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Unidad 2
El contrato de trabajo y las modalidades de
contratación laboral
Formación y Orientación Laboral
Las relaciones laborales
1. Concepto de
contrato de
trabajo
1.1.
Elementos
del contrato
de trabajo
2. Capacidad
para contratar
2.1.
El
empleador
2.2.
El
trabajador
3. Contenido del
contrato de
trabajo
3.1.
Forma del
contrato de
trabajo
3.2.
El periodo de
prueba
3.3.
La información
contenida en
el contrato de
trabajo
4. Las modalidades de
contrato de trabajo
4.1.
Los contratos
formativos
4.2.
Los contratos
temporales
4.3.
Los contratos
indefinidos
4.4.
El contrato de
relevo
4.5.
Los contratos a
tiempo parcial
5. Las relaciones
laborales con las
empresas de trabajo
temporal (ETT)
6. Los beneficios
para los trabajadores
en las nuevas
organizaciones
Concepto de contrato de trabajo
Es el acuerdo entre empresario y trabajador para la prestación voluntaria por
parte de este último de unos servicios laborales por cuenta ajena y en régimen de
dependencia a cambio de una retribución denominada salario.
Elementos del
contrato de
trabajo
Consentimiento
Manifestación del
acuerdo de las
partes.
Objeto
Prestación de
servicios que se hace.
Ej.: carpintero.
Causa
Razón del contrato
(intercambio de
trabajo por salario).
3
Capacidad para contratar: el empresario
4
¿Quién puede ser
empresario?
• Persona física o
jurídica.
• Mayor de edad o
emancipado.
• Con capacidad de
obrar.
Poderes del empresario
Poder de dirección
El empleador
establece el modo,
tiempo y lugar de la
prestación laboral, y el
trabajador está
obligado a cumplir las
órdenes
diligentemente.
Poder disciplinario
El empleador puede
sancionar el
incumplimiento de las
obligaciones por parte
del trabajador, así
como las infracciones
que pudiera cometer.
Capacidad para contratar: el trabajador
Mayores de 16 y menores de 18
años con autorización
Emancipados
Los menores de 16 años pueden trabajar de forma excepcional solo en espectáculos
públicos. En este caso se tiene que autorizar por la autoridad laboral siempre que no
suponga un peligro para la salud física ni para la formación del menor. Este permiso
tiene que ser expreso, por escrito y para actos determinados.
5
Por edad
Mayores de 18 años
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a. Funcionarios públicos.
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en las que intervienen.
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6
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7
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Medidas cuya finalidad
es ELIMINAR O
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8
• Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
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• Promoción en el trabajo.
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En la relación laboral
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Cumplir con las obligaciones laborales con buena fe y diligencia.
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9
Forma del contrato de trabajo
Se podrá celebrar por escrito o de palabra.
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otro y el que lo recibe a cambio de una retribución.
Excepciones
(pueden
celebrarse
de palabra).
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de duración inferior a
cuatro semanas.
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ordinarios a jornada
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10
En el caso de que no haya forma escrita de un contrato,
se considerará celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa,
salvo que se demuestre su naturaleza temporal.
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11
Ambas partes pueden poner fin a la
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Jornada
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Requisitos
12
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Modalidades de contratación: contratos temporales
Obra o
servicio determinado
Eventual por
circunstancias
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•Objeto: obra o servicio con autonomía en la empresa.
•Duración: la que dure la obra o el servicio.
•Jornada: tiempo completo o parcial.
•Indemnización por fin de contrato: 12 días de salario.
•Objeto: circunstancias del mercado, acumulación de tareas o
exceso de pedidos.
•Duración: 6 meses en un periodo de 12.
•Jornada: completa o parcial.
•Indemnización por fin de contrato: 12 días de salario.
•Objeto: sustituir a trabajadores o cubrir vacantes.
•Duración: hasta que vuelva sustituido o 3 meses.
•Jornada: la del sustituido.
Si el contrato temporal es superior a 12 meses, la empresa debe
avisar 15 días antes de su finalización.
13
Modalidades de contrato: contratos indefinidos
Indefinido
ordinario
Verbal o escrito
Fijo
discontinuo
Escrito en modelo
oficial
14
Formación y orientación laboral
• Objeto: contratación
estacional.
• Duración: indefinida.
• Llamamientos: en orden y
forma según convenio.
• Objeto: contratación
ordinaria.
• Duración: indefinida.
• Jornada: completa o
parcial.
El contrato indefinido
Conversión de un contrato indefinido
Se transforman en
indefinido
ordinario a
jornada completa.
Cuando no se
cumpla el requisito
de ser por escrito.
No se dé de alta al
trabajador en la
Seguridad Social en
un plazo igual al
periodo de prueba.
Celebrados en
fraude de ley.
Si prosigue
prestando servicios
una vez finalizado
el contrato
temporal.
Contratos
temporales durante
más de 24 meses
en un periodo de
30.
15
Contrato de relevo
16
Formación y orientación laboral
Por escrito y en modelo oficial.
• Objeto: contratación de un trabajador desempleado o
temporal en la propia empresa con el fin de sustituir a otro
que se jubila parcialmente.
• Duración: indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que
falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de
jubilación ordinaria.
• Jornada: la jornada podrá ser a tiempo completo o parcial.
• Indemnización fin de contrato: 12 días de salario.
Contratos a tiempo parcial
No pueden realizarse horas extraordinarias, salvo
las de fuerza mayor. Sí puede establecerse un
pacto de horas complementarias.
Cualquier modalidad de contratación excepto el
contrato para la formación y el aprendizaje.
La forma será siempre por escrito y en modelo
oficial.
17
Un contrato a
tiempo parcial es
aquel que
estipula una
jornada inferior a
la de un
trabajador a
tiempo completo
comparable.
Las relaciones laborales con las empresas de trabajo temporal (ETT)
Trabajador
18
Una empresa de trabajo
temporal (ETT) es aquella
cuya actividad consiste en
poner a disposición
de otra empresa,
llamada empresa
usuaria, con
carácter
temporal,
trabajadores
contratados
por ella. Triángulo de la
puesta a disposición
de trabajadores
Prestación laboral
Salud laboral
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ETT
Los beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones
19
Trabajo desde el
domicilio
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Participación en
beneficios
Servicios colectivos
(comedor,
transporte...)
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de productos de la empresa
Retribuciones Especiales
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  • 1. Unidad 2 El contrato de trabajo y las modalidades de contratación laboral Formación y Orientación Laboral
  • 2. Las relaciones laborales 1. Concepto de contrato de trabajo 1.1. Elementos del contrato de trabajo 2. Capacidad para contratar 2.1. El empleador 2.2. El trabajador 3. Contenido del contrato de trabajo 3.1. Forma del contrato de trabajo 3.2. El periodo de prueba 3.3. La información contenida en el contrato de trabajo 4. Las modalidades de contrato de trabajo 4.1. Los contratos formativos 4.2. Los contratos temporales 4.3. Los contratos indefinidos 4.4. El contrato de relevo 4.5. Los contratos a tiempo parcial 5. Las relaciones laborales con las empresas de trabajo temporal (ETT) 6. Los beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones
  • 3. Concepto de contrato de trabajo Es el acuerdo entre empresario y trabajador para la prestación voluntaria por parte de este último de unos servicios laborales por cuenta ajena y en régimen de dependencia a cambio de una retribución denominada salario. Elementos del contrato de trabajo Consentimiento Manifestación del acuerdo de las partes. Objeto Prestación de servicios que se hace. Ej.: carpintero. Causa Razón del contrato (intercambio de trabajo por salario). 3
  • 4. Capacidad para contratar: el empresario 4 ¿Quién puede ser empresario? • Persona física o jurídica. • Mayor de edad o emancipado. • Con capacidad de obrar. Poderes del empresario Poder de dirección El empleador establece el modo, tiempo y lugar de la prestación laboral, y el trabajador está obligado a cumplir las órdenes diligentemente. Poder disciplinario El empleador puede sancionar el incumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador, así como las infracciones que pudiera cometer.
  • 5. Capacidad para contratar: el trabajador Mayores de 16 y menores de 18 años con autorización Emancipados Los menores de 16 años pueden trabajar de forma excepcional solo en espectáculos públicos. En este caso se tiene que autorizar por la autoridad laboral siempre que no suponga un peligro para la salud física ni para la formación del menor. Este permiso tiene que ser expreso, por escrito y para actos determinados. 5 Por edad Mayores de 18 años sin autorización Persona física
  • 6. No son relación laboral Actividades excluidas de la relación laboral a. Funcionarios públicos. b. Prestaciones personales obligatorias. c. Consejeros o administradores de sociedades mercantiles. d. Trabajos de amistad, benevolencia o buena vecindad. e. Trabajos familiares (convivencia y parentesco hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidad). f. Agentes implicados directamente en el resultado de las operaciones mercantiles en las que intervienen. g. Cualquier actividad que carezca de alguno de los elementos de la relación laboral (voluntariedad, ajenidad, dependencia, retribución y prestación personal). 6
  • 7. Relaciones laborales especiales 7 Son relaciones laborales, pero con especialidad: Estibadores portuarios Abogados que prestan servicios en despachos Personal de alta dirección Deportistas profesionales Artistas en espectáculos públicos Discapacitados en los centros especiales de empleo Servicio del hogar familiar Penados en las instituciones penitenciarias Personas que intervengan en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura
  • 8. Derechos de los trabajadores PREVENCIÓ Medidas cuya finalidad es ELIMINAR O DISMINUIR EL RIESGO 8 • Trabajo y libre elección de profesión u oficio. • Protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral. • Negociación colectiva. Derechos básicos • No discriminación. • Libre sindicación. • Huelga. • Reunión y asociación. • Intimidad. Derechos fundamentales • Promoción en el trabajo. • Formación profesional. • Ejercicio individual de acciones. • Percibir puntualmente su salario. • Ocupación efectiva. En la relación laboral
  • 9. Deberes laborales básicos Cumplir con las obligaciones laborales con buena fe y diligencia. Respetar las medidas de prevención de riesgos laborales establecidas. Cumplir las órdenes del empresario dentro de su poder de dirección. No ejercer ninguna actividad que suponga una competencia desleal hacia la empresa. Ayudar a mejorar la productividad. Las establecidas legalmente en la ley, los convenios colectivos y los contratos de trabajo. 9
  • 10. Forma del contrato de trabajo Se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución. Excepciones (pueden celebrarse de palabra). Los contratos eventuales de duración inferior a cuatro semanas. Los contratos indefinidos ordinarios a jornada completa. 10 En el caso de que no haya forma escrita de un contrato, se considerará celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo que se demuestre su naturaleza temporal.
  • 11. Período de prueba Debe hacerse siempre por escrito. El trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones. No puede haber periodo de pruebas si el trabajador ha desempeñado ya esas funciones en la empresa. Duración • Seis meses para técnicos titulados. • Dos meses para el resto (si la empresa tiene menos de 25 trabajadores se puede ampliar a 3 meses). • Un mes en los contratos de duración inferiores a 6 meses. • Uno o dos meses en los contratos en prácticas según la titulación. 11 Ambas partes pueden poner fin a la relación laboral sin alegar causa alguna.
  • 12. Modalidades de contratación: contratos formativos En prácticas Práctica profesional adecuada a la titulación Titulación universitaria, FP u otros títulos oficiales. Por escrito dentro de los 5 años anteriores (o 7) a la titulación. Desde 6 meses a 2 años (hasta 2 prórrogas de mín. 6 meses). Tiempo completo o tiempo parcial. Salario: 60 % y 75 % primer y segundo año. Para la formación y el aprendizaje Aprender un oficio cualificado No poseer titulación para contrato en prácticas. De 16 a 25 años (sin límite discapacitados). Por escrito en modelo oficial. De 1 a 3 años (hasta 2 prórrogas de mín. 6 meses). Solo tiempo completo. Salario: SMI en proporción al tiempo trabajado. Forma Duración Jornada Salario Requisitos 12 Formación y orientación laboral
  • 13. Modalidades de contratación: contratos temporales Obra o servicio determinado Eventual por circunstancias de la producción Interinidad •Objeto: obra o servicio con autonomía en la empresa. •Duración: la que dure la obra o el servicio. •Jornada: tiempo completo o parcial. •Indemnización por fin de contrato: 12 días de salario. •Objeto: circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. •Duración: 6 meses en un periodo de 12. •Jornada: completa o parcial. •Indemnización por fin de contrato: 12 días de salario. •Objeto: sustituir a trabajadores o cubrir vacantes. •Duración: hasta que vuelva sustituido o 3 meses. •Jornada: la del sustituido. Si el contrato temporal es superior a 12 meses, la empresa debe avisar 15 días antes de su finalización. 13
  • 14. Modalidades de contrato: contratos indefinidos Indefinido ordinario Verbal o escrito Fijo discontinuo Escrito en modelo oficial 14 Formación y orientación laboral • Objeto: contratación estacional. • Duración: indefinida. • Llamamientos: en orden y forma según convenio. • Objeto: contratación ordinaria. • Duración: indefinida. • Jornada: completa o parcial. El contrato indefinido
  • 15. Conversión de un contrato indefinido Se transforman en indefinido ordinario a jornada completa. Cuando no se cumpla el requisito de ser por escrito. No se dé de alta al trabajador en la Seguridad Social en un plazo igual al periodo de prueba. Celebrados en fraude de ley. Si prosigue prestando servicios una vez finalizado el contrato temporal. Contratos temporales durante más de 24 meses en un periodo de 30. 15
  • 16. Contrato de relevo 16 Formación y orientación laboral Por escrito y en modelo oficial. • Objeto: contratación de un trabajador desempleado o temporal en la propia empresa con el fin de sustituir a otro que se jubila parcialmente. • Duración: indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria. • Jornada: la jornada podrá ser a tiempo completo o parcial. • Indemnización fin de contrato: 12 días de salario.
  • 17. Contratos a tiempo parcial No pueden realizarse horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor. Sí puede establecerse un pacto de horas complementarias. Cualquier modalidad de contratación excepto el contrato para la formación y el aprendizaje. La forma será siempre por escrito y en modelo oficial. 17 Un contrato a tiempo parcial es aquel que estipula una jornada inferior a la de un trabajador a tiempo completo comparable.
  • 18. Las relaciones laborales con las empresas de trabajo temporal (ETT) Trabajador 18 Una empresa de trabajo temporal (ETT) es aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa, llamada empresa usuaria, con carácter temporal, trabajadores contratados por ella. Triángulo de la puesta a disposición de trabajadores Prestación laboral Salud laboral Empresa usuaria ETT
  • 19. Los beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones 19 Trabajo desde el domicilio Seguros médicos Año sabático o más vacaciones Participación en beneficios Servicios colectivos (comedor, transporte...) Precios reducidos o gratuidad de productos de la empresa Retribuciones Especiales (matrimonio, nacimiento hijos…) Servicio de guardería Flexibilidad horaria Ampliación de permisos Beneficios habituales Beneficios habituales Conciliación de la vida laboral y la familiar Conciliación de la vida laboral y la familiar