2. PRODUCCIÓN DOCUMENTAL
La Producción Documental comprende los aspectos
de ORIGEN, CREACION y DISEÑO de formatos y
documentos, conforme al desarrollo de las funciones
propias de cada
entidad o dependencia y con base en la Normatividad
Vigente para Elaboración de Documentos.
Artículo 22 Ley 594 de 2000 - Ley General de
Archivos.
3. MARCO NORMATIVO
LEY 43 de 1913 Sobre el uso de tinta indeleble para
documentos oficiales.
LEY 527 de 1999
Artículo 7. Sobre mensajes de datos y firmas digitales.
http://www.ocyt.org.co/leg/Ley%20527.pdf
CODIGO PENAL (Ley 599 de 2000 modif. Ley 890 de 2004)
http://www.dafp.gov.co/leyes/L0599000.HTM
CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
http://web.minjusticia.gov.co/normas/2004/l9062004.htm
CODIGO DE COMERCIO
http://www.mincomercio.gov.co/econtent/Documentos/inversion/CodigodeComercio.pdf
DECRETO 2649 de 1993 Por el cual se reglamenta la
Contabilidad en General y se
expiden los principios o normas de contabilidad
generalmente aceptados en Colombia.
http://actualicese.com/normatividad/2001/decretos/D2649-93/1D2649-93.htm
DECRETO 92 DE 1998 Documentación indispensable
Registro proponentes Cámaras de Comercio.
http://www.presidencia.gov.co/prensa_new/decretoslinea/1994/julio/25/dec1584251994.pdf
CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
http://www.dafp.gov.co/leyes/C_CONADM.HTM
CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
http://www.iss.gov.co/portal/LEGISLACIONVPRL/Codigo%20Susta
DECRETO 2150 de 1995
http://www.dafp.gov.co/leyes/D2150_95.HTM
ACUERDO 060 de 2001
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp
?i=10551
CIRCULAR INTERNA AGN No.13 de 1999 No se deben
utilizar micropuntas o esferos de
tinta húmeda .
http://www.archivogeneral.gov.co/attachments/047_047_circ
u%20013-1999.pdf
NORMAS TECNICAS COLOMBIANAS
DECRETO 1929 de 2007
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp
?i=25311
LEY 962 DE 2005 ANTITRAMITES
http://actualicese.com/normatividad/2005/Leyes/L962-05.htm
4. DIPLOMÁTICA DOCUMENTAL
Acuerdo 060 de 2001:
Artículo 4: Las entidades deben establecer que
cargos están autorizados para firmar los documentos.
Artículo 14: Las entidades deben establecer en sus
manuales de procedimientos, la manera de elaborar
oficios, cartas, memorandos y otros, teniendo en
cuenta las normas ICONTEC existentes para el efecto,
involucrando el concepto de imagen corporativa, la
leyenda de pie de página que debe contener, la
dirección, el número del conmutador, el número de fax
institucional, la dirección de la página web y la
dirección de correo electrónico de la entidad.
6. DIPLOMÁTICA Y DOCUMENTO ELECTRONICO 1
DOCUMENTO
TRADICIONAL
DOCUMENTO
DIGITALIZADO
DOCUMENTO
ELECTRÓNICO
- Soporte: papel
- Caracteres alfabéticos,
ilustraciones, etc.
- El soporte y el contenido se
mantienen siempre unidos.
- La estructura es parte
integral del documento.
- Los metadatos del contexto y
de la estructura en un
documento tradicional son
inherentes.
- Conservar los soportes en
condiciones idóneas garantiza
la conservación y el acceso del
contenido documental.
- Transformar una información
consignada en forma
analógica en una secuencia de
valores numéricos, es decir, en
una representación electrónica
que se puede almacenar y
acceder por medio de una
computadora.
- Fotografiar electrónicamente
una información, dividiéndola
en miles de elementos
llamados pixeles,
representados por ceros y
unos.
- Soporte: magnético, óptico,
etc.
- Símbolos binarios que deben
descifrarse.
- El contenido puede separarse
del soporte.
- La estructura física no es
evidente. Se requiere de una
estructura lógica ( un software y
hardware) para leerlo.
- Los metadatos administrativos,
funcionales y técnicos de los
documentos electrónicos deben
ser conservados para su
posterior identificación .
- Conservar los soportes de los
documentos electrónicos no
garantiza la conservación y el
acceso del contenido
documental.
1 Tomado de: La Diplomática y el documento electrónico - María Teresa Bermúdez M.
Jefe Departamento Servicios Archivísticos Externos, Archivo Nacional de Costa Rica.