Este documento describe los diferentes tipos de informes médicos legales, incluyendo dictámenes, certificados y consultas. Explica el proceso de elaboración de pericias médicas legales, incluyendo la observación de hechos, la formulación de hipótesis, experimentación y llegar a conclusiones. También describe las cualidades deseables de un perito médico legal y el valor probatorio de los dictámenes médicos legales.
concepto
Medicina legal es el conjunto de conocimientos médicos o biológicos que precisa el legislador para aplicar las leyes.
El juez necesita del médico en cuanto entra un hecho biológico
definicion
La Medicina Legal es una rama de la Medicina Pública que tiene por objeto la aplicación de conocimientos biológicos y médicos para la resolución de problemas que plantea el derecho, tanto en aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución
evolucion
evolucion
Lacassagne la clasificó por etapas:
ETAPA FICTICIA
ÉPOCA POSITIVA
ÉPOCA CIENTÍFICA
ETAPA FICTICIA
-Egipto, pueblo judío y Grecia (Dokimasia). Dokimasia: prueba (griego).
La docimasía galénica consiste en introducir los pulmones del cadáver de un neonato en agua; si flotan es que contienen aire (para ver si llegó a respirar antes de morir).
-Legislación canónica (problema de matrimonio): Inocencio III, Gregorio IX y Juan XXII.
El primer código que exigió el peritaje médico fue la legislación canónica.
ÉPOCA POSITIVA
En realidad la Medicina Legal no existe como tal hasta esta etapa.
Autopsias en Montpellier (1374): autorización de autopsias.
Autopsias médico-legales en Pavia (1394).
Código de Bamberg (1507): hay exigencias (y sobre todo en la Constitutio), como obligación de recurrir a peritaje médico en casos de: homicidio, infanticidio, envenenamiento y errores de arte médico. La Constitutio añadirá nuevos supuestos.
Constitutio Criminalis Carolina (1532): añade procesos por lesiones, parto clandestino, etc.
Carlos V: dieta de Ratisbona: se da por buena la Constitutio Carolina.
Fundador de la Medicina legal en España: Juan Fragoso. En 1601 escribió una breve instrucción para que los médicos puedan valerse delante de los jueces.
El primer libro de Medi icina Legal fue “De los dictámenes y de la manera de embalsamar”, de Ambrosio Paré (1621).
ÉPOCA CIENTÍFICA
Aparecen las cátedras de Medicina Legal, publicaciones, reuniones, etc.
1843: 1ª cátedra de Medicina Legal en España, con sede en Madrid, regentada por Pedro Mata.
Ningún médico puede negarse al requerimiento judicial.
-Se creó el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
concepto
Medicina legal es el conjunto de conocimientos médicos o biológicos que precisa el legislador para aplicar las leyes.
El juez necesita del médico en cuanto entra un hecho biológico
definicion
La Medicina Legal es una rama de la Medicina Pública que tiene por objeto la aplicación de conocimientos biológicos y médicos para la resolución de problemas que plantea el derecho, tanto en aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución
evolucion
evolucion
Lacassagne la clasificó por etapas:
ETAPA FICTICIA
ÉPOCA POSITIVA
ÉPOCA CIENTÍFICA
ETAPA FICTICIA
-Egipto, pueblo judío y Grecia (Dokimasia). Dokimasia: prueba (griego).
La docimasía galénica consiste en introducir los pulmones del cadáver de un neonato en agua; si flotan es que contienen aire (para ver si llegó a respirar antes de morir).
-Legislación canónica (problema de matrimonio): Inocencio III, Gregorio IX y Juan XXII.
El primer código que exigió el peritaje médico fue la legislación canónica.
ÉPOCA POSITIVA
En realidad la Medicina Legal no existe como tal hasta esta etapa.
Autopsias en Montpellier (1374): autorización de autopsias.
Autopsias médico-legales en Pavia (1394).
Código de Bamberg (1507): hay exigencias (y sobre todo en la Constitutio), como obligación de recurrir a peritaje médico en casos de: homicidio, infanticidio, envenenamiento y errores de arte médico. La Constitutio añadirá nuevos supuestos.
Constitutio Criminalis Carolina (1532): añade procesos por lesiones, parto clandestino, etc.
Carlos V: dieta de Ratisbona: se da por buena la Constitutio Carolina.
Fundador de la Medicina legal en España: Juan Fragoso. En 1601 escribió una breve instrucción para que los médicos puedan valerse delante de los jueces.
El primer libro de Medi icina Legal fue “De los dictámenes y de la manera de embalsamar”, de Ambrosio Paré (1621).
ÉPOCA CIENTÍFICA
Aparecen las cátedras de Medicina Legal, publicaciones, reuniones, etc.
1843: 1ª cátedra de Medicina Legal en España, con sede en Madrid, regentada por Pedro Mata.
Ningún médico puede negarse al requerimiento judicial.
-Se creó el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
El fascinante mundo de la Medicina Legal y la Criminología resumido en 4 partes, desde la perspectiva de un abogado, en las que encontrarás los conceptos mas relevantes de esta ciencia y sus ciencias auxiliares en pos de la averiguación de la verdad de los hechos.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Yonta
La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.
DATA DE LA TRAUMATOLOGÍA FORENSE. TIPOS DE LESIONES. DESCRIPCIÓN DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS CONTUSIONES. EXPLICACIÓN DEL CONCEPTO DE LOS MECANISMOS DE PRODUCCIÓN. RECONOCIMIENTO DE LOS CUERPOS CONTUNDENTES. DESCRIPCIÓN DE LAS HERIDAS POR ARMAS DE FUEGO. DESCRIPCIÓN DE LAS LESIONES POR ASFIXIA.
El fascinante mundo de la Medicina Legal y la Criminología resumido en 4 partes, desde la perspectiva de un abogado, en las que encontrarás los conceptos mas relevantes de esta ciencia y sus ciencias auxiliares en pos de la averiguación de la verdad de los hechos.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Yonta
La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.
DATA DE LA TRAUMATOLOGÍA FORENSE. TIPOS DE LESIONES. DESCRIPCIÓN DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS CONTUSIONES. EXPLICACIÓN DEL CONCEPTO DE LOS MECANISMOS DE PRODUCCIÓN. RECONOCIMIENTO DE LOS CUERPOS CONTUNDENTES. DESCRIPCIÓN DE LAS HERIDAS POR ARMAS DE FUEGO. DESCRIPCIÓN DE LAS LESIONES POR ASFIXIA.
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Pòster "La Realidad Virtual Innovando el Manejo del Dolor y Ansiedad Perioper...
El informe-pericial-medico-legal
1.
2. Definición
Es el medio a través del cual el medico legista hace efectiva su
colaboración con la administración de justicia.
TIPOS DE INFORMES
Dictamen Certificado Consulta
4. 1. DICTAMEN
Es un documento emitido por orden de autoridad judicial para
que el perito le ilustre acerca de aspectos médicos de hechos
judiciales o administrativos
• Nombre, titulo y lugar de residencia
• Autoridad judicial que solicita
• Objetivo del informe
Preámbulo
• Descripción de objetos, personas o
hechos
• Operaciones realizadas
Exposición
5. • Evaluación que relaciona los elementos con las
conclusiones
Discusión
• Sintetiza la opinión del peritoconclusiones
• “A la disposición del Sr. Juez para cualquier
información adicional que considere pertinente”
• Firma del medico
Formula final
6. 2. CERTIFICADO
Documento que da constancia escrita de un
hecho o hechos que el medico ha comprobado .
El medico queda relevado de la obligación del
secreto profesional.
Se trata de hacer constar ausencia o existencia de
enfermedad.
No esta dirigido a nadie en particular.
7. 3. CONSULTA
Informe breve
No sigue
ordenamiento
Escrito o
verbal
Se emite con el propósito de estimar algún aspecto relativo a
personas o hechos.
8. 4. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA PERICIA.
Es un recurso penal
que existió desde
tiempos remotos
Hebreos: asesoría
medica
(Levítico)
Deuteronomio:
empleo de dictámenes
médicos
El Génesis: practica de
la pericia en heridas y
otras lesiones
10. • Apareció en las leyes de
algunos pueblos de Francia,
Italia, Bélgica, Holanda e
Inglaterra
Siglo XIII
• Se ha convertido en un
recurso obligado de la justicia
penal
Actualidad
11. 5. PREPARACIÓN DE LA PERICIA
Instrumento de trabajo fundamental para investigar la verdad en una
pericia es el método experimental
Observación Hipótesis
Experimentación Conclusión
12. 6. ELABORACIÓN DE LA PERICIA
Se pueden seguir dos métodos:
• A partir de nociones simples
se llega a verdades generales
Método
analítico
• Se parte del todo general para
llegar a la verdad del caso
contenida en ese todo
Método
sintético
13. 7. LOS PERITOS MÉDICOS
El perito es la persona que es requerida para que dictamine sobre
hechos cuya apreciación no puede ser llevada a cabo por cualquiera.
Perito proviene del latin peritus y significa docto, experimentado,
practico en una ciencia o arte
“Son los ojos del juez”
14. 8. CLASES DE PERITOS
Pueden clasificarse por la índole de su:
Nombramiento
A)Peritos de
oficio
B) Peritos de
parte
Amplitud de
conocimiento
A) Peritos
generales
B) Peritos
especiales
15. 9. CUALIDADES DEL PERITO
Según Gisbert Calabuig
Objetividad
Reflexión y sentido
común
Juicio para
jerarquizar los
hechos
Prudencia en la
formulación de
conclusiones
Imparcialidad Veracidad
Formación medica
básica
Conocimiento
jurídicos
16. 10. EL PERITO EN EL JUICIO ORAL
Cuando el perito es llamado a comparecer en un juicio oral, debe
tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
a) Se dirigirá directamente al jurado
b) Debe hablar en voz alta, lenta y claramente
c) Evitar el uso de términos técnicos o científicos
d) Se expresará de forma sencilla
e) No proporcionar información que no se le ha solicitado
f) Sera respetuoso con los jueces y abogados
17. 11. VALOR PROBATORIO DEL DICTAMEN MÉDICO
LEGAL
Aspectos generales
Tanto el proceso penal como el civil tienden a la averiguación de la
verdad.
Juez civil
• Debe limitarse a verificar las
proposiciones de las partes
• Queda satisfecho con la
verdad aparente
Proceso penal
• A pesar de las confesiones
del imputado
• El MP y el Juez deben
investigar la verdad.
18. En el proceso, las partes presentan al juez su propia tesis, la cual
amparan con el ofrecimiento de pruebas destinadas a verificarla.
Corresponde al juez comprobar a cual de las partes asiste la razón.
Valoración de la
prueba
Intima convicción Prueba legal
Libre convicción o
sana critica racional
Tres sistemas
principales
19. Sistema de intima convicción
Dos aspectos:
a) Inexistencia de toda normal legal acerca del valor que el juzgador
debe de dar a los elemento de prueba
b) El juzgador no esta obligado a dar razones determinantes de su
juicio
El jurado resuelve de acuerdo con su libre albedrío.
20. Sistema de la prueba legal
Indica que al verificarse ciertos supuestos que la ley indica, el
juez debe considerar como verdadero, aunque el no este
convencido
Sistema de libre convicción
El juez no se ajusta a regla alguna.
Hay libertad de apreciación de las pruebas
El juez debe apreciarlas conforme a las reglas de la lógica, la
psicología y de la experiencia común.
21. Aspectos especiales
Con respecto al valor probatorio del dictamen medico legal hay dos
criterios fundamentales
Criterios
1. El perito es un
simple auxiliar de la
justicia
Juez no esta
obligado a aceptar
sus conclusiones
2. El perito es el
verdadero juez
Sus conclusiones
deben ser acogidas