El documento describe las diferentes clases de personas físicas y jurídicas según el marco jurídico de 2006. Explica que las personas físicas son aquellos entes con signos característicos de humanidad, mientras que las personas jurídicas son entes que pueden adquirir derechos u obligaciones aunque no son visibles. También distingue entre personas jurídicas públicas y privadas, e indica que las públicas se rigen por la constitución y leyes mientras que las privadas requieren autorización ejecutiva.