1. DIRECCION DE TRANSITO DE
BUCARAMANGA
www.transitobucaramanga.gov.co
https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/2262207764046802/
https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/283314749182045/
https://www.youtube.com/watch?v=htW94rCfjiE
2. Los accidentes de tránsito han sido declarados por la Organización Mundial de la
Salud como un problema de salud pública. Según estimaciones hechas por esta
entidad, a nivel mundial más de 1,2 millones de personas fallecen por esta causa
y alrededor de 50 millones quedan lesionadas.
Cada día alrededor de 3.500 personas fallecen en las carreteras. Decenas de
millones de personas sufren heridas o discapacidades cada año. Los niños, los
peatones, los ciclistas y los ancianos son los usuarios más vulnerables de la vía
pública.
Las lesiones causadas por el tránsito son la causa principal de muerte en el
grupo de 15 a 29 años de edad.
A pesar de que los países de ingresos bajos y medianos tienen
aproximadamente la mitad de los vehículos del mundo, se producen en ellos
más del 90% de las muertes relacionadas con accidentes de tránsito.
3. En Colombia, el Plan de Desarrollo Nacional
La Resolución No. 002273 del 2014, del Ministerio de
Transporte adoptó el Plan Nacional de Seguridad Vial –
PNSV-2011-2016.
El Ministerio Salud y Protección Social (MSPS) como actor
fundamental en la gestión de esta política pública de
seguridad vial, incluyo en el Plan Decenal de Salud
Pública 2012-2021, la meta reducir en el 25% la mortalidad
a causa de accidentes de tránsito a 2021
Plan de Desarrollo Municipal el gobierno de
las ciudadanas y ciudadanos (2016-2019).
Plan Local de Seguridad Vial – PLSV de
Bucaramanga 2017-2020 denominado:
“Bucaramanga por una MOVILIDAD
SOSTENIBLE, LEGAL Y SEGURA”.
4. PLAN LOCAL DE
SEGURIDAD
VIAL
La Constitución Política de
1991 En los Artículos 11,
82, 88 entre otros, se
establece que el estado es
quien tiene el poder y la
jurisdicción para definir los
lineamientos políticos que
la Constitución le obliga
como directo responsable
del mejoramiento
permanente de la calidad
de vida y de la seguridad
de los ciudadanos.
La Ley 100 de 1993,
determina la destinación
de un 3% del valor de las
primas recaudadas por el
Seguro Obligatorio de
Accidentes de Tránsito
(SOAT), programas de
educación vial.
Ley 1702 de 2013 con la
que se crea la Agencia
Nacional de Seguridad Vial
Ley 105 de 1993, LEY 336
DE 1996, DECRETO 1079
DE 2015, Establece dentro
de otros aspectos los
principios del transporte
público que éste debe
garantizar la movilización
de personas o cosas en
buenas condiciones de
seguridad.
la Ley 769 de agosto 6 de 2002, Código Nacional de
Tránsito Terrestre, se faculta al Ministerio de
Transporte para elaborar un Plan Nacional de
Seguridad Vial para disminuir la accidentalidad en
el país que sirva además como base para los planes
departamentales, metropolitanos, distritales y
municipales.
5. LEY 1503 de diciembre 29 de
2011 "Por la cual se
promueve la formación de
hábitos, comportamientos y
conductas seguros en la
vía…»
Decreto 2851 de diciembre 6
de 2013.
Decreto 1906 del 2015 Aplica
sanciones.
Resolución 1565 de junio 6
de 2014, Guía Metodológica
para la elaboración del Plan
estratégico de seguridad Via
Resolución 1231 del 2016
seguimiento y evaluación
PESV
Normatividad
6. La Dirección de Tránsito de Bucaramanga VIGILA Y CONTROLA
lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011:
• TODA entidad, organización o empresa del sector público o
privado que para cumplir sus fines misionales o en el
desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble,
comercialice, contrate o administre flotas de vehículos
automotores o no automotores superiores a diez (10)
unidades, o contrate o administre personal de conductores
debe diseñar un Plan Estratégico de Seguridad Vial.
¿CUAL ES LA NORMATIVIDAD QUE LE APLICA?
7. Que el Decreto 0348 del 25 de febrero de 2015, en su artículo 60, 62
establece que todas las Instituciones educativas deberán desarrollar entre
otros, el Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV, siguiendo los protocolos
y exigencias legalmente establecidas por el Ministerio de Transporte.
El Decreto 1079 de 2015 establece en su artículo 2.2.1.6.10.7. TODOS los
establecimientos educativos incluyendo los que cuentan con servicio de
transporte escolar privado deberán desarrollar cursos de educación en
seguridad vial, Planes Estratégicos de Seguridad Vial - PESV y formación en
el adecuado uso de los vehículos escolares dirigidos a los estudiantes y
conductores, siguiendo los protocolos y exigencias emitidos por el
Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la
Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional.
¿LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LE APLICA?
8. ¿Qué tipo de responsabilidad puedo asumir como empresa NO adoptar el Plan Estratégico, o
por NO CONTROLAR O VIGILAR que se cumpla?
La Ley ha asignado al responsable de cada entidad
la función de adoptar el PESV, y disponer lo
necesario para su aplicación. Esa asignación
constituye un DEBER LEGAL que puede ser
exigido DISCIPLINARIAMENTE (por no atender
el mandato legal) y FISCALMENTE (si la falta de
adopción o de mecanismos de aplicación resulta en
daños a personas o cosas).
9. ¿Qué tipo de responsabilidad puedo asumir?
• Además de las responsabilidades inherentes a
toda organización en la formulación del Plan
Estratégico, los organismos y autoridades deben
ejercer la VIGILANCIA Y CONTROL sobre los
contenidos de los Planes Estratégicos que se les
presenten, revisándolos, avalándolos si están
correctamente formulados y proponiendo
ajustes a los mismos.
10. Es un deber
legal
Responsabilidad
Disciplinaria.
Responsabilidad
fiscal
Responsabilidad
por daños a
terceros
Deben formular,
implementar y
realizar
seguimiento.
CONSIDERACIONES
Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019
Por la cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 32. Plan Estratégico de Seguridad Vial. Todo empleador y contratante que se encuentre obligado a
implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial, deberá articularlo con el Sistema de Gestión SST
12. ¿CUAL ES EL OBJETIVO?
Disminuir la accidentalidad de tránsito,
para lo cual el gobierno diseñó una serie
de normas dirigidas a las empresas, ya
que estas son componentes
fundamentales en la promoción y
consolidación de una cultura de la
prevención.
13. El PESV es una herramienta técnica que plantea:
¿QUE ES UN Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV?
Obliga TODA EMPRESA
Instrumento Planificación
Acciones, mecanismos,
estrategias y medidas.
Reducir la accidentalidad
vial
Seguridad de los
usuarios
Calidad
Oportunidad
Educación
Responsabilidad
Empresarial
Los responsables
de elaborar el
PESV son los
EMPRESARIOS
https://www.youtube.com/watch?v=k0Kvt2HXKp0
http://www.transitobucaramanga.gov.co/psv.php
14. El PESV es una herramienta técnica que plantea:
¿QUE ES UN Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV?
Es el instrumento de planificación que consignado en un documento
contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que deberán
adoptar las diferentes entidades, organizaciones o las empresas del sector
público y privado existentes en Colombia. Dichas acciones están
encaminadas a alcanzar la seguridad vial como algo inherente al ser
humano y así reducir la accidentalidad vial de los integrantes de las
organizaciones mencionadas y de no ser posible evitar, o disminuir los
efectos que puedan generar los accidentes de tránsito.
15. ¿CUALES SON LAS ETAPAS DEL PESV?
Formulación
Implementación
Seguimiento
Evaluación
Es como un sistema de
calidad Norma Técnica
ISO 39001
La vigencia es de
dos años y se
actualiza cuantas
veces sea necesario.
16. ¿Cuál es el papel como entidad de control o vigilancia?
La autoridad ante quien se efectúe el registro, revisará
técnicamente los contenidos del Plan Estratégico de
Seguridad Vial, emitirá las observaciones de ajuste a que
haya lugar y avalará dicho plan emitiendo un concepto de
aprobación, verificando la ejecución del mencionado plan a
través de visitas de control, las cuales serán consignadas en
un acta de constancia.
17. PILARES DE LOS PLANES MUNDIAL, NACIONAL Y LOCAL DE SEGURIDAD VIAL
PILARES DEL PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL.
18. ¿CUAL ES LA NORMATIVIDAD QUE LE APLICA?
• Resolución 315 de 2013 Por la cual se
adoptan unas medidas para
garantizar la seguridad en el
transporte público terrestre
automotor y se dictan otras
disposiciones.
19. Proponiendo
ajustes
Debe ejercer la vigilancia y control sobre los PESV
Revisándolos
Avalarlos si están
correctamente
formulados
Revisión Documental VISITAS TECNICAS
Medir el impacto
en la seguridad
vial
Hacer
inspección Hacer seguimiento
verificando que las
acciones a las que se
compromete
efectivamente se
realice
20. ¿Cuales son las etapas de vigilancia y control que debe cumplir?
Revisión documental
Emitir las observaciones
Visitas Técnicas a la Empresa
Reportes de Información
SI CUMPLE SE OTORGA
EL AVAL
21. LEY 1503 DE 2011
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Objeto definir lineamientos generales en educación, responsabilidad social
empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formación de hábitos,
comportamientos y conductas seguros en la vía
Para:
Converjamos en
Relación
conocimiento Vs
Comportamiento
Capacitaciones
Campañas
formativas e
informativas
Socialización
Educación vial de
actores viales
Movilidad segura
¿Qué define la Ley 1503 en las instituciones educativas?
22. ARTÍCULO 3o. EDUCACIÓN VIAL.
Acciones educativas, iniciales y permanentes, cuyo objetivo es favorecer y garantizar el desarrollo
integral de los actores de la vía, tanto a nivel de conocimientos sobre la normativa,
reglamentación y señalización vial, como a nivel de hábitos, comportamientos, conductas, y
valores individuales y colectivos, de tal manera que permita desenvolverse en el ámbito de la
movilización y el tránsito en perfecta armonía entre las personas y su relación con el medio
ambiente, mediante actuaciones legales y pedagógicas, implementadas de forma global y
sistémica, sobre todos los ámbitos implicados y utilizando los recursos tecnológicos más
apropiados.
Ley 115 de 1994. Artículo 14. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o
privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar,
básica y media cumplir con: Numeral f) El desarrollo de conductas y hábitos seguros en materia
de seguridad vial y la formación de criterios para avaluar las distintas consecuencias que para su
seguridad integral tienen las situaciones riesgosas a las que se exponen como peatones,
pasajeros y conductores
¿La educación vial esta por norma?
23. ARTÍCULO 10. CONTENIDOS DE LOS PROGRAMAS DE
EDUCACIÓN VIAL. en los niveles de educación preescolar, básica
primaria y básica secundaria
PARÁGRAFO 2o. FORMACIÓN DE DOCENTES.
ARTÍCULO 11. SERVICIO SOCIAL EN SEGURIDAD VIAL.
¿Qué define la Ley 1503 en las instituciones educativas?
30. • Plan de mantenimiento preventivo
• Documentación del plan de mantenimiento
• Idoneidad
• Procedimientos de inspección diaria de los
vehículos
• Control de documentación y registro de
vehículos y su mantenimiento
VEHICULOS SEGUROS
31. INFRAESTRUCTURA
• Rutas internas.
• Política de señalización y demarcación
• Rutas externas
• Apoyo tecnológico
• Política de socialización y actualización de
información.
32. ATENCION A VICTIMAS
PROTOCOLO DE ATENCION DE ACCIDENTES
La Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL)
deberá encargarse de asesorar a las entidades,
organizaciones o empresas sobre el protocolo de
atención de accidentes, con el propósito de que
los empleados conozcan el procedimiento a
seguir en los casos en que ocurra un accidente
de tránsito producto de su actividad laboral, así
como sus derechos y alternativas de acción.
33. RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016
En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para
TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO
Operadores de vehículos
(Plan completo):
A. Fortalecimiento de la gestión institucional:
• Equipo de trabajo
• Intervención de órganos de dirección
• Asignación de responsable en la organización
B. Eje Comportamiento Humano
• Selección de conductores, perfiles
• Pruebas individuales de ingreso
• Registros históricos, documentación
• Capacitación específica en seguridad vial
34. RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016
En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para
TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO
Operadores de vehículos
C. Eje Vehículos seguros
• Tipo de equipo
• Mantenimiento preventivo y correctivo (seguimiento a labores y talleres,
idoneidad)
• Inspección preoperacional diaria
• Seguimiento a documentación
F. Investigación sobre incidentes y accidentes de tránsito para concluir sobre.
– Forma en que se presentó
– Interacción de los ejes (institucional, comportamiento, …)
– Grado de responsabilidad de los actores o de la organización.
G. Lecciones aprendidas.
35. RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016
En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para
TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO
Contratantes de flotas de
vehículos (con o sin conductor,
propios, en leasing, de los
empleados).
(Plan propio resumido – verificación, documentación y recolección de evidencias
de plan completo):
•Plan propio (políticas y protocolos de transporte de personas y bienes de la
Organización)
•Verificación de Plan Completo (del Transportador)
•Asignación de verificador – supervisor – interventor
•Armonización: intercambio de estrategias comunes para enfrentar el riesgo de
accidente – hecho de tránsito
•Documentación y recolección de evidencias de los procesos
• Frente al evento: Investigación conjunta o compromiso de conocer el resultado y
atender como usuarios, la que haga su aquel.
36. MAS INFORMACION PUEDE ENCONTRAR EN
1. Nuestra página web.
2. Redes sociales de nuestra entidad.
3. http://transitobucaramanga.gov.co/
4. https://youtu.be/GXaO-KqCoyI
5. http://transitobucaramanga.gov.co/psv.php
6. http://www.transitobucaramanga.gov.co/movilidad.php
7. http://www.transitobucaramanga.gov.co/normas_de_convivencia.php
8. http://transitobucaramanga.gov.co/estadisticas.php
9. http://transitobucaramanga.gov.co/cepos.php
10.https://www.facebook.com/emisoratransitodtb/
11.https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/
12.https://www.facebook.com/OFIBICIDTB/
13.https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/272489823671271/
37. MUCHAS GRACIAS …
Equipo de trabajo:
Ing. Amelia Farfán Martínez, Subdirectora Técnica.
Ec. Claudia Celmira Mejía Muñoz, Profesional Universitario.
Ing. Iván Rodríguez Durán, CPS Subtécnica.
Lc. Esperanza Valbuena López, CPS Subtécnica.
Dr. Pedro Nuncira Guerra, CPS Subtécnia.
www.transitobucaramanga.gov.co
seguridadvial@transitobucaramanga.gov.co
Kilometro 4 vía a Girón - Teléfono 6809966 Ext. 240