1. Actividad No. 1
Construcción Colectiva de Saberes
Términos Básicos de Finanzas e Impuestos
Defina los siguientes términos
Atribuciones más importantes de sus órganos
1. Elaboración y ejecución de los planes dirigidos a la realización de los
objetivos y fines del Consejo Federal de Gobierno en el marco del plan de
desarrollo económico y social de la Nación.
2. Suscribir los actos de la Plenaria y de la Secretaría del Consejo Federal
de Gobierno, y ordenar su publicación, cuando sea el caso.
3. Elaborar el orden del día para las sesiones de la Plenaria del Consejo
Federal de Gobierno.
4. Elaborar, suscribir y archivar los actos de la Plenaria.
5. Crear, modificar y suprimir servicios relativos al funcionamiento del
Consejo Federal de Gobierno.
6. Dirigir, supervisar, evaluar y controlar la administración del Fondo de
Compensación Interterritorial (FCI).
7. Examinar las propuestas que deban ser presentadas a las
deliberaciones de la Plenaria, actuando como órgano preparatorio de sus
sesiones.
Fondo de compensación. Es un fondo creado para el financiamiento de
inversiones públicas para promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la
cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las
distintas entidades públicas territoriales y la realización de obras y servicios
esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo. Mediante
reglamento del Presidente de la Republica, dictado en Consejo de Ministros, se
2. regulara la organización, funcionalidad y restantes elementos del Fondo de
Compensación Interterritorial.
Ingresos del Fondo de Compensacion Interterritorial, estaran constituidos
por.
• Los aportes que le suministre el Poder Ejecutivo Nacional.
• Los recursos que le asignen las entidades politicas territoriales.
• Los ingresos que obtenga por su propia gestion o administracion o que
reciba de las donaciones de cualquier naturaleza que le sean efectuadas.
• Los demas ingresos que sean asignados por otras leyes.
Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
El Consejo Federal de Gobierno es un organismo compuesto por los Poderes
Municipales, Estadales y Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela,
cuyo objeto es profundizar el proceso descentralizador del Estado.
El Consejo Federal de Gobierno establecerá los lineamientos que orientarán
los procesos de planificación y coordinación en la ordenación territorial y de
transferencia de las competencias y atribuciones de las entidades territoriales
hacia las organizaciones de base del poder popular.
Entendidas éstas como consejos comunales, comunas, mesas técnicas y
cualquier otra organización de base del poder popular.
Objeto. Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la organización y
funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno. Desarrollar las competencias
que el texto constitucional le ha trazado, establecer los lineamientos de la
planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el
adecuado desarrollo regional.
Finalidad. Con la finalidad de impulsar en el área un conjunto de proyectos
económicos, sociales, científicos y tecnológicos
Estructura. El Consejo Federal de Gobierno está integrado por los
representantes de los Poderes Públicos aludidos en la Constitución de la
3. República y representantes de la sociedad organizada expresamente señalados
en la presente Ley.
Integrado por
• Representantes de los Poderes Públicos aludidos en la Constitución.
• Representantes de la sociedad organizada expresamente señalados en la Ley.
Presidido por:
• Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva. Cuenta con una secretaría
integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva.
• Dos Ministros o Ministras
• Tres Gobernadores o Gobernadoras y tres Alcaldes o Alcaldesas.
• Fondo de Compensación Interterritorial
El Fondo de Compensación Interritorial (FCI) Comité Técnico de
Evaluación (CTE)
Oficinas Técnicas Regionales (OTR) Occidente- Los llanos – Central –
Centro Occidental - Oriental
Unidades estatales de recepción URE(S) Bolívar – Amazonas – Delta
Amacuro.
Planificación. Es el estudio, planificacion y creacion de los Distritos Motores
de Desarrollo,a los fines de impulsar la organización popular y el desarrollo de
obras y servicios esenciales en las políticas de planificación e inversión del
Consejo Federal de Gobierno en todo momento guardan relación y se alinean con
los lineamientos de política de la Comisión Central de Planificación.
La planificación de los Distritos Motores de Desarrollo, que se creen para
apoyar especialmente la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones
y comunidades de menor desarrollo relativo, destinados a lograr tres objetivos:
1.-Desarrollo integral de las regiones.
2.-Fortalecimiento del poder popular, que implica Consejos Comunales y
Comunas.
3.- Facilitar la transición al Socialismo.
Los distritos, que podrían ser pesqueros, turísticos, agrícolas, agroindustriales,
ecológicos y una gran diversidad. Se trata de la nueva geometría del poder.
4. Organización. Plenaria
Plenaria. Propone las transferencias de competencias y servicios, la creación
de los Distritos Motores, su reglamento de funcionamiento y presupuesto. Es el
espacio de interacción y discusión política sobre el área prioritaria de inversión, así
como el impulso de las integraciones regionales y locales.
La plenaria es el órgano del Consejo Federal de Gobierno integrado por los
representantes de los Poderes Territoriales, y de las organizaciones de base que
configuran la estructura del Estado.
La selección de los voceros o voceras de las organizaciones de base del poder
popular que formarán parte de la Plenaria del Consejo Federal de Gobierno se
realizará con el acompañamiento del Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de participación ciudadana, quien avalará los resultados,
y podrá contar con la asistencia técnica del Consejo Nacional Electoral.
La plenaria del CFG tiene como Competencias
• Proponer al Presidente de la República las transferencias de competencias y
servicios a los Poderes Públicos Territoriales y a las Organizaciones de Base del
Poder Popular.
• Proponer al Presidente de la República las modificaciones para obtener la
eficiencia necesaria en la organización Político territorial de los Estados.
• Proponer al Presidente o Presidenta de la República la creación de los distritos
Motores de desarrollo.
• Aprobar su Reglamento interno.
• Aprobar su Proyecto de Presupuesto y tramitarlo de conformidad con la ley que
regula la materia.
• Aprobar su Informe de Gestión Anual.
La Secretaria. Es la encargada de la elaboración y ejecución de los planes, de
controlar y dirigir el Fondo de Compensación Interterritorial, de elaborar los
5. lineamientos generales del plan de desarrollo, de proponer a la plenaria las áreas
de inversión y de distribuir los fondos, entre otras atribuciones.
Principios rectores
Artículo 8. Los objetivos, funciones y actividades a los cuales se destina el
Consejo Federal de Gobierno, deben desarrollarse con base en los principios de
justicia social, participación ciudadana, protección de la integridad territorial,
desarrollo sustentable, cooperación entre las entidades públicas territoriales,
corresponsabilidad, interdependencia, solidaridad y concurrencia
Regiones federales de desarrollo
Según el decreto de regionalización las regiones político administrativas se
rigen por organismos encargados de planificar la distribucion de los espacios
geograficos, ademas de elaboracion de planes y estrategias dirigidad al desarrollo
de cada region.
Esto en conjunto con el organismo principal CORDIPLAN Dirección General de
Coordinación y Planificación, que es la encargada de los planes a nivel nacional.
Entre los entes regionales encargado de dicho proceso.
Transferencia de Competencias
La transferencia de competencias es la vía para lograr el fortalecimiento de las
organizaciones de base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los
Distritos.
6. Comentarios
La Constitución actual, además de permitir la variedad de regímenes
municipales, autoriza la agrupación de los municipios en distritos metropolitanos, y
al mismo tiempo, la formación de mancomunidades o acordar entre sí o con los
demás entes públicos territoriales la creación de modalidades asociativas
intergubernamentales para fines de interés público relativos a materias de su
competencia.
Esta relación de Estado Nación, regiones, municipios, aún no tiene respuestas.
Serán el CFG y el renovado esquema de financiamiento ejercido por el Fondo de
Compensación Interterritorial (FCI) los encargados de establecer los lineamientos
en materia de descentralización para los estados y municipios y las
organizaciones de base del poder popular. La nota señala que los cambios, que
entrarán en vigencia en 2011, encuentran adeptos y detractores. Y mientras
transcurren las pugnas políticas, lo que resta de 2010 queda como un período de
transición para que las entidades territoriales y toda forma de organización popular
se adapten a las nuevas reglas de juego.