recorrido un largo camino en ser reconocidos internacionalmente. Su avance ha sido de gran magnitud que los Derechos tanto Sexuales como Reproductivos son ahora tomados como referencia en temas de planificación familiar, en derechos fundamentales de los individuos y en el desarrollo del área de salud y economía en cada país del mundo. Desafortunadamente, en México aún falta la implementación de políticas públicas que alberguen y protejan estos derechos, los temas del aborto seguro y la igualdad de la sexualidad y la reproducción aún son tópicos que necesitan ser analizados y actualizados en el tema de la reformas a la Constitución. Todo ello, implica no sólo debates, sino también acciones que respalden los Derechos que como ciudadanos, hombres o mujeres necesitan para mejorar su calidad de vida y de toma de decisiones.
  • 6. Como todo derecho humano, los derechos sexuales y reproductivos parten de características fundamentales del ser humano, las cuales se relacionan con una dimensión estructural y tienen que ver con su libertad y la capacidad de decidir, de disfrutar y sentir el placer, así como de vivir la sexualidad acorde a los deseos, gustos y preferencias sexuales. Los derechos sexuales y los derechos reproductivos son producto de derechos fundamentales universalmente reconocidos y de experiencias particulares e históricas, de realidades concretas y dinámicas. Son entonces, derechos humanos, enriquecidos con demandas y propuestas de movimientos sociales, con el reconocimiento de necesidades de diversos contextos demográficos y con el avance científico. El reconocimiento de su universalidad es aún parcial en las normatividades nacionales e internacionales y en la misma sociedad. Cabe señalar, que el proceso ha ido gestándose desde las reivindicaciones de los movimientos sociales, las luchas feministas, de diversidad sexual y de género, si bien es cierto, hay enormes avances alcanzados. Se han encontrado importantes niveles de reconocimiento en las conferencias internacionales de Naciones Unidas, como las conferencias de Viena, el Cairo y Beijing, en donde se ha introducido un nuevo paradigma de debate sobre las relaciones entre población, desarrollo y derechos. Analizando al mismo tiempo temas de discriminación y la necesidad del reconocimiento de libertades y las condiciones para su realización. Pero aún con estos avances, no se han podido desarticular los arreglos sexuales antidemocráticos, ni se ha logrado desplazar el control que las instituciones religiosas y estatales ejercen sobre la sexualidad, la reproducción y el placer de los cuerpos. Salud para los adolecentes La educación sobre la sexualidad y las relaciones basada en un currículo debería iniciar temprano en la escuela primaria e intensificarse en los niveles más altos de ésta y de la educación media.18 A los 12 años, más del 85 por ciento de la totalidad de niñas y niños en los países en desarrollo ya están en la escuela. Sin embargo, la asistencia puede disminuir rápidamente después de esa edad, lo cual profundiza las desigualdades basadas en el género, los medios económicos del hogar y la residencia rural-urbana. Los programas que hacen énfasis en la abstinencia sexual como una opción positiva para niñas y niños menores de 15 años (asumiendo que tal opción sea posible) también deberían brindar información precisa y no prejuiciosa sobre la prevención de ITS/VIH y del embarazo.
  • 7. Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar habilidades para la negociación y la toma de decisiones. Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias, escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios positivos en sus actitudes y conductas. Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH, condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por completo. En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los propios proveedores. Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida. Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios, indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les debería respetar sin discriminación por motivos de edad, género o estado civil. Otras respuestas políticas y programáticas: Las intervenciones encaminadas a promover la salud y los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes jóvenes son necesarias en diversos lugares-no sólo en las escuelas y los servicios de salud sino además en los niveles nacional y estatal del gobierno, en las comunidades, barrios y familias. Es una prioridad urgente la eliminación de todas las formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños, dondequiera que ocurran, y del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes
  • 8. se necesita prestar una mayor atención a especificar las necesidades de diversos grupos de jóvenes con el fin de diseñar e implementar programas integrales que desarrollen sus habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base de conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes jóvenes. Existe en nuestro país la Cartilla de Derechos Sexuales y Reproductivos de las y los jóvenes, es producto de un esfuerzo conjunto de diversas organizaciones de la sociedad civil y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y basada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos instrumentos internacionales y enmarca los siguientes derechos:  Derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.  Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.  Derecho a manifestar públicamente mis afectos.  Derecho a decidir con quién compartir mi vida sexual y mi sexualidad.  Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.  Derechos a vivir libre de violencia sexual.  Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.  Derecho a la libertad reproductiva.  Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.  Derecho a vivir libre de toda discriminación.  Derecho a la educación sexual.  Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.  Derecho a la participación en las políticas sobre sexualidad. Legislación internacional sobre derechos humanos – ONU Los derechos sexuales y el derecho a la sexualidad se deriva básicamente de la legislación internacional sobre derechos humanos y en concreto de la protección a la no discriminación por sexo así como el derecho a la salud que se reconoce en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Derecho a la orientación sexual - Reconocido en el
  • 9. preámbulo de los Principios de Yogyakarta. Capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual, y las relaciones íntimas y sexuales con personas de un sexo diferente o del mismo sexo, o más de una género. No discriminación por orientación sexual - Reconocida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y también en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). La DUDH establece la no discriminación en su artículo 2: DUDH. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna en función de la condición política, jurídica o internacional del país o territorio al que pertenece una persona, ya sea independiente, fiduciaria, no autónomo o bajo cualquier otra limitación de soberanía. PIDCP .Cada Estado Parte en el presente Pacto se compromete a respetar ya garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Los derechos sexuales se encuentran, en parte, reconocidos en las declaraciones de la ONU sobre los derechos reproductivos y salud reproductiva.1 2 3 Los derechos reproductivos son aquellos que buscan proteger la libertad y autonomía de todas las personas para decidir con responsabilidad si tener hijos o no, cuántos, en qué momento y con quién. Los derechos reproductivos dan la capacidad a todas las personas de decidir y determinar su vida reproductiva.2 Los derechos reproductivos, al igual que los derechos humanos, son inalienables y no están sujetos a discriminación por género, edad o raza. El origen del concepto de Derechos Reproductivos, en el marco de Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud aparece en la Conferencia de Teherán de 1968 y en la definición de Bucarest (Conferencia sobre Población de 1974) como un derecho fundamental tanto de las parejas como de los individuos. La inclusión e integración de la planificación familiar dentro del campo de los derechos reproductivos y de la salud reproductiva se produce por primera vez en la Conferencia Internacional para mejorar la salud de las Mujeres y los Niños por medio de la Planificación Familiar, en Nairobi, Kenia, (5 a 9 de octubre de 1987).2
  • 10. El Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, celebrada en El Cairo en septiembre de 1994 da esta definición de los derechos reproductivos: Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en leyes nacionales, documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos aprobados por consenso. Estos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y a disponer de la información y de los medios para ello, así como el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye el derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones o violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. La Salud y los Derechos Sexuales y Reproductivos de Adolescentes Jóvenes Adolescentes de 10 a 14 años de edad conforman el 9 por ciento de la población mundial y hasta el 15 por ciento en algunos países de ingresos bajos y medios. Reconocer las realidades de las vidas de las y los adolescentes jóvenes—y particularmente su necesidad de conocer sus cuerpos, así como sus derechos y responsabilidades sexuales-es crucial para sentar las bases de una transición segura desde la adolescencia hasta la vida adulta. Sin embargo, los comentarios sobre la salud y las conductas sexuales y reproductivas de adolescentes o personas adultas jóvenes a menudo se refieren a quienes se encuentran entre los 15 a 19 o 15 a 24 años, y es para estos grupos de mayor edad que típicamente se diseñan programas y políticas. Este cuadernillo informativo, centrado en aquellos aspectos de las vidas sexuales y reproductivas de adolescentes jóvenes que no reciben atención ni información, procura iluminar el diseño de políticas y la programación para esta crucial nueva generación. Los derechos sexuales y los derechos reproductivos tienen un punto en común: hacen referencia a nuestros cuerpos, respecto a la sexualidad y reproducción. Y tomando en cuenta que nuestro cuerpo es un territorio individual, es muy importante que nuestras decisiones sean autónomas e informadas y estas sean respetadas por el Estado y las demás personas.
  • 11. Aquí encontrarás algunos de nuestros derechos. Es importante conocerlos, comprenderlos y sobre todo ejercerlos. 1El Derecho a la Libertad Sexual: Es la expresión de la sexualidad de la forma como lo desees, como te haga sentir mejor, sin que nadie se aproveche, o trate de explotarte o abusar de ti. 2. El Derecho a la Autonomía Sexual, Integridad Sexual y Seguridad del Cuerpo Sexual: Es la posibilidad de tomar decisiones autónomas sobre tu vida sexual, en un contexto de tu propia ética personal y social, incluye el control y el placer de nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación o de violencia de cualquier tipo. 3. El Derecho a la Privacidad Sexual: Es el derecho a tomar decisiones individuales sobre tus comportamientos sexuales, disfrutando de todo aquello que te haga sentir bien, es importante tener en cuenta que estos comportamientos no deben interferir con los derechos sexuales de otros u otras. 4. El Derecho a la Equidad Sexual: Se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, orientación sexual e identidad de género. 5. El Derecho al Placer Sexual: Es el derecho a disfrutar del ejercicio de tu sexualidad, incluyendo el autoerotismo. 6. El Derecho a la Expresión Sexual Emocional: Es el derecho a expresar nuestra sexualidad a través de la comunicación, el contacto y el amor. La expresión sexual es más que el placer erótico de los actos sexuales. 7. El Derecho a la Libre Asociación Sexual: Significa la posibilidad de casarse, de divorciarse o de convivir y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales. 8. El Derecho a planificar en forma libre y responsable: Es el Derecho que toda persona tiene a decidir sobre tener hijos, hijas o no, el número y el espaciamiento entre ellos. En este derecho está incluido el acceso y a la información veraz de todos los métodos de regulación de la fertilidad. 9.El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico: Es el derecho a saber todo sobre tu sexualidad y la forma como vivirla a plenitud, disfrutarla con amor y cuidado para tu salud, con información que debe ser generada a través de un proceso científico y ético y difundido en formas apropiadas en todos los niveles sociales. 10.El Derecho a la Educación Sexual Integral-Comprensiva: Es el derecho que todos y todas tenemos a conocer y comprender mejor nuestro cuerpo y
  • 12. sexualidad, a estar informado sobre el funcionamiento y las respuestas que este tiene a estímulos, este proceso dura toda la vida, desde el nacimiento, e involucra la responsabilidad de todos y todas. 11. El Derecho al Cuidado de la Salud Sexual: El cuidado de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y desórdenes sexuales. Revisemos el desarrollo histórico del reconocimiento de los derechos sexuales y los derechos reproductivos en los diversos foros internacionales: En la Primera 3 3 Conferencia Internacional de Derechos Humanos, la Conferencia de Derechos Humanos de Teherán (1968) se señaló que el derecho a la reproducción era un derecho de los padres. Posteriormente en la Conferencia sobre Población de Bucarest (1974) se especificó que se trataba de un derecho de las parejas e individuos. En tanto, la Primer Conferencia sobre la Mujer, celebrada en México (1975) con motivo al Año Internacional de la Mujer, abordaba el tema desde la perspectiva del derecho a la integridad corporal y al control de las mujeres sobre su capacidad reproductiva. El término derechos reproductivos, al parecer fue acuñado a finales de la década de los setenta por la feminista estadunidense Marge Berer, pero su legitimidad social y política inició a mediados de los ochenta con la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam y la Conferencia Internacional de Población en México, ambas de 1984. No fue sino hasta 1994, en El Cairo, con la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD), auspiciada por las Naciones Unidas, que fueron conceptualizados los derechos reproductivos en su Programa de Acción. Derechos de las mujeres y los hombres a tener control respecto de su sexualidad, a decidir libre y responsablemente sin verse sujetos a la coerción, la discriminación y la violencia; el derecho de todas las parejas e individuos a decidir de manera libre y responsable el número y espaciamiento de sus hijos y a disponer de la información, la educación y los medios para ello, así como a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. Estos derechos reproductivos se basan en el principio básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre estos, a disponer de la información y los medios para ello, y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. Definición reelaborada de la originalmente hecha por el movimiento feminista, que formuló en los años 70 los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres como el derecho de éstas, a controlar su cuerpo, regulando su sexualidad y capacidad 4 4 reproductiva, sin imposiciones, coerciones o violencia por parte de los hombres. Así como la exigencia de que éstos asuman su responsabilidad por el ejercicio de su sexualidad. También incluía su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacción ni violencia. Hace hincapié en la igualdad entre los sexos, así como en la enseñanza y servicios para
  • 13. adolescentes, con el fin de que asuman su sexualidad de modo positivo y responsable. ¿POR QUÉ CENTRAR LA ATENCIÓN EN ADOLESCENTES JÓVENES? La adolescencia temprana marca el inicio de la pubertad, con todos los cambios fisiológicos y emocionales que este periodo entraña, como el rápido crecimiento físico, el surgimiento de excitación e intereses sexuales, además de la maduración del cuerpo sexual. Es un tiempo de intensa socialización de actitudes y conductas marcadas por el género. Niños y niñas de esta edad tienen una elevada capacidad para el entusiasmo, la energía y el idealismo; está aumentando su competencia social e intelectual. A la vez, se enfrentan a varios riesgos para su salud sexual y reproductiva cuya naturaleza, causas y consecuencias son profundamente determinadas por el género. En la mayoría de los países en desarrollo, las chicas están ahora madurando físicamente a edades más tempranas que antes, debido a mejoras en su nutrición y sus condiciones de vida. En lugares tan diversos como Brasil, Chile, República Dominicana, México, Venezuela, Egipto, Irán, India, Indonesia y Tailandia, niñas de estratos socioeconómicos más altos están empezando a menstruar a una edad promedio de 12.5 años o menor-la misma edad (o incluso más temprana) que de las jóvenes europeas y norteamericanas. Los primeros signos visibles de la maduración sexual, como el crecimiento de los senos, pueden aparecer ya a los nueve o diez años. El inicio de la menstruación es un indicador muy deficiente de la preparación fisiológica o psicológica de una niña para el coito. Su crecimiento esquelético y muscular aún no está completo, y por lo general es después del inicio de la menstruación que suele ocurrir el aumento de peso y altura, el desarrollo pleno de la pelvis, los senos y el útero, así como la maduración y lubricación del cuello uterino y la vagina. El coito previo a la maduración plena de una niña puede ser muy doloroso- especialmente si es pequeño, la corta profundidad y falta de elasticidad y lubricación de la vagina, además del impacto emocional que puede ocasionar cuando se recurre a la violencia. Las abrasiones y rasgaduras incrementan el riesgo de que una niña contraiga ITS tales como sífilis, el virus del papiloma humano (VPH) y el VIH de un compañero sexual infectado.
  • 14. El embarazo precoz, antes de que los huesos pélvicos y el canal de nacimiento se desarrollen plenamente, expone a las niñas a riesgos más elevados de tener un aborto espontáneo en los primeros meses de la gestación y a complicaciones obstétricas como hipertensión inducida por el embarazo, un trabajo de parto prolongado y obstruido, rasgaduras vaginales, fístula obstétrica, hemorragia posparto y muerte materna. También es causa de parto prematuro, bajo peso al momento del nacimiento, muerte fetal y muerte del recién nacido. En promedio, los varones inician la pubertad y entran a la fase de desarrollo de máximo crecimiento en altura y peso corporal, como también en capacidad cognitiva, alrededor de 1.5 años más tarde que las niñas. La primera eyaculación consiente de los niños, entre los 13 y 15 años de edad, por lo general se considera un indicador de la pubertad masculina, equivalente al inicio de la menstruación en las niñas. Los fuertes impactos hormonales de testosterona durante la pubertad afectan la conciencia y excitación sexuales de los varones y se asocian a nociones socialmente construidas acerca de la dominación y toma de riesgos masculinas en maneras complejas que se refuerzan unas a otras. Adolescentes jóvenes de ambos sexos, pero especialmente las niñas, son vulnerables a violaciones de sus derechos sexuales por parte de sus pares y personas adultas, incluyendo miembros de sus propias familias. Al mismo tiempo, el deseo de que la sociedad les acepte, combinado con nociones de infalibilidad, conduce a algunos, sobre todo los varones, a involucrarse en conductas sexuales y otros comportamientos de riesgo con una impresionante desconsideración de las consecuencias para sí mismos/as y otras personas. La suposición de que niños y niñas menores de 15 años son “demasiado jóvenes”, y por lo tanto no necesitan información ni servicios en materia de salud sexual y reproductiva, ignora estas realidades y les niega a los conocimientos y habilidades prácticas que necesitan para protegerse a sí mismos/as y proteger a sus parejas contra ITS/VIH, embarazos, aborto o parto inseguro, así como abuso sexual o violencia. Las y los adolescentes jóvenes tienen el derecho a recibir información, educación y servicios de salud integrales, además de otros apoyos sociales y legales, durante esta etapa altamente formativa de sus vidas. INICIO TEMPRANO DE LA ACTIVIDAD SEXUAL Son escasas las evidencias de lo que las y los adolescentes saben, sienten, creen y hacen (o de lo que se les hace) en lo concerniente a sus cuerpos e intereses sexuales emergentes. La investigación sobre actitudes y conductas sexuales es sumamente delicada e incluso tabú en algunos países, y con frecuencia madres y padres, docentes, formuladores de políticas, proveedores de cuidados de salud y otros guardianes de la sociedad se oponen a esas indagaciones. Aun así, han surgido algunos hallazgos interesantes.
  • 15. Estudios cualitativos realizados en diversos lugares han revelado que los varones adolescentes, y a veces las chicas, consideran las actividades sexuales participativas que incluyen sexo oral o anal como “juego”, “diversión” o “nada especial”. Más aun, las niñas y algunos niños son especialmente vulnerables a la coerción sexual durante la adolescencia.11 Las normas de género referidas a la conducta masculina también pueden alentar a los varones a ser perpetradores a esta edad. La exposición a coerción y violencia sexuales, que se asocia a tensiones y privaciones sociales, económicas y personales en la familia y la comunidad, puede contribuir a episodios subsiguientes de relaciones sexuales no consensuadas y desprotegidas, múltiples parejas sin protección, ITS/VIH, embarazo no deseado, una autoestima dañada y otras consecuencias físicas, sociales y emocionales negativas. Encuestas Demográficas y de Salud (DHS) llevadas a cabo en unos 60 países en desarrollo muestran que el 25 por ciento o más de las jóvenes entre 15 y 19 años iniciaron el coito vaginal heterosexual antes de los 15 años (casi todas ellas dentro del matrimonio) en Níger, Guinea, la República Centroafricana, Mozambique y Bangladés, así como el 10 por ciento o más (dentro o fuera del matrimonio) en numerosos países del África subsahariana, India, una gran parte de América Latina y el Caribe, además de Suecia y los Estados Unidos. Entre varones de 15 a 19 años, el 25 por ciento o más tuvo coito antes de los 15 años en Gabón (48 por ciento), Mali, Zambia, Malaui, Kenia y Namibia, como también en Haití, Nicaragua, Jamaica, Brasil y los Estados Unidos; el 10 por ciento o más lo tuvo en muchos otros países. Estudios realizados en Jamaica, Brasil y los Estados Unidos revelan cifras sustanciales de varones pertenecientes a hogares de bajos ingresos que tuvieron relaciones sexuales (o afirmaron haberlas tenido) a los 12 años o antes. Adicionalmente, por lo menos una de cada diez chicas entre 15 y 19 años ya estaba casada o viviendo en unión informal a la edad de 14 años o menos en Níger, Bangladés, India, Nepal, la República Dominicana y Nicaragua, lo cual las exponía a un riesgo particularmente alto de embarazos precoces que representaban una amenaza para su vida. ¿QUÉ SABEN LAS Y LOS ADOLESCENTES JÓVENES? La mayoría de investigaciones que indagan acerca de los conocimientos, actitudes y prácticas de adolescentes jóvenes (usualmente entre los 12 y 14 años) en materia de sexualidad y reproducción revela una generalizada falta de información, habilidades y preparación cognitiva para las relaciones sexuales entre los grupos más jóvenes. Aunque adolescentes de mayor edad también necesitan
  • 16. más información sobre su salud y sus derechos sexuales y reproductivos, las y los menores presentan mayores probabilidades de tener: Una comprensión limitada de los significados de algunas preguntas que les fueron formuladas, así como una considerable desinformación acerca de varias prácticas sexuales y los riesgos que éstas conllevan; Niveles más bajos de información y numerosas nociones erróneas sobre las formas de prevenir el embarazo y los métodos anticonceptivos; Información proveniente de adolescentes igualmente desinformados/as o de hermanos/as o primos/as un tanto mejor informados/as, y no de fuentes mediáticas o personas adultas de confianza; Muchos conocimientos sobre el VIH/SIDA pero muy pocos acerca de los síntomas, vías de transmisión y prevención del VIH y otras ITS; Una limitada comprensión del concepto de salud reproductiva y bajos niveles de información sobre anatomía y fisiología reproductiva; Un uso muy infrecuente del condón y escaso conocimiento de dónde obtenerlo o cómo utilizarlo correctamente entre adolescentes que son sexualmente activos/as; Una mayor tendencia, en varones jóvenes, a mencionar las presiones de sus amigos, la gratificación personal o la curiosidad, en vez de los vínculos con sus novias, como la razón para tener relaciones sexuales; Una mayor probabilidad, entre niñas y niños más jóvenes, de que su actividad sexual hubiera sido iniciada contra su voluntad o por coerción de una persona mayor; Un mayor apego a los roles y normas de género tradicionales en torno a la conducta sexual; y Una menor sensación de auto-eficacia en lo concerniente al derecho a decidir sobre sus propios cuerpos. Adolescentes jóvenes de ambos sexos en prácticamente todos los países y grupos sociales desean aprender acerca de los cambios que sus cuerpos están experimentando, sus capacidades sexuales y reproductivas, como también del amor y las relaciones románticas. Por ejemplo, un programa de Educación en Salud Reproductiva para adolescentes de 12 años y mayores en Bangladés reveló que tanto los varones como las chicas querían saber sobre la menstruación, el embarazo, las ITS y el VIH, la planificación familiar, el deseo sexual masculino y femenino, el amor romántico y la elección de pareja, aun cuando a muchas personas jóvenes se les escogerá una pareja. RESPUESTAS POLÍTICAS Y PROGRAMÁTICAS
  • 17. Los acuerdos internacionales afirman que todas las personas adolescentes- incluyendo las más jóvenes-tienen el derecho a recibir servicios, orientación y asesoramiento claramente apropiados para ese grupo de edad sobre la salud sexual y reproductiva que les permitan asumir su sexualidad de modo positivo y responsable.17 La educación formal e informal debería promover relaciones basadas en la igualdad de género y el respeto mutuo, además de posibilitar que las y los adolescentes se protejan contra embarazos tempranos y no deseados, ITS/VIH, así como el abuso sexual y la violencia. De conformidad con tales acuerdos, el acceso de las y los adolescentes a información y servicios no deberá ser restringido por barreras legales, regulatorias o sociales discriminatorias basadas en la edad o el estado civil, ni por las actitudes negativas de los proveedores de cuidados de salud. Todos los programas deben resguardar el derecho de las y los adolescentes a la privacidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento informado. Educación sobre la sexualidad: En las escuelas y otros ámbitos, incluidos los programas extraescolares, se necesita urgentemente una educación efectiva, integral y continúa sobre la sexualidad que se base en los principios de los derechos humanos y la igualdad de género y que responda a las preguntas de las y los adolescentes jóvenes. Entre los métodos adicionales de comunicación y aprendizaje se encuentran los medios impresos (especialmente las revistas populares para jóvenes); programas de radio y televisión dirigidos a adolescentes; líneas telefónicas para preguntas y respuestas, así como la Internet. La educación sobre la sexualidad y las relaciones basada en un currículo debería iniciar temprano en la escuela primaria e intensificarse en los niveles más altos de ésta y de la educación media.18 A los 12 años, más del 85 por ciento de la totalidad de niñas y niños en los países en desarrollo ya están en la escuela.19 Sin embargo, la asistencia puede disminuir rápidamente después de esa edad, lo cual profundiza las desigualdades basadas en el género, los medios económicos del hogar y la residencia rural-urbana.20 Los programas que hacen énfasis en la abstinencia sexual como una opción positiva para niñas y niños menores de 15 años (asumiendo que tal opción sea posible) también deberían brindar información precisa y no prejuiciosa sobre la prevención de ITS/VIH y del embarazo.
  • 18. Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar habilidades para la negociación y la toma de decisiones.21 Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias, escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios positivos en sus actitudes y conductas. Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH, condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por completo.22 En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los propios proveedores. Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida.23 Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios, indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les debería respetar sin discriminación por motivos de edad, género o estado civil.24 Otras respuestas políticas y programáticas: Las intervenciones encaminadas a promover la salud y los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes jóvenes son necesarias en diversos lugares-no sólo en las escuelas y los servicios de salud sino además en los niveles nacional y estatal del gobierno, en las comunidades, barrios y familias. Es una prioridad urgente la eliminación de todas las formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños, dondequiera que ocurran, y del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes se necesita prestar una mayor atención a especificar las necesidades de diversos grupos de jóvenes con
  • 19. el fin de diseñar e implementar programas integrales que desarrollen sus habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base de conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes jóvenes.25 La documentación meticulosa de esos esfuerzos-incluyendo investigaciones de línea de base y evaluaciones sistemáticas de sustancia, procesos y resultados-puede ayudar a construir la base de evidencias para la siguiente generación de políticas y programas de salud sexual y reproductiva, de la cual dependerá el futuro de tantas personas adolescentes jóvenes. LOS DERECHOS SEXUALES HACEN REFERENCIA A NUESTRO CUERPO Otro punto no contextualizado en estos instrumentos y ligado al derecho a la salud de la familia y a los derechos reproductivos, es la necesidad de reconocer la libertad del ser humano de decidir tener o no hijos e hijas. La denominación derechos reproductivos fue adoptada en la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam (1984). Hecho que repercutió en un movimiento mundial, en donde las mujeres buscaban ampliar los alcances del concepto de derechos humanos. Casi una década después, en 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena, los Estados aceptaron considerar como una violación a los derechos humanos, toda infracción de los derechos específicos de las mujeres. La iniciativa y participación de las mujeres en dicha Conferencia produjo un cambio trascendental en la teoría de los derechos humanos, estableciéndose que los derechos humanos pueden disfrutarse tanto en lo público como en lo privado, y por lo tanto, pueden violarse en ambos ámbitos. Por lo tanto, los derechos humanos son universales, interdependientes e indivisibles. Uno de los aportes más significativos de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo fue el llamado a los hombres a ocupar una conducta sexual responsable, así como a participar en todas las esferas de la vida familiar, el cuidado de los hijos y las labores domésticas. Sus responsabilidades incluyen la provisión de apoyo financiero a los hijos y la familia, particularmente en los casos de abandono. De igual forma, la conferencia, al conceptualizar la salud reproductiva, como una categoría que replantea la forma de analizar la salud y la reproducción, sentó las bases para el reconocimiento de los derechos sexuales y los derechos reproductivos. 5 5 Por lo tanto, el reconocimiento internacional de los derechos sexuales –aunque no bajo esa denominación– se concretó en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada del 4 al 15 de septiembre de 1995 en Beijing, en donde participaron representantes de 189 Estados, entre ellos México. La Plataforma de Acción de la conferencia reconoce los derechos reproductivos consensuados en El Cairo en 1994 y señala que los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y el derecho a
  • 20. decidir libremente sobre ello, sin verse sujeta a coerción, discriminación o violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre en cuanto a las relaciones sexuales y la reproducción, implican el pleno respeto de la integridad de la persona, exigen respeto, el consentimiento recíproco y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual. La educación sobre la sexualidad y las relaciones basada en un currículo debería iniciar temprano en la escuela primaria e intensificarse en los niveles más altos de ésta y de la educación media.18 A los 12 años, más del 85 por ciento de la totalidad de niñas y niños en los países en desarrollo ya están en la escuela.19 Sin embargo, la asistencia puede disminuir rápidamente después de esa edad, lo cual profundiza las desigualdades basadas en el género, los medios económicos del hogar y la residencia rural-urbana. Los programas que hacen énfasis en la abstinencia sexual como una opción positiva para niñas y niños menores de 15 años (asumiendo que tal opción sea posible) también deberían brindar información precisa y no prejuiciosa sobre la prevención de ITS/VIH y del embarazo. Los currículos apropiados a la edad que van dirigidos a niños y niñas antes de que inicien su actividad sexual deben abordar no sólo los aspectos fisiológicos de la sexualidad y la reproducción, sino también los emocionales de las relaciones íntimas, las diversas expresiones sexuales y la autoestima, además de enseñar habilidades para la negociación y la toma de decisiones. Las y los adolescentes menores de 15 años necesitan información, habilidades prácticas y apoyos familiares, sociales y legales que les hagan posible tomar decisiones informadas-inclusive rechazar el matrimonio forzado-y protegerse contra todas las formas de acoso, coerción y violencia sexuales en sus familias, escuelas y comunidades. Tanto los varones como las niñas requieren de espacios seguros donde puedan hacer preguntas, hablar entre sí y con personas adultas de confianza y obtener la información y el apoyo necesarios para reforzar los cambios positivos en sus actitudes y conductas. Servicios de salud sexual y reproductiva: Los proveedores de cuidados de salud sexual y reproductiva-como anticoncepción, pruebas y consejería para ITS y VIH, condones y atención del aborto-con frecuencia se rehúsan a servir a adolescentes jóvenes (o cualquier persona soltera) y pueden negarles estos servicios por completo. En algunos casos, esta discriminación se basa en políticas que restringen el acceso de menores de edad, sin consentimiento parental, a los servicios de salud; en otros, tiene sus raíces en los valores culturales, la falta de conciencia respecto a las necesidades y negación de éstas, o los temores de los propios proveedores.
  • 21. Los límites entre el derecho de las y los adolescentes a tomar sus propias decisiones y el derecho de madres y padres a tomarlas por sus hijas e hijos son disputados casi en todas partes. Aun así, las evidencias sugieren que negar información y servicios cruciales a las personas jóvenes no les protege contra los daños. Por el contrario, incrementa la probabilidad de que su iniciación sexual, si llegara a ocurrir o cuando sucede, sea desprotegida.2 Las solicitudes de información, servicios o productos-incluyendo los condones y otros métodos de anticoncepción-que las y los adolescentes jóvenes hacen a los proveedores de cuidados de salud, o a abastecedores tales como boticarios, indican que tienen la capacidad para tomar decisiones responsables y se les debería respetar sin discriminación por motivos de edad, género o estado civil. Otras respuestas políticas y programáticas: Las intervenciones encaminadas a promover la salud y los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes jóvenes son necesarias en diversos lugares-no sólo en las escuelas y los servicios de salud sino además en los niveles nacional y estatal del gobierno, en las comunidades, barrios y familias. Es una prioridad urgente la eliminación de todas las formas de abuso sexual y tráfico de niñas y niños, dondequiera que ocurran, y del matrimonio forzado e infantil. Casi en todas partes se necesita prestar una mayor atención a especificar las necesidades de diversos grupos de jóvenes con el fin de diseñar e implementar programas integrales que desarrollen sus habilidades e incrementen su seguridad en sí mismas/os, su base de conocimientos y capacidad personal; es también necesaria la capacitación de docentes, trabajadores sociales, proveedores de cuidados de salud, personal encargado de velar por el cumplimiento de la ley y otros en la comunidad para que respondan eficazmente a las necesidades y preocupaciones de adolescentes jóvenes. La documentación meticulosa de esos esfuerzos-incluyendo investigaciones de línea de base y evaluaciones sistemáticas de sustancia, procesos y resultados- puede ayudar a construir la base de evidencias para la siguiente generación de políticas y programas de salud sexual y reproductiva, de la cual dependerá el futuro de tantas personas adolescentes jóvenes. Enfermedades de transmisión sexual en la adolescencia Las enfermedades de transmisión sexual (ETS), alguna vez llamadas enfermedades venéreas, se definen como un grupo de enfermedades causadas por diversos agentes infecciosos que se adquieren por la actividad sexual. Las enfermedades de transmisión sexual afectan a mujeres y a hombres de todos los estratos socioeconómicos y razas. Son más comunes en los adolescentes y los adultos jóvenes.
  • 22. La incidencia de las ETS está en aumento, en parte debido a que en las últimas décadas, las personas jóvenes tienen actividad sexual más tempranamente y se casan más tardíamente. Como resultado, las personas sexualmente activas hoy en día tienen más probabilidad de tener muchas parejas sexuales durante sus vidas y por lo tanto tienen más riesgo de desarrollar enfermedades de transmisión sexual. La mayoría del tiempo, las ETS no causan síntomas, particularmente en las mujeres. Sin embargo, aun cuando no causan síntomas, una persona infectada puede transmitir la enfermedad a su pareja sexual. Los problemas de salud causados por las ETS tienden a ser más severos y frecuentes en mujeres que en hombres, en parte debido a que la infección es asintomática en las mujeres y no acuden al médico hasta que ya han desarrollado complicaciones. Cuando se diagnostican y se tratan tempranamente, muchas de las ETS pueden ser curadas efectivamente. VIH El SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida) se reportó primeramente en los Estados Unidos en 1981. Es causado por un virus que se llama VIH o virus de la inmunodeficiencia humana, un virus que destruye la capacidad del cuerpo para defenderse de una infección. Se estima que alrededor de 900,000 personas en los Estados Unidos actualmente están infectados con el VIH. Las personas con SIDA son muy susceptibles a tener muchas enfermedades peligrosas llamadas infecciones oportunistas y ciertas formas de cáncer. La transmisión del virus ocurre principalmente durante la actividad sexual y al compartir agujas para inyectar drogas intravenosas. Infección por clamidia Esta infección es ahora la más común de todas las ETS bacterianas. La infección por clamidia puede causar una secreción genital anormal y ardor al orinar.
  • 23. En las mujeres, la infección por clamidia no tratada puede llevar a complicaciones como la enfermedad inflamatoria pélvica, una de las causas más comunes del embarazo ectópico e infertilidad en las mujeres. En muchas personas, la infección por clamidia no provoca síntomas. Una vez diagnosticada la infección por clamidia, la persona afectada puede curarse con antibiótico. Herpes genital La infección por herpes es causada por el virus del herpes simple (VHS). Los síntomas principales de una infección por herpes son ampollas dolorosas en el área genital. Estas pueden provocar una sensación de comezón o picor en las piernas, nalgas o región genital. Las ampollas del herpes generalmente desaparecen en 2 o 3 semanas, pero el virus permanece en el cuerpo por vida y las lesiones pueden reaparecer con el tiempo. Algunos casos recurrentes o severos de herpes genital pueden ser tratados con drogas antivirales que requieren prescripción médica. Estas drogas o medicamentos pueden ayudar a controlar los síntomas pero no a eliminar el virus del herpes de su cuerpo. Las mujeres que adquieren el herpes genital durante el embarazo pueden transmitir el virus a sus bebés. La infección no tratada de herpes genital en bebés puede resultar en retraso mental y muerte. Verrugas genitales Las verrugas genitales (también llamadas verrugas venéreas) son causadas por el virus del papiloma humano o VPH, un virus muy relacionado al virus que causa las verrugas en la piel. Las verrugas genitales generalmente aparecen como protuberancias duras que no provocan dolor en el área genital, pene o alrededor del ano. Si no se tratan, pueden crecer y desarrollar una apariencia como de coliflor. Además, de las verrugas genitales, ciertos tipos de VPH pueden causar el cáncer cervical y otros cánceres cervicales. Gonorrea Los síntomas más importantes de la gonorrea son una secreción de la vagina o pene y dolor o dificultad al orinar. Las complicaciones más serias y comunes de la gonorrea generalmente ocurren en las mujeres. Estas complicaciones incluyen la enfermedad inflamatoria pélvica, embarazo ectópico e infertilidad. Una vez diagnosticada la gonorrea puede ser tratada efectivamente con antibióticos.
  • 24. Sífilis Los primeros síntomas de la sífilis pueden no ser detectados debido a que son muy leves y desaparecen. Lo primero que aparece es una lesión llamada “chancro”. Esta lesión no produce dolor y es como una llaga en el pene o en la vagina o alrededor de la vagina. También puede ocurrir cerca de la boca, ano o manos. Si la sífilis no se trata, puede avanzar a etapas más avanzadas incluyendo una erupción o ras y eventualmente complicaciones del corazón y sistema nervioso central. La penicilina sigue siendo el tratamiento más efectivo para tratar la sífilis. Otras enfermedades de transmisión sexual son la tricomoniasis, la vaginosis bacteriana y las infecciones por citomegalovirus. ¿Qué aumenta el riesgo de contraer una enfermedad de transmisión sexual para mi hijo? Su hijo corre un riesgo más alto de enfermedades de transmisión sexual cuando empieza a ser sexualmente activo. Los siguientes podrían aumentar el riesgo de enfermedades de transmisión sexual: Sexo sin protección: El contacto sexual que sucede sin el uso de condones aumenta el riesgo de enfermedades de transmisión sexual. Cuerpos que aún no han madurado: El sistema inmune en los niños no ha alcanzado la madurez adulta, lo cual conlleva a un riesgo elevado de contraer enfermedades de transmisión sexual. El cuello del útero de las niñas tampoco ha alcanzado su madurez y es por lo tanto aún más susceptible a enfermedades de transmisión sexual. Género: Las niñas tienen un riesgo más alto de enfermedades de transmisión sexual como clamidia, VIH, y herpes, sobre todo si se practican duchas vaginales con frecuencia. Además de correr un riesgo más alto si tienen relaciones sexuales durante la menstruación. Comportamientos peligrosos: Su hijo podría ser influenciado por sus amigos, compañeros de clase, comunidad y los medios de comunicación. Es probable que no llegue a comprender por completo cuáles son los peligros de ciertos comportamientos peligrosos. Los comportamientos peligrosos incluyen el uso del alcohol y las drogas y también incluyen tener múltiples compañeros sexuales.
  • 25. El derecho a la atención de la salud sexual. La creación de la Comisión Interamericana de la Mujer (CIM) en 1928, fue el primer esfuerzo en América por consolidar una institución oficial intergubernamental que velara por el reconocimiento de los derechos civiles y políticos de la mujer. Sin embargo, hasta la década de los noventa se adoptaron iniciativas concretas dentro del Sistema Interamericano para proteger y garantizar de manera más efectiva los derechos de las mujeres. La Relatoría para la Condición de la Mujer en las Américas en el seno de la Comisión, fue una iniciativa que surgió en 1994, impulsada por la creciente concientización de la variedad de formas en que leyes y prácticas impedían a la mujer el ejercicio pleno y libre de sus derechos. La finalidad de esta Relatoría era monitorear el cumplimiento por parte de los Estados miembros de la OEA de las obligaciones internacionales establecidas en los instrumentos regionales sobre derechos humanos en lo relativo a los derechos de la mujer. El Primer Informe de la Relatoría para la Condición de la Mujer en las Américas mostró que a pesar de los cambios positivos en el ámbito normativo que se han llevado a cabo en la región, aún subsisten problemas graves que afectan la condición legal, social, política y económica de la mujer. En su informe, la Relatoría emitió recomendaciones dirigidas a los Estados y tomó decisiones respecto a la manera en que continuará sus funciones en la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres. Es importante mencionar que el Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o Protocolo de San Salvador, reafirma el deseo de reconocer y ampliar el catálogo de derechos y su protección. Este Protocolo es fundamental para la protección de los derechos reproductivos de toda mujer, ya que reconoce en su artículo 10 el derecho de toda persona a gozar del nivel más alto posible de salud física y mental y establece que los Estados reconocen la salud como un bien público y mediante un conjunto de medidas 8 8 se cumple con este derecho por parte de los Estados. Asimismo, establece la obligación de satisfacer las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y de aquéllas cuya pobreza los sitúa en condiciones especiales de vulnerabilidad. En varias instancias internacionales, luego de Viena, las mujeres participaron aportando sus investigaciones, propuestas y reclamos, con el objetivo de afirmar y desarrollar lo ya conquistado: en 1994 en El Cairo, en 1995 en Beijing, además de participar en redes regionales e internacionales, foros de ONG, etc. En este proceso, se fue revisando y ampliando el concepto de derechos humanos. La agenda había estado limitada a los abusos del Estado, desconociendo otros ámbitos. Por lo tanto, se pone en discusión la ampliación y redefinición del contrato social,
  • 26. contrato en el que históricamente las mujeres nunca estuvieron presentes, ni en sus definiciones, ni en su condición de sujetos políticos. La diferencia fue siempre interpretada como carencia y su resultado fue la desigualdad, una desigualdad que requería tutela. A pesar de esto, cada día es más evidente la necesidad de que los acuerdos firmados en las conferencias internacionales sean tenidos en cuenta en el proceso de vigilancia. Siempre teniendo en cuenta el cumplimiento de los tratados relativos a derechos humanos, de modo que los gobiernos puedan ser jurídicamente responsables de las violaciones a los derechos sexuales y los derechos reproductivos. A medida que avanzó el debate, la investigación y las acciones de los movimientos de mujeres, así como las intervenciones de organismos estatales e internacionales en torno a estos derechos, se constataron las dificultades existentes para definirlos de manera inequívoca. Finalmente, la ciencia ha logrado separar el ejercicio de la sexualidad y de la reproducción, a través de las llamadas técnicas de reproducción asistida, como lo son la inseminación artificial, la fecundación in vitro y la maternidad subrogada. Así, podemos afirmar que la sexualidad puede o no devenir en la reproducción, y la reproducción, no requiere un ejercicio previo de la sexualidad.9 9 Por último, conviene enfatizar en la diferencia entre los derechos sexuales y los derechos reproductivos. Si bien, existe un punto de conjunción entre sexo y reproducción, éste se constriñe al ejercicio de la sexualidad heterosexual en parejas en las que la mujer se encuentra en edad fértil. La tradicional catalogación de los derechos sexuales dentro de los derechos reproductivos se ha desvanecido, en la medida que se han propagado prácticas sexuales no reproductivas, como las de individuos no heterosexuales en distintas etapas de la vida.