Dic. 61167 Instrucciones aplicación Homologación Municipal.Este oficio imparte instrucciones para la aplicación de la homologación del sueldo base de los FF.MM, el cual en este año desde Enero del 2015 cumple el 100% de igualdad al del Sector Público centralizado
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
El gobernador Alfredo Cornejo nombró en planta a su exresponsable de prensa. Aseguran que es un nombramiento interino hasta que el cargo se cubra por concurso.
Dic. 61167 Instrucciones aplicación Homologación Municipal.Este oficio imparte instrucciones para la aplicación de la homologación del sueldo base de los FF.MM, el cual en este año desde Enero del 2015 cumple el 100% de igualdad al del Sector Público centralizado
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
El gobernador Alfredo Cornejo nombró en planta a su exresponsable de prensa. Aseguran que es un nombramiento interino hasta que el cargo se cubra por concurso.
Protocolo de Acuerdo MSP-Gobierno Reajuste 2017-2018Nelson Leiva®
Protocolo de acuerdo firmado entre la MSP y el Gobierno, con 13 de las 15 organizaciones de trabajadores del Sector Público y Municipal este Sábado 24 de Noviembre del 2017
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la ASOCIACION SINDICAL DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS Y PREUNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA (ASDIUP)
Protocolo de Acuerdo MSP-Gobierno Reajuste 2017-2018Nelson Leiva®
Protocolo de acuerdo firmado entre la MSP y el Gobierno, con 13 de las 15 organizaciones de trabajadores del Sector Público y Municipal este Sábado 24 de Noviembre del 2017
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la ASOCIACION SINDICAL DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS Y PREUNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA (ASDIUP)
Con el aumento del 4%, el Salario Mínimo Nacional subirá de Bs2. 164 a Bs2. 250 y será de cumplimiento obligatorio, mientras que el aumento del 3% al haber básico se aplicará exclusivamente para salud y educación. El sector privado tendrá que negociar con sus trabajadores el aumento sobre la base del 3%.
El Incremento Salarial en el sector privado será acordado entre las empleadoras y los empleadores con las
trabajadoras y los trabajadores sobre la base del tres por ciento (3%), establecido en el presente Decreto Supremo.
El Incremento Salarial referido en el Parágrafo I del presente Artículo, se aplicará a todas las modalidades de
contratos de trabajo asalariado.
El gobierno anunció que este año el incremento salarial será del 4% al Salario Mínimo Nacional (SMN) y del 3% al haber básico; sin embargo, lo dicho por el ejecutivo no cayó bien a varios sectores del país, que anunciaron una serie de movilizaciones para hacer público su desacuerdo.
Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Dg 160-2019 revalora escala sueldos julio 2019
1. Web: www.dgsc.go.cr Central Telefónica: (506) 25586-8300 Directo: (506) 2586-8333
RESOLUCIÓN DG-160-2019
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. Área de Organización del Trabajo y
Compensaciones. San José, a las diez horas del ocho de octubre del dos mil
diecinueve.
CONSIDERANDO:
1. Que el artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio
Civil, será el cuerpo jurídico que regula las relaciones entre el Estado y los servidores,
con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración Pública.
2. Que para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se constituye a la
Dirección General de Servicio Civil como Órgano Desconcentrado en grado máximo,
a la cual el Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581, le otorga competencias propias
en materia de clasificación, selección y valoración del empleo público.
3. Que la Dirección General de Servicio Civil es titular de competencias propias en
estas materias, de acuerdo con lo que disponen los artículos 13º y 48º del Estatuto
de Servicio Civil, así como el 1º y 4º de la Ley de Salarios de la Administración
Pública, N° 2166, siendo el único órgano con facultades para ajustar la Escala de
Sueldos creada por esta Ley, y para valorar los puestos dentro del Régimen de
Servicio Civil.
4. Que la Escala de Sueldos establecida en dicha Ley de Salarios de la Administración
Pública, constituye el instrumento de retribución oficial de las clases de puestos
cubiertos por la misma; la cual, de conformidad con el artículo 4º de esta Ley,
producto de un estudio técnico puede ser variada mediante resolución de esta
Dirección General de Servicio Civil.
5. Que mediante la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, publicada
en el Alcance N° 202 a La Gaceta N° 225 del 4 de diciembre del 2018, en su Título
III, artículo 3, modifica la Ley de Salarios de la Administración Pública del 9 de
octubre de 1957, adicionando el Capítulo III de "Ordenamiento del Sistema
Remunerativo y del Auxilio de Cesantía para el Sector Público", en cuyo artículo 50 se
consigna, que "Sobre el monto del incentivo. A partir de la entrada en vigencia de
esta ley, el incentivo por anualidad de los funcionarios públicos cubiertos por este
título será un monto nominal fijo para cada escala salarial, monto que permanecerá
invariable".
6. Que en el artículo 1 del Decreto Nº 41972-MTSS-MIDEPLAN-H del 1 de octubre de
2019, publicado en el Alcance Nº 216 A La Gaceta N° 188, del 4 de octubre del 2019,
se estableció “Autorizar un aumento general al salario base de todas las categorías
del sector público, de ₵3.750.00 (tres mil setecientos cincuenta colones exactos).
Mismos que corresponden a la fijación salarial del segundo semestre del 2019".
7. Que por conducto de la Resolución DG-144-2019 del 20 de agosto de 2019, se
reestructuró la Escala de Sueldos de la Administración Pública a partir del 4 de
diciembre de 2018, estableciéndose a su vez los montos nominales que regirán para
2. 08 de octubre de 2019
R-DG-160-2019
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el reconocimiento y pago de anualidades en aplicación de los cambios introducidos
por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y por la reglamentación
inherente a su Título III; asimismo, con rige a partir del 1 de enero de 2019, modificó
la Escala de Sueldos de la Administración Pública revalorada mediante la Resolución
DG-074-2019 del 22 de marzo de 2019.
8. Que el Área Organización del Trabajo y Compensaciones realizó el estudio técnico
respectivo, cuyos resultados se incluyen en el informe AOTC-UCOM-INF-028-2019 del
día 08 de octubre del 2019, que sustenta el aumento general salarial a las distintas
categorías y niveles salariales contenidos en las Escalas de Sueldos de la
Administración Pública.
Por tanto,
EL DIRECTOR DEL ÁREA DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Y
COMPENSACIONES
En uso de las facultades conferidas en el Acuerdo N° 001-2019-SC del 16 de enero de
2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 53 del 15 de marzo el año 2019 y en
apego a lo establecido en Estatuto de Servicio Civil y la Ley de Salarios de la
Administración Pública.
RESUELVE:
Artículo 1º: Revalorar en forma general y en un monto de tres mil setecientos
cincuenta colones (¢3.750), los distintos salarios base contenidos en las
Escalas de Sueldos de la Administración Pública, según el detalle adjunto.
Artículo 2º: Todas las clases de puesto asignadas a dichas Escalas de Sueldos de la
Administración Pública, quedan revaloradas de acuerdo con lo establecido
en el artículo anterior, conforme con las categorías y nivel salarial que
ostentaban al 30 de junio de 2019, y tal como se detalla en los Índices
Salariales anexos.
Artículo 3º: Rige a partir del primero de julio de dos mil diecinueve y queda sujeto a
disponibilidad presupuestaria.
Publíquese,
MSc. Francisco Chang Vargas
Director
Elaborada por: Luis Segura Segura Revisado por: Karina Solís Villalobos
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SEGURA SEGURA
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ANTONIO SEGURA SEGURA
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FRANCISCO
HERNAN CHAN
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por FRANCISCO HERNAN
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