GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
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1. LEY DE ORGANISMO JUDICIAL - DECREO NÚMERO
2-89 –
El congreso de la República de Guatemala
presenta a consideración del congreso un
proyecto de ley del organismo judicial,
presupuesto que ha cumplido a cabalidad por
este Alto organismo.
Considerando – Es conveniente emitir la ley del
organismo judicial propuesta ya que la misma
armoniza las disposiciones fundamentales de
organización y funcionamiento del organismo
judicial con el ordenamiento judicial vigente.
Título I Normas Generales Cap. I Preceptos
Fundamentales: En este espacio indica cómo es
que se llevará a cabo el proceso de un caso
pudiendo hacer uso de este ordenamiento como
otros más, nos explica el proceso de la vigencia de
la rep, como la irretroactividad y en qué cosas
puede estar esta aplicarse, nos indica el orden
jerargico y lo que prevalece en cuanto a las leyes
existentes en el país, el idioma que debe de
respetarse para llevar a cabo un caso y el
diccionario que se debe de entender tanto como
los actos deben probarse de buena fe y el grado
que se debe respetar en las reglas de parentesco.
CAPÍTULO II Normas de derecho Internacional
privado. En este capítulo segundo nos explica
como los actos y negocios deben regirse de
acuerdo al lugar de su celebración, es decir nos
explica que leyes se deben de respetar según
donde se celebró dicho acto, se aplicara y juzgara
en el lugar tanto si es en el extranjero o territorio
nacional, las leyes que se reaplicaran aun
extranjero que se encuentre en territorio tanto
como si una persona Guatemalteca se encuentra
en el extranjero y estos cometen algún acto o
negocio la ley que se le aplicara será en donde
fuere cometido y los bienes que nos indica que se
regirán de acuerdo al lugar de su ubicación o sea
en el departamento, municipio o país en que se
encuentren.
CAPÍTULO III – Aplicación de las leyes en el
tiempo.- En este espació corresponde a
indicarnos en como la ley anterior debe de llevar
una serie de pasos sobre un posterior pasos que
se llevan si en un caso se genera un conflicto de
una ley en que se firmó sentencia, pero se tiene
una posterior entonces con cada inciso nos regula
los paso para poder encontrarle un solución al
conflicto en algunos casos se podrá hacer uso de
la ley vigente como en otros se llevara el
procedimiento que ya se venía manejando, es
decir, la anterior.
CAPÍTULO II – Funciones administrativas:
Este capítulo nos indica los puestos solo
serán administrados por el O.J. por la corte
suprema de justicia, nos indica el tiempo y el
periodo en que se estará vigente cada
puesto y que solo el presidente del O.J.
puede, autenticar firmas, trasladar,
ascender, sancionar o destituir a los
funcionarios y empleados administrativos.
TITULO II – FUNCIONES DEL
ORGANISMO JUDICIAL CAPÍTULO I –
Disipaciones generales. En este espacio
nos indica como el organismo judicial es
el encargado de impartir justicia,
valiéndose de la constitución política de
la República de Guatemala y
ordenamientos jurídicos del país.
CAPÍTULO V – Plazos En este capítulo
nos indica los días que son hábiles y las
horas que se dan para que se comience
a tomar en cuenta algún plazo fijado, es
decir que comienza de tal hora a tal
hora de algún otro día, se debe tomar
en cuenta los días que estén regulados
como día de feriados.
CAPÍTULO IV – Documentos prevenientes del
extranjero. En este capítulo se indica el proceso
que se debe someter dicho documento que venga
del extranjero para que este pueda ser utilizado
en el territorio nacional, se indica el proceso de
traslación de idiomas en caso de que se tenga que
traducir y sello que este tenga que llevar para dar
fe de que si puede tener validez, documentos que
intenten menoscabar la soberanía o contradecir la
constitución de la República de Guatemala no
tendrán validez.
TITULO III – FUNCIÓN JURISDICCIONAL –
CAPÍTULO I – La jurisdicción en General. En
este espacio indica la manera de aplicar la
justicia en sus ramas es decir que cada tema
tiene sus diferentes áreas y así mismo los
encargados de impartir justicia tiene un área
o lugar específico para poder desempeñar
sus labores, se nos indica que toda
impartición de justicia debe de ser aceptada
por los jueces siempre y cuando se
presenten todo acto de prueba.
CAPÍTULO II – Corte suprema de justicia.
Este es el espacio en donde la corte
suprema tiene jurisdicción en toda la
república de Guatemala para conocimiento
de asuntos judiciales, también indica la
organización de los magistrados, también
indica que para cada resolución se llevara un
proceso de votos que consiste en la mayoría
de los mismos para poder llevar a cabo
alguna resolución.
CAPÍTULO III – Corte de apelaciones y
tribunales colegiados. En este punto nos
indica como las salas van de manera
conforme lo diga la corte suprema de
justicia, su sede, su competencia territorial,
también la integración de los magistrados,
los presidentes de salas y tribunales
colegiados son la autoridad superior y son
los encargados de supervisar todo tramite, y
dejarlos resueltos.
CAPÍTULO IV – Juzgados de primera
instancia. La corte suprema es la encarga de
determinar la sede y distrito
correspondiente a cada juez de primera
instancia se les fijara sus competencia, los
jueces que tengan materia penal o
competencia penal están obligados a visitar
por lo menos una vez al mes los centros de
detención y cárceles de su distrito, como su
residencia debe de ser donde se encuentre
la sede del Juzgado, en caso de que no
pueda cubrir este cargo pasar a un segundo
juzgado de primera instancia.
CAPÍTULO II – IMPEDIMENTOS,
EXCUSAS Y RECUSACIONES. En este
punto se nos indica las impedimentos
para que un juez conozca algún asunto,
uno de eso impedimentos puede ser
que el juez tenga parentesco con alguna
de las partes, ser parte del asunto,
tanto como las excusas un juez solo
podrá excusarse cuando tenga amistad
íntima o relaciones con alguna de las
partes que a juicio del tribunal, según
las pruebas y circunstancias, hagan
dudar de la imparcialidad del juzgador
como primer ejemplo, segundo
ejemplo, cuando el juez antes de
resolver, haya externado opinión en el
asunto que se ventila, cuando estos
presenten estos tipos de excusas e
impedimentos serán suplantados por
otro juez.
TÍTULO IV – DISPOSICIONES COMUNES
A TODOS LOS PROCESOS – CAPÍTULO I –
Jurisdicción y competencia. Cada juez
debe de conocer la jurisdicción y
competencia a la cual se le ha sido
delegada, por tanto no puede delegarse
a otro juez, toda acción judicial debe
entablarse de acuerdo al juez de
competencia.
CAPÍTULO VI – Secretarios tribunales.
Este indica que en cada tribunal de
justicia debe de haber un secretario
quien es el que se encarga de que
autoricen resoluciones y las diligencias
que se practiquen, para poder adquirir
ese cargo es necesario ser
Guatemalteco, tener título de abogado
y notario y ser colegido activo.
CAPÍTULO V – Juzgados menores. Son
también llamados juzgados de paz y su
rol esta en desempeñar la
administración de la justicia según su
jurisdicción y competencia, en caso de
que este no cumpliera con su turno sin
causa justicia este recibirá una mula de
Q 10.00 a Q 100.00 en caso se justifica
el incumplimiento deberá probarse
dentro de 24 horas..
CAPÍTULO IV – Las resoluciones en general.
El plazo para una resolución puede ser
resuelta deben dictarse, los autos en tres
días, la sentencia dentro de los 15 días
después de la visita, la infracción de plaza
debe resolver se sancionara con una multa
de Q 25.00 a Q 100.00 que se impondrá al
jueza a cada uno de los miembros de un
tribunal..
CAPÍTULO V – Las sentencias y ejecución.
Para dicha sentencia debe llevar ordenados
una serie de paso para que esta pueda ser
legalmente aceptada expresando entre ello,
nombre completo, razón social o
denominación, domicilio, nombre los
abogados de ambas partes, existen las
sentencias de segunda instancia que
contienen resumen de las sentencia
recurrida rectificándose los hechos que
hayan sido relacionado con inexactitud. Se
entenderá por sentencia ejecutoria las
sentencias consentidas expresamente por
las partes, para poder llevar a cabo una
ejecución el juez que la dicto en primera
instancia, en lo penal se atenderá a lo
preceptúa la ley respectiva.
CAPÍTULO II – Relaciones entre los
tribunales. En este espacio nos indica
que los tribunales se prestarán mutua
auxilio para práctica de todas las
diligencias, para ejecutar sentencias, los
tribunales podrán requerir de las demás
autoridades de auxilio de la fuerza
pública que dependerá de ella..
CAPÍTULO II – Certificaciones. Todos los
expedientes no deben salir de las
oficinas, pero si se pueden hacer
entrega a quienes lo soliciten dándoles
fotocopias simples o certificaciones que
se extiendan solamente a otra
dependencia u oficina leal del estado.
CAPÍTULO IV – Apremios y multas. Se
entienden por apremio el apercibimiento,
multa o conducción personal que se le
aplicaran según la gravedad de la infracción
los apremios son aplicables a los abogados,
a los representantes de las partes y a los
funcionarios o empleados que dependan del
tribunal, los tribunales tiene la obligación de
imponer multas establecidas en la ley, de no
hacerlo los titulares quedaran responsables
de su valor en casos no precisos por la ley la
multa no bajar de Q 5.00 ni excederá de Q
100.00, los ingreso de dichas multas se
usaran para fondos privativos de este
organismo.