1. Argenis Mendoza
Abogado
Inpreabogado N° 110.677
CIUDADANO:
REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TACHIRA.
SU DESPACHO.-
Yo, YOSER ANTONIO SOSA DIAZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la
Cédula de Identidad Nro. V-19.162.240, comerciante, domiciliado en Rubio, Municipio
Junín, Estado Táchira y civilmente hábil, ante usted muy respetuosamente ocurro para
exponer: que he decidido establecer un Fondo de Comercio cuya denominación será:
BODEGON COCOA 7, siendo su objeto el siguiente: todo lo relacionado con la compra,
venta, distribución, comercialización, transporte, elaboración, producción, importación y
exportación, al mayor y detal, de todo tipo de productos de consumo humano, carnicería,
carnes de res, cerdo, ovejo, pavo, conejo, aves de corral, pollos, pescados, mariscos,
charcutería, jamones, embutidos, fiambres, encurtidos, chorizos, productos lácteos,
huevos, leche, quesos, frutas, verduras, legumbres, hortalizas, granos, cereales, pastas,
arroz, harina, enlatados, productos de panadería, pastelería, dulces, postres caseros,
golosinas, todo tipo de bebidas, jugos naturales, energizantes, refrescos, hielo, agua
mineral, todo tipo de bebidas alcohólicas nacionales e importadas, cervezas, alimentos
concentrados de consumo animal de todo tipo, maíz, sorgo, quincallería, artículos de
perfumería y aseo personal, cosméticos, productos de limpieza y genéricos de aseo
doméstico e industrial y personal, bisutería, artículos de ferretería, productos plásticos y
desechables como bolsas de diferentes tipos, tamaños y diseños para el uso doméstico e
industrial, vasos, platos; artículos de papelería, artículos para el hogar y oficina, productos
de panadería, productos cosmetología, estética y belleza, envases de vidrio, artículos
eléctricos y electrónicos. Pudiendo realizar otras actividades de lícito comercio
relacionados con el objeto principal. Así mismo el capital inicial de mi fondo de comercio es
la cantidad de SESENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 68,00) representados en mercancías
propias del ramo. Su domicilio será en la Calle Mataguadua Local #1Sector el Morichal 2,
Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, pero podrá establecer agencias, sucursales,
oficinas y representaciones en cualquier otra ciudad o lugar de la República Bolivariana de
Venezuela o en el exterior.De acuerdo a lo establecido en el Art. 17 de la Resolución Nro.
150 Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.697 del
16 de Junio de 2011, de la normativa para la prevención, control y fiscalización de las
operaciones de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo aplicables en las
Oficinas Registrales y Notariales de la República Bolivariana de Venezuela. Declaro bajo fe
de juramento que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio
jurídico en este acto proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los
Organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes,
haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas
contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del
Terrorismo, y/o en la Ley Orgánicade Drogas. Por lo antes expuesto, Solicito ante usted
respetuosamente se sirva ordenar la inscripción de esta participación en el Registro
Mercantil y se me expida copia certificadas de ley. En San Cristóbal, a la fecha de su
presentación.