1. El Consejo de Grupo – Una Comunidad Educativa
Proceso de Fortalecimiento de la
Participación Juvenil Institucional
2. El Consejo de Grupo
La autoridad máxima del
Grupo Scout es el
Consejo de Grupo, el que
constituye una
comunidad educativa
[Art. 80 del Estatuto y 2.4.1. del Reglamento General]
3. El Consejo de Grupo
Lo integran con derecho a voz :
los Asesores Religiosos
En los casos de Grupos Homogéneos
Religiosos estos asesores tienen voto y
pueden vetar toda decisión que se
contraponga con la doctrina de la fe
correspondiente.
Los Asesores Religiosos que, a su vez,
se desempeñen como Miembros
Activos, tienen derecho a voto.
[Art. 2.4.3. del Reglamento General]
Lo integran con derecho a voz y
voto:
El Jefe de Grupo, quien lo preside
el Sub-Jefe de Grupo, si lo hubiere
los Jefes de Unidad
los Ayudantes de Unidad
un padre de familia o representante
legal por cada grupo de edad
para el caso de un Grupo Scout
patrocinado– un representante de la
Institución Patrocinante.
[Art. 2.4.3. del Reglamento General]
4. El Consejo de Grupo
El Consejo de Grupo es el órgano de gobierno del Grupo, siendo su
principal función llevar adelante la propuesta educativa de la
asociación, sostener y difundir el Movimiento Scout en el nivel local
[Art. 2.4.2. del Reglamento General]
Las decisiones del Consejo de Grupo se tomarán por consenso,
mecanismo ideal para trabajar. Se recurre a la votación en casos de
excepción. Las decisiones por votación se toman por mayoría absoluta
(mitad más uno), en caso de empate el Jefe de Grupo decide la votación
[Art. 2.4.5. del Reglamento General]
5. El Consejo de Grupo
Una de sus funciones es la consideración de las
recomendaciones del Foro de Jóvenes de Grupo
[Reglamento General de SAAC - Art. 2.4.4 inciso ‘l’]
Para esto, es necesario que participen los
representantes juveniles del Grupo para que
presenten las recomendaciones del Foro y brinden
a los miembros del Consejo de Grupo las
explicaciones necesarias sobre las mismas
[El Foro de Jóvenes, una herramienta de Participación Juvenil; DNJ – 2010]
6. El Consejo de Grupo
Estas invitaciones pueden estar
dirigidas a los representantes
juveniles del Grupo, a
determinados jóvenes que los
dirigentes consideren que
pueden brindar un aporte
significativo al tema en cuestión
o ser invitaciones amplias a los
jóvenes que deseen participar.
[Los Representantes y Voceros Juveniles DNJ 2013]
Además, existen innumerables
temas en los cuales puede ser de
utilidad contar con las opiniones
de los jóvenes para contribuir a su
tratamiento , en virtud de la
mirada privilegiada que solo
pueden ofrecer los protagonistas
de la propuesta educativa de la
Asociación. Para estos temas, es
posible invitar jóvenes
beneficiarios para que colaboren
con los miembros del Consejo.
7. El Consejo de Grupo
A modo de resumen:
Adultos Representantes Juveniles Otros Jóvenes
Miembros de
derecho.
Tienen Voz y Voto
Presentan las
Recomendaciones del Foro de
Grupo y Colaboran con el
tratamiento de temas, previa
invitación
Colaboran con el
tratamiento de
temas, previa
invitación