2. Es un proceso a través del
cual se despliega la Tutela
Ejecutiva que brindan los
órganos jurisdiccionales
del Estado.
Proceso de cognición sumario
Proceso singular
Proceso autónomo
3.
4.
5.
6. TIPOS
El Proceso Ejecutivo
1
El Proceso de Ejecución de Resoluciones
Judiciales
2
El Proceso de Ejecución de Garantías
3
TRÁMITE
8. Todos los jueces ejercen
jurisdicción, pero cada uno de
ellos tiene delimitado el campo en
el que la ejerce, de ahí que
algunos jueces pueden intervenir
en unos asuntos y no en otros
Art.690 – B.- Competencia
TITULOS EJECUTIVOS
EXTRAJUDICIALES
1. T.E. que contienen obligación
de dar suma de dinero.
Juez de Paz letrado : de 0 a
100 URP Juez Civil : mas de 100
URP
2. T.E. que contienen una
obligación de dar bien mueble
determinado, de hacer, de
formalizar documento y de no
hacer:
Juez Civil : No existe cuantía.
3. T.E. que contiene una ODSD
con garantía real (hipoteca,
anticresis o garantía mobiliaria)
Juez Civil :
En forma exclusiva no importa la
cuantía.
TITULOS EJECUTIVOS
JUDICIALES
Sera competente el Juez del
proceso en el cual se
constituyó el titulo ejecutivo
judicial.
- Sentencia de condena
firme,
- Transacción judicial,
- Conciliación judicial.
9. DEMANDA EJECUTIVA
• Por eso la demanda ejecutiva es un
documento elemental que suele incluso
estar impreso en relación con
determinados títulos, en cuanto se limita
a consignar las circunstancias y datos del
título en cuestión.
• Art.424 del CPC Y Art.425
CALIFICACIÒN
• Procede la calificación del título
ejecutivo, el juez verificara si el título
contiene una obligación cierta, expresa,
exigible, líquida o liquidable.
CONTRADICCIÒN
• Art.690-D .- Contradicción
• Art.690-E .- Trámite
• Por tanto, nuestro único proceso de
ejecución, sigue siendo el mismo proceso
“mixto de ejecución y cognición” que
teníamos antes.