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salario Mayerli GARCIA  10-b
SALARIO Precio del trabajo efectuado por cuenta y orden de un patrono.  El concepto del salario ha  evolucionado con el progreso y hoy constituye uno de los problemas más complejos de la  organización económica y social de los pueblos.  Los desequilibrios de salarios son capaces  de provocar las más graves perturbaciones (huelgas, alzamientos, revoluciones, etc.) Más de  los dos tercios de la población mundial dependen, para su existencia, de las rentas que el  trabajo por cuenta ajena les proporciona
Pagos que constituyen el salario ,[object Object]
. El artículo 17 de la ley 21 de 1982, incluye para efectos del cálculo de aportes al SENA como factor salarial lo pagado en descansos remunerados así:“Se entiende por nómina mensual de salarios la totalidad de pagos hechos por concepto de los diferentes elementos integrantes del salario o en los términos de la ley laboral, cualquiera que sea su denominación y además los verificados por descansos remunerados de ley y convencionales o contractuales.”
Pagos que no constituyen el salario ,[object Object]
 Queda entonces para la aplicación de los acuerdos que no constituyan salario, reducida su observancia a los siguientes elementos:1.- Beneficios o auxilios habituales u ocasionales en especie: Alimentación, habitación y vestuario.Para este efecto sirven para establecer acuerdos no constitutivos de salario los bonos por alimentación y vestuario según convenios que se logren con almacenes que tengan esta actividad. 2.- Beneficios o auxilios ocasionales en dinero, como: primas de vacaciones, primas de servicios y prima de navidad.
CLASES DE  SALARIO
SALARIO MINIMO El salario mínimo es el mínimo establecido legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX. Los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate. Generalmente se expresa en unidades monetarias por jornada de trabajo; por ejemplo, que no se puede pagar menos de 6 euros, dólares, libras a un trabajador por cada hora de trabajo. Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual.

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El salario

  • 2. SALARIO Precio del trabajo efectuado por cuenta y orden de un patrono.  El concepto del salario ha evolucionado con el progreso y hoy constituye uno de los problemas más complejos de la organización económica y social de los pueblos.  Los desequilibrios de salarios son capaces de provocar las más graves perturbaciones (huelgas, alzamientos, revoluciones, etc.) Más de los dos tercios de la población mundial dependen, para su existencia, de las rentas que el trabajo por cuenta ajena les proporciona
  • 3.
  • 4. . El artículo 17 de la ley 21 de 1982, incluye para efectos del cálculo de aportes al SENA como factor salarial lo pagado en descansos remunerados así:“Se entiende por nómina mensual de salarios la totalidad de pagos hechos por concepto de los diferentes elementos integrantes del salario o en los términos de la ley laboral, cualquiera que sea su denominación y además los verificados por descansos remunerados de ley y convencionales o contractuales.”
  • 5.
  • 6. Queda entonces para la aplicación de los acuerdos que no constituyan salario, reducida su observancia a los siguientes elementos:1.- Beneficios o auxilios habituales u ocasionales en especie: Alimentación, habitación y vestuario.Para este efecto sirven para establecer acuerdos no constitutivos de salario los bonos por alimentación y vestuario según convenios que se logren con almacenes que tengan esta actividad. 2.- Beneficios o auxilios ocasionales en dinero, como: primas de vacaciones, primas de servicios y prima de navidad.
  • 7. CLASES DE SALARIO
  • 8. SALARIO MINIMO El salario mínimo es el mínimo establecido legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX. Los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate. Generalmente se expresa en unidades monetarias por jornada de trabajo; por ejemplo, que no se puede pagar menos de 6 euros, dólares, libras a un trabajador por cada hora de trabajo. Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual.
  • 9. SALARIO BASICO Es un sueldo pagado a todos los individuos, sin requisito de que trabajen ni condicionantes sobre su patrimonio. La gente es libre (pero no está obligada) a completarlo con ingresos de otras fuentes, ya sea con su propio negocio o como empleado. En los dos últimos siglos, esta idea ha sido propuesta de forma independiente bajo una gran variedad de nombres - Salario Ciudadano, Beneficio Universal, Paga del Estado, Crédito Social o Dividendo Nacional - usualmente con la intención de remediar problemas sociales como pobreza o desempleo.Varios caminos han sido propuestos para instaurar un Salario Básico. El premio Nobel James Meade propuso un dividendo social proveniente del rendimiento de los activos productivos públicos. Un ejemplo real de Salario Básico instituido de esta forma es el esquema de dividendos de Alaska, que provienen de los rendimientos de los amplios yacimientos petrolíferos de dicha región. Algunos economistas piensan que los fondos deberían venir de un impuesto redistributivo sobre los ingresos o de un impuesto sobre la tierra. Estas ideas no son nuevas - en 1796, Thomas Paine promovió un ingreso universal proveniente del estado para compensar la poco equitativa división de la tierra, que a su juicio pertenecía a todo el mundo. Por supuesto, la tecnología nos ha proporcionado grandes incrementos de la riqueza nacional desde la era de Paine, haciendo que la idea de un salario universal parezca ahora más asequible.
  • 10. SALARIO INTEGRAL El Salario integral es aquel salario en el que se considera que ya esta incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación.