El documento habla sobre la propiedad intelectual. Explica que la propiedad intelectual protege las creaciones del intelecto humano como obras literarias, científicas y artísticas. También cubre invenciones, marcas y diseños industriales. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el organismo de las Naciones Unidas encargado de promover el uso y protección de la propiedad intelectual a través de tratados internacionales. En Venezuela, el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (
Organismo Rector de la Propiedad Intelectual SAPIkatvampire94
¿Qué es SAPI?, Reseña Histórica, Estructura Organizativa, Antecedentes y Lineamientos.
PNF en Informática. IUTFRP
Trayecto III - Sección 1.
Autores:
Grupo 1, Grupo 2, Grupo 3.
Presentación sobre el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) para la asignatura formación crítica de la carrera ingeniería en informática del "I.U.T Dr. Federico Rivero Palacio"
Organismo Rector de la Propiedad Intelectual SAPIkatvampire94
¿Qué es SAPI?, Reseña Histórica, Estructura Organizativa, Antecedentes y Lineamientos.
PNF en Informática. IUTFRP
Trayecto III - Sección 1.
Autores:
Grupo 1, Grupo 2, Grupo 3.
Presentación sobre el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) para la asignatura formación crítica de la carrera ingeniería en informática del "I.U.T Dr. Federico Rivero Palacio"
El PNF en Informática está dirigido a la formación de un profesional integral, que se desempeña con idoneidad operativa y ética profesional en la construcción de proyectos tecnológicos en armonía con la preservación del ambiente y del progreso de su entorno, siendo capaz de participar en la administración de proyectos informáticos bajo estándares de calidad y pertinencia social, auditar sistemas informáticos, desarrollar e implantar software, priorizando el uso de plataformas libres; así como integrar y optimizar sistemas informáticos y administrar bases de datos y redes informáticas.
Software Libre en la Administración Pública (grupo Maviola)Maviola Pulido
El 28 de diciembre de 2004 publica en Gaceta Oficial N° 38.095 el Decreto N° 3.390 que establece: “Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
la protección de datos personales, administrativos, los derechos de autor, la patente
los ámbitos jurídicos que regulan la protección de los sistemas de computo como derecho civil y penal.
esta información es para dar orientación de como se regula la protección de computo.
El PNF en Informática está dirigido a la formación de un profesional integral, que se desempeña con idoneidad operativa y ética profesional en la construcción de proyectos tecnológicos en armonía con la preservación del ambiente y del progreso de su entorno, siendo capaz de participar en la administración de proyectos informáticos bajo estándares de calidad y pertinencia social, auditar sistemas informáticos, desarrollar e implantar software, priorizando el uso de plataformas libres; así como integrar y optimizar sistemas informáticos y administrar bases de datos y redes informáticas.
Software Libre en la Administración Pública (grupo Maviola)Maviola Pulido
El 28 de diciembre de 2004 publica en Gaceta Oficial N° 38.095 el Decreto N° 3.390 que establece: “Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos”.
la protección de datos personales, administrativos, los derechos de autor, la patente
los ámbitos jurídicos que regulan la protección de los sistemas de computo como derecho civil y penal.
esta información es para dar orientación de como se regula la protección de computo.
Conferencia a cargo de Dña. Ana Isabel Allueva Pinilla dentro del Curso Extraordinario de la Universidad de Zaragoza "Herramientas para la mejora de la competencia digital", que se celebró en Huesca los días 10, 11 y 12 de julio de 2019.
Los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las consume
Unidad 1. Fundamentos de la propiedad intelectual.pdf
Gestión del Estado Venezolano ante la propiedad Intelectual
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo.
Extensión Trujillo – Estado Trujillo.
PNFI Informática.
Integrantes:
Yunecsi Peña C.I: 19.610.196
Vanessa Fernández C.I: 20.133.675
Lisbeth Uzcátegui C.I:19.427.089
Eduardo Vásquez C.I: 19.812.603
Prof. José Luis Barroeta
2. ¿
Es el conjunto de derechos que corresponden a los
autores y a otros titulares respecto de las obras y
prestaciones fruto de su creación .
Se refiere a las creaciones de la mente:
invenciones,
obras
literarias
y
artísticas, así como símbolos, nombres e
imágenes utilizadas en el comercio.
Es toda creación del intelecto humano y esta ligada
al derecho de apropiación que se puede ejercer
sobre ellas.
3. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
(OMPI) es el organismo del sistema de organizaciones de
las Naciones Unidas dedicado al uso de la propiedad intelectual
(patentes, derecho de autor, marcas, diseños (dibujos y
modelos), etc.) como medio de estimular la innovación y la
creatividad.
4. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual(OMPI) es un
organismo especializado del Sistema de Naciones Unidas creado
en 1967, con la firma del Convenio de Estocolmo. La OMPI está
dedicada a fomentar el uso y la protección de las obras del
intelecto humano.
Es uno de los 16 organismos especializados del sistema
de las Naciones Unidas. Tiene a su cargo la administración de 26
tratados internacionales que abordan diversos aspectos de la
regulación de la propiedad intelectual.
El Día Mundial de la propiedad intelectual se celebra el 26
de Abril.
5.
6. La OMPI administra hoy 26 tratados (dos de ellos con otras
organizaciones internacionales) y, por conducto de sus Estados
miembros y de su Secretaría, lleva a cabo un exhaustivo y variado
programa de trabajo con las siguientes finalidades:
Armonizar legislaciones y procedimientos nacionales en materia
de propiedad intelectual.
Promover el intercambio de información en materia de propiedad
intelectual.
Prestar asistencia técnico-jurídica a los Estados que la soliciten;
Fomentar el uso de las tecnologías de la información y de
Internet, como instrumentos para el almacenamiento, el acceso y
la utilización de valiosa información en el ámbito de la propiedad
intelectual.
7. Todos los seres humanos tenemos el don de la creatividad
y por ende la capacidad de crear, a muchas personas se les hace
fácil generar productos gracias a su intelecto a otros no tanto. Todo
creador de una obra en cualquier área se puede considerar un
autor.
Para evitar que sus creaciones sean modificadas o
explotadas por terceros se crearon las normas de Derecho de
autor. En Venezuela existe LEY SOBRE EL DERECHO DE
AUTOR.
8. Artículo 1 :
“Las disposiciones de
esta Ley protegen los
derechos de los autores
sobre todas las obras
del ingenio de carácter
creador, ya sean de
índole literaria, científica
o artística, cualesquiera
sea su género, forma de
expresión, mérito o
destino.”
9. Podemos recalcar que la propiedad intelectual está
fijada como una medida de protección a las personas
creadoras de ideas, productos, y cualquier tipo de obra para
que las mismas puedan ser registradas y adjudicadas un
propietario que responda y al mismo tiempo se beneficie de
su creación.
10. Este
guarda
relación
con
las
creaciones
artísticas, como los poemas, las novelas, la música, las
pinturas, las obras cinematográficas, etc. La expresión "derecho
de autor" hace referencia al acto principal, respecto de las
creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado
por el autor o bajo su consentimiento (derecho patrimonial).
La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos
de los autores), hace referencia a los derechos de la persona
creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el
hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de
que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su
creación (derechos morales).
11. Los
derechos
conexos al derecho de
autor
incluyen
los
derechos de los artistas
intérpretes o ejecutantes
sobre sus interpretaciones
o ejecuciones, los de los
productores
de
fonogramas y los de los
organismos
de
radiodifusión respecto de
sus programas de radio y
televisión.
12. Para comprender mejor este tema debemos saber que
según el marco legal manejado por el SAPI se considera:
Sujetos del
Derecho de Autor
SAPI
Objeto del
Derecho de Autor
Duración del
Derecho de Autor
Derechos
Patrimoniales
13. Es un conjunto de derechos que puede poseer una
persona física o jurídica sobre una invención(patente, modelo
de
utilidad,
topografía
de
productos
semiconductores, certificados complementarios de protección
de medicamentos y productos fitosanitarios), un diseño
industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial),etc.
14. Entre la propiedad industrial también se Incluyen las
patentes y las marcas.
La Patente: es un conjunto de derechos
exclusivos concedidos por un Estado al
inventor (o su cesionario).
Marca: es un título que concede el derecho
exclusivo a la utilización de un signo para la
identificación de un producto.
15.
16. Protege a los
autores de el uso
de sus obras
Es un derecho
exclusivo concedido a
una invención.
17. (SAPI): Es un organismo adscrito al Ministerio del Poder
Popular para el Comercio, que ejerce la competencia que sobre la
propiedad intelectual le corresponde al Estado Venezolano, en
materia de Derecho de Autor, Marcas y Patentes.
Fue creado mediante el
Decreto N 1.768 25 de marzo de
1997, publicado en la Gaceta
Oficial N . 36.192 de fecha 24-0497; entra en funcionamiento el 01
del mayo del 1998 según
Resolución Ministerial Nº 054 del
07-04-1998, publicada en la
Gaceta Oficial Nº 36.433 de fecha
15-04-98.
18. La creación del SAPI, ha permitido unir bajo una misma
organización la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor.
Esta fusión ha
hecho posible agilizar y
optimizar el proceso de
registro, protección y
difusión
de
las
creaciones del intelecto
humano
bajo
los
diversos esquemas que
operan actualmente en
el Sistema Venezolano
de Propiedad Intelectual.
19. Garantizar la concesión efectiva de los derechos de
propiedad intelectual.
Promover la inventiva nacional.
Favorecer la transferencia de tecnología.
Combatir la piratería.
Crear condiciones de seguridad jurídica en materia de
propiedad intelectual para promover la inversión.
Insertar a Venezuela dentro del contexto de la economía
mundial.
Ajustar el sistema de propiedad industrial a las tendencias
mundiales.