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DEPARTA!{E¡'TO D€ AT{TT¡Q!'IA
HUNrcP¡O DE CH¡GORODO
ATCTLDfA
CONTRATO DE OBRA
co 183/2015
FUNCIONARIO OUE LO CELEBRA:
IDENTIFICACIÓN FUNCIONARIO:
ACTO ADTVO, OUE LO FACULTA:
NOMBRE DEL CONTRATISTA:
NIT:
REPRESENTANTE LEGAL:
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
OBJETO:
EDGAR PAYARES SERRIO
8.336.365 DE CHTGORODO
ACUERDO NO OO9 DE 2014
CONSORCIO CHIGORODÓ
so09't 2451 -7
JHON FREOY ZAPATA GARZON
c.c. 71.253.351
PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO CARREM
107 ENTRE CARRERA IO8 Y CALLE 88
ADEMAS EL TRAMO DE LA CALLE IO1 ENTRE
I-A CARRERA IO7 Y CARRERA 106 DEL
MUNICIPIO DE CHIGORODO.
NOVENTA (90) DIAS
$2.336.360.095
PLAZO;
VALOR:
TEXTO
Enfe los suscritos a saber EDGAR PAYARES BERRIO, ¡dentif¡cado con la Cédula de
ciudadania 8.336.362 de Ch¡gorodó en su condic¡ón de Alcalde del Munic¡p¡o de Ch¡gorodó y
Representante Legal del mismo, deb¡damente autorizado por el Honorable Concejo Munic¡pal
mediante Acuerdo 009 de 20'14, quien en adelante se llamará EL MUNICIPIO y el
CONSORCIO CHIGORODO, Representado legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA
GARZON ¡dentificado con édula número 71.253.35í qu¡en en adelante se llamará EL
CONTRATISTA, se ha celebrado el presente Contrato de Obra ádjud¡cado por licitac¡ón
pública Nro. 010 de 2015, el cual se reg¡rá por las sigu¡entes cláusulas, prevh las s¡guientes
cons¡deraciones: 1). Es obligación de la Administración Municipal promover la construcción,
meioramiento, manten¡miento y remodelac¡ón de las edificaciones públic$, el mantenimiento
y la pav¡mentac¡ón de vfas urbanas y de las vlas rurales, asf como las demás obras públicas
que requ¡eran los d¡stintos sectorés económicos y sociales del Mun¡c¡pio con el t¡n de impulsar
el desanollo ¡ntegral, para el cumplimientc de estas acliv¡dades que se encuenüan
consignadas en ef Pfan de Acción y en el Phn de Desanollo "Porque Merecemos et Cambio
m12-2015".2.). El Municipio De Chigorodó presentó ante e' OPS "Departamento Para La )A
"PORQUE HÉRECE}|OS EL CAX¡IO 2012 - 2015"
Carr.r. 1O4r f{ro. IOO - 08 Tel.fa¡ 825 36 30
alcaldía@ch¡oorodo-antioou¡a.oov.co
^) "l
D€PARTAüE]{ÍO DE lr{T@UlA
Irlur{lclDro DE gHlcOROoo
Prosperidad soc¡a¡' un proyecto de PAVIMENTAGIoN EN coNcRETO RIGIDO CARRERA
IO7 ET.ITRE CARRERA IO8 Y CALLE 88 ADE AS EL TRAIIO DE LA CALLE IOI EI{TRE
LA CARRERA IO7 Y CARRERA tO6 DEL ñÍÍUNICIP¡O DE CHIGOROOO, eI cUaI fue
aprobado, s¡endo un proyeclo que busca atender a la poblac¡ón má9 pobre y vulnerable del
pafs por s¡tuaciones de desplazamiento, violenc¡a, pobreza y presencia de culiivos ilíc¡tos, en
el marco del Plan De Desanollo 2O1O-2O14 'Prosperidad Para Todos" y las bases del Plan
Nacional De Desanollo 2014-20'18 'Todos Por Un Nuevo País", en el cual se incluyeron
especialmente las ¡n¡ciativas relac¡onadas con la reducc¡ón de la pobreza extrema, pomoc¡ón
del empleo y la equ¡dad, la consolidac¡ón de la paz y los soport$ transversales para la
prosperidad democrática, a través de la gestión amb¡ental y del riesgo, y la promoción dél
buen gobierno.3), En el Plan de Desanollo Mun¡cipal se estableció como una prior¡dad el
mantenimiento de la red vial y la pavimentación de vlas del Municipio, con el ñn de facil¡tar a
los ciudadanos el poder desplazarse fácilmente y así conbibuir al mejoramiénto de h calidad
de v¡da. 4). No existe dentro del personal de la alcaldía quien se encargue de real¡zar las
labores de pavimentación de vfas, por tal mot¡vo se hace neceSario contratar una persona
natural o juríd¡ca para que desarolle estas labores y así cumplir con las obl¡gaciones del
@nvenio entre el Mun¡c¡pio Oe Chigorodó y DPS "Departamento Para La Prosperidad Social".
5). Por lo anter¡or, para establecer el alcance de las espec¡ñcac¡ones técn¡cas de las
act¡v¡dades e ítems y determinar los prec¡os denlro del estudio de mercado 3e uül¡zaron
algunos prec¡os establecidos, y que no sobrepasan el presupuesto del presente pro@so de
s€lección, además, los ftems deberán cumplir con los esÉndareg de calidad. 6). Que en vlrtud
a dicha Convocatoria, se presentó el sigu¡ente oferente: CONSORCIO DE CHTGORODÓ,
Representando Legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA GARZON identificado con la
édula de c¡udadanfa 71.253.351. 71, Que el Alcalde Munic¡pal, acatando las
recomendac¡ones del com¡té evaluador, mediante Reeolución Nro. 1331 de fecha 23 de
Noviembre de 2015, adjudicó al proponente CONSORCIO DE clllGORODÓ, Representando
Legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA GARZÓN, idenüfcado con la édula de
ciudadanía 71.253.351, el contrato.6). Que EL CONTMTISTA declaro no estiar ¡ncurso en
n¡nguna de las causales de inhab¡lidad e ¡ncompat¡bilidad de que trata el artículo 80 de la Ley
80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley '1474 de 20'11, y demás dispos¡ciones vigentes sobre la
materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conbrme lo prevé el artfculo 9'de la Ley
80 de 1993. t0) Que el contrato se sujetará a las sigu¡entes cláusulas: CLAUSULA
PRIiIERA: OBJETO: El Contraüsta se obliga para con el Mun¡cipio a ejecutar Contrato de,
PAVIIIENTACION EN CONCRETO RIGIDO CARRERA IO7 ENTRE CARRERA IO8 Y
CALLE 88 ADEiIAS EL TRA!'O DE LA CALLE IOI ENTRE LA CARRERA IO7 Y
CARRERA 108 DEL MUNICIPIO DE CHIGORODO acorde a las Normas y Espec¡ñcaciones
Técnicas contenidas en la Ficha Técnica de la Convocator¡a por l¡citación públ¡cá Nro.010 de
2015. CLAUSULA SEGUNDA: T{ORIIAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: EN IA
ejecuc¡ón de las obras que son objeto de esle Contrato, el Contalista 8e ceñiÉ a lás Normas
y Espec¡ficac¡ones Técn¡cas, planos, diseños, suministrados por el Contratante. El municip¡o
podÉ hacer camb¡o en los planos y especificac¡ones de las obras 0 por evenlos
excepcionales. Estas modal¡dades serán acordadas med¡ante Actas de modifcac¡ones entre
"poRQuE lirEFECEfi.rOS EL CA¡iaBrO 2O12 - 2Ot5"
C.rrera lo¿r l{ro. IOO - oB T.lefax 825 36 30
alcaldi¿@chioorodo-antioouia,oov.co
3p
DEpAR|fArllEiIfo DE AmtoQlrrA
MUNrclPrO DE
DCIIGORODO
el Interventor y el Contaüsta. Y si el Contraüsta observa qué hay que hacer cambio en los
planos y espe¿ificac¡ones or¡ginales el Munic¡p¡o reservará el derecho de acepüarlas o no
Especificaclonss del b¡en, caracterlstlcas y cant¡dades:
1 EXCAVACK)I'IEg Y LLENOS
1,1 G210.2,2 ír3
Excavac¡óñ 6n malgria¡
común ds le
€xolanación vcánales,
4.099,57 12.600 51.654.575
1,2 G900.2 m3k
Tran8porte de
má{€rieles
pfovoni€n!ás de lá
axcávacióñ d€ la
explanáción, canal6s y
pÉsiÉrnos p€ra
dBlsncÉs ñáyorés de
mil m€tros (1.000 m)
Mefo q¡bico.kilómollE.
D¡st¡ncia a
Escomher¡ 7 Xm,
5.464,35 1.200 6.557.214
1,3 Gm1.9 ñ2 Oomolición ds P¡8os Y
€nd€nd do concr€lo.
70,00 14.393 1.007.510
1,! G201.12
R€mocó¡ do 6tfi€€ia5 45,00 450.000 20.250.0@
G320.2 m3
subbaBo grenu|af
CLASE B
2.6A1,72 ao.127 213.756.18
1,6 G3t0.1 m2
Confoñnacrón do la
cálzáde sxblante,
6.405,42 7.330 ¡16.951.729
VIAS Y URBANISMO
2,1 G500.1 m3
Pgv¡m9nto da concreto
h¡dráullco.
1.281,04 647.63,t 829373.555
G505.1 m3
Base dg concreto
Hidéul¡co
377.40 630.000 237.744.835
2,3 G472.2
Bodillo d6 pi€zE
prÉfsbfÉada de 2-287,51 52-600 119.271.O24
2,4 G671.1 rñ3
Arn6l¡ de concrElo
fundda an elluget
170,06 6,(}.000 109-350.670
SILVICULT URA URBANA
3,r c820.t Pbn{ac¡óñ de Atbolts 257,OO 114.353 29.388 721
1 SEÑALIZACION VIAL
1,1 G710.1.2
S.ñel v.rlical de
tfemi¡o lipo I co¡ La
fYiná refeclrvs lipo lll
66,00 286.803 18.928.998
12 Gt00.3 tt2
Marcs v¡e¡ con p:nlure
134,40 13.361 1.795.718
1,3 G710-2 m2
Soñ€l vcrlic¿l de
t"ensito lipo 2 d. (1.50
x 0.80)
4,00 407.111 1.629.644
CARCAMOA PARA CAI{ALIZACION OE
AGUAS LLWIAS
5,1 G530.4 ñ13
Coocrúlo R6istenci9
2,IMPA
59,40 708.583 42.089.830
"PORQUE l,lERECEnios EL calilB¡o 2012 - 2O1S"
ceÍ€ra 1O4¡ Nro. lOO - 08 T€lsfax a25 36 30
alcaldíá(ochioorodo_ant¡oouia,oov co
zc1
DEpIRT^lirEr{TO OC Aiftü)QlBA
r,tuf{tctPto DE ci¡GoRoDo
A¡.GALD¡A
5,2 G6,t0.l kg
¡r6ero cl€ rtfuar¿o Fy
4200 MPe.13.558.463
4.747,2e 5.020 23.831.330
5,3 G830.3 m3
concrito R€58!6nc¡a
28MPa
18,08 843.184
TOTAL COSIO DIRECTO I r.787.¡¡St83
ADMINISTRACION 23,355% 8 412.7ú274
IMPREVISTGS 1,U5% $ 29.074.716
UfILIDAOES 5,000% $ 88.372.998
torAl co8¡os tNDtREcTos s{t30.237.969
SU*IA TOTAL ¡2.207.697.952
PGO 138.C62.f¡3
TOTAL PROPUESTA t 2ji¡e,$o.ogit
&
CLAUSULA TERCEÍIA: DURAGIÓN: El plazo de ejecuc¡ón es de NOVENTA (90) DÍAS, es
decir, el l¡empo durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera
satisfacción del Municip¡o de Chigorodó, la totalidad de obras objeto del presente contrato.
CLAUSULA CUARTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: EL VALOR DEL PRESENTE
CONTRATO ES POR LA SUIIA DE DOS MIL fRESCIE¡ITOS TREINTA Y SEIS MILLONES
TRESCIENTOS SESENTA ftllL NOVENTA Y CINCO PESOS (E2.336.360.095). El Mun¡cipio
pagará el valor de la obra con un ant¡cipo del 40% y el resto en actas parc¡ales de acuerdo al
avance de la obra en el t¡ampo establecido para su ejecución, acompañado de cerliñcac¡ón de
rec¡bo a satisfacción, y de acuerdo a la Cláusula 3ra 'Foma De Desembolso De Los
Recursos Aportados Por El DPS-FIP". CLAUSULA QUINTA: ANTICIPO Y AMORTIZACION
DEL ANTICIPO: Se dará anüc¡po del 40% del valor de la obra. Ai¡IORTIZACION DEL
ANTICIPO: descontár proporcionalmente a cada acia parcial, que tram¡la al contratlsta, el
porcentaje que se le dio como ant¡c¡po al contrat¡sta es dec¡r en esE caso el (40%) del valor
de cada'acta hásta llegar €l final. CLAUSULA SEXTA: ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL: El
Mun¡cipio atenderá el gasto del valor del présente Contrato con cargo alArtfculo Presupuesbl,
de la vigencia fiscal, como @nsta en la Disponib¡l¡dad del f 0 de Agosto de 20'15, La entrega
de las sumas de los dlneros que el Munic¡pio queda obligado a reconocer, se subordinará a
aDrooiac¡ones oue se hava en los res PresuDuestos v Planes de Gastos.
CDP RUBRO DESCRIPCION
01185 23002603010103 Conven¡o lnteradm¡nistat¡vo 030 DPS
Pav¡mentación C|a 107
CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. A, DEL CONTRATISTA: EI
ContratFta sé obliga con el Munic¡pio a: 1. Cumplir con los requerimientos exig¡dos en el
pliego de condiciones y en la propuesta presentada, los cuales hacen parte ¡ntegral del
presente contrato. 2. Cumplir con el objeto del contrato y cada una de las activ¡dadeg
descr¡tas para el desarollo del mismo, con la dlligenc¡a, eticaciá y responsab¡lidad requerida,
de conform¡dad con lo $tipulado en el pliego de condiciones y @nforme a la propuesta
presentada, que hace parte ¡ntegral del contrato. 3. Tener un conocim¡ento completo y
detiallado del proyecto, del respect¡vo pliego de condic¡ones, de las espec¡ficac¡ones, del
las
"FORQUE rirERECEirOS EL CAfilB¡O 2012 - 2O¡5"
C.rrera 104¡ 1{ro, l0O - Og Tclcf.x 825 36 30
¿lcaldíáóchioorodo-¿ntioouia,oov.co
?L)
DEPAmAüE¡ftO DC AI{fDQtr[A
iru rcIPro DE cHr60noDo
cfonograma de ejecución de las obras y de cualquier otro documentc que haga parte del
contrato. 4. Ga€nt¡zar y cumplir con la c€ntidad del personal y equipos otrec¡dos en su
pmpuestá. 5. Cumplir con las normas técnicas y espec¡licaciones exigidas por el respeciivo
contrato. 6. Ejecubr p€rmanente control sobre la calidad de los matariales y elementos,
v¡gilando su util¡zación y almacenamiento, acogiendo el rechazo oportuno de aquellos que no
cumplen las condic¡ones o espec¡f¡caciones defin¡daE, y gegu¡r las ¡nstrucc¡ones dadas por la
lntervenloría al respecto. 7. Velar porque duranb la eiecución de las obras no se ocagionen
dáños á tércéros y s¡ estc llegare a suceder, tomár las medidas necesarias pata évitar futuras
feclamacionés al Mun¡c¡oio. 8. Tener comorom¡so con el manbnim¡ento de las normas de
seguridad industrial, protección y conservación de las obras durante la ejecuc¡ón de las
mlsmas. 9. Comunicar al Mun¡cipio de Chigorodó, a través de la lnterventoria en forma
oportuna, todas las determinac¡ones tomadas 6n desarrollo de los trabajos. 10. Part¡cipar de
las reun¡onas periódicas que teal¡ce la Interventoría para évaluar el desarrollo de las obras,
adelantar el estud¡o y soluc¡ón de los problemas qué pudán a€ctar la marcha del proyecto e
introduc¡r los cambios que sean necesaños en la prog€mación de las act¡vidades. 11. Cumplir
con el Plan Operativo y ñnanc¡ero del conüato y de los térm¡nog eEiablec¡dos en los confatos
de p€rsonal. 12. Dar cumplimiento a las disposiciones de carácter laboral establecidas por el
Código Sustantivo de Trabajo, las normas que lo complern€ntan y la Ley 100 de 1993,
ex¡g¡endo que se tomen las medidas lendientes a garant¡zar la seguridad d6l personal
contratado para cumplir con el objeto del convenio. 13. Enfagar mensualmente al Interventor
@nstancia dél cumpl¡miento del pago de la seguridad soc¡al y aportes paraf¡scales, para el
p€rsonal vinculado al mismo y exigir el paz y salvo laboft¡l del personal contfatado por el
cont¡átista. La ñrma lnterventora débe cumpl¡r igualmente con estos requisÍos, con los
profes¡onales que contrate, para podér proceder a la liqu¡dac¡ón del contrato, 14. Solicitar en
turma oportuna los trámites de ámpl¡ación, adición, suspens¡ón, recibo final y liquidaclón
defnitiva del contrato celebrado, en caso de ser requefidos. f5. Presentar oportunamente las
sugerencias, reclamac¡ones y congultas a cercá de Ia ejocución del proyecto, las cuales se
deben env¡ar dir¡g¡das a la lntervenioría del Proyecto. '16. Atender las órdenes de suspensión
de los trabajos que se estén llevando en forma ¡nconecia, hastia tianto él confatista cumpla
con las especificaciones previstas en el conlrab. 17. Efectuar conjuntiamente con la
Interventoría eváluacionea periód¡cas de la ejecuc¡ón del contrato. 18. Sumin¡strar la
existencia de la totalidad de p€m¡sos o autorizaciones públicas o pr¡vadas que permitan
desarrollar sin oposición las obras requer¡das, notiñcando al Munic¡pio los problemas que al
respecto se detecbn. 19. Part¡cipar conjuniamente con la Interventorfa de la liqu¡dac¡Ón
financiera del contrato medianb acta debidamente aDrobada donde se certit¡que el reclbo a
satisfacción de los productos en$egados. Esta información será la bas€ para que el Municip¡o
formalice la l¡ou¡dación del contrato. 20. Elaborar los inbrmes mensuales e informe ñnal
solicitados por el Mun¡cip¡o de Chigorodó 21. Atender en forma permanente y personal la
direcc¡ón de las obras objeto de contratación y a mantener personal ¡dóneo para la ejeeución
de actividades. 22. Elabotar las cuentas de cobro (iacturas) que se presenlen en desarrollo
del contrato. 23. Tramitar todas las cuentás relativas al desarrollo del contrato por conducto
del intefventor, dada su calidad de intermediar¡o enfe el cóntratista y el Municipio de
"PORQUE XERECCi,IOS EL CAI.IBIO 20r2 - 2015"
C..r€r! 104. I{ro. 10O - 08 T.l.f¡x 825 36 30
alc¿ldía(ochioorodo-antioouia,oov.co
"s1
DEPIRfAIiIEI{TO DC AI{TDQUIA
nuNtc¡Pto DEtDcHIGoRoDo
Chigorodó.24. Constituir las garantías suficientes y nécesarias conforme lo previSto en el
pl¡ego de cond¡ciones y en el contrato. 25. Cumplir con el cronograma y plazos de ejecuc¡ón
del Contrato. 26. Cumpl¡r con la Resoluc¡ón 541 de 1994, pará el manejo y dispos¡ción de
escombros. 27. Dar estricto cumpl¡miento a la señalizac¡ón de lá zona de las obras y vallas de
información. 28. Elaborar e ¡nstalar valla durante la ejecuc¡ón del contrato, la cual deberá
ceñiBe en lo que respecta a sus especif¡cac¡ones, a lo deñn¡do por el Mun¡clpio de Chigorodó.
29. Sol¡citar los permisos y las aprobaciones anté las entidades externas, que sean
necesarios. 30. Todas aquellas obl¡gaciones que sean necesariag para la ejecución adecuada,
efciente y segura del objeto contractual. 31. Construir las ¡nsblac¡ones prov¡s¡onales para
oficinas, zonas de trabajo, si a ello hay lugar. 32. Llevar libro de obra en el cual se consigne el
avance diario, las sugerencias planteadas por la Interventorfa y los diferentes profesionales
que ¡ntervendrán en la ejecución del poyecto. 33. Pára ebctos de soportar las actas de
pago, el contrat¡sta debérá adjuntar cop¡a de la bitácora de obra, regisfo fotográfico (donde se
mueste el avance de la obra), memorias de las c€ntidades ejecutadas. 34. Dar Cumpl¡m¡ento
a los procedimientos y medidas necesarias para garaniizar el cumplimiento de las normas y
políticas ambientales por el Gobiemo Nacional; Para él logro de este objet¡vo, se tendrá en
cuenta lo d¡spuesto en la Gufa De Manejo Ambiental de Proyectos de Infraestructura
Subsector Vial (D¡sponible en www.inv¡as.oov.co/documentacion/publ¡cac¡onegou¡a de
maneio añb¡ental. o en la Subdirección de Mectio Añb¡ente y Gestión Social), Además de lo
disg./esro e, el Menonndo SMA 22860 del 23 de abil de 2012 y au atexo. 35. Dar
cumpl¡m¡ento a la ley 99 de 1993 y el Dec.eto 2820 del 05 de agosto de 2010 y las normas
que lás remplacen, ád¡c¡onen y complementen, relacionadas con el maneio ambiental,35. Dar
cumpl¡miento de todas las normas legales v¡gentes en espec¡al las leyes 100 de 1993, 789 de
2002 y 828 del 2003. 36. Reportar los acc¡dent$ de trab4o que se presenten en desarrollo
del objeto contractual a la ARP, a la lnteNentoría y al Mun¡cipio de Chigorodó. Las demás que
se desprendan de la leg¡slac¡ón aplicable a esta modalidad contractual. 37. Legalizar de las
garantías exig¡dag en esb proceso. 38. Guafdar ebsoluta reservá de lo que conozca en razón
del desarrollo del objeto conÍactual. 39. Dar cumpl¡miento de la normatividad apl¡cable al
proyecto paÉ el cual se conlrató. 40. Veriñcar el cumplimiento al marco confactual. B. DEL
MUNICIPIO: EL MUNICIPIO se compromete a: l. Entregar al contratjsta el sitio donde se
real¡zara el objeto del contrato. 2. Págar el valor de este contrato en la Ícrma y tiempo
pactados.3, Recibir en el siüo y plazos convenidos el objeto del confato. ¡t. Hacer enlregá al
contratista det certiñcado de cumplimiénto del objeto contratado en los Érm¡nos pactados. 5.
Expedir oportunamente los demás documentos que se requ¡eran durante la ejecuc¡ón y
tErMiNACiÓN dEI CONtrAtO. CLAUSULA SEPTIMA: SUSPENSIÓN TETIIPORAL DEL
CONTRATO: Por circunstanc¡as de fuerza mayor o c¿so fortu¡to se podrá, de común acuerdo
enhe las paftes, suspender temporalmente la eiecuc¡ón del contrato mediante la suscripciÓn
de un acia donde conste tal evento, sin que para lo del plazo extintivo se compute el tiempo
de la susoens¡ón. CLAUSULA ocTAvA: GAMNTÍA tJNlcA DE cultlPLlft¡llENTo: El
CONTMTISTA constituirá, a favor del Munic¡pio de Chigorodó, una garantía única, otorgada
por un banco, una compañía de seguros legalménte establecida en Colombia, o por cualqu¡er
forma autoriza da por la normat¡vidad, con los s¡gu¡entes amparos, cuantfas y v¡gencias: a).
"pORQUE I|ERECEIIOS EL CAlrr¡lO 2012 - 2015"
CarrGr. lo¿a Nro. lOO - 08 T€l€fax 825 36 30
alcaldía(dchlooroclo-antioouia.oov.co
?k¿
D€PART l,tEXrO DE AÍ{TIOQ!,¡
u rclPro DELDcHtcoRoDo
Cumplim¡ento del Contrato: Cubre ál Municipio de Chigorodó @ntra los perju¡cios
derivados del incumpl¡miento de las obl¡gac¡ones del contrato que sean imputables al
contratista, tales como incumplimiento, fraude, infidelidad y retrasos, entre otras, en una
cuantía del qu¡nce por c¡ento (15%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la
duráción del contrato y seis (6) mes€s más. b). Pago de Salarlos y Prestaciones Soc¡alea:
Cubre conlra el ¡ncumpl¡miento de las obl¡gaciones laborales y prestaciones soc¡ales a que
está obligado el contratista, relac¡onados con el personal ut¡lizado para la ejecución del
contrato. Su vigencia se est¡pulará durante la ejecuc¡ón del contrato y tres (3) años más, por
una cuantfa equ¡valente al diez por cienb (10%) del valor dél contráto. c). Do cal¡dad: El
Municip¡o de Chigorodó se precave contra evento de que un serv¡c¡o no teúna las
espec¡ficaciones y requis¡tos mfnimos contemplados en el contrato. El mntratista deb€
responder por la garantía mínima presunta, por vic¡os ocultos y en general los derechos del
consumidor. Su v¡gencia se estipulará durante la ejecución del conbato y seis (6) meses más,
por una cuantla equ¡valente al quince por siento (15%) dal valof del contrato. d). Estab¡lidad
de la obrS: Cubre contra los riesgos que pueda sufrir la estabilidad en óptimas condiciones de
la obra que se eslá contratando, su vigencia será por cinco (5) años contados a partir de la
suscripción delActa de Rec¡b¡do Defin¡tivo de la obra, y su cuantla será la equivalente aldiez
por c¡entc (10%) del valor toial del contrato. e). Responoabil¡dad C¡vil Extracontractual: Se
ampara al contratista por la Responsabilidad c¡vil efraconfactual que llegue a ser ¡mputable
sn forma d¡recta, como consecuencia de su comportamiento personal o de gus dependientes,
frenle a terceros que no se derive del incumplim¡ento de obl¡gac¡ones de origen contractual, su
v¡gencia será por el Érmino del contrato y un (1) año más, y su cuantfa será la equivalente al
quince por ciento ('15%) del valor total del contrato. f) Buen manejo dal anticipo: Cubre a la
entidád de los periuic¡os sutridos con ocasión de la no ¡nversión, el uso indeb¡do y la
aprop¡ación indebida del conbatista. Debe cubrir el cien por c¡ento (100%) del valor del
anticipo. Su v¡gencia será el pla¿o del contrab y seis (6) meses más. Parágrafo primero: El
mntatisla deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de lás multas o
sanciones impuestas, el mismo se disminuyére o agotiare. S¡ el contrat¡sta se negaE a
constituir o a reponer la garantía exig¡da el Municipio de Chigorodó, podrá dar por terminado
el contrato en el eshdo en que se encuentre, s¡n que haya lugar a reconocer o pagar
indemnización alguna. Parágrafo segundo: Cuando haya lugar a la modiñcación del plazo o
valor consignado en el contrato, el contraüsta deberá consl¡tu¡r los correspondientes
certificados de modificación dentro de los c¡nco (5) días calendario siguientes. S¡ se negare a
constituirlos en los términos en que ge s€ñale, se hará acreedor a las sanc¡oneg resp€ct¡vas y
el Munic¡pio dará por term¡nado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que por este
hecho se -deba pagar o reconocer indemnización alguna. CLAUSULA NOVENA:
SUPERVISION Y CONTROL: La Interventicria de los trabajos objeto de esta convocátoria,
seÉ contratada por el DPS 'Departamento Para La Prosperidad Soc¡al', con una f¡rma
particular y/o persona que representará los interes$ del Municipio y del DPS. Por conducto
de la lnterventoría, se tram¡iarán todos los asunlos relat¡vos aldesa¡rollo del contrato, excepto
cuando se estipule lo contrado en el pl¡ego de condiciones y espec¡ñcac¡ones. El contratista
acatará bdas las ¡nstrucciones impart¡das para la ejecución de las obras a la Inierventoría que
"PORQUÉ |ERECEIiiOS EL Cl]i{BrO 2Ot2 - 2015"
C.rre.a lO4. Nro. lo{t - Og fclefax 825 36 30
alcaldía(Achioorodo-antioouia.oov.co
DEPARI¡AIiIE¡TO DE Ai.T¡oQU¡A
üu tctPtoL DÉLOc,Hr@RoDo
designe el Departamento Para La Prosper¡dad Soc¡al. Las funciones y atribuciones principales
del Interventor serán las s¡gu¡entes:
. Exig¡r y observar la buena calidad del objetc contratado.
. No Introducir moditlcaciones a los estud¡os, d¡seños, planos y documentos elaborados por
el consultor. Es decir, velar que el proyectc se ejecute conicrme al d¡seño.
. Certificar el rec¡bo de actividades parciales que correspondan al objeto del @ntrato que
vigila y expresa[ que han cumplido con las espec¡llcec¡ones generales y particulares
prescritas en los documentos que hacen parte del contrato.
. Inbrmar oportunamente al Munic¡pio sobre s¡tuaciones que afecten la ejecución del
contrato.
. Llevar conjuntámente con el conlatista el libro o bitácora de ejecución del ob.ieto
contractual .
. Responder oportunamente inqu¡etudes planteadas por la veedurla c¡udadana relacionadas
con la calidad y ejecuc¡ón del contrato.
. Estab¡ecer parámetros que permitian al Munic¡p¡o determ¡nar el incumpl¡miento o
cumplim¡ento del programa de e.iecuc¡ón v¡gente.
. Observar, suger¡r, recomendar, sin @admin¡strar la éjecución delobjeto contractual.
. V¡g¡lar el cumplim¡ento de la obligación del contratisia de af¡liar a la segur¡dad soc¡at a tos
trabajadores que intervienen en la ejecuc¡ón del objeto contractual.
. Inspecc¡onar u observar el corecto funcionamiento de los equipos que se util¡cen para la
ejecución de la obra que puedan causar perjuicios a sus operadores o terc€ros.
. Exigir y requerir al diseñador en las act¡vidades que deba realizar como responsable de la
supervig¡lancia técn¡ca.
. Requer¡r el documento en medio magnét¡co que con ocasión de la ejecuc¡ón del contrato
deba entregar el contratista.
. Presentar los informes periódicamente y en med¡o magnéticos e ¡mpresos.
CLAUSULA DECIMA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de ¡ncumpl¡m¡ento
def,nitivo por parte del contralisla de cualquiera de las obligaciones conhaídas con el contmto
o de declarator¡a de caduc¡dad o de term¡nación del contato, el conlratista conv¡ene en pagar
al Municipio a título de pena, una suma equ¡valente al quince por ciento ('15%) del valor total
del contrato, suma que la hará efect¡va el Municip¡o de Ch¡gorodó, mediante el cobro de la
garantía ún¡ca de cumplímiento o, a su elecc¡ón, de los saldos que adeude al contratista, si los
hub¡ere, para lo cual se entiende expréssmente autorizado con la suscripc¡ón det contrato; si
esto no tuere posible, se cobrará por vía jud¡cial. La aplicac¡ón de la cláusula penal no excluye
la indemnización de perjuicios CLAUSULA DECIMA PRIMERA: MULTAS: En los eventos en
que el contrat¡sta ¡ncuna en mora o incumplim¡ento parcial de las obligac¡ones que por este
contrato adquiere, se le apl¡caran las s¡guientes multas: En los eventos en que el contratista
¡ncurra en mora o incumplimiento parc¡al de las obligaciones que por este contrato adquiere,
se le aplicaran las sigu¡entes multas: 1. Por cada día de retardo en la entrega de las obras o
cuando los trabajos no avanzaren al rifno necesario para garant¡zar la entrega dentro del
plazo estipulado, se le aplicara una mulla eguivalente al uno por mil {1/1000) del valor del
contrato. 2. Cuando no diere inic¡o a los trabajos en forma oportuna, se le aplicara una multa
"PORQUE |TERECEI{OS EL CAfIIBIO 2012 - 2O15"
Carr€ra lor¡¡ Nro. lOO - 0A Tebfax a25 36 30
alc¡ldía(dchioorodo-ant¡ooü¡a.oov,co
lrG
D€PARfAitgrto DC A|fTrOQ!fiA
l|uNrcrPHS[srcoRoDo
equivalentg al uno por mil (1/1000) del valor del contrato. 3. Por cada día de retardo en el
cumplim¡ento del requ¡sito ex¡gido para Residente de obra de confonn¡dad con lo establecido
en este pl¡ego, se le aplicara una multr equivalente al cero punto c¡nco por m¡l (0.5/1000) del
valor del contrato. 4. Por no acatar las órdenes de la Intervent¡rría en todo lo oue concierne al
tunc¡onam¡enio técnico, dispos¡c¡ón de escombros en el t¡empo prevlsto, multa del cero punto
uno por mil (0.1f000) del valor total del contrato, por cada o¡d€n no cumpl¡da. Estia multa no
aténúa las demás afibuc¡ones del munic¡p¡o establec¡das en el pliego de cond¡ciones, 5. Por
periu¡cios en las vías y carencia de medidas de segur¡dad y señalización sstablecidas en el
pl¡ego, se le aplicara una multa de un salario mínimo legal vigente. 6. Por utilizar mater¡a¡es o
equipos distintos a los aprobados por el mun¡c¡pio, se le aplicara al contrát¡stia una multa de un
salario minimo legal v¡gente. 7. Por cada día de refaso en la celebración de ñn¡quito por
causa imputable al contratisia dentro del plazo fjado en el pliego de condiciones, se lé
aplicara una multa del céro punto uno por mil (0.1f000) del valor total del contrato.
PARAGRAFO: En caso de que el contratistia ¡ncurra en una ds las causales de multa, este
autoriza al Municip¡o para dsscontrar el valor de la misma, la cuál se tomara directamente de
cualquier suma que se adeude al contratista, s¡n periu¡cio de hacer efectiva lá cláúsula penal o
la garantía de cumpl¡miento delcontrato. Si poster¡ormente el contratisla acredita la existencia
de s¡tuaciones que lo exoneren de responsabilidad y estas son ac€ptadas por el Municip¡o,
habrá lugar a la entrega al contratista de los d¡néros deduc¡dos. Los dineros que deben ser
entregados al contratista serán rea¡ustiados anualmente en un porcentaje igual a lá meta de
¡nflación fijada por el gob¡erno Nacional para el año en que se proceda a la devoluclón.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: TERMINACION UNILATERAL: Las partes acuerdan que
el Municip¡o de Ch¡gorodó, podrá dar por term¡nado unilateralmente en cualquier üempo el
contrato, cuando de acuerdo a solicitud del Supervisor, el Contratista ¡ncumpla de manera
grave con las obligac¡ones contractuales o legales. La terminación unilateral daÉ or¡gen al
cobro o rétenc¡ón de la cláusula penal pecun¡aria. CLAUSULA DEClilA TERCERA:
CADUCIDAD: El Munic¡pio de Ch¡gorodó, podrá declarar la caducidad adm¡n¡strat¡va del
contrato por med¡o de resolución mot¡vada, por las razones que eslablece la ley o por
incumpl¡m¡ento de las obligac¡ones, a tavés de la cual lo dará por term¡nado y ordenará su
l¡quidac¡ón, cuando el contratisla ¡ncuna con oaas¡ón del confato, en cualquiera de las
causales legales para ap¡¡car tal F¡gura. Para lo cual deberá garantizarse previamente el
derecho a ser oído en explicaciones, confome a la Ley 1150 y los princ¡pios que r¡gen las
actuaciones adm¡nistrat¡vas contenidas en el Código Contencioso Admin¡strativo. CLAUSULA
DECIIIA CUARTA: MODIFTCACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETAC6N
UNILATERALES: Son aplicables al Conbato las d¡spos¡c¡ones que se encuenfan
consignadas en la Ley 80 de 1993, Artículos 15, 16 y 17; garantizando el ejerc¡cio a la defensa
prev¡a y posterior al actc admin¡strativo, en concordancia con los pr¡nc¡pios que rigen los actos
y las actuac¡ones ádministrátivas en el Código Conlenc¡oso Admin¡strativo parte pr¡mera.
CLAUSULA DEClilA QUINTA: LIQUIDACION FINAL: La l¡ouidac¡ón final del contrato se
efectjará al momenb de finalizar el término de ejecuc¡ón, o por agoiam¡ento de los elementos
por entregar s¡ no se hubiere hecho adición, o en su debcto cuando ocunan cualquiera de las
causáles de térm¡nación anormal del contrato, de acuerdo con lo esiablecido en la ley 1150 de
"PORQUE I,IERECE OS EL CAllBlO 2012 - 2015"
C.rra.. loa¡ llro. l(X) - Oa Tebf.r 425 36 30
¿lcaldiaOchioorodo-antioouia.oov.@
1A1
DEp RtAfitEfffo DC A¡rf¡Oel,l
HUXtCtPtOL D€LDCIICOROOO
2007 y sus decretos reglamentar¡cs vigentes. CLAUSULA DEClilA SEXTA: PLAZO PARA
LA LIQUIDACION BILATERAL DEL CONTRATO: La l¡qu¡dac¡ón del contrab será de común
acuerdo entre el contrat¡sta y el mun¡c¡pio de Ch¡gorodó, procdimiento que se hará dentro de
los cuatro mes€s siguientes a la tem¡nación del contrato. Dentro de eslB plazo el contratista y
el mun¡cipio acordaran los ajustes, rev¡siones y reconoc¡miento que haya lugar. En el acta de
l¡quidación constaran los acuerdos y tEnsacciones a que llegaren elconlratisb y el munic¡pio
para poner fin a las divergenc¡as presentadas. Para la liqu¡dac¡ón, se exig¡rá al confátista ta
extensión o ampl¡ación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estab¡lidad de la obta, el
pago de los salar¡os, prestiac¡ones e ¡ndemn¡zac¡ones, a las responsabilidades civ¡les y, en
general, para avalar las obligacione_s que deba cumpl¡r con poster¡or.¡dad a la ext¡nc¡ón del
contrato. CLAUSULA DECIi/|A SEPTIiIA: CLAUSULA COMPROMISORIA: Las oartes
contractuales nos comprometemos a someter a la decisión de un árbitro las distintás
diferencias que puedan surg[ por razón de la celebración del contrato y de su ejecución,
desa.rollo, leminación o liquidación. El arbitrámento será en derecho. El árbitro será (1), la
designación recaerá en la persona que asigne la Cámara de Comerc¡o de Urabá para
Antioquia, los honorarios serán cancelados por las parbs en igual proporción. CLAUSULA
DECIMA OCTAVA: CONTRATOS ADICIONALES: Los contratos no oodÉn adicionarse en
más del cincuenta (50%) de su valor inicial, expresado este en salarios mfnimos legales
menguales. Cuando haya necesidad de modificar el plazo o el valor convenido inic¡almente, se
suscr¡b¡tán contratos adic¡onales que serán autorizados por el Alcalde del Municip¡o de
Chigorodó. Las obras extas se l¡quidarán a los precios unitarios que se @nvengan con el
Cont€tista. En los precios unibrios de la obra extra s€ bndrán en cuenta los precios
comerciales reales de materiáles, transportes, equ¡pos y mano de obra. El Municipio fúa un
tope máx¡mo de A.l.U. para el pago de dichos precios un¡tarios en un veinte por c¡ento (20%)
o el del proponente si es ¡nferior. Si no se llegare a un acuerdo entre las partes acerca de las
obras extras, el Munic¡p¡o eslá facullado para ordenar la eiecución del tabajo sobre la base
de costo más porcentaje de administración del doce por ciento (12%) o la del proponente si és
¡nfEfiof, CLAUSULA DECIISA NOVENA: PROHIBICION DE CEDER EL CONTRATO: Los
contratos estatales son intuito persona y, en @nsecuencia, una vez celebrado no podrá
cederse sino con_ autorización prev¡a y escrita del alcalde mediante resolución mot¡vada.
CLAUSULA VIGESIMA: PREVENCION DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD:
Durante la ejecución del Contrato, el Contrat¡sta en todo momento proveerá los recuFos que
gean necésar¡os para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de tcdas las ¡nstialaciones
de la obra, la de sus empleados, trab4adores, subcontraüs¿as, proveedores y la de los
empleados y b¡enes del Municipio, el Interventor y de terceras personas. El Contraüsta
¡mpondrá a sus empleados, trabajadores, subcontrat¡stias, proveedofes y en general a todas
aquellas peBonas relacionadas con la ejecuc¡ón del contrato, el cumpl¡miento de tcdas las
cond¡ciones relativas a h¡g¡ene, salubr¡dad, pr_evenc¡ón de accidentes y medidas de segur¡dad
y los fozerá a cumpl¡.las. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA: INDE NIDAD: El contratista
se ob¡¡ga a mantener al Municipio libre de cualqu¡er daño o perjuic¡o or¡ginado en
reclamac¡ones de brceros y que se der¡ven de sus actuac¡ones o de las de sus
subcontratistas o dependientes, salvo que justit¡qüen en los estudios y documentos prev¡os,
"PORQUE I{ERECEi,IOS EL CAlilBlO 2012 - 2O15"
C5r.óre lO4. llro. l@ - 08 Tslcf.x 825 36 30
alc¿ld¡e@chioorodo-ant¡oouia,oov,co
381
DCPARÍAI,IE fO DE ANTü¡QUIA
MUNIC¡PIO DE CHIGORODó
ALCALDÍA
.q_y9_18ry¡A!9 at objeto y tas obtigaciones contenidas en cada contrab. CLAUSULA
VÍGESIMA SEGUNDA: OOM|CIL|O; para todos tos eiectos tegalál ae lste contrato se fiia
r,ilÉq8i8lllll,"i.ffi #;ffi #;,Ty"',:H6li:"8'jH":iff."'trj
9¿ue99u. -qrrra||
ooqsoup!rcasrocn¡oorodo-anüoouia.gov.co. DEL coNTRATlsrA: Kilometro'| sa'04 uhrgorodGMutatá. Ema¡l: las¡ngenierias.sa.s.hotmail.com. CLAUSULA VIGÉSIMA
CUARTA: PERFECC|ONAM|ENÍO, leGatzlctó¡¡ y e.¡ecuclóñ óEL cor,¡rp¡ro, pr
::j:9:*TlT,:igylentes d¡recoones: oEL MuNtctptdi carrera 104 A Nio. .t
o0_o8 te¡éfono
presente contraic se perfeccionará med¡ante la suscr¡pción del mismo por las partes. Su
ejec.ución iniciará una vez haya sido_exped¡do el Registro presupuestal,
"" "prueoen
pol.
med¡o de un Acto Admin¡stat¡vo ras carantias únicaJoe cumptiáieniJy se suscriba etActa
de In¡cio. Para constancia de to anter¡or sefrma en Chigorodó,; tos Ve¡;ticuatro (24) dfas de¡
mes de Nov¡embre de Dos Mit eu¡nce (2O tS)
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: EI
coNsoRcto cHtGoROOO
FYLEGAL. JHON FREDY ZAPATA GARZON
CONTRATISTA
"PORQUE üERECEIiOS EL CAti{E¡O 2O12 - 2O15-
Car.€rr 10¡1. f{ro. llx, - OB f.l€fex 825 36 30
a lcaldía(Och¡gorodo-¿¡t¡oou ja.oov,co
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EDGAR PAYARES BERRIO, FIRMÓ EL 24 NOVIEMBRE DE 2015, CONTRATO DE LA PAVIMENTACIÓN CAR.107, CAR. 108, CLL 88, CLL 101, EN CONCRETO RÍGIDO. CO/183-2015.

  • 1. jTq DEPARTA!{E¡'TO D€ AT{TT¡Q!'IA HUNrcP¡O DE CH¡GORODO ATCTLDfA CONTRATO DE OBRA co 183/2015 FUNCIONARIO OUE LO CELEBRA: IDENTIFICACIÓN FUNCIONARIO: ACTO ADTVO, OUE LO FACULTA: NOMBRE DEL CONTRATISTA: NIT: REPRESENTANTE LEGAL: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: OBJETO: EDGAR PAYARES SERRIO 8.336.365 DE CHTGORODO ACUERDO NO OO9 DE 2014 CONSORCIO CHIGORODÓ so09't 2451 -7 JHON FREOY ZAPATA GARZON c.c. 71.253.351 PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO CARREM 107 ENTRE CARRERA IO8 Y CALLE 88 ADEMAS EL TRAMO DE LA CALLE IO1 ENTRE I-A CARRERA IO7 Y CARRERA 106 DEL MUNICIPIO DE CHIGORODO. NOVENTA (90) DIAS $2.336.360.095 PLAZO; VALOR: TEXTO Enfe los suscritos a saber EDGAR PAYARES BERRIO, ¡dentif¡cado con la Cédula de ciudadania 8.336.362 de Ch¡gorodó en su condic¡ón de Alcalde del Munic¡p¡o de Ch¡gorodó y Representante Legal del mismo, deb¡damente autorizado por el Honorable Concejo Munic¡pal mediante Acuerdo 009 de 20'14, quien en adelante se llamará EL MUNICIPIO y el CONSORCIO CHIGORODO, Representado legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA GARZON ¡dentificado con édula número 71.253.35í qu¡en en adelante se llamará EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente Contrato de Obra ádjud¡cado por licitac¡ón pública Nro. 010 de 2015, el cual se reg¡rá por las sigu¡entes cláusulas, prevh las s¡guientes cons¡deraciones: 1). Es obligación de la Administración Municipal promover la construcción, meioramiento, manten¡miento y remodelac¡ón de las edificaciones públic$, el mantenimiento y la pav¡mentac¡ón de vfas urbanas y de las vlas rurales, asf como las demás obras públicas que requ¡eran los d¡stintos sectorés económicos y sociales del Mun¡c¡pio con el t¡n de impulsar el desanollo ¡ntegral, para el cumplimientc de estas acliv¡dades que se encuenüan consignadas en ef Pfan de Acción y en el Phn de Desanollo "Porque Merecemos et Cambio m12-2015".2.). El Municipio De Chigorodó presentó ante e' OPS "Departamento Para La )A "PORQUE HÉRECE}|OS EL CAX¡IO 2012 - 2015" Carr.r. 1O4r f{ro. IOO - 08 Tel.fa¡ 825 36 30 alcaldía@ch¡oorodo-antioou¡a.oov.co
  • 2. ^) "l D€PARTAüE]{ÍO DE lr{T@UlA Irlur{lclDro DE gHlcOROoo Prosperidad soc¡a¡' un proyecto de PAVIMENTAGIoN EN coNcRETO RIGIDO CARRERA IO7 ET.ITRE CARRERA IO8 Y CALLE 88 ADE AS EL TRAIIO DE LA CALLE IOI EI{TRE LA CARRERA IO7 Y CARRERA tO6 DEL ñÍÍUNICIP¡O DE CHIGOROOO, eI cUaI fue aprobado, s¡endo un proyeclo que busca atender a la poblac¡ón má9 pobre y vulnerable del pafs por s¡tuaciones de desplazamiento, violenc¡a, pobreza y presencia de culiivos ilíc¡tos, en el marco del Plan De Desanollo 2O1O-2O14 'Prosperidad Para Todos" y las bases del Plan Nacional De Desanollo 2014-20'18 'Todos Por Un Nuevo País", en el cual se incluyeron especialmente las ¡n¡ciativas relac¡onadas con la reducc¡ón de la pobreza extrema, pomoc¡ón del empleo y la equ¡dad, la consolidac¡ón de la paz y los soport$ transversales para la prosperidad democrática, a través de la gestión amb¡ental y del riesgo, y la promoción dél buen gobierno.3), En el Plan de Desanollo Mun¡cipal se estableció como una prior¡dad el mantenimiento de la red vial y la pavimentación de vlas del Municipio, con el ñn de facil¡tar a los ciudadanos el poder desplazarse fácilmente y así conbibuir al mejoramiénto de h calidad de v¡da. 4). No existe dentro del personal de la alcaldía quien se encargue de real¡zar las labores de pavimentación de vfas, por tal mot¡vo se hace neceSario contratar una persona natural o juríd¡ca para que desarolle estas labores y así cumplir con las obl¡gaciones del @nvenio entre el Mun¡c¡pio Oe Chigorodó y DPS "Departamento Para La Prosperidad Social". 5). Por lo anter¡or, para establecer el alcance de las espec¡ñcac¡ones técn¡cas de las act¡v¡dades e ítems y determinar los prec¡os denlro del estudio de mercado 3e uül¡zaron algunos prec¡os establecidos, y que no sobrepasan el presupuesto del presente pro@so de s€lección, además, los ftems deberán cumplir con los esÉndareg de calidad. 6). Que en vlrtud a dicha Convocatoria, se presentó el sigu¡ente oferente: CONSORCIO DE CHTGORODÓ, Representando Legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA GARZON identificado con la édula de c¡udadanfa 71.253.351. 71, Que el Alcalde Munic¡pal, acatando las recomendac¡ones del com¡té evaluador, mediante Reeolución Nro. 1331 de fecha 23 de Noviembre de 2015, adjudicó al proponente CONSORCIO DE clllGORODÓ, Representando Legalmente por el señor JHON FREDY ZAPATA GARZÓN, idenüfcado con la édula de ciudadanía 71.253.351, el contrato.6). Que EL CONTMTISTA declaro no estiar ¡ncurso en n¡nguna de las causales de inhab¡lidad e ¡ncompat¡bilidad de que trata el artículo 80 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley '1474 de 20'11, y demás dispos¡ciones vigentes sobre la materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conbrme lo prevé el artfculo 9'de la Ley 80 de 1993. t0) Que el contrato se sujetará a las sigu¡entes cláusulas: CLAUSULA PRIiIERA: OBJETO: El Contraüsta se obliga para con el Mun¡cipio a ejecutar Contrato de, PAVIIIENTACION EN CONCRETO RIGIDO CARRERA IO7 ENTRE CARRERA IO8 Y CALLE 88 ADEiIAS EL TRA!'O DE LA CALLE IOI ENTRE LA CARRERA IO7 Y CARRERA 108 DEL MUNICIPIO DE CHIGORODO acorde a las Normas y Espec¡ñcaciones Técnicas contenidas en la Ficha Técnica de la Convocator¡a por l¡citación públ¡cá Nro.010 de 2015. CLAUSULA SEGUNDA: T{ORIIAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: EN IA ejecuc¡ón de las obras que son objeto de esle Contrato, el Contalista 8e ceñiÉ a lás Normas y Espec¡ficac¡ones Técn¡cas, planos, diseños, suministrados por el Contratante. El municip¡o podÉ hacer camb¡o en los planos y especificac¡ones de las obras 0 por evenlos excepcionales. Estas modal¡dades serán acordadas med¡ante Actas de modifcac¡ones entre "poRQuE lirEFECEfi.rOS EL CA¡iaBrO 2O12 - 2Ot5" C.rrera lo¿r l{ro. IOO - oB T.lefax 825 36 30 alcaldi¿@chioorodo-antioouia,oov.co
  • 3. 3p DEpAR|fArllEiIfo DE AmtoQlrrA MUNrclPrO DE DCIIGORODO el Interventor y el Contaüsta. Y si el Contraüsta observa qué hay que hacer cambio en los planos y espe¿ificac¡ones or¡ginales el Munic¡p¡o reservará el derecho de acepüarlas o no Especificaclonss del b¡en, caracterlstlcas y cant¡dades: 1 EXCAVACK)I'IEg Y LLENOS 1,1 G210.2,2 ír3 Excavac¡óñ 6n malgria¡ común ds le €xolanación vcánales, 4.099,57 12.600 51.654.575 1,2 G900.2 m3k Tran8porte de má{€rieles pfovoni€n!ás de lá axcávacióñ d€ la explanáción, canal6s y pÉsiÉrnos p€ra dBlsncÉs ñáyorés de mil m€tros (1.000 m) Mefo q¡bico.kilómollE. D¡st¡ncia a Escomher¡ 7 Xm, 5.464,35 1.200 6.557.214 1,3 Gm1.9 ñ2 Oomolición ds P¡8os Y €nd€nd do concr€lo. 70,00 14.393 1.007.510 1,! G201.12 R€mocó¡ do 6tfi€€ia5 45,00 450.000 20.250.0@ G320.2 m3 subbaBo grenu|af CLASE B 2.6A1,72 ao.127 213.756.18 1,6 G3t0.1 m2 Confoñnacrón do la cálzáde sxblante, 6.405,42 7.330 ¡16.951.729 VIAS Y URBANISMO 2,1 G500.1 m3 Pgv¡m9nto da concreto h¡dráullco. 1.281,04 647.63,t 829373.555 G505.1 m3 Base dg concreto Hidéul¡co 377.40 630.000 237.744.835 2,3 G472.2 Bodillo d6 pi€zE prÉfsbfÉada de 2-287,51 52-600 119.271.O24 2,4 G671.1 rñ3 Arn6l¡ de concrElo fundda an elluget 170,06 6,(}.000 109-350.670 SILVICULT URA URBANA 3,r c820.t Pbn{ac¡óñ de Atbolts 257,OO 114.353 29.388 721 1 SEÑALIZACION VIAL 1,1 G710.1.2 S.ñel v.rlical de tfemi¡o lipo I co¡ La fYiná refeclrvs lipo lll 66,00 286.803 18.928.998 12 Gt00.3 tt2 Marcs v¡e¡ con p:nlure 134,40 13.361 1.795.718 1,3 G710-2 m2 Soñ€l vcrlic¿l de t"ensito lipo 2 d. (1.50 x 0.80) 4,00 407.111 1.629.644 CARCAMOA PARA CAI{ALIZACION OE AGUAS LLWIAS 5,1 G530.4 ñ13 Coocrúlo R6istenci9 2,IMPA 59,40 708.583 42.089.830 "PORQUE l,lERECEnios EL calilB¡o 2012 - 2O1S" ceÍ€ra 1O4¡ Nro. lOO - 08 T€lsfax a25 36 30 alcaldíá(ochioorodo_ant¡oouia,oov co
  • 4. zc1 DEpIRT^lirEr{TO OC Aiftü)QlBA r,tuf{tctPto DE ci¡GoRoDo A¡.GALD¡A 5,2 G6,t0.l kg ¡r6ero cl€ rtfuar¿o Fy 4200 MPe.13.558.463 4.747,2e 5.020 23.831.330 5,3 G830.3 m3 concrito R€58!6nc¡a 28MPa 18,08 843.184 TOTAL COSIO DIRECTO I r.787.¡¡St83 ADMINISTRACION 23,355% 8 412.7ú274 IMPREVISTGS 1,U5% $ 29.074.716 UfILIDAOES 5,000% $ 88.372.998 torAl co8¡os tNDtREcTos s{t30.237.969 SU*IA TOTAL ¡2.207.697.952 PGO 138.C62.f¡3 TOTAL PROPUESTA t 2ji¡e,$o.ogit & CLAUSULA TERCEÍIA: DURAGIÓN: El plazo de ejecuc¡ón es de NOVENTA (90) DÍAS, es decir, el l¡empo durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera satisfacción del Municip¡o de Chigorodó, la totalidad de obras objeto del presente contrato. CLAUSULA CUARTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: EL VALOR DEL PRESENTE CONTRATO ES POR LA SUIIA DE DOS MIL fRESCIE¡ITOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA ftllL NOVENTA Y CINCO PESOS (E2.336.360.095). El Mun¡cipio pagará el valor de la obra con un ant¡cipo del 40% y el resto en actas parc¡ales de acuerdo al avance de la obra en el t¡ampo establecido para su ejecución, acompañado de cerliñcac¡ón de rec¡bo a satisfacción, y de acuerdo a la Cláusula 3ra 'Foma De Desembolso De Los Recursos Aportados Por El DPS-FIP". CLAUSULA QUINTA: ANTICIPO Y AMORTIZACION DEL ANTICIPO: Se dará anüc¡po del 40% del valor de la obra. Ai¡IORTIZACION DEL ANTICIPO: descontár proporcionalmente a cada acia parcial, que tram¡la al contratlsta, el porcentaje que se le dio como ant¡c¡po al contrat¡sta es dec¡r en esE caso el (40%) del valor de cada'acta hásta llegar €l final. CLAUSULA SEXTA: ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL: El Mun¡cipio atenderá el gasto del valor del présente Contrato con cargo alArtfculo Presupuesbl, de la vigencia fiscal, como @nsta en la Disponib¡l¡dad del f 0 de Agosto de 20'15, La entrega de las sumas de los dlneros que el Munic¡pio queda obligado a reconocer, se subordinará a aDrooiac¡ones oue se hava en los res PresuDuestos v Planes de Gastos. CDP RUBRO DESCRIPCION 01185 23002603010103 Conven¡o lnteradm¡nistat¡vo 030 DPS Pav¡mentación C|a 107 CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. A, DEL CONTRATISTA: EI ContratFta sé obliga con el Munic¡pio a: 1. Cumplir con los requerimientos exig¡dos en el pliego de condiciones y en la propuesta presentada, los cuales hacen parte ¡ntegral del presente contrato. 2. Cumplir con el objeto del contrato y cada una de las activ¡dadeg descr¡tas para el desarollo del mismo, con la dlligenc¡a, eticaciá y responsab¡lidad requerida, de conform¡dad con lo $tipulado en el pliego de condiciones y @nforme a la propuesta presentada, que hace parte ¡ntegral del contrato. 3. Tener un conocim¡ento completo y detiallado del proyecto, del respect¡vo pliego de condic¡ones, de las espec¡ficac¡ones, del las "FORQUE rirERECEirOS EL CAfilB¡O 2012 - 2O¡5" C.rrera 104¡ 1{ro, l0O - Og Tclcf.x 825 36 30 ¿lcaldíáóchioorodo-¿ntioouia,oov.co
  • 5. ?L) DEPAmAüE¡ftO DC AI{fDQtr[A iru rcIPro DE cHr60noDo cfonograma de ejecución de las obras y de cualquier otro documentc que haga parte del contrato. 4. Ga€nt¡zar y cumplir con la c€ntidad del personal y equipos otrec¡dos en su pmpuestá. 5. Cumplir con las normas técnicas y espec¡licaciones exigidas por el respeciivo contrato. 6. Ejecubr p€rmanente control sobre la calidad de los matariales y elementos, v¡gilando su util¡zación y almacenamiento, acogiendo el rechazo oportuno de aquellos que no cumplen las condic¡ones o espec¡f¡caciones defin¡daE, y gegu¡r las ¡nstrucc¡ones dadas por la lntervenloría al respecto. 7. Velar porque duranb la eiecución de las obras no se ocagionen dáños á tércéros y s¡ estc llegare a suceder, tomár las medidas necesarias pata évitar futuras feclamacionés al Mun¡c¡oio. 8. Tener comorom¡so con el manbnim¡ento de las normas de seguridad industrial, protección y conservación de las obras durante la ejecuc¡ón de las mlsmas. 9. Comunicar al Mun¡cipio de Chigorodó, a través de la lnterventoria en forma oportuna, todas las determinac¡ones tomadas 6n desarrollo de los trabajos. 10. Part¡cipar de las reun¡onas periódicas que teal¡ce la Interventoría para évaluar el desarrollo de las obras, adelantar el estud¡o y soluc¡ón de los problemas qué pudán a€ctar la marcha del proyecto e introduc¡r los cambios que sean necesaños en la prog€mación de las act¡vidades. 11. Cumplir con el Plan Operativo y ñnanc¡ero del conüato y de los térm¡nog eEiablec¡dos en los confatos de p€rsonal. 12. Dar cumplimiento a las disposiciones de carácter laboral establecidas por el Código Sustantivo de Trabajo, las normas que lo complern€ntan y la Ley 100 de 1993, ex¡g¡endo que se tomen las medidas lendientes a garant¡zar la seguridad d6l personal contratado para cumplir con el objeto del convenio. 13. Enfagar mensualmente al Interventor @nstancia dél cumpl¡miento del pago de la seguridad soc¡al y aportes paraf¡scales, para el p€rsonal vinculado al mismo y exigir el paz y salvo laboft¡l del personal contfatado por el cont¡átista. La ñrma lnterventora débe cumpl¡r igualmente con estos requisÍos, con los profes¡onales que contrate, para podér proceder a la liqu¡dac¡ón del contrato, 14. Solicitar en turma oportuna los trámites de ámpl¡ación, adición, suspens¡ón, recibo final y liquidaclón defnitiva del contrato celebrado, en caso de ser requefidos. f5. Presentar oportunamente las sugerencias, reclamac¡ones y congultas a cercá de Ia ejocución del proyecto, las cuales se deben env¡ar dir¡g¡das a la lntervenioría del Proyecto. '16. Atender las órdenes de suspensión de los trabajos que se estén llevando en forma ¡nconecia, hastia tianto él confatista cumpla con las especificaciones previstas en el conlrab. 17. Efectuar conjuntiamente con la Interventoría eváluacionea periód¡cas de la ejecuc¡ón del contrato. 18. Sumin¡strar la existencia de la totalidad de p€m¡sos o autorizaciones públicas o pr¡vadas que permitan desarrollar sin oposición las obras requer¡das, notiñcando al Munic¡pio los problemas que al respecto se detecbn. 19. Part¡cipar conjuniamente con la Interventorfa de la liqu¡dac¡Ón financiera del contrato medianb acta debidamente aDrobada donde se certit¡que el reclbo a satisfacción de los productos en$egados. Esta información será la bas€ para que el Municip¡o formalice la l¡ou¡dación del contrato. 20. Elaborar los inbrmes mensuales e informe ñnal solicitados por el Mun¡cip¡o de Chigorodó 21. Atender en forma permanente y personal la direcc¡ón de las obras objeto de contratación y a mantener personal ¡dóneo para la ejeeución de actividades. 22. Elabotar las cuentas de cobro (iacturas) que se presenlen en desarrollo del contrato. 23. Tramitar todas las cuentás relativas al desarrollo del contrato por conducto del intefventor, dada su calidad de intermediar¡o enfe el cóntratista y el Municipio de "PORQUE XERECCi,IOS EL CAI.IBIO 20r2 - 2015" C..r€r! 104. I{ro. 10O - 08 T.l.f¡x 825 36 30 alc¿ldía(ochioorodo-antioouia,oov.co
  • 6. "s1 DEPIRfAIiIEI{TO DC AI{TDQUIA nuNtc¡Pto DEtDcHIGoRoDo Chigorodó.24. Constituir las garantías suficientes y nécesarias conforme lo previSto en el pl¡ego de cond¡ciones y en el contrato. 25. Cumplir con el cronograma y plazos de ejecuc¡ón del Contrato. 26. Cumpl¡r con la Resoluc¡ón 541 de 1994, pará el manejo y dispos¡ción de escombros. 27. Dar estricto cumpl¡miento a la señalizac¡ón de lá zona de las obras y vallas de información. 28. Elaborar e ¡nstalar valla durante la ejecuc¡ón del contrato, la cual deberá ceñiBe en lo que respecta a sus especif¡cac¡ones, a lo deñn¡do por el Mun¡clpio de Chigorodó. 29. Sol¡citar los permisos y las aprobaciones anté las entidades externas, que sean necesarios. 30. Todas aquellas obl¡gaciones que sean necesariag para la ejecución adecuada, efciente y segura del objeto contractual. 31. Construir las ¡nsblac¡ones prov¡s¡onales para oficinas, zonas de trabajo, si a ello hay lugar. 32. Llevar libro de obra en el cual se consigne el avance diario, las sugerencias planteadas por la Interventorfa y los diferentes profesionales que ¡ntervendrán en la ejecución del poyecto. 33. Pára ebctos de soportar las actas de pago, el contrat¡sta debérá adjuntar cop¡a de la bitácora de obra, regisfo fotográfico (donde se mueste el avance de la obra), memorias de las c€ntidades ejecutadas. 34. Dar Cumpl¡m¡ento a los procedimientos y medidas necesarias para garaniizar el cumplimiento de las normas y políticas ambientales por el Gobiemo Nacional; Para él logro de este objet¡vo, se tendrá en cuenta lo d¡spuesto en la Gufa De Manejo Ambiental de Proyectos de Infraestructura Subsector Vial (D¡sponible en www.inv¡as.oov.co/documentacion/publ¡cac¡onegou¡a de maneio añb¡ental. o en la Subdirección de Mectio Añb¡ente y Gestión Social), Además de lo disg./esro e, el Menonndo SMA 22860 del 23 de abil de 2012 y au atexo. 35. Dar cumpl¡m¡ento a la ley 99 de 1993 y el Dec.eto 2820 del 05 de agosto de 2010 y las normas que lás remplacen, ád¡c¡onen y complementen, relacionadas con el maneio ambiental,35. Dar cumpl¡miento de todas las normas legales v¡gentes en espec¡al las leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 del 2003. 36. Reportar los acc¡dent$ de trab4o que se presenten en desarrollo del objeto contractual a la ARP, a la lnteNentoría y al Mun¡cipio de Chigorodó. Las demás que se desprendan de la leg¡slac¡ón aplicable a esta modalidad contractual. 37. Legalizar de las garantías exig¡dag en esb proceso. 38. Guafdar ebsoluta reservá de lo que conozca en razón del desarrollo del objeto conÍactual. 39. Dar cumpl¡miento de la normatividad apl¡cable al proyecto paÉ el cual se conlrató. 40. Veriñcar el cumplimiento al marco confactual. B. DEL MUNICIPIO: EL MUNICIPIO se compromete a: l. Entregar al contratjsta el sitio donde se real¡zara el objeto del contrato. 2. Págar el valor de este contrato en la Ícrma y tiempo pactados.3, Recibir en el siüo y plazos convenidos el objeto del confato. ¡t. Hacer enlregá al contratista det certiñcado de cumplimiénto del objeto contratado en los Érm¡nos pactados. 5. Expedir oportunamente los demás documentos que se requ¡eran durante la ejecuc¡ón y tErMiNACiÓN dEI CONtrAtO. CLAUSULA SEPTIMA: SUSPENSIÓN TETIIPORAL DEL CONTRATO: Por circunstanc¡as de fuerza mayor o c¿so fortu¡to se podrá, de común acuerdo enhe las paftes, suspender temporalmente la eiecuc¡ón del contrato mediante la suscripciÓn de un acia donde conste tal evento, sin que para lo del plazo extintivo se compute el tiempo de la susoens¡ón. CLAUSULA ocTAvA: GAMNTÍA tJNlcA DE cultlPLlft¡llENTo: El CONTMTISTA constituirá, a favor del Munic¡pio de Chigorodó, una garantía única, otorgada por un banco, una compañía de seguros legalménte establecida en Colombia, o por cualqu¡er forma autoriza da por la normat¡vidad, con los s¡gu¡entes amparos, cuantfas y v¡gencias: a). "pORQUE I|ERECEIIOS EL CAlrr¡lO 2012 - 2015" CarrGr. lo¿a Nro. lOO - 08 T€l€fax 825 36 30 alcaldía(dchlooroclo-antioouia.oov.co
  • 7. ?k¿ D€PART l,tEXrO DE AÍ{TIOQ!,¡ u rclPro DELDcHtcoRoDo Cumplim¡ento del Contrato: Cubre ál Municipio de Chigorodó @ntra los perju¡cios derivados del incumpl¡miento de las obl¡gac¡ones del contrato que sean imputables al contratista, tales como incumplimiento, fraude, infidelidad y retrasos, entre otras, en una cuantía del qu¡nce por c¡ento (15%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a la duráción del contrato y seis (6) mes€s más. b). Pago de Salarlos y Prestaciones Soc¡alea: Cubre conlra el ¡ncumpl¡miento de las obl¡gaciones laborales y prestaciones soc¡ales a que está obligado el contratista, relac¡onados con el personal ut¡lizado para la ejecución del contrato. Su vigencia se est¡pulará durante la ejecuc¡ón del contrato y tres (3) años más, por una cuantfa equ¡valente al diez por cienb (10%) del valor dél contráto. c). Do cal¡dad: El Municip¡o de Chigorodó se precave contra evento de que un serv¡c¡o no teúna las espec¡ficaciones y requis¡tos mfnimos contemplados en el contrato. El mntratista deb€ responder por la garantía mínima presunta, por vic¡os ocultos y en general los derechos del consumidor. Su v¡gencia se estipulará durante la ejecución del conbato y seis (6) meses más, por una cuantla equ¡valente al quince por siento (15%) dal valof del contrato. d). Estab¡lidad de la obrS: Cubre contra los riesgos que pueda sufrir la estabilidad en óptimas condiciones de la obra que se eslá contratando, su vigencia será por cinco (5) años contados a partir de la suscripción delActa de Rec¡b¡do Defin¡tivo de la obra, y su cuantla será la equivalente aldiez por c¡entc (10%) del valor toial del contrato. e). Responoabil¡dad C¡vil Extracontractual: Se ampara al contratista por la Responsabilidad c¡vil efraconfactual que llegue a ser ¡mputable sn forma d¡recta, como consecuencia de su comportamiento personal o de gus dependientes, frenle a terceros que no se derive del incumplim¡ento de obl¡gac¡ones de origen contractual, su v¡gencia será por el Érmino del contrato y un (1) año más, y su cuantfa será la equivalente al quince por ciento ('15%) del valor total del contrato. f) Buen manejo dal anticipo: Cubre a la entidád de los periuic¡os sutridos con ocasión de la no ¡nversión, el uso indeb¡do y la aprop¡ación indebida del conbatista. Debe cubrir el cien por c¡ento (100%) del valor del anticipo. Su v¡gencia será el pla¿o del contrab y seis (6) meses más. Parágrafo primero: El mntatisla deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de lás multas o sanciones impuestas, el mismo se disminuyére o agotiare. S¡ el contrat¡sta se negaE a constituir o a reponer la garantía exig¡da el Municipio de Chigorodó, podrá dar por terminado el contrato en el eshdo en que se encuentre, s¡n que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. Parágrafo segundo: Cuando haya lugar a la modiñcación del plazo o valor consignado en el contrato, el contraüsta deberá consl¡tu¡r los correspondientes certificados de modificación dentro de los c¡nco (5) días calendario siguientes. S¡ se negare a constituirlos en los términos en que ge s€ñale, se hará acreedor a las sanc¡oneg resp€ct¡vas y el Munic¡pio dará por term¡nado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que por este hecho se -deba pagar o reconocer indemnización alguna. CLAUSULA NOVENA: SUPERVISION Y CONTROL: La Interventicria de los trabajos objeto de esta convocátoria, seÉ contratada por el DPS 'Departamento Para La Prosperidad Soc¡al', con una f¡rma particular y/o persona que representará los interes$ del Municipio y del DPS. Por conducto de la lnterventoría, se tram¡iarán todos los asunlos relat¡vos aldesa¡rollo del contrato, excepto cuando se estipule lo contrado en el pl¡ego de condiciones y espec¡ñcac¡ones. El contratista acatará bdas las ¡nstrucciones impart¡das para la ejecución de las obras a la Inierventoría que "PORQUÉ |ERECEIiiOS EL Cl]i{BrO 2Ot2 - 2015" C.rre.a lO4. Nro. lo{t - Og fclefax 825 36 30 alcaldía(Achioorodo-antioouia.oov.co
  • 8. DEPARI¡AIiIE¡TO DE Ai.T¡oQU¡A üu tctPtoL DÉLOc,Hr@RoDo designe el Departamento Para La Prosper¡dad Soc¡al. Las funciones y atribuciones principales del Interventor serán las s¡gu¡entes: . Exig¡r y observar la buena calidad del objetc contratado. . No Introducir moditlcaciones a los estud¡os, d¡seños, planos y documentos elaborados por el consultor. Es decir, velar que el proyectc se ejecute conicrme al d¡seño. . Certificar el rec¡bo de actividades parciales que correspondan al objeto del @ntrato que vigila y expresa[ que han cumplido con las espec¡llcec¡ones generales y particulares prescritas en los documentos que hacen parte del contrato. . Inbrmar oportunamente al Munic¡pio sobre s¡tuaciones que afecten la ejecución del contrato. . Llevar conjuntámente con el conlatista el libro o bitácora de ejecución del ob.ieto contractual . . Responder oportunamente inqu¡etudes planteadas por la veedurla c¡udadana relacionadas con la calidad y ejecuc¡ón del contrato. . Estab¡ecer parámetros que permitian al Munic¡p¡o determ¡nar el incumpl¡miento o cumplim¡ento del programa de e.iecuc¡ón v¡gente. . Observar, suger¡r, recomendar, sin @admin¡strar la éjecución delobjeto contractual. . V¡g¡lar el cumplim¡ento de la obligación del contratisia de af¡liar a la segur¡dad soc¡at a tos trabajadores que intervienen en la ejecuc¡ón del objeto contractual. . Inspecc¡onar u observar el corecto funcionamiento de los equipos que se util¡cen para la ejecución de la obra que puedan causar perjuicios a sus operadores o terc€ros. . Exigir y requerir al diseñador en las act¡vidades que deba realizar como responsable de la supervig¡lancia técn¡ca. . Requer¡r el documento en medio magnét¡co que con ocasión de la ejecuc¡ón del contrato deba entregar el contratista. . Presentar los informes periódicamente y en med¡o magnéticos e ¡mpresos. CLAUSULA DECIMA: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de ¡ncumpl¡m¡ento def,nitivo por parte del contralisla de cualquiera de las obligaciones conhaídas con el contmto o de declarator¡a de caduc¡dad o de term¡nación del contato, el conlratista conv¡ene en pagar al Municipio a título de pena, una suma equ¡valente al quince por ciento ('15%) del valor total del contrato, suma que la hará efect¡va el Municip¡o de Ch¡gorodó, mediante el cobro de la garantía ún¡ca de cumplímiento o, a su elecc¡ón, de los saldos que adeude al contratista, si los hub¡ere, para lo cual se entiende expréssmente autorizado con la suscripc¡ón det contrato; si esto no tuere posible, se cobrará por vía jud¡cial. La aplicac¡ón de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios CLAUSULA DECIMA PRIMERA: MULTAS: En los eventos en que el contrat¡sta ¡ncuna en mora o incumplim¡ento parcial de las obligac¡ones que por este contrato adquiere, se le apl¡caran las s¡guientes multas: En los eventos en que el contratista ¡ncurra en mora o incumplimiento parc¡al de las obligaciones que por este contrato adquiere, se le aplicaran las sigu¡entes multas: 1. Por cada día de retardo en la entrega de las obras o cuando los trabajos no avanzaren al rifno necesario para garant¡zar la entrega dentro del plazo estipulado, se le aplicara una mulla eguivalente al uno por mil {1/1000) del valor del contrato. 2. Cuando no diere inic¡o a los trabajos en forma oportuna, se le aplicara una multa "PORQUE |TERECEI{OS EL CAfIIBIO 2012 - 2O15" Carr€ra lor¡¡ Nro. lOO - 0A Tebfax a25 36 30 alc¡ldía(dchioorodo-ant¡ooü¡a.oov,co
  • 9. lrG D€PARfAitgrto DC A|fTrOQ!fiA l|uNrcrPHS[srcoRoDo equivalentg al uno por mil (1/1000) del valor del contrato. 3. Por cada día de retardo en el cumplim¡ento del requ¡sito ex¡gido para Residente de obra de confonn¡dad con lo establecido en este pl¡ego, se le aplicara una multr equivalente al cero punto c¡nco por m¡l (0.5/1000) del valor del contrato. 4. Por no acatar las órdenes de la Intervent¡rría en todo lo oue concierne al tunc¡onam¡enio técnico, dispos¡c¡ón de escombros en el t¡empo prevlsto, multa del cero punto uno por mil (0.1f000) del valor total del contrato, por cada o¡d€n no cumpl¡da. Estia multa no aténúa las demás afibuc¡ones del munic¡p¡o establec¡das en el pliego de cond¡ciones, 5. Por periu¡cios en las vías y carencia de medidas de segur¡dad y señalización sstablecidas en el pl¡ego, se le aplicara una multa de un salario mínimo legal vigente. 6. Por utilizar mater¡a¡es o equipos distintos a los aprobados por el mun¡c¡pio, se le aplicara al contrát¡stia una multa de un salario minimo legal v¡gente. 7. Por cada día de refaso en la celebración de ñn¡quito por causa imputable al contratisia dentro del plazo fjado en el pliego de condiciones, se lé aplicara una multa del céro punto uno por mil (0.1f000) del valor total del contrato. PARAGRAFO: En caso de que el contratistia ¡ncurra en una ds las causales de multa, este autoriza al Municip¡o para dsscontrar el valor de la misma, la cuál se tomara directamente de cualquier suma que se adeude al contratista, s¡n periu¡cio de hacer efectiva lá cláúsula penal o la garantía de cumpl¡miento delcontrato. Si poster¡ormente el contratisla acredita la existencia de s¡tuaciones que lo exoneren de responsabilidad y estas son ac€ptadas por el Municip¡o, habrá lugar a la entrega al contratista de los d¡néros deduc¡dos. Los dineros que deben ser entregados al contratista serán rea¡ustiados anualmente en un porcentaje igual a lá meta de ¡nflación fijada por el gob¡erno Nacional para el año en que se proceda a la devoluclón. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: TERMINACION UNILATERAL: Las partes acuerdan que el Municip¡o de Ch¡gorodó, podrá dar por term¡nado unilateralmente en cualquier üempo el contrato, cuando de acuerdo a solicitud del Supervisor, el Contratista ¡ncumpla de manera grave con las obligac¡ones contractuales o legales. La terminación unilateral daÉ or¡gen al cobro o rétenc¡ón de la cláusula penal pecun¡aria. CLAUSULA DEClilA TERCERA: CADUCIDAD: El Munic¡pio de Ch¡gorodó, podrá declarar la caducidad adm¡n¡strat¡va del contrato por med¡o de resolución mot¡vada, por las razones que eslablece la ley o por incumpl¡m¡ento de las obligac¡ones, a tavés de la cual lo dará por term¡nado y ordenará su l¡quidac¡ón, cuando el contratisla ¡ncuna con oaas¡ón del confato, en cualquiera de las causales legales para ap¡¡car tal F¡gura. Para lo cual deberá garantizarse previamente el derecho a ser oído en explicaciones, confome a la Ley 1150 y los princ¡pios que r¡gen las actuaciones adm¡nistrat¡vas contenidas en el Código Contencioso Admin¡strativo. CLAUSULA DECIIIA CUARTA: MODIFTCACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETAC6N UNILATERALES: Son aplicables al Conbato las d¡spos¡c¡ones que se encuenfan consignadas en la Ley 80 de 1993, Artículos 15, 16 y 17; garantizando el ejerc¡cio a la defensa prev¡a y posterior al actc admin¡strativo, en concordancia con los pr¡nc¡pios que rigen los actos y las actuac¡ones ádministrátivas en el Código Conlenc¡oso Admin¡strativo parte pr¡mera. CLAUSULA DEClilA QUINTA: LIQUIDACION FINAL: La l¡ouidac¡ón final del contrato se efectjará al momenb de finalizar el término de ejecuc¡ón, o por agoiam¡ento de los elementos por entregar s¡ no se hubiere hecho adición, o en su debcto cuando ocunan cualquiera de las causáles de térm¡nación anormal del contrato, de acuerdo con lo esiablecido en la ley 1150 de "PORQUE I,IERECE OS EL CAllBlO 2012 - 2015" C.rra.. loa¡ llro. l(X) - Oa Tebf.r 425 36 30 ¿lcaldiaOchioorodo-antioouia.oov.@
  • 10. 1A1 DEp RtAfitEfffo DC A¡rf¡Oel,l HUXtCtPtOL D€LDCIICOROOO 2007 y sus decretos reglamentar¡cs vigentes. CLAUSULA DEClilA SEXTA: PLAZO PARA LA LIQUIDACION BILATERAL DEL CONTRATO: La l¡qu¡dac¡ón del contrab será de común acuerdo entre el contrat¡sta y el mun¡c¡pio de Ch¡gorodó, procdimiento que se hará dentro de los cuatro mes€s siguientes a la tem¡nación del contrato. Dentro de eslB plazo el contratista y el mun¡cipio acordaran los ajustes, rev¡siones y reconoc¡miento que haya lugar. En el acta de l¡quidación constaran los acuerdos y tEnsacciones a que llegaren elconlratisb y el munic¡pio para poner fin a las divergenc¡as presentadas. Para la liqu¡dac¡ón, se exig¡rá al confátista ta extensión o ampl¡ación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estab¡lidad de la obta, el pago de los salar¡os, prestiac¡ones e ¡ndemn¡zac¡ones, a las responsabilidades civ¡les y, en general, para avalar las obligacione_s que deba cumpl¡r con poster¡or.¡dad a la ext¡nc¡ón del contrato. CLAUSULA DECIi/|A SEPTIiIA: CLAUSULA COMPROMISORIA: Las oartes contractuales nos comprometemos a someter a la decisión de un árbitro las distintás diferencias que puedan surg[ por razón de la celebración del contrato y de su ejecución, desa.rollo, leminación o liquidación. El arbitrámento será en derecho. El árbitro será (1), la designación recaerá en la persona que asigne la Cámara de Comerc¡o de Urabá para Antioquia, los honorarios serán cancelados por las parbs en igual proporción. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: CONTRATOS ADICIONALES: Los contratos no oodÉn adicionarse en más del cincuenta (50%) de su valor inicial, expresado este en salarios mfnimos legales menguales. Cuando haya necesidad de modificar el plazo o el valor convenido inic¡almente, se suscr¡b¡tán contratos adic¡onales que serán autorizados por el Alcalde del Municip¡o de Chigorodó. Las obras extas se l¡quidarán a los precios unitarios que se @nvengan con el Cont€tista. En los precios unibrios de la obra extra s€ bndrán en cuenta los precios comerciales reales de materiáles, transportes, equ¡pos y mano de obra. El Municipio fúa un tope máx¡mo de A.l.U. para el pago de dichos precios un¡tarios en un veinte por c¡ento (20%) o el del proponente si es ¡nferior. Si no se llegare a un acuerdo entre las partes acerca de las obras extras, el Munic¡p¡o eslá facullado para ordenar la eiecución del tabajo sobre la base de costo más porcentaje de administración del doce por ciento (12%) o la del proponente si és ¡nfEfiof, CLAUSULA DECIISA NOVENA: PROHIBICION DE CEDER EL CONTRATO: Los contratos estatales son intuito persona y, en @nsecuencia, una vez celebrado no podrá cederse sino con_ autorización prev¡a y escrita del alcalde mediante resolución mot¡vada. CLAUSULA VIGESIMA: PREVENCION DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD: Durante la ejecución del Contrato, el Contrat¡sta en todo momento proveerá los recuFos que gean necésar¡os para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de tcdas las ¡nstialaciones de la obra, la de sus empleados, trab4adores, subcontraüs¿as, proveedores y la de los empleados y b¡enes del Municipio, el Interventor y de terceras personas. El Contraüsta ¡mpondrá a sus empleados, trabajadores, subcontrat¡stias, proveedofes y en general a todas aquellas peBonas relacionadas con la ejecuc¡ón del contrato, el cumpl¡miento de tcdas las cond¡ciones relativas a h¡g¡ene, salubr¡dad, pr_evenc¡ón de accidentes y medidas de segur¡dad y los fozerá a cumpl¡.las. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA: INDE NIDAD: El contratista se ob¡¡ga a mantener al Municipio libre de cualqu¡er daño o perjuic¡o or¡ginado en reclamac¡ones de brceros y que se der¡ven de sus actuac¡ones o de las de sus subcontratistas o dependientes, salvo que justit¡qüen en los estudios y documentos prev¡os, "PORQUE I{ERECEi,IOS EL CAlilBlO 2012 - 2O15" C5r.óre lO4. llro. l@ - 08 Tslcf.x 825 36 30 alc¿ld¡e@chioorodo-ant¡oouia,oov,co
  • 11. 381 DCPARÍAI,IE fO DE ANTü¡QUIA MUNIC¡PIO DE CHIGORODó ALCALDÍA .q_y9_18ry¡A!9 at objeto y tas obtigaciones contenidas en cada contrab. CLAUSULA VÍGESIMA SEGUNDA: OOM|CIL|O; para todos tos eiectos tegalál ae lste contrato se fiia r,ilÉq8i8lllll,"i.ffi #;ffi #;,Ty"',:H6li:"8'jH":iff."'trj 9¿ue99u. -qrrra|| ooqsoup!rcasrocn¡oorodo-anüoouia.gov.co. DEL coNTRATlsrA: Kilometro'| sa'04 uhrgorodGMutatá. Ema¡l: las¡ngenierias.sa.s.hotmail.com. CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA: PERFECC|ONAM|ENÍO, leGatzlctó¡¡ y e.¡ecuclóñ óEL cor,¡rp¡ro, pr ::j:9:*TlT,:igylentes d¡recoones: oEL MuNtctptdi carrera 104 A Nio. .t o0_o8 te¡éfono presente contraic se perfeccionará med¡ante la suscr¡pción del mismo por las partes. Su ejec.ución iniciará una vez haya sido_exped¡do el Registro presupuestal, "" "prueoen pol. med¡o de un Acto Admin¡stat¡vo ras carantias únicaJoe cumptiáieniJy se suscriba etActa de In¡cio. Para constancia de to anter¡or sefrma en Chigorodó,; tos Ve¡;ticuatro (24) dfas de¡ mes de Nov¡embre de Dos Mit eu¡nce (2O tS) EJECUCIÓN DEL CONTRATO: EI coNsoRcto cHtGoROOO FYLEGAL. JHON FREDY ZAPATA GARZON CONTRATISTA "PORQUE üERECEIiOS EL CAti{E¡O 2O12 - 2O15- Car.€rr 10¡1. f{ro. llx, - OB f.l€fex 825 36 30 a lcaldía(Och¡gorodo-¿¡t¡oou ja.oov,co MUNICIP