1. El Estado en la Constitución (Economía I)
Planificación
y sectores estratégicos
Parte I
Por:
Gastón A. Velásquez Villamar Dr. / MDE.
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
1
2. El Estado en la Constitución (Economía I)
Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa 279CRE, organizará la planificación para
el desarrollo
El Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa
constituye
el
conjunto
de
procesos, entidades e instrumentos, que permiten la
interacción de los diferentes actores sociales e
institucionales para organizar y coordinar la
planificación del desarrollo en todos los niveles de
gobierno (COPFP, art. 18, 2010). Plan Nacional para
el Buen Vivir 2013-2017 P.34
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
2
3. El Estado en la Constitución (Economía I)
El Consejo
Nacional de
Planificación
La Secretaría
Técnica
Los Consejos de
Planificación GAD
Los Consejos Sectoriales
Los Consejos Nacionales de Igualdad
Instancias de participación (COPFP 21)
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
3
4. El Estado en la Constitución (Economía I)
Consejo
Nacional de
Planificación
1. Dictar los lineamientos y políticas que
orienten y consoliden el Sistema Nacional
Descentralizado de Planificación
Participativa, incorporando los principios de
equidad, plurinacionalidad, interculturalidad y
garantía de derechos;
2. Conocer y aprobar el Plan Nacional de
Desarrollo a propuesta del Presidente de la
República;
Función
Ejecutiva
Decreto Ejecutivo 1577 publicado en
Registro Oficial 535 del 26-feb-2009 y
acorde a lo dispuesto en el Código Orgánico
de Planificación y Finanzas Públicas COPFP 23
Al gobierno central le corresponde la
planificación a escala nacional, respecto de la
incidencia territorial de sus competencias
exclusivas definidas en el artículo 261 de la
Constitución de la República, de los sectores
privativos y de los sectores estratégicos
definidos en el artículo 313 de la Constitución
de la República artículo 10 COPFP
Es responsabilidad del Ejecutivo 10 COPFP la
planificación nacional y competencia del
Gobierno Central, y se ejerce a través del
Plan Nacional de Desarrollo
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
4
5. El Estado en la Constitución (Economía I)
• proyectos públicos,
• el endeudamiento público,
• la cooperación internacional,
• la programación, formulación, aprobación
y ejecución del Presupuesto General del
Estado
• las empresas públicas de nivel nacional,
etc.
Régimen de Desarrollo
• Objetivos 276 –sistema económico 283 y
producción nacional, la productividad y
competitividad sistémicas 284CRE
COPFP 34 El Plan Nacional de
Desarrollo articula la acción
pública de corto y mediano plazo
con una visión de largo plazo
• Objetivos 277 – le corresponde al Estado
Dirigir, planificar y regular el proceso de
desarrollo, Generar y ejecutar las
políticas públicas, y controlar y sancionar
su incumplimiento- y 278 –participación
social-
Régimen del Buen Vivir
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
5
6. Órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio
de los derechos consagrados en la Constitución y en los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos. Los
Consejos ejercerán atribuciones en la
formulación, transversalización, observancia, seguimiento y
evaluación de las políticas públicas relacionadas con las temáticas
de género, étnicas, generacionales, interculturales, de
discapacidades y movilidad humana. Según el CATASTRO DE
INSTITUCIONES ENTIDADES EMPRESAS Y ORGANISMOS
DEL ESTADO, expedido por Acuerdo Ministerial 96
MRL, publicado en el Registro Oficial 11 de 10-jun-2013
30/10/2013
Secretaría Técnica del Sistema Nacional
Descentralizado de Planificación
Participativa
Los consejos sectoriales son instancias de revisión, articulación,
coordinación, armonización y aprobación de la política ministerial
e interministerial dentro de su sector y su sujeción al Plan
Nacional de Desarrollo.
Forman parte de los Consejos Sectoriales: el Ministerio
Coordinador que lo preside, la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, la Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo, la Secretaría Nacional de la Política, así como sus
miembros plenos, asociados e invitados. Cada Consejo contará
con una Secretaría Técnica.
Disposiciones para la organización de la Función Ejecutiva dadas
mediante Decreto Ejecutivo 726 publicado en el Registro Oficial
433 del 25-abr-2011
Consejos Nacionales de Igualdad
Consejos Sectoriales de Política Pública de
la Función Ejecutiva
El Estado en la Constitución (Economía I)
Será ejercida por la Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo 26 COPFP, su función principal es:
Preparar una propuesta de Plan Nacional de Desarrollo para la
consideración de la Presidenta o Presidente de la República, con
la participación del gobierno central, los gobiernos autónomos
descentralizados, las organizaciones sociales y comunitarias, el
sector privado y la ciudadanía 26.1 COPFP
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
6
7. El Estado en la Constitución (Economía I)
Consejos de Planificación
GAD
• Participar en el proceso de
formulación de sus planes y emitir
resolución favorable sobre las
prioridades estratégicas de
desarrollo, como requisito
indispensable para su aprobación ante
el órgano legislativo correspondiente;
• Velar por la coherencia del plan de
desarrollo y de ordenamiento
territorial con los planes de los
demás niveles de gobierno y con el
Plan Nacional de Desarroll
• 28 COPFP, 300 y 301 del COOTAD
Planes de desarrollo GAD
• COPFP 42
• Los gobiernos autónomos
descentralizados, con la
participación protagónica de la
ciudadanía, planificarán
estratégicamente su desarrollo con
visión de largo plazo considerando
las particularidades de su
jurisdicción, que además permitan
ordenar la localización de las
acciones públicas en función de las
cualidades territoriales.
295COOTAD
30/10/2013
Planes de ordenamiento
territorial
• COPFP 43
• Son los instrumentos de la
planificación del desarrollo que tienen
por objeto el ordenar, compatibilizar
y armonizar las decisiones
estratégicas de desarrollo respecto
de los asentamientos humanos, las
actividades económico-productivas y
el manejo de los recursos naturales
en función de las cualidades
territoriales, 296 COOTAD
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
7
8. El Estado en la Constitución (Economía I)
Sectores
estratégicos
• la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los
recursos naturales no renovables, el transporte y la
refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio
genético, el espectro radioeléctrico, el agua, y los demás que
determine la ley. 313inc3 CRE
Determinación
• cuando por su trascendencia y magnitud tienen decisiva
influencia económica, social, política o ambiental, y deberán
orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al interés
social 313 inc2CRE
Servicios
Públicos
• El Estado será responsable de la provisión de los servicios
públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía
eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras
portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la
ley 314CRE
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
8
9. El Estado en la Constitución (Economía I)
EP
• El Estado constituirá empresas públicas
para la gestión de sectores estratégicos, la
prestación de servicios públicos, el
aprovechamiento sustentable de recursos
naturales o de bienes públicos y el
desarrollo de otras actividades
económicas 315 CRE
Delegar
• El Estado podrá delegar la participación
en los sectores estratégicos y servicios
públicos a empresas mixtas en las cuales
tenga mayoría accionaria. La delegación se
sujetará al interés nacional y respetará los
plazos y límites fijados en la ley para cada
sector estratégico 316 CRE
30/10/2013
Gastón A. Velásquez V. Dr. / MDE
9