Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Dip 2
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Bicentenaria de Aragua
Profesor:
José Andrés Malo
Alumna:
Niurka Guevara
2. LA PARTICIÓN
Es aquel acto jurídico,
unilateral o plurilateral,
necesario e irrevocable, de
naturaleza declarativa
(ROCA SASTRE, Bienes e
Inmueble 2017)
Es la distribución de los bienes
de la masa entre los
condóminos.
(MAZEAUD, Bienes e
Inmueble 2017)
Es la operación por medio de
la cual se pone término a la
indivisión de una sucesión,
distribuyendo el caudal relicto
entre los coherederos
(COVIÁN, Bienes e Inmueble
2017)
3. TIPOS DE PARTICIÓN
( Bienes e Inmuebles, KUNG
FOO, Pg. 102-104)
Partición voluntaria: Aquella que
efectúan todos los herederos de
común acuerdo y se realiza en
escritura ante notario y requiere
para considerarse válida la firma
de todos los llamados a heredar.
Partición Judicial: Esta partición
se da en los casos en los que los
herederos no se ponen de acuerdo
sobre cómo repartir los bienes del
fallecido. En esos casos, deberán
acudir al juez de primera instancia
para que se realice la partición
judicial
Partición realizada por un
"contador-partidor": En estos
casos, la efectúa una figura
denominada contador-partidor,
para evitar acudir a la partición
judicial, más larga y gravosa
económicamente.
Contador-partidor
testamentario: Cuando ha
sido nombrada por el
testador en el testamento
para el que realice la
partición de la herencia.
Contador-partidor dativo:
Es el nombrado por el Juez a
solicitud de los herederos
que representen al menos el
cincuenta por ciento del
haber hereditario.
4. PARTICION JUDICIAL
CONTENSIOSA
Art 777 y siguiente CPC
(JURISTA RICARDO
HENRÍQUEZ LA ROCHE)
Si bien sabemos la doctrina ha reconocido
tres tipos de partición como método para
extinguir la comunidad sobre determinados
bienes las cuales son:
1. Partición Judicial Contencioso.
2. Partición Extra-Judicial Amistosa.
3. Partición Judicial no Contenciosa.
Interpone libelo de
demanda según Art
777 CPC
Admitida la demanda el
juez ordenara la citación
de los demandados para
el acto de la
contestación de la
demanda
Se presenta el documento
de partición y se procede a
la revisión en el termino de
los 10 días siguientes a su
presentación, si no hay
objeción queda concluida la
partición