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Notas del Curso de Legislación Laboral II








Garantías de la remuneración
Igualdad
Pago íntegro
Pago oportuno
Privilegio
No es embargable
 La

remuneración del trabajo será inembargable,
salvo para el pago de pensiones alimenticias. Art.
91 CT



No se puede renunciar
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Conceptos indemnizatorios




Desahucio

Remuneraciones adicionales
XIII remuneración
 XIV remuneración
 Nota sobre el salario digno




Deducciones a la remuneración
IESS
 Impuesto a la Renta




Utilidades
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Desahucio

Desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a
la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato
El empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por
ciento del equivalente a la última remuneración mensual
por cada uno de los años de servicio prestados a la misma
empresa o empleador
Notas del Curso de Legislación Laboral II



XIII Remuneración
Derecho a que sus empleadores les
paguen, hasta el 24 de diciembre de
cada año, una remuneración
equivalente a la 12va parte de las
remuneraciones que hubieren
percibido durante el año calendario

Conocida como bono navideño

N

Derecho a recibir la 12va parte
proporcional de todo lo trabajado para
empleador por la fracción del año
trabajado
Notas del Curso de Legislación Laboral II



XIV Remuneración
Una bonificación anual
equivalente a una remuneración
básica mínima unificada para los
trabajadores en general

Conocido como bono escolar

N

15 de marzo en las regiones de la
Costa e Insular, y hasta el 15 de
agosto en las regiones de la
Sierra y Amazónica

Derecho a recibir el proporcional
de la RBMU de todo lo trabajado
para empleador por la fracción del
año trabajado
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Salario digno
sociedades o Personas Naturales obligadas a llevar
contabilidad;
Al final del período fiscal tuvieren utilidades del
ejercicio; O
En el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al
impuesto a la Renta inferior a la utilidad.

El salario digno resulta dividiendo el valor promedio
de la canasta básica familiar del año 2012, para el
número de perceptores, el mismo que servirá de base
para calcular la compensación económica que deberá
pagar el empleador al trabajador hasta el 31 de marzo
de 2013.

CÓDIGO ORGÁNICO DE LA
PRODUCCIÓN, COMERCIO E
INVERSIONES, COPCI

2012 en USD 368,05
El empleador que en el año 2012 no haya alcanzado
a pagar el salario digno anualizado a sus trabajadores
deberá pagar una compensación económica que
equivale a la diferencia que resultare del valor
contemplado en el año 2012 de salario digno en
función del tiempo laborado

No será parte de la remuneración y no constituye
ingreso gravable para el IESS, ni para el impuesto a
la renta del trabajador, y será de carácter
estrictamente temporal hasta alcanzar el salario digno
Notas del Curso de Legislación Laboral II



IESS



El patrono tiene derecho a descontar a los afiliados, al efectuar los
pagos de sueldos y salarios, el valor de los aportes personales, el de
los descuentos por otros conceptos que el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social ordenare, y el de las multas que éste impusiere a sus
afiliados (Art. 83 LSS). El porcentaje del aporte personal varía según la
modalidad de trabajo.
 Sector privado bajo dependencia y miembros del clero secular:
Aporte personal 9.35% / Aporte patronal 11.15%
 Empleados bancarios, municipales y de entidades públicas
descentralizadas; notarios, registradores de la propiedad y
registradores mercantiles: Aporte personal: 11.35% Aporte
patronal: 11.15%
 Servidores públicos, incluido el magisterio y los funcionarios y
empleados de la Función Judicial o de otras dependencias que
prestan servicios públicos, mediante remuneración variable, en
forma de aranceles o similares: Aporte personal: 11.35% Aporte
patronal: 9.15%
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Impuesto a la Renta


El empleador [92.b RALORTI] tiene la obligación de efectuar, en forma mensual,
la retención en la fuente del impuesto a la renta de sus trabajadores por los
ingresos que reciban por su trabajo en relación de dependencia. En este caso la
base imponible del impuesto se constituye con la totalidad de los ingresos
ordinarios y extraordinarios que perciba el trabajador, si estos ingresos superan
la base imponible (para 2014 [10,410] USD 867,50 Retención en fuente de
trabajo relación de dependencia. Fuente SRI NAC-DGERCGC13-00858).



Los comprobantes de retención entregados por el empleador, se constituirán en
la declaración del trabajador que perciba ingresos provenientes únicamente de
su trabajo en relación de dependencia con un solo empleador, para el caso de
empleados que no utilicen gastos personales.



En el caso del trabajador que obtiene rentas en relación de dependencia con dos
o más empleadores o recibe además de su remuneración ingresos de otras
fuentes como: rendimientos financieros, arrendamientos, ingresos por el libre
ejercicio profesional, u otros ingresos gravados deberán presentar
obligatoriamente su declaración de impuesto a la renta (Art. 96 RALORTI).
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Utilidades

El diez por ciento (10%) se dividirá
para los trabajadores de la
empresa, sin consideración a las
remuneraciones recibidas por cada
uno de ellos durante el año
correspondiente al reparto y será
entregado directamente al
trabajador

El cinco por ciento (5%) restante
será entregado directamente a los
trabajadores de la empresa, en
proporción a sus cargas familiares,
entendiéndose por éstas al
cónyuge o conviviente en unión de
hecho, los hijos menores de
dieciocho años y los hijos
minusválidos de cualquier edad

FC: 10%
1) Sumar el tiempo laborado y
llevarlo a días
2) U/# días = coeficiente
3) Coeficiente X # días

El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus
trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades
líquidas. Hasta el 31 de marzo de cada año
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Servicio Público
 Servidor

y funcionario
 El nombramiento
 De los contratos de servicios ocasionales
 Derechos de los servidores públicos
 Deberes de los servidores públicos
 Prohibiciones de los servidores públicos
 Causales de destitución
 El Sumario Administrativo
Notas del Curso de Legislación Laboral
11



Personas y Administración Pública

Garantías: Derecho de
Petición, Debido
Proceso, Seguridad
Jurídica, capacidad
para impugnar las
actuaciones de la
Administración y el
control jurisdiccional

Regula la actuación de
la administración
pública y su
sometimiento al
Principio de Legalidad
CRE: 11 numerales 2 y
3, 76 del debido
proceso,
82 seguridad jurídica,
66 numeral 23 D.
Petición, 173 AA

Prerrogativas
exorbitantes:
potestad sancionatoria,
potestad expropiatoria,
presunción de validez
de sus actos,
ejecutoriedad o
ejecución forzosa, etc.
67 ERJAFE
68 ERJAFE
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Servicio público
Gordillo: “…una
declaración
unilateral realizada
en ejercicio de la
función
administrativa apta
para producir
efectos jurídicos
individuales en
forma inmediata...”.

Declaración unilateral

Potestad

Efectos jurídicos
individuales e
inmediatos
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Servidor y funcionario

Servidores públicos
todas las personas que
en cualquier forma o a
cualquier título trabajen,
presten servicios o
ejerzan un cargo,
función o dignidad
dentro del sector
público.
Las trabajadoras y
trabajadores del sector
público estarán sujetos
al Código del Trabajo

Funcionario: Es el
servidor que ejerce un
puesto, excluido de la
carrera del servicio
público, de libre
nombramiento y
remoción por parte de la
autoridad nominadora o
de período fijo, y su
puesto se encuentra
dentro de los grupos
ocupacionales de la
escala de
remuneraciones
mensuales unificadas
del nivel jerárquico
superior
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Nombramiento
Para desempeñar un
puesto público se
requiere de
nombramiento o contrato
legalmente expedido por
la respectiva autoridad
nominadora.
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Requisitos previos al nombramiento









Ser mayor de 18 años y estar en el pleno ejercicio de los derechos
No encontrarse en interdicción civil, no ser el deudor al que se siga proceso de concurso de
acreedores y no hallarse en estado de insolvencia fraudulenta declarada judicialmente;
No estar comprendido en alguna de las causales de prohibición para ejercer cargos públicos;
Cumplir con los requerimientos de preparación académica y demás competencias exigibles
previstas en esta Ley y su Reglamento;
Haber sufragado, cuando se tiene obligación de hacerlo, salvo las causas de excusa
previstas en la Ley;
No encontrarse en mora del pago de créditos establecidos a favor de entidades u
organismos del sector público, a excepción de lo establecido en el Artículo 9 de la presente
Ley;
Presentar la declaración patrimonial juramentada en la que se incluirá lo siguiente:






Autorización para levantar el sigilo de sus cuentas bancarias;
Declaración de no adeudar más de dos pensiones alimenticias; y,
Declaración de no encontrarse incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones prevista en
la Constitución de la República y el ordenamiento jurídico vigente.

Haber sido declarado triunfador en el concurso de méritos y oposición, salvo en los casos de
las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción;
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Nepotismo
Bisa
Abuelo

Tíos abuelos
tíos

primos

2
Herman
o
Prohíbe AN 4°
de
consanguinidad
y 2° de afinidad,
a su cónyuge o
con quien
mantenga unión
de hecho

Abuelo

4

Padre

Padre

Cónyug
e

herman
os

hijo

hijo

sobrinos

nieto
2

T

nieto

4

biznieto

Sobrinos
nietos

4
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Tipos de nombramiento
Provisional

De libre
nombramiento
y remoción

Permanente

De período fijo
Nombramiento
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Contratos de servicios ocasionales


Requisitos previos:
a. Autorización autoridad nominadora
 b. Informe de la UATH
 Partida presupuestaria


No será necesaria acción de personal, pero se debe
registrar en UATH
 +20% población laboral requiere autorización MRL
 Plazo 12 meses o concluir el ejercicio fiscal.




Por necesidad institucional se podrá renovar por única vez
el contrato de servicios ocasionales 12 meses adicionales.
Salvo proyectos de inversión o en la escala del nivel
jerárquico superior.
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Contratos de servicios ocasionales


El personal que labora en el servicio público bajo esta
modalidad, tendrá :





Relación de dependencia
Derecho a todos los beneficios económicos contemplados para el
personal de nombramiento, con excepción de las indemnizaciones
por supresión de puesto o partida o incentivos para jubilación

El personal que labora en el servicio público bajo esta
modalidad, estará excluido:





No ingresarán a la carrera del servicio público, mientras dure su
contrato.
No se concederá licencias y comisiones de servicios con o sin
remuneración para estudios regulares o de posgrados dentro de la
jornada de trabajo, ni para prestar servicios en otra institución del
Sector Público.
De ninguna manera representará estabilidad laboral, ni derecho
adquirido para la emisión de un nombramiento permanente,
pudiendo darse por terminado en cualquier momento, lo cual podrá
constar del texto de los respectivos contratos.
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Deberes de los servidores públicos
 Legalidad
 Cumplir

 De

con la CRE y la ley

gestión

 Cumplir

con las obligaciones de su puesto, jornada de
trabajo, atención debida al público, velar por la
economía del Estado, dar a conocer al SJ eventos
que afecten a la AP, someterse a evaluaciones, cuidar
la información a su cargo.

 De

autoridad

 Cumplir

y respetar las órdenes legítimas de los SJ
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Derechos de los servidores públicos I
 Estabilidad
 Percibir

una remuneración justa y prestaciones

sociales
 Recibir una indemnización
 Asociarse
 Gozar de vacaciones, licencias, etc.
 Ser restituidos
 Demandar ante los organismos la reparación de
derechos
 Trato preferente para ingresar si renunció por
emigrar
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Derechos de los servidores públicos II


Gozar de las protecciones y garantías en los casos en que
SP denuncie, en forma motivada, el incumplimiento de la
ley, así como la comisión de actos de corrupción

Ambiente garantice su salud, seguridad, higiene
 No ser discriminado
 Ejercer el derecho de la potencialización






Mantener su puesto de trabajo cuando se hubiere
disminuido sus capacidades por enfermedades
catastróficas

Recibir capacitación


Mantener a sus hijos menores de 4 años centro de cuidado
infantil pagado y elegido por la entidad pública
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Prohibiciones
 Abandonar

injustificadamente el puesto de

trabajo.
 Ejercer actividades extrañas en su horario
 Retardar o negar en forma injustificada el
despacho
 Privilegiar en la prestación de servicios a
familiares y personas recomendadas por
superiores CRE 35
 Ordenar

la asistencia a actos públicos de respaldo

político
 Abusar de la autoridad que le confiere el puesto para
coartar la libertades constitucionales
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Prohibiciones
 Mantener

relaciones comerciales, directa o
indirectamente, con contribuyentes o contratistas
 Resolver asuntos, intervenir , emitir informes,
gestionar, tramitar o suscribir convenios o
contratos con el Estado
 Solicitar, aceptar o recibir, de cualquier manera,
dádivas, recompensas
 Percibir remuneración sin desempeñar labores
 Negar vacaciones
 Otras CRE y Ley
Notas del Curso de Legislación Laboral II



Destitución causales














Incapacidad probada en el desempeño de sus funciones
Abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos
Recibir cualquier clase de dádiva, regalo o dinero ajenos a su remuneración
Asistir o Ingerir licor o hacer uso de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en los
lugares de trabajo
Injuriar gravemente de palabra u obra a sus jefes o proferir insultos a compañeras o
compañeros
Incurrir durante el lapso de un año, en más de dos infracciones que impliquen sanción
disciplinaria de suspensión, sin goce de remuneración
Suscribir, otorgar, obtener o registrar un nombramiento o contrato de servicios ocasionales,
contraviniendo ley
Suscribir y otorgar contratos civiles de servicios profesionales contraviniendo ley
Realizar actos de acoso o abuso sexual, trata, discriminación o violencia
Haber obtenido la calificación de insuficiente en el proceso de evaluación del desempeño,
por segunda vez consecutiva
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favores en la designación de puestos de libre nombramiento y remoción
Atentar contra los derechos humanos de alguna servidora o servidor de la institución
Notas del Curso de Legislación Laboral II

PA determinará o no el
cometimiento, de las faltas
administrativas

garantías al debido proceso,
respeto al derecho a la defensa
y aplicación del principio de
que en caso de duda
prevalecerá lo más favorable

Sumario
administrativo
durante el proceso presentare
su renuncia, no se suspenderá
y continuará aún en ausencia
de la servidora o servidor

las sanciones de Ley. De
establecerse responsabilidades
civiles o penales, correrá
traslado a los órganos de
justicia
Notas del Curso de Legislación Laboral II

FP1

• Período y acciones previas
• Inicio del Sumario Administrativo

FP2

• Contestación y términos prueba
• Audiencia oral

FP3

• Conclusiones y recomendaciones
• Sanción
Notas del Curso de Legislación Laboral II

prescribirán acciones en el término de 90 días/
autoridad para imponer las sanciones disciplinarias /
desde la fecha en que la autoridad tuvo
conocimiento de la infracción

Informe de la Unidad a la UATH
Informe de UTAH 3 días
Inicio del SA en 5 días

FP1

La enunciación hechos materia SA y fundamentos
legales
Incorporación de los documentos que sustentan el
sumario
El señalamiento de 3 días para contestación
El señalamiento de la obligación / abogado
La designación de Secretario Ad Hoc

UATH o su delegado levantará el auto de
llamamiento a sumario administrativo en el término
de 3 días
Notas del Curso de Legislación Laboral II

Notificado / Secretario Ad Hoc en
el término de un día, mediante
una boleta entregada en su lugar
de trabajo o mediante tres
boletas dejadas en su domicilio

Adjuntará toda la documentación
constante del expediente, al cual
se adjuntará toda la
documentación que obrare del
proceso.

F2

Término de prueba por 7 días
Audiencia
Acta

En el término de 3 días, (recibida
notificación) contestará al
planteamiento del sumario
Notas del Curso de Legislación Laboral II

UTAH remite expediente e
informe a la AN con las
conclusiones y
recomendaciones a que
hubiera lugar/ la sanción

El informe que no tendrá el
carácter de vinculante

F3

UATH elaborará la acción de
personal en la que se registrará
la sanción impuesta

La autoridad nominadora,
mediante providencia,
dispondrá, de ser el caso, y de
manera motivada, la aplicación
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Notas del Curso de Legislación Laboral II

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Notas LL II: Garantías y remuneración

  • 1. Notas del Curso de Legislación Laboral II       Garantías de la remuneración Igualdad Pago íntegro Pago oportuno Privilegio No es embargable  La remuneración del trabajo será inembargable, salvo para el pago de pensiones alimenticias. Art. 91 CT  No se puede renunciar
  • 2. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Conceptos indemnizatorios   Desahucio Remuneraciones adicionales XIII remuneración  XIV remuneración  Nota sobre el salario digno   Deducciones a la remuneración IESS  Impuesto a la Renta   Utilidades
  • 3. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Desahucio Desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato El empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por ciento del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados a la misma empresa o empleador
  • 4. Notas del Curso de Legislación Laboral II  XIII Remuneración Derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el 24 de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la 12va parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario Conocida como bono navideño N Derecho a recibir la 12va parte proporcional de todo lo trabajado para empleador por la fracción del año trabajado
  • 5. Notas del Curso de Legislación Laboral II  XIV Remuneración Una bonificación anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general Conocido como bono escolar N 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazónica Derecho a recibir el proporcional de la RBMU de todo lo trabajado para empleador por la fracción del año trabajado
  • 6. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Salario digno sociedades o Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad; Al final del período fiscal tuvieren utilidades del ejercicio; O En el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al impuesto a la Renta inferior a la utilidad. El salario digno resulta dividiendo el valor promedio de la canasta básica familiar del año 2012, para el número de perceptores, el mismo que servirá de base para calcular la compensación económica que deberá pagar el empleador al trabajador hasta el 31 de marzo de 2013. CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, COPCI 2012 en USD 368,05 El empleador que en el año 2012 no haya alcanzado a pagar el salario digno anualizado a sus trabajadores deberá pagar una compensación económica que equivale a la diferencia que resultare del valor contemplado en el año 2012 de salario digno en función del tiempo laborado No será parte de la remuneración y no constituye ingreso gravable para el IESS, ni para el impuesto a la renta del trabajador, y será de carácter estrictamente temporal hasta alcanzar el salario digno
  • 7. Notas del Curso de Legislación Laboral II  IESS  El patrono tiene derecho a descontar a los afiliados, al efectuar los pagos de sueldos y salarios, el valor de los aportes personales, el de los descuentos por otros conceptos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare, y el de las multas que éste impusiere a sus afiliados (Art. 83 LSS). El porcentaje del aporte personal varía según la modalidad de trabajo.  Sector privado bajo dependencia y miembros del clero secular: Aporte personal 9.35% / Aporte patronal 11.15%  Empleados bancarios, municipales y de entidades públicas descentralizadas; notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles: Aporte personal: 11.35% Aporte patronal: 11.15%  Servidores públicos, incluido el magisterio y los funcionarios y empleados de la Función Judicial o de otras dependencias que prestan servicios públicos, mediante remuneración variable, en forma de aranceles o similares: Aporte personal: 11.35% Aporte patronal: 9.15%
  • 8. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Impuesto a la Renta  El empleador [92.b RALORTI] tiene la obligación de efectuar, en forma mensual, la retención en la fuente del impuesto a la renta de sus trabajadores por los ingresos que reciban por su trabajo en relación de dependencia. En este caso la base imponible del impuesto se constituye con la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios que perciba el trabajador, si estos ingresos superan la base imponible (para 2014 [10,410] USD 867,50 Retención en fuente de trabajo relación de dependencia. Fuente SRI NAC-DGERCGC13-00858).  Los comprobantes de retención entregados por el empleador, se constituirán en la declaración del trabajador que perciba ingresos provenientes únicamente de su trabajo en relación de dependencia con un solo empleador, para el caso de empleados que no utilicen gastos personales.  En el caso del trabajador que obtiene rentas en relación de dependencia con dos o más empleadores o recibe además de su remuneración ingresos de otras fuentes como: rendimientos financieros, arrendamientos, ingresos por el libre ejercicio profesional, u otros ingresos gravados deberán presentar obligatoriamente su declaración de impuesto a la renta (Art. 96 RALORTI).
  • 9. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Utilidades El diez por ciento (10%) se dividirá para los trabajadores de la empresa, sin consideración a las remuneraciones recibidas por cada uno de ellos durante el año correspondiente al reparto y será entregado directamente al trabajador El cinco por ciento (5%) restante será entregado directamente a los trabajadores de la empresa, en proporción a sus cargas familiares, entendiéndose por éstas al cónyuge o conviviente en unión de hecho, los hijos menores de dieciocho años y los hijos minusválidos de cualquier edad FC: 10% 1) Sumar el tiempo laborado y llevarlo a días 2) U/# días = coeficiente 3) Coeficiente X # días El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas. Hasta el 31 de marzo de cada año
  • 10. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Servicio Público  Servidor y funcionario  El nombramiento  De los contratos de servicios ocasionales  Derechos de los servidores públicos  Deberes de los servidores públicos  Prohibiciones de los servidores públicos  Causales de destitución  El Sumario Administrativo
  • 11. Notas del Curso de Legislación Laboral 11  Personas y Administración Pública Garantías: Derecho de Petición, Debido Proceso, Seguridad Jurídica, capacidad para impugnar las actuaciones de la Administración y el control jurisdiccional Regula la actuación de la administración pública y su sometimiento al Principio de Legalidad CRE: 11 numerales 2 y 3, 76 del debido proceso, 82 seguridad jurídica, 66 numeral 23 D. Petición, 173 AA Prerrogativas exorbitantes: potestad sancionatoria, potestad expropiatoria, presunción de validez de sus actos, ejecutoriedad o ejecución forzosa, etc. 67 ERJAFE 68 ERJAFE
  • 12. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Servicio público Gordillo: “…una declaración unilateral realizada en ejercicio de la función administrativa apta para producir efectos jurídicos individuales en forma inmediata...”. Declaración unilateral Potestad Efectos jurídicos individuales e inmediatos
  • 13. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Servidor y funcionario Servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Las trabajadoras y trabajadores del sector público estarán sujetos al Código del Trabajo Funcionario: Es el servidor que ejerce un puesto, excluido de la carrera del servicio público, de libre nombramiento y remoción por parte de la autoridad nominadora o de período fijo, y su puesto se encuentra dentro de los grupos ocupacionales de la escala de remuneraciones mensuales unificadas del nivel jerárquico superior
  • 14. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Nombramiento Para desempeñar un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la respectiva autoridad nominadora.
  • 15. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Requisitos previos al nombramiento        Ser mayor de 18 años y estar en el pleno ejercicio de los derechos No encontrarse en interdicción civil, no ser el deudor al que se siga proceso de concurso de acreedores y no hallarse en estado de insolvencia fraudulenta declarada judicialmente; No estar comprendido en alguna de las causales de prohibición para ejercer cargos públicos; Cumplir con los requerimientos de preparación académica y demás competencias exigibles previstas en esta Ley y su Reglamento; Haber sufragado, cuando se tiene obligación de hacerlo, salvo las causas de excusa previstas en la Ley; No encontrarse en mora del pago de créditos establecidos a favor de entidades u organismos del sector público, a excepción de lo establecido en el Artículo 9 de la presente Ley; Presentar la declaración patrimonial juramentada en la que se incluirá lo siguiente:     Autorización para levantar el sigilo de sus cuentas bancarias; Declaración de no adeudar más de dos pensiones alimenticias; y, Declaración de no encontrarse incurso en nepotismo, inhabilidades o prohibiciones prevista en la Constitución de la República y el ordenamiento jurídico vigente. Haber sido declarado triunfador en el concurso de méritos y oposición, salvo en los casos de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción;
  • 16. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Nepotismo Bisa Abuelo Tíos abuelos tíos primos 2 Herman o Prohíbe AN 4° de consanguinidad y 2° de afinidad, a su cónyuge o con quien mantenga unión de hecho Abuelo 4 Padre Padre Cónyug e herman os hijo hijo sobrinos nieto 2 T nieto 4 biznieto Sobrinos nietos 4
  • 17. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Tipos de nombramiento Provisional De libre nombramiento y remoción Permanente De período fijo Nombramiento
  • 18. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Contratos de servicios ocasionales  Requisitos previos: a. Autorización autoridad nominadora  b. Informe de la UATH  Partida presupuestaria  No será necesaria acción de personal, pero se debe registrar en UATH  +20% población laboral requiere autorización MRL  Plazo 12 meses o concluir el ejercicio fiscal.   Por necesidad institucional se podrá renovar por única vez el contrato de servicios ocasionales 12 meses adicionales. Salvo proyectos de inversión o en la escala del nivel jerárquico superior.
  • 19. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Contratos de servicios ocasionales  El personal que labora en el servicio público bajo esta modalidad, tendrá :    Relación de dependencia Derecho a todos los beneficios económicos contemplados para el personal de nombramiento, con excepción de las indemnizaciones por supresión de puesto o partida o incentivos para jubilación El personal que labora en el servicio público bajo esta modalidad, estará excluido:    No ingresarán a la carrera del servicio público, mientras dure su contrato. No se concederá licencias y comisiones de servicios con o sin remuneración para estudios regulares o de posgrados dentro de la jornada de trabajo, ni para prestar servicios en otra institución del Sector Público. De ninguna manera representará estabilidad laboral, ni derecho adquirido para la emisión de un nombramiento permanente, pudiendo darse por terminado en cualquier momento, lo cual podrá constar del texto de los respectivos contratos.
  • 20. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Deberes de los servidores públicos  Legalidad  Cumplir  De con la CRE y la ley gestión  Cumplir con las obligaciones de su puesto, jornada de trabajo, atención debida al público, velar por la economía del Estado, dar a conocer al SJ eventos que afecten a la AP, someterse a evaluaciones, cuidar la información a su cargo.  De autoridad  Cumplir y respetar las órdenes legítimas de los SJ
  • 21. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Derechos de los servidores públicos I  Estabilidad  Percibir una remuneración justa y prestaciones sociales  Recibir una indemnización  Asociarse  Gozar de vacaciones, licencias, etc.  Ser restituidos  Demandar ante los organismos la reparación de derechos  Trato preferente para ingresar si renunció por emigrar
  • 22. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Derechos de los servidores públicos II  Gozar de las protecciones y garantías en los casos en que SP denuncie, en forma motivada, el incumplimiento de la ley, así como la comisión de actos de corrupción Ambiente garantice su salud, seguridad, higiene  No ser discriminado  Ejercer el derecho de la potencialización    Mantener su puesto de trabajo cuando se hubiere disminuido sus capacidades por enfermedades catastróficas Recibir capacitación  Mantener a sus hijos menores de 4 años centro de cuidado infantil pagado y elegido por la entidad pública
  • 23. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Prohibiciones  Abandonar injustificadamente el puesto de trabajo.  Ejercer actividades extrañas en su horario  Retardar o negar en forma injustificada el despacho  Privilegiar en la prestación de servicios a familiares y personas recomendadas por superiores CRE 35  Ordenar la asistencia a actos públicos de respaldo político  Abusar de la autoridad que le confiere el puesto para coartar la libertades constitucionales
  • 24. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Prohibiciones  Mantener relaciones comerciales, directa o indirectamente, con contribuyentes o contratistas  Resolver asuntos, intervenir , emitir informes, gestionar, tramitar o suscribir convenios o contratos con el Estado  Solicitar, aceptar o recibir, de cualquier manera, dádivas, recompensas  Percibir remuneración sin desempeñar labores  Negar vacaciones  Otras CRE y Ley
  • 25. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Destitución causales             Incapacidad probada en el desempeño de sus funciones Abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos Recibir cualquier clase de dádiva, regalo o dinero ajenos a su remuneración Asistir o Ingerir licor o hacer uso de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en los lugares de trabajo Injuriar gravemente de palabra u obra a sus jefes o proferir insultos a compañeras o compañeros Incurrir durante el lapso de un año, en más de dos infracciones que impliquen sanción disciplinaria de suspensión, sin goce de remuneración Suscribir, otorgar, obtener o registrar un nombramiento o contrato de servicios ocasionales, contraviniendo ley Suscribir y otorgar contratos civiles de servicios profesionales contraviniendo ley Realizar actos de acoso o abuso sexual, trata, discriminación o violencia Haber obtenido la calificación de insuficiente en el proceso de evaluación del desempeño, por segunda vez consecutiva Ejercer presiones e influencias, aprovechándose del puesto que ocupe, a fin de obtener favores en la designación de puestos de libre nombramiento y remoción Atentar contra los derechos humanos de alguna servidora o servidor de la institución
  • 26. Notas del Curso de Legislación Laboral II PA determinará o no el cometimiento, de las faltas administrativas garantías al debido proceso, respeto al derecho a la defensa y aplicación del principio de que en caso de duda prevalecerá lo más favorable Sumario administrativo durante el proceso presentare su renuncia, no se suspenderá y continuará aún en ausencia de la servidora o servidor las sanciones de Ley. De establecerse responsabilidades civiles o penales, correrá traslado a los órganos de justicia
  • 27. Notas del Curso de Legislación Laboral II FP1 • Período y acciones previas • Inicio del Sumario Administrativo FP2 • Contestación y términos prueba • Audiencia oral FP3 • Conclusiones y recomendaciones • Sanción
  • 28. Notas del Curso de Legislación Laboral II prescribirán acciones en el término de 90 días/ autoridad para imponer las sanciones disciplinarias / desde la fecha en que la autoridad tuvo conocimiento de la infracción Informe de la Unidad a la UATH Informe de UTAH 3 días Inicio del SA en 5 días FP1 La enunciación hechos materia SA y fundamentos legales Incorporación de los documentos que sustentan el sumario El señalamiento de 3 días para contestación El señalamiento de la obligación / abogado La designación de Secretario Ad Hoc UATH o su delegado levantará el auto de llamamiento a sumario administrativo en el término de 3 días
  • 29. Notas del Curso de Legislación Laboral II Notificado / Secretario Ad Hoc en el término de un día, mediante una boleta entregada en su lugar de trabajo o mediante tres boletas dejadas en su domicilio Adjuntará toda la documentación constante del expediente, al cual se adjuntará toda la documentación que obrare del proceso. F2 Término de prueba por 7 días Audiencia Acta En el término de 3 días, (recibida notificación) contestará al planteamiento del sumario
  • 30. Notas del Curso de Legislación Laboral II UTAH remite expediente e informe a la AN con las conclusiones y recomendaciones a que hubiera lugar/ la sanción El informe que no tendrá el carácter de vinculante F3 UATH elaborará la acción de personal en la que se registrará la sanción impuesta La autoridad nominadora, mediante providencia, dispondrá, de ser el caso, y de manera motivada, la aplicación de la sanción correspondiente
  • 31. Notas del Curso de Legislación Laboral II  Gracias por su atención