MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL MODULO : NOMBRES: SUJETOS DEL DERECHO Ab. Julián Burneo Valdivieso, Mgs. SEMESTRE: Primero
OBJETIVOS
 
CAPÍTULO I  Nociones Preliminares LA PERSONA Etimología : del latín «personae»=careta para cubrir la cabeza. La Jurisprudencia : metafóricamente la utilizó para designar el papel de cada ser humano en la vida jurídica. Código Civil : Las personas son naturales o jurídicas (Art.40). Persona natural: Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición.
Distinción Entre Sujeto de Derecho y Persona Persona : Ser Humano- Ente Individual Sujeto de Derecho : relaciones de orden jurídico del ser.  «Toda persona es sujeto de derecho, pero no todo sujeto de derecho es persona» C.R.E.:  Art.10.-  Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.  La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.
Sujetos del Derecho: Clasificación
CAPÍTULO  II:  EL CONCEBIDO Concepto : el ser humano desde el inicio de su vida (concepción). Criterio Biológico : La vida inicia con la concepción: Teorías:  Fecundación  (unión de gametos masculinos y femeninos o espermatozoide y oocito u ovocito). Singamia  (intercambio completo de información entre 23 cromosomas masculinos y 23 femeninos). Implantación  ( o anidación  en las paredes del útero con la adhesión del embrión a la matriz, ya no se pueden formar gemelos, y tenemos a un individuo concreto). Inicio de la actividad cerebral del embrión:  plantea una selectividad discriminativa de acuerdo a capacidades. Viabilidad del feto fuera del útero materno.
CAPÍTULO II: EL CONCEBIDO Criterio Ontológico:  ¿ Cuando inicia el Ser Humano?   Corrientes: Humanización Progresiva:  el Ser Humano se ha formado sucesivamente hasta encontrar la unidad corporal y espiritual (alma), teoría Aristotélica que ha sido desechada en la actualidad. Humanización Inmediata:  Platón sostenía que el hombre es en esencia el mismo desde la concepción, puesto que en su naturaleza original ya tiene su doble dimensión corpórea y espiritual. La Dignidad Humana:  como sinónimo de libertad e identidad individual pero igual al otro en su humanidad.
Estatus Jurídico del Concebido Derecho Romano:  «nasciturus» quien va ha nacer. El   principio de existencia legal lo marcaba :  El Nacimiento: . Teoría del feto como parte de la madre. . Teoría Ficcionista: derechos se reservan hasta nacer. Derecho Español Antiguo:  Fueros y Siete Partidas .  Dió derechos al hijo póstumo y se penalizó el aborto .  Se reservaban derechos hereditarios y donaciones .  La madre lo representaba judicialmente Derecho Indiano y Aborigen:  protegía la vida
Estatus Jurídico del Concebido en el Ecuador
Código Civil (1860) Código de la Niñez y Adolescencia (2003) : Art. 20. Los niños, niñas y adolecentes tiene el  derecho a la vida desde la concepción …
Estatus Jurídico del Concebido Teoría de la Personalidad en el Sistema Argentino Código Civil Argentino(1869):  Art. 70. Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas; antes de su nacimiento  pueden adquirir ciertos derechos , como si ya hubiesen nacido. Esos derechos quedan irrevocablemente adquiridos si los concebidos en el seno materno queden con vida, aunque fuera por instantes después de estar separados de su madre. Teoría de la Subjetividad Código Civil Peruano (1984): distingue entre concebido y persona natural pero reconoce en ambos a dos diversos sujetos de derecho. Art.1. La persona humana es  sujeto de derecho desde su nacimiento . La vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo.
Presunción de la Concepción CC. Art. 62. De la fecha del nacimiento se colige la época de concepción, según la regla siguiente: Se presume de derecho que la concepción  ha precedido al nacimiento  no menos de  ciento ochenta días  cabales,  y  no más de  trescientos , contados hacia atrás, desde la media noche en que principie el día del nacimiento. Estableciéndose una presunción sin que se pueda presentar prueba en contrario Se debe plantear una reforma que permita que se demuestre esta presunción por cuanto esta de por medio problemas de filiación como patrimoniales
CAPITULO III  La Persona Natural Principio de  la Persona Individual. El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es  separada completamente de su madre . Fin de la Existencia de las  Personas Físicas. C.C. Art. 64.La persona  termina con la muerte . La Muerte: extinción irreversible de las funciones cerebrales La Muerte Cortical (corteza cerebral): se extinguen las  funciones cerebrales superiores  del ser (visual, auditiva, sensorial, motora y pre-motora) pero persisten las funciones del tallo encefálico que controla los músculos involuntarios como: circulación cardiaca y respiración, independientes.
Importancia de la Muerte en las Relaciones Jurídicas
Importancia  de la Muerte en las Relaciones Jurídicas
La Muerte Presunta Presunción de muerte por desaparecimiento : (C:C: Art. 66 ). Se presume muerto el individuo que ha desaparecido, ignorándose si vive, y verificándose (ciertas)… condiciones….
La Muerte Presunta
CAPITULO IV  Los Atributos de la Persona Derechos Personalísimos o de la Personalidad «son las prerrogativas de contenido  extrapatrimonial ,  inalienables ,  perpetuas  y  oponibles erga homes ( de aplicación general) , que corresponden a toda persona por su condición de tal,  desde antes de su nacimiento y hasta después de su muerte , y de las cuales  no puede ser privada ni por acción del estado ni de otros particulares , porque ello implicaría desmedro o menoscabo de su personalidad» Definición de Julio Cesar Rivera. Principales Derechos Personalísimos:  A la  Vida  Imagen Integridad  Identidad Intimidad Honra Honor y Reputación Libertad en sus diferentes facetas
Los Atributos de la Persona «son aquellas cualidades o características de identidad, propias de las personas, sean estas persona naturales o personas jurídicas, como titulares de derechos»
Los Atributos de la Persona
CAPITULO IV La Persona Colectiva Nota Aclaratoria: En nuestra legislación Civil se conoce como persona Jurídica, pero  una corriente internacional  denomina en forma general como Persona Colectiva, puesto que: El Concebido, la Persona Individual(natural) y la Persona Colectiva(jurídica) se las puede considerar personas jurídicas por ser sujetos de imputación normativa .
Los Atributos de la Persona Colectiva
Los Atributos de la Persona Colectiva
Clasificación de la Personas Colectivas
 

Sujetos del derecho

  • 1.
    MAESTRIA EN DERECHOCIVIL Y PROCESAL CIVIL MODULO : NOMBRES: SUJETOS DEL DERECHO Ab. Julián Burneo Valdivieso, Mgs. SEMESTRE: Primero
  • 2.
  • 3.
  • 4.
    CAPÍTULO I Nociones Preliminares LA PERSONA Etimología : del latín «personae»=careta para cubrir la cabeza. La Jurisprudencia : metafóricamente la utilizó para designar el papel de cada ser humano en la vida jurídica. Código Civil : Las personas son naturales o jurídicas (Art.40). Persona natural: Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición.
  • 5.
    Distinción Entre Sujetode Derecho y Persona Persona : Ser Humano- Ente Individual Sujeto de Derecho : relaciones de orden jurídico del ser. «Toda persona es sujeto de derecho, pero no todo sujeto de derecho es persona» C.R.E.: Art.10.- Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.
  • 6.
    Sujetos del Derecho:Clasificación
  • 7.
    CAPÍTULO II: EL CONCEBIDO Concepto : el ser humano desde el inicio de su vida (concepción). Criterio Biológico : La vida inicia con la concepción: Teorías: Fecundación (unión de gametos masculinos y femeninos o espermatozoide y oocito u ovocito). Singamia (intercambio completo de información entre 23 cromosomas masculinos y 23 femeninos). Implantación ( o anidación en las paredes del útero con la adhesión del embrión a la matriz, ya no se pueden formar gemelos, y tenemos a un individuo concreto). Inicio de la actividad cerebral del embrión: plantea una selectividad discriminativa de acuerdo a capacidades. Viabilidad del feto fuera del útero materno.
  • 8.
    CAPÍTULO II: ELCONCEBIDO Criterio Ontológico: ¿ Cuando inicia el Ser Humano? Corrientes: Humanización Progresiva: el Ser Humano se ha formado sucesivamente hasta encontrar la unidad corporal y espiritual (alma), teoría Aristotélica que ha sido desechada en la actualidad. Humanización Inmediata: Platón sostenía que el hombre es en esencia el mismo desde la concepción, puesto que en su naturaleza original ya tiene su doble dimensión corpórea y espiritual. La Dignidad Humana: como sinónimo de libertad e identidad individual pero igual al otro en su humanidad.
  • 9.
    Estatus Jurídico delConcebido Derecho Romano: «nasciturus» quien va ha nacer. El principio de existencia legal lo marcaba : El Nacimiento: . Teoría del feto como parte de la madre. . Teoría Ficcionista: derechos se reservan hasta nacer. Derecho Español Antiguo: Fueros y Siete Partidas . Dió derechos al hijo póstumo y se penalizó el aborto . Se reservaban derechos hereditarios y donaciones . La madre lo representaba judicialmente Derecho Indiano y Aborigen: protegía la vida
  • 10.
    Estatus Jurídico delConcebido en el Ecuador
  • 11.
    Código Civil (1860)Código de la Niñez y Adolescencia (2003) : Art. 20. Los niños, niñas y adolecentes tiene el derecho a la vida desde la concepción …
  • 12.
    Estatus Jurídico delConcebido Teoría de la Personalidad en el Sistema Argentino Código Civil Argentino(1869): Art. 70. Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas; antes de su nacimiento pueden adquirir ciertos derechos , como si ya hubiesen nacido. Esos derechos quedan irrevocablemente adquiridos si los concebidos en el seno materno queden con vida, aunque fuera por instantes después de estar separados de su madre. Teoría de la Subjetividad Código Civil Peruano (1984): distingue entre concebido y persona natural pero reconoce en ambos a dos diversos sujetos de derecho. Art.1. La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento . La vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo.
  • 13.
    Presunción de laConcepción CC. Art. 62. De la fecha del nacimiento se colige la época de concepción, según la regla siguiente: Se presume de derecho que la concepción ha precedido al nacimiento no menos de ciento ochenta días cabales, y no más de trescientos , contados hacia atrás, desde la media noche en que principie el día del nacimiento. Estableciéndose una presunción sin que se pueda presentar prueba en contrario Se debe plantear una reforma que permita que se demuestre esta presunción por cuanto esta de por medio problemas de filiación como patrimoniales
  • 14.
    CAPITULO III La Persona Natural Principio de la Persona Individual. El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es separada completamente de su madre . Fin de la Existencia de las Personas Físicas. C.C. Art. 64.La persona termina con la muerte . La Muerte: extinción irreversible de las funciones cerebrales La Muerte Cortical (corteza cerebral): se extinguen las funciones cerebrales superiores del ser (visual, auditiva, sensorial, motora y pre-motora) pero persisten las funciones del tallo encefálico que controla los músculos involuntarios como: circulación cardiaca y respiración, independientes.
  • 15.
    Importancia de laMuerte en las Relaciones Jurídicas
  • 16.
    Importancia dela Muerte en las Relaciones Jurídicas
  • 17.
    La Muerte PresuntaPresunción de muerte por desaparecimiento : (C:C: Art. 66 ). Se presume muerto el individuo que ha desaparecido, ignorándose si vive, y verificándose (ciertas)… condiciones….
  • 18.
  • 19.
    CAPITULO IV Los Atributos de la Persona Derechos Personalísimos o de la Personalidad «son las prerrogativas de contenido extrapatrimonial , inalienables , perpetuas y oponibles erga homes ( de aplicación general) , que corresponden a toda persona por su condición de tal, desde antes de su nacimiento y hasta después de su muerte , y de las cuales no puede ser privada ni por acción del estado ni de otros particulares , porque ello implicaría desmedro o menoscabo de su personalidad» Definición de Julio Cesar Rivera. Principales Derechos Personalísimos: A la Vida Imagen Integridad Identidad Intimidad Honra Honor y Reputación Libertad en sus diferentes facetas
  • 20.
    Los Atributos dela Persona «son aquellas cualidades o características de identidad, propias de las personas, sean estas persona naturales o personas jurídicas, como titulares de derechos»
  • 21.
    Los Atributos dela Persona
  • 22.
    CAPITULO IV LaPersona Colectiva Nota Aclaratoria: En nuestra legislación Civil se conoce como persona Jurídica, pero una corriente internacional denomina en forma general como Persona Colectiva, puesto que: El Concebido, la Persona Individual(natural) y la Persona Colectiva(jurídica) se las puede considerar personas jurídicas por ser sujetos de imputación normativa .
  • 23.
    Los Atributos dela Persona Colectiva
  • 24.
    Los Atributos dela Persona Colectiva
  • 25.
    Clasificación de laPersonas Colectivas
  • 26.