Grupo 2000 ha creado la Guía del Contrato de Formación 2013 para informar sobre esta forma contractual, para que asesores laborales, gestores de RRHH, ETT, y usuarios en general puedan resolver sus dudas sobre el contrato de formación.
Este documento proporciona información sobre los contratos para la formación y el aprendizaje vinculados a certificados de profesionalidad en España. Explica las ventajas de estos contratos como la bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social y la nueva bonificación adicional para el tutor laboral. También resume las estadísticas de contratación en 2016, incluyendo el número de contratos celebrados cada mes y la distribución por comunidades autónomas, con Andalucía como la región con mayor porcentaje de contr
Este documento describe diferentes tipos de contratos de formación y aprendizaje en España, incluyendo los contratos de formación, los contratos con vinculación formativa y los contratos de aprendizaje. Explica los requisitos, características y ventajas de cada tipo de contrato, así como los roles que pueden desempeñar los centros de formación en la impartición de la formación asociada a estos contratos.
Este documento describe los principales cambios a los contratos de formación y aprendizaje introducidos por la Ley 3/2012. Estos incluyen que a partir del 31 de diciembre de 2015 la formación a distancia no será permitida para nuevas contrataciones, y la autoridad competente para la gestión será la comunidad autónoma en lugar del SEPE. Además, ahora se requiere una autorización administrativa previa para los contratos de formación.
Contratos para la Formación y el Aprendizaje. Características de los contratos, aspectos legales, aspectos laborales, aspectos formativos, incentivos a las empresas, transformación en indefinidos, facturación de la formación.
El documento explica la importancia del contrato de aprendizaje establecido en la ley peruana y resume sus principales puntos. El contrato de aprendizaje permite a estudiantes obtener formación práctica en empresas mientras se les paga. Existen dos modalidades de aprendizaje: con predominio en la empresa o en el centro de formación. La ley define los roles y obligaciones de los aprendices, empresas y centros de formación para garantizar que el aprendizaje sea beneficioso para todos.
Presentacion Relaciones Corporativas Y SpeRRCCYSPE
Este documento presenta la información sobre las funciones de la Dirección de Relaciones Corporativas y Servicio Público de Empleo del SENA Regional Antioquia. Resume los temas clave de cuota de aprendizaje, contrato de aprendizaje, apoyo de sostenimiento y afiliación a seguridad social para aprendices, así como las funciones del Servicio Público de Empleo.
Este documento proporciona información sobre los contratos para la formación y el aprendizaje vinculados a certificados de profesionalidad en España. Explica las ventajas de estos contratos como la bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social y la nueva bonificación adicional para el tutor laboral. También resume las estadísticas de contratación en 2016, incluyendo el número de contratos celebrados cada mes y la distribución por comunidades autónomas, con Andalucía como la región con mayor porcentaje de contr
Este documento describe diferentes tipos de contratos de formación y aprendizaje en España, incluyendo los contratos de formación, los contratos con vinculación formativa y los contratos de aprendizaje. Explica los requisitos, características y ventajas de cada tipo de contrato, así como los roles que pueden desempeñar los centros de formación en la impartición de la formación asociada a estos contratos.
Este documento describe los principales cambios a los contratos de formación y aprendizaje introducidos por la Ley 3/2012. Estos incluyen que a partir del 31 de diciembre de 2015 la formación a distancia no será permitida para nuevas contrataciones, y la autoridad competente para la gestión será la comunidad autónoma en lugar del SEPE. Además, ahora se requiere una autorización administrativa previa para los contratos de formación.
Contratos para la Formación y el Aprendizaje. Características de los contratos, aspectos legales, aspectos laborales, aspectos formativos, incentivos a las empresas, transformación en indefinidos, facturación de la formación.
El documento explica la importancia del contrato de aprendizaje establecido en la ley peruana y resume sus principales puntos. El contrato de aprendizaje permite a estudiantes obtener formación práctica en empresas mientras se les paga. Existen dos modalidades de aprendizaje: con predominio en la empresa o en el centro de formación. La ley define los roles y obligaciones de los aprendices, empresas y centros de formación para garantizar que el aprendizaje sea beneficioso para todos.
Presentacion Relaciones Corporativas Y SpeRRCCYSPE
Este documento presenta la información sobre las funciones de la Dirección de Relaciones Corporativas y Servicio Público de Empleo del SENA Regional Antioquia. Resume los temas clave de cuota de aprendizaje, contrato de aprendizaje, apoyo de sostenimiento y afiliación a seguridad social para aprendices, así como las funciones del Servicio Público de Empleo.
El documento resume las características del contrato para la formación y el aprendizaje en España. Este contrato tiene como objetivo la cualificación profesional de los trabajadores a través de una alternancia de actividad laboral y formación. La duración mínima del contrato es de un año y la máxima de tres años. La jornada laboral y la formación teórica varían según el año del contrato. El salario debe ser proporcional al tiempo trabajado y no puede ser inferior al salario mínimo.
El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contratación destinada a favorecer la inserción laboral de los jóvenes que no tienen formación específica para el puesto de trabajo que van a desempeñar
Contratos relacionados con los centros de formaciónAenoa
Contratos relacionados con los centros de formación. Contrato para la formación y el aprendizaje, prácticas y vinculación formativa. Presentación en el marco del XI Congreso Nacional de Formación Continua.
La reforma laboral de 2012 introdujo varias medidas como un nuevo contrato indefinido para PYMES, bonificaciones para la contratación de jóvenes y parados de larga duración, y flexibilización de los despidos. También se modificaron los contratos temporales, la indemnización por despido y los ERTES, entre otras cosas, con el objetivo de impulsar el empleo.
AGM Abogados es un despacho de abogados y economistas con más de 30 años de experiencia y sedes en España y el extranjero. Ofrece servicios legales y financieros integrales a sus clientes para asegurar su éxito. El documento proporciona información sobre temas laborales como los contratos TC1 y TC2, los contratos bonificados, la Fundación Tripartita y los trabajadores autónomos jóvenes.
Este documento resume las características principales de los contratos de formación en España. Estos contratos están bonificados para menores de 30 años y tienen una duración mínima de 1 año y máxima de 3 años. Incluyen un porcentaje de tiempo dedicado al trabajo y otro a la formación relacionada con un certificado profesional. Los contratos de formación proporcionan experiencia laboral a los jóvenes y forman a los trabajadores en nuevas habilidades.
El documento proporciona información sobre las medidas contenidas en el Real Decreto Ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Entre las medidas se encuentran: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; introducir el derecho a la formación continua para los trabajadores; impulsar los contratos para la formación y el aprendizaje de los jóvenes; e introducir nuevos contratos indefinidos y bonificaciones para apoyar a las PYMEs y colectivos con dificultades para encontrar empleo.
Este documento explica los aspectos clave del contrato de aprendizaje en Colombia, incluyendo las obligaciones de las empresas, cómo calcular la cuota de aprendices que deben contratar, y las alternativas para cumplir con esta cuota como la vinculación de aprendices, aprendices de otros programas educativos o la monetización de la cuota. También cubre temas como la duración máxima de los contratos, las causales de suspensión y las sanciones por incumplimiento de las obligaciones relativas a los aprendices.
Los contratos de formación. Presentación de los distintos tipos de Contratos existentes en España, entre los que se encuentra el contrato para la formación y el aprendizaje.
Este documento analiza las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se destacan medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores a través de la formación profesional y las agencias privadas de colocación. También se resaltan iniciativas para fomentar la contratación indefinida y creación de empleo, como un nuevo contrato indefinido de apoyo a emprendedores y bonificaciones por transformación de contratos temporales en indefinidos. Finalmente
Jornada informativa sobre la reforma laboral ServiDocu
Presentación realizada por el responsable del Departamento Jurídico Laboral de CEPYME Aragón, Antonio Hinojal en la Jornada informativa sobre la reforma laboral celebrada el 9 de abril en Ejea de los Caballeros.
Contrato de formación: conferencia sobre sus ventajas y tramitaciónWaribo Consultores
En este seminario explicamos el procedimiento necesario para llevar a cabo una correcta contratación mediante el Contrato de Formación, los pasos necesarios y las ventajas. Pero sobretodo dialogamos entre los asistentes y pudimos resolver dudas y profundizar en casos concretos.
Este documento resume las principales medidas introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; promover la formación profesional de los trabajadores; introducir un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; reformar los contratos a tiempo parcial y a distancia; y facilitar la flexibilidad interna en las empresas a través de cambios en la clasificación profesional, movilidad
El documento habla sobre la legislación y relaciones laborales en Perú. Explica conceptos como la intermediación laboral, tercerización y modalidades formativas. Define la intermediación laboral y tercerización laboral, y describe los requisitos legales para cada una. También explica diferentes modalidades formativas para jóvenes y desempleados.
Este documento anuncia un seminario sobre 30 cuestiones de actualidad en compensación, diseño, fiscalidad y aspectos laborales que tendrá lugar el 22 de septiembre de 2015 en Madrid. El seminario analizará los pilares fundamentales afectados por la gestión de la política de compensación y dará solución a las principales problemáticas actuales. Los objetivos son discutir soluciones a las problemáticas en diseño, fiscalidad e implicaciones laborales de la política de compensación y actualizarse sobre tendencias y normativas salariales. El seminario contará con cuatro
Este documento resume las características principales del contrato de aprendizaje en Colombia. Explica que este contrato permite que una persona reciba formación en una empresa patrocinadora mientras recibe un apoyo económico. Detalla los requisitos para las empresas en términos de vincular aprendices, la duración máxima del contrato, los derechos y deberes de los aprendices y las opciones para cumplir con la cuota de aprendices.
Líneas guía de los principales temas que se tratarán en el VI Congreso Nacional de Formación Continua. Entre otros: FORMACIÓN DUAL. CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. FORMACIÓN DE OFERTA. FORMACIÓN DE DEMANDA. PERMISOS INDIVIDUALES (PIF). AGENCIAS PRIVADAS DE COLOCACIÓN. SERIOUS GAME/GAMIFICACIÓN. APPS
El documento describe el contrato para la formación y el aprendizaje regulado por el Real Decreto 1592/2012. Este contrato permite a las empresas formar a trabajadores entre 16 y 30 años mediante la combinación de actividad laboral y formación. El documento establece los requisitos, derechos y obligaciones laborales y formativas asociadas a este contrato.
El documento describe los diferentes tipos de convenios relacionados con la formación laboral en Perú, incluyendo convenios de prácticas preprofesionales, contratos de aprendizaje, y convenios de formación laboral juvenil. También explica los casos en los que estos convenios podrían considerarse "desnaturalizados" y la relación laboral ser tratada como un empleo formal.
El documento resume las características del contrato para la formación y el aprendizaje en España. Este contrato tiene como objetivo la cualificación profesional de los trabajadores a través de una alternancia de actividad laboral y formación. La duración mínima del contrato es de un año y la máxima de tres años. La jornada laboral y la formación teórica varían según el año del contrato. El salario debe ser proporcional al tiempo trabajado y no puede ser inferior al salario mínimo.
El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contratación destinada a favorecer la inserción laboral de los jóvenes que no tienen formación específica para el puesto de trabajo que van a desempeñar
Contratos relacionados con los centros de formaciónAenoa
Contratos relacionados con los centros de formación. Contrato para la formación y el aprendizaje, prácticas y vinculación formativa. Presentación en el marco del XI Congreso Nacional de Formación Continua.
La reforma laboral de 2012 introdujo varias medidas como un nuevo contrato indefinido para PYMES, bonificaciones para la contratación de jóvenes y parados de larga duración, y flexibilización de los despidos. También se modificaron los contratos temporales, la indemnización por despido y los ERTES, entre otras cosas, con el objetivo de impulsar el empleo.
AGM Abogados es un despacho de abogados y economistas con más de 30 años de experiencia y sedes en España y el extranjero. Ofrece servicios legales y financieros integrales a sus clientes para asegurar su éxito. El documento proporciona información sobre temas laborales como los contratos TC1 y TC2, los contratos bonificados, la Fundación Tripartita y los trabajadores autónomos jóvenes.
Este documento resume las características principales de los contratos de formación en España. Estos contratos están bonificados para menores de 30 años y tienen una duración mínima de 1 año y máxima de 3 años. Incluyen un porcentaje de tiempo dedicado al trabajo y otro a la formación relacionada con un certificado profesional. Los contratos de formación proporcionan experiencia laboral a los jóvenes y forman a los trabajadores en nuevas habilidades.
El documento proporciona información sobre las medidas contenidas en el Real Decreto Ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Entre las medidas se encuentran: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; introducir el derecho a la formación continua para los trabajadores; impulsar los contratos para la formación y el aprendizaje de los jóvenes; e introducir nuevos contratos indefinidos y bonificaciones para apoyar a las PYMEs y colectivos con dificultades para encontrar empleo.
Este documento explica los aspectos clave del contrato de aprendizaje en Colombia, incluyendo las obligaciones de las empresas, cómo calcular la cuota de aprendices que deben contratar, y las alternativas para cumplir con esta cuota como la vinculación de aprendices, aprendices de otros programas educativos o la monetización de la cuota. También cubre temas como la duración máxima de los contratos, las causales de suspensión y las sanciones por incumplimiento de las obligaciones relativas a los aprendices.
Los contratos de formación. Presentación de los distintos tipos de Contratos existentes en España, entre los que se encuentra el contrato para la formación y el aprendizaje.
Este documento analiza las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se destacan medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores a través de la formación profesional y las agencias privadas de colocación. También se resaltan iniciativas para fomentar la contratación indefinida y creación de empleo, como un nuevo contrato indefinido de apoyo a emprendedores y bonificaciones por transformación de contratos temporales en indefinidos. Finalmente
Jornada informativa sobre la reforma laboral ServiDocu
Presentación realizada por el responsable del Departamento Jurídico Laboral de CEPYME Aragón, Antonio Hinojal en la Jornada informativa sobre la reforma laboral celebrada el 9 de abril en Ejea de los Caballeros.
Contrato de formación: conferencia sobre sus ventajas y tramitaciónWaribo Consultores
En este seminario explicamos el procedimiento necesario para llevar a cabo una correcta contratación mediante el Contrato de Formación, los pasos necesarios y las ventajas. Pero sobretodo dialogamos entre los asistentes y pudimos resolver dudas y profundizar en casos concretos.
Este documento resume las principales medidas introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; promover la formación profesional de los trabajadores; introducir un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; reformar los contratos a tiempo parcial y a distancia; y facilitar la flexibilidad interna en las empresas a través de cambios en la clasificación profesional, movilidad
El documento habla sobre la legislación y relaciones laborales en Perú. Explica conceptos como la intermediación laboral, tercerización y modalidades formativas. Define la intermediación laboral y tercerización laboral, y describe los requisitos legales para cada una. También explica diferentes modalidades formativas para jóvenes y desempleados.
Este documento anuncia un seminario sobre 30 cuestiones de actualidad en compensación, diseño, fiscalidad y aspectos laborales que tendrá lugar el 22 de septiembre de 2015 en Madrid. El seminario analizará los pilares fundamentales afectados por la gestión de la política de compensación y dará solución a las principales problemáticas actuales. Los objetivos son discutir soluciones a las problemáticas en diseño, fiscalidad e implicaciones laborales de la política de compensación y actualizarse sobre tendencias y normativas salariales. El seminario contará con cuatro
Este documento resume las características principales del contrato de aprendizaje en Colombia. Explica que este contrato permite que una persona reciba formación en una empresa patrocinadora mientras recibe un apoyo económico. Detalla los requisitos para las empresas en términos de vincular aprendices, la duración máxima del contrato, los derechos y deberes de los aprendices y las opciones para cumplir con la cuota de aprendices.
Líneas guía de los principales temas que se tratarán en el VI Congreso Nacional de Formación Continua. Entre otros: FORMACIÓN DUAL. CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. FORMACIÓN DE OFERTA. FORMACIÓN DE DEMANDA. PERMISOS INDIVIDUALES (PIF). AGENCIAS PRIVADAS DE COLOCACIÓN. SERIOUS GAME/GAMIFICACIÓN. APPS
El documento describe el contrato para la formación y el aprendizaje regulado por el Real Decreto 1592/2012. Este contrato permite a las empresas formar a trabajadores entre 16 y 30 años mediante la combinación de actividad laboral y formación. El documento establece los requisitos, derechos y obligaciones laborales y formativas asociadas a este contrato.
El documento describe los diferentes tipos de convenios relacionados con la formación laboral en Perú, incluyendo convenios de prácticas preprofesionales, contratos de aprendizaje, y convenios de formación laboral juvenil. También explica los casos en los que estos convenios podrían considerarse "desnaturalizados" y la relación laboral ser tratada como un empleo formal.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
2. ÍNDICE página
INTRODUCCIÓN 3
VENTAJAS DEL NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE 4
COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL 7
CÁLCULO DE COSTES FORMACIÓN TEÓRICA 8
SERVICIOS PARA COLABORADORES 9
-Netcontrat@
-Lexnova
-Otros servicios
CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD 12
OCUPACIONES HOMOLOGADAS 13
TRAMITACIÓN DEL CONTRATO 15
ANEXOS / DOCUMENTOS PARA EL CONTRATO 16
-Contrato para la Formación y el Aprendizaje
-Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa
-Autorización de pago
REGISTRO DE CONTRATO SISTEMA RED / CONTRAT@ 20
-Sistema Red
-Contrat@
-Ususario Net-Contrat@
COMUNICADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO 26
2/25
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
3. Introducción
Contratos de Formación | 2013
Estimado Colaborador/a
Grupo 2000 es un Centro de Formación Homologado (acreditación INEM nº 18-26061) por el Servicio Público
de Empleo Estatal para la realización e impartición de la formación teórica de los contratos para la formación
y el aprendizaje. Actualmente tenemos más de 80 ocupaciones homologadas a su servicio, que atesoran
todos los sectores del ámbito laboral. En Grupo 2000 trabajamos con un gran número de gestorías y asesorías
colaboradoras que confían en nosotros, convirtiendonos una empresa líder en el sector de los contratos de
formación teórica a distancia.
Los beneficios del contrato para la formación y el aprendizaje son múltiples tanto para el trabajador como
para el empresario, donde se obtienen bonificaciones en los Seguros Sociales, que comparado con otras
modalidades contractuales, supone una elevada reducción en los costes salariales anuales.
Grupo 2000 dispone de forma gratuita los software Netcontrat@, y Lexnova online, que le permitirán registrar
contratos de manera online, además de otros servicios como gratificación del 20% (IVA/IRPF incluido) del
coste de formación, cumplimentación vía telefónica de sus contratos, comerciales por todo el territorio
nacional, etc.
En nuestra empresa, seguimos avanzando y ayudando a nuestros clientes. Con nuestra plataforma virtual
ayudamos a nuestros clientes en la tramitación de los contratos online, que permitirá generar e imprimir
todos los documentos relativos al contrato de formación y el aprendizaje.
Un cordial saludo.
Francisco Manuel Cortés Cano
Director de Grupo 2000
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4. Ventajas del nuevo Contrato de
Formación y Aprendizaje
Contratos de Formación | 2013
Requisitos
Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 30 años (1) que carezcan
de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el
empleo, para celebrar un contrato en prácticas. En el caso de personas con discapacidad, no
habrá límite máximo de edad.
Duración
El contrato se formalizará por un periodo mínimo de 1 año y máximo de 3 años. No obstante,
mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en
función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración
mínima pueda ser inferior 6 meses ni la máxima superior a 3 años.
Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción
o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, interrumpirán el cómputo de la
duración del contrato.
Jornada
La jornada laboral no podrá ser superior al 75 %, durante el primer año, o al 85 %, durante
el segundo y tercer año, de la jornada máxima habitual de la empresa. Los trabajadores
no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3.
Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.
Retribución del trabajador/a
La retribución del trabajador será fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo
con lo establecido en convenio colectivo. Si el convenio no lo específica, el cálculo será sobre el
Salario Mínimo Interprofesional. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo
interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013 queda fijado en 25,10 euros/día o 645,30 euros/
mes (Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional
para 2013)
Ejemplo:
Salario Mínimo Interprofesional = 645,30 €
Salario a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es de 75% del Salario Mínimo
Interprofesional = 483,97 €
(1) Hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15 %
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5. Ventajas del nuevo contrato de
Formación y Aprendizaje
Contratos de Formación | 2013
Gran ahorro mensual en salarios y Seguros Sociales
Comprueba hasta que punto es más rentable el contrato de formación respecto al contrato de
obra o servicios, tomando como ejemplo la ocupación de camarero.
*Diferencia calculada tomando el convenio colectivo de Granada.
Formación Teórica
La formación teórica será vinculada al puesto de trabajo a desarrollar en la empresa,
desapareciendo para los contratos celebrados a partir del 12/02/2012 la formación orientada a
la obtención del Graduado en ESO, siendo el tiempo de formación del contrato un 25 % de la
jornada laboral el primer año y del 15% durante el segundo y tercer año. Esta Formación tendrá
una bonificación del 100% en los Seguros Sociales.
La formación profesional adquirida a través del contrato, será objeto de acreditación de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional, teniendo derecho a solicitar en la Administración
Pública competente, la expedición del certificado de profesionalidad, título de formación
profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.
Periodo de prueba
Según el articulo 14 del estatuto de los trabajadores, podrá concertarse por escrito un periodo de
prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los Convenios
Colectivos. En defecto de pacto en convenio, la duración del periodo de prueba no podrá exceder
los 6 meses para los técnicos titulados, ni de 2 meses para los demás trabajadores. En las
empresas de menos de 25 trabajadoresel periodo de prueba no podrá exceder de 3 meses para
los tarbajadores que no sean técnicos titulados.
El empresario y el trabajador están respectivamente , obligados a realizar las experiencias que
constituyan el objeto de prueba . Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando
el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo
cualquier modalidad de contratación.
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6. Ventajas del nuevo Contrato de
Formación y Aprendizaje
Contratos de Formación | 2013
Desempleo
Los trabajadores/as mantendrán plenos derechos laborales y de protección de la Seguridad Social,
incluida la protección por desempleo, y del FOGASA. Ya que cotiza por dicha contingencia.
¿Por qué elegir el contrato de formación y aprendizaje?
El contrato de formación y aprendizaje se ha renovado para promover e incentivar la contratación de
menores de 30 años, que podrán incorporarse al mercado de trabajo con las mejores condiciones laborales
para el trabajador y las mayores ventajas para el empresario.
MÁS ECONÓMICO: Sin costes en seguros sociales, o una cuota reducida mensual y un ahorro para
la empresa, entre salario y seguros sociales puede superar el 50%.
MÁS FORMACIÓN: Cualificación teórica (impartida a distancia) y práctica para los trabajadores,
según las necesidades de su empresa. Los gastos de formación se bonifican al 100% en los
seguros sociales.
Mejor oportunidad para contratar a jóvenes
Limites de contratos de formación por centro de trabajo
Según informa la Dirección General de Trabajo, concretamente la Subdirección General de Ordenación
Normativa (SGON) , a traves del subdirector general, Rafael García Matos, las empresas pueden celebrar
cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo
se establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011.
En el siguiente anexo que le ofrecemos, pueden leer la respuesta que este organismo dió mediante
correo electronico a un colaborador nuestro. Para más informacion, consulte el anexo comunicado de la
Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos de formación en la empresa.
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7. Cotizaciones a la Seguridad Social
Contratos de Formación | 2013
Esta será la cotización por un contrato sin bonificación, la cotización por contingencias comunes
a cargo del empresario y a cargo del trabajador, por contingencias profesionales, por desempleo,
al Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional de los contratos para la formación y
el aprendizaje se incrementarán, desde el 1 de enero de 2013 y respecto a las cuantías vigentes
a 31 de diciembre de 2012, el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen
General un 0,6%.Durante el año 2013 será:
• Base mínima diaria año 2013: 25,10 euros.
• Base de cotización año 2013 = 25,10 x 30 días = 753,00 euros
Reducción a la cotización
Si se reúnen determinados requisitos que enumeramos a continuación, el contrato puede tener
una reducción del 100 % ( ó del 75% en empresas de más de 250 trabajadores) durante toda la
vigencia del contrato de las cotizaciones a la S. S. para la empresa. Asimismo, los trabajadores
tendrán una reducción del 100% de las cuotas a la S.S., con lo cual el coste será 0€ de Seguridad
Social.
Los requisitos que tienen que cumplirse para tener derecho a la reducción son:
a) En los contratos iniciales que sean realizados con trabajadores desempleados inscritos en la
Oficina de Empleo.
b) Será de aplicación previsto de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
(*) Cuando proceda cotizar por desempleo en los contratos para la formación, la base de cotización, será la base
mínima correspondiente a las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, para el año
2013 (753,00 euros), a la que será de aplicación el tipo del 7,05%, distribuido conforme al siguiente detalle: 5,50% a
cargo de la empresa y 1,55% a cargo del trabajador.
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8. Cálculo de Costes Formación teórica
Contratos de Formación | 2013
Los costes correspondientes a formación teórica del primer año de contrato serán del 25% de la formación teórica de
un contrato o prórroga de 1 año son 516 horas, correspondiendo 43 horas mensuales. Los meses que sean completos:
43 x 5€/hora = 215€.
FÓRMULA DE COSTES APLICADA: 43 horas/mes : 30 días/mes = 1.433 horas
Ejemplo: 7 días por 1.433 = 10.031 horas (redondeado = 10) x (5,00 €) = 50,00 €
Tabla de cuantía a distancia primer año
Los costes correspondientes a formación teórica del segundo y tercer año de contrato serán del
15% de la formación teórica de un contrato o prórroga de 1 año son 312 horas, correspondiendo
26 horas mensuales. Los meses que sean completos : 26 horas x 5€/hora = 130€
Tabla de cuantía a distancia segundo y tercer año
NOTA: Un contrato que no comience el día 1 origina 13 recibos, el 1º y el 13º con horas sueltas y 11 meses completos.
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9. Servicios para Colaboradores
Contratos de Formación | 2013
Netcontrat@ es una aplicación informática destinada a simplificar y homogeneizar todo el
proceso de comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo.
Se trata de una aplicación dual, o sea el usuario realiza todas las gestiones en local (creación
de contratos, prórrogas, transformaciones, modificaciones, etc.) y cuando lo desea se establece
una Comunicación con el Servicio Público de Empleo (INEM), realizándose todo el proceso de
registro del contrato, impresión de huella electrónica, consultas.., lo cual sin duda proporciona
mejoras sustanciales si lo comparamos con las limitaciones que tienen los usuarios que utilizan
directamente CONTRAT@.
Ventajas
Aunque Contrat@ registra los contratos en tiempo real, la introducción de la información hay que
hacerla completa cada vez y sólo sirve para obtener la huella del contrato.
Con NetContrat@ la introducción de la información es mucho más ágil ya que parte de la
información es guardada en local. Cuando comunicamos un contrato no sólo hemos cumplido
con la obligación legal de realizar dicha comunicación sino que además hemos generado todos
los documentos intrínsecos a dicha comunicación tales como contrato de trabajo, copia básica,
solicitud de incentivos, modificaciones y finalizaciones de contratos, cláusulas adicionales a un
contrato de trabajo, acuerdos de formación, etc. NetContrat@ le indicará cuándo finalizan los
contratos de trabajo para que realice las prórrogas o transformaciones de los mismos.
NetContrat@ funciona en red, sin limitación en el número de usuarios. Le permite guardar el
contenido de los contratos, pudiendo, si así lo desea, enviar dichos contratos por email a sus
empresas o trabajadores. Los contratos generados con NetContrat@ llevan incluido un sello
que hace referencia a la comunicación electrónica de los mismos, la cual incluye el número de
contrato, la fecha de comunicación del mismo y el número de autorización administrativa. Las
prórrogas o transformaciones de contratos se realizan de forma automática en función de los
datos que tenemos en nuestra base de datos.
Software Netcontrat@
9/25
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10. Servicios para Colaboradores
Contratos de Formación | 2013
A través de nuestra web (www.grupo2000.es) podrá acceder gratuitamente a los contenidos
de Lex Nova.
RELACIÓN DE CONTENIDOS
· Aceso a todos los convenios colectivos vigentes
Base de datos documental, actualizada a diario, con los últimos convenios tanto sectoriales,
como de empresa, publicados en los distintos boletines.
· Jurisprudencia
Base de datos que cuenta, aproximadamente, con 65.000 resoluciones judiciales.
· Formularios y modelos
Más de 2.000 formularios y modelos componen esta útil y práctica base de datos.
· Ayudas y subvenciones
Base de datos en la que se puede encontrar cualquier ayuda o subvención que, estando o no
su plazo de solicitud abierto, hayan sido publica as en los distintos boletines.
· Supuestos prácticos
Supuestos prácticos resueltos y extraídos de diferentes obras. Sólo materias laboral y fiscal.
· Proyectos de Ley
Apartado con los Proyectos de Ley que puedan ser de más interés para los usuarios.
· Legislación
Tres secciones de nuestro sitio web incorporan legislación: Avances Informativos, Normativa
autonómica y Normas de interés general
· Utilidades
Este Apartado está compuesto por 4 secciones:
Calendarios laborales
Calendario del contribuyente para el año en curso.
Índice de Precios al Consumo.
SMI: Esta sección recoge el importe de los salarios mínimos interprofesionales
hasta el año en curso
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11. Servicios para Colaboradores
Contratos de Formación | 2013
También prestamos los siguientes servicios a nuestros colaboradores:
A la asesoría
· Teléfono gratuito 900 44 22 44 , para resolverle cualquier duda mediante una atención
personalizada.
· Fax gratuito 900 10 17 99, para un servicio rápido y eficaz.
· Visitas periódicas de revisión de nuestros Delegados Comerciales repartidos por todo el territorio
nacional.
· Sobres con franqueo gratuito para la devolución de documentos o ejercicios.
· Informe periódico de los Contratos de Formación realizados a través de nuestro centro.
· Cumplimentación vía telefónica de sus contratos.
· Envío de prórrogas cumplimentadas, con 15 días de antelación al mes de vencimiento del
contrato o prorroga.
· Aplicación NetContrata, con la que podrá simplificar y homogeneizar todo el proceso de
comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo.
En nuestra aplicación web www.grupo2000.es :
· Zona Privada, donde podrá consultar información detallada en tiempo real del estado de sus
contratos.
· Creación de contratos iniciales y prórrogas.
· Descarga de documentación cumplimentada.
· Sistema de avisos vía e-mail: prórrogas, bajas, incidencias.
· Acceso a contenidos Lex Nova, donde podrá realizar búsquedas de modelos y documentos,
acceder a convenios colecctivos vigentes, consultar legislaciones, etc.
· Acceso a la agencia de colocación Contrato10
A la empresa:
· Envío del temario formativo en 24 horas desde la recepción del contrato.
· Seguimiento exhaustivo de la progresión del alumno.
· Envío de carta informativa de los vencimientos de pago.
· Envío mensual de aviso de cobro a la empresa.
· Envío del “Certificado Oficial de Cualificación Profesional” a la finalización del contrato.
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12. Certificados de Profesionalidad
Contratos de Formación | 2013
Los C0ntratos de Formación y Aprendizaje serán orientados a la obtención de los Certificados
de Profesionalidad según el R.D Ley 3/2012
Actualmente las ocupaciones del contrato para la formación y el aprendizaje están vinculadas a
los certificados de profesionalidad, de forma que a través de la formación que se realiza para el
contrato de formación se puede obtener el certificado de profesionalidad o convalidar alguno de
los módulos que conforman el certificado Según especifica el R.D Ley 3/2012
“La cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato para la formación y
el aprendizaje será objeto de acreditación en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002,
de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El trabajador podrá solicitar
de la Administración pública competente la expedición del correspondiente certificado de
profesionalidad, título de formación profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.”
¿Que es un certificado de profesionalidad?
Los certificados acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para
el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Se trata, por tanto, de
proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los
certificados a la realidad del mercado laboral.
Objetivos
Los objetivos fundamentales de los certificados de profesionalidad, es la obtención de un
documento oficial y acreditativo. Este tipo de certificados, permite convalidar módulos de un
título o de un Certificado de Profesionalidad, así como completar la formación para la obtención
de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad, ampliando las
mejoras para el ámbito laboral.
Grupo 2000 ofrece un catalogo, formado por más de 60 ocupaciones. Además le informamos en
todo momento para la obtención de nuestros certificados de profesionalidad, solamente tienes
que llamar a nuestro número gratuito 900 44 22 44
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13. Tablas de ocupaciones.
Certificado de profesionalidad
Contratos de Formación
Código Administración y gestión Certificado de profesionalidad Código
41221011 Empleado admin. Comercial Actividades de gestión admin. ADGD0308
40110013 Empleado admin. de Contabilidad*
41121012 Empleado admin. de personal Gest. integrada de recursos humanos ADGD0238
40210014 Empleado admin. de los servicios Actividades admin. en la relación
de almacenamiento y recepción* con el cliente ADGD0238
44121057 Recepcionistas - telefonistas Operaciones auxiliares de
en oficinas en general servicios administrativos ADGD0408
43011025 Operadores - grabadores Operadores de grabación y
de datos en el ordenador tratamiento de datos y documentos ADGG0508
26511049 Técnicos en publicidad y/o
relacciones públicas
Código Agricultura Certificado de profesionalidad Código
61201028 Jardineros en general
Código Artesanía Certificado de profesionalidad Código
76141010 Alfareros y ceramistas Alfarero ceramista ARTC10
76231016 Encuadernadores -
restauradores artesanales
76131071 Plateros Platero ARTO20
76131044 Joyeros en general
Código Artes / artes gráficas Certificado de profesionalidad Código
37311016 Fotógrafos en general Fotógrafo IMSI70
76221134 Operadores de máquina.
Impresora Offset en general Impresión en offset ARGI0109
31101024 Delineantes en general Representación de proyectos de edif. EOCO0108
Código Automoción - mecánica Certificado de profesionalidad Código
73131063 Chapistas - pintores de vehículos - Manteniento de estructuras de
carrocerías de vehículos TMVL0309
76210020 Electricista y/o electrónico de
automoción en general*
74011119 Mecanicos - ajust. del automovil Mantenimiento del motor TMVG0209
73231213 Operadores torneros y fresadores Mecanizado por arranque de viruta FMEH0109
Código Alimentación Certificado de profesionalidad Código
77031039 Panaderos Panadería y bollería INAF0108
77031048 Pasteleros Pastelería y confitería INAF0109
83750018 Op. de maquina para la elab. y Industrias de conservas
conser. Fruta, verdura Prod. veg. y jugos vegetales INAV0110
77011051 Matarifes - carniceros en general Sacrifício, faenado y despiece INAI0208
78010028 Carniceros para la venta al comercio
Código Carga y descarga Certificado de profesionalidad Código
83321124 Estibadores
Código Comercio Certificado de profesionalidad Código
52201079 Dependientes de comercio en Gral. Actividades de venta CM0108
55001018 Cajeros de comercio
52201110 Dependientes de farmacia
52201068 Dependientes de carnicería Carniceria y elab. de produc. carnicos INAI0108
Código Docencia Certificado de profesionalidad 13/25
Código
57211015 Ciudadores/as de guardería infantil
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14. Código Edificación y obra civil Certificado de profesionalidad Código
71211015 Albañiles Fábricas de albañilería EOCB0108
71221012 Canteros Elaboración de piedra natural IEXD0308
71321013 Carpinteros metálicos Carpintero metálico y de pvc FMLL30
73221023 Cerrajeros
72931013 Cristaleros de edificios Limpieza de superficies y
mobiliaro en edificios SSCM0108
71111014 Encofradores
71111025 Ferrallistas Ferrallista EOCE20
73141020 Montadores de grandes
estructuras metálicas
41221011 Pintores y /o empapeladores Pintor EOCA10
72401073 Soladores - alicatadores en general Solador - alicatador EOCA70
73121060 Soldadores de estructiras Soldador de estructuras
metálicas pesadas metálicas pesadas FMEL60
30230181 Técnicos en mantenimiento de
aire acondicionados y fluidos*
Código Electricidad y agua Certificado de profesionalidad Código
72300037 Inst. Electricista de edificios
y viviendas*
72211012 Fontaneros Op. de fontanería y calefacción IMAI0108
75311081 Electrónicos de mantenimiento
industrial
75211071 Electricistas de mantenimiento Montaje y mantenimiento de
y reparación instalaciones de baja tensión ELEE0109
74031142 Mecánicos de mantenimiento
industrial de bienes de equipo Montaje y puesta en marcha FMEE0208
Código Hostelería y turismo Certificado de profesionalidad Código
51201049 Camareros en general Servicio de restaurante HOTR0608
51101026 Cocineros en general Cocina HOTR0408
92101050 Personal de limpieza o limpiadores Limpieza de superficies y
mobiliario de edificios SSCM0108
91210053 Camarera de pisos*
92211025 Lenceros, lavanderos y planchadores Op. básicas de pisos en alojamientos HOTA0108
Código Imagen personal Certificado de profesionalidad Código
58121030 Esteticistas Serv. auxiliares de esteticísta IMPE0108
58111037 Peluqueros unisex Peluquería IMPQ0208
Código Industrias químicas Certificado de profesionalidad Código
81311181 Op.de planta química
Código Madera, mueble y corcho Certificado de profesionalidad Código
71311049 Carpinteros en general Inst. de elementos de carpintería MAMS0108
81411052 Operadores de maquinas de Operaciones de transformación
transformación del caucho del caucho QUIT0309
78351035 Tapiceros de muebles Operaciones auxiliares de tapizados
de mobiliario y mural TCPF0209
Código Sanidad Certificado de profesionalidad Código
56111013 Auxiliares de clínica
56111022 Auxiliares de enfermería
en geriatría
Código Seguridad 14/25
52000415 Vigilantes de seguridad *
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15. Código Textil Certificado de profesionalidad Código
78341069 Cosedores de prendas
de peletería a mano
81531110 Operadores de máquinas Cortinaje y complementos
industriales de coser y bordar de decoración TCPF0309
78371152 Modelistas, patronistas,
escaladores de calzado
78371246 Zapateros en general Rep. de calzado y marroquinería TCPF0209
Otras ocupaciones |
Si está interesado en alguna de las siguientes ocupaciones, póngase en contacto con nosotros, en los números
958 80 67 60 ó 900 44 22 44
Código Agricultura Certificado de profesionalidad Código
61201084 Trabajadores en la producción de plantas hortícolas
62091060 Trabajadores agrícolas frutales, en general
64101051 Trabajadores forestales, en general
83211032 Tractoristas - Manipuladores agrícolas
78941018 Aplicadores de plaguicidas
61201062 Trabajadores del cultivo de plantas para flor cortada
Código Alimentación Certificado de profesionalidad Código
77071013 Bodeguero vinícola
77041023 Queseros
77021036 Trabajadores en la prep. del pescado para
la conserva
Código Comercio Certificado de profesionalidad Código
26401047 Repartidor-Vendedor
Código Edificación y obra civil Certificado de profesionalidad Código
83311044 Conductores - Op.de excavadora
Código Electricidad y agua Certificado de profesionalidad Código
72941021 Inst. de sist. de energía solar térmica
75211101 Inst. de sist. fotovoltaicos y eólicos
31321075 Op. de planta de tratamiento y
depuración de agua
Código Ganadería Certificado de profesionalidad Código
62011011 Trabajadores de ganado vacuno
62031026 Trabajadores de ganado porcino
62091051 Trabajadores de la cria de caballos
620510311 Trabajadores de la cria de aves
62051040 Trabajadores de la cria de conejos
Código Pesca y acuicultura Certificado de profesionalidad Código
64231039 Marineros de buque de pesca
64211051 Trabajadores del cultivo de moluscos en
criadero
64211093 Trabajadores del cultivo zooplancton
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Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
16. Tramitación del Contrato
Contratos de Formación | 2013
TRÁMITES PARA LA REALIZACIÓN DE UN CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJ
En la Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.)
• Solicitar el Número patronal para aprendizaje (modelo TA-7).
Para ello deberá acompañar TA-6 (número de cuenta principal de la empresa).
• Solicitud de acuerdo con Mutua de A.T. y E.P. y DNI o CIF.
• Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del
contrato.
• TA-1 (si el trabajador no tiene nº de afiliación).
• DNI del trabajador.
Para la Oficina de Empleo (antiguo INEM)
• Contrato de Formación y Aprendizaje. (Mod. 421)
• Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y aprendizaje, firmada
por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con la denominación del
certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y número de horas del
mismo.
Para Grupo 2000
• Fotocopia legible del Contrato de Formación (Mod. 421).
• Original del Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y
aprendizaje, firmada por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con
la denominación del certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y
número de horas del mismo.
• Domiciliación Bancaria de la empresa con sus 20 dígitos.
- Dirección: Av. Doctor Oloriz 2, 1ºA (18012) Granada. E-mail: admin@grupo2000.es
*Este código deberá insertarse a la hora de formalizar el anexo del contrato de formacion
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Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
17. Contrato de Formación y aprendizaje
Anexos
• A continuación le mostramos los documentos necesarios para realizar un
contrato de formación con Grupo 2000
- Contrato para la Formación y el Aprendizaje
- Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa
- Autorización de Pago
• Comunicado de la Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos
de formación en la empresa.
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*Estos documentos fax. 958 80 67 61 | email. descargados en www.grupo2000.es
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | también pueden seradmin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
21. Autorización de pago
Contratos de Formación
PROTECCIÓN DE DATOS: la persona firmante de este documento reconoce que todos los datos recogidos son ciertos bajo su responsabilidad y tiene autorización para facilitar dicha información, y así mismo, queda informada que esos datos que nos aporta de su empresa o entidad o los suyos
propios van a ser incluidos en el fichero “alumnos“ del Centro de Formación Grupo 2000 RCS.L con la finalidad de gestionar los cursos de formación que nos solicita o le ofrecemos. Dicha información será cedida a la administración pública con competencia en la materia en caso que nos sea requerida.
DATOS DE LA EMPRESA
Razón Social: ________________________________________________CIF: ____________________
Responsable:________________________________________________ NIF: __________________
Dirección: ______________________________________________________C.P.:________________
Localidad: __________________________Provincia: ____________________Tlfno:________________
Mail: _____________________________________________________ Móvil:___________________
AUTORIZO
El pago de los recibos de la formación teórica por un importe de 215€ mensuales durante el primer
año al “CENTRO DE FORMACION GRUPO 2000 RC, S.L” con CIF B-18488890. Por el coste establecido
en la resolución de 8 de Febrero de 2005 (B.O.E. de 24-02-2005) por la formación teórica durante
el tiempo de vigencia del trabajador/a contratado en formación:
DATOS DEL TRABAJADOR
Apellidos, nombre:____________________________________________DNI: ____________________
Usted podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición en nuestra dirección: Avda Doctor Olóriz, 2 ,1ºA 18012 Granada
Los recibos de la formación se pasarán el día 10 de cada mes, empezando a cargarse en la cuenta
abajo indicada, dos meses después del inicio del contrato y siguiendo cargando dichos importes
hasta dos meses después de la finalización de este.
(Si dichos recibos son devueltos, tendrán un cargo de gastos bancarios de un 2%, I.V.A no incluido).
DATOS BANCARIOS (EMPRESA)
Entidad Oficina D.C. Número de cuenta
Código de cuenta:
Firma y sello de la empresa :
Nota: El contrato de formación y aprendizaje está considerado como un contrato de reducción de cuotas, por el cual no se pagan seguros
sociales por el trabajador, sólo se paga la formación teórica, y dichos recibos son bonificados por la SS.GG de manera integra. Por lo que es
un contrato a coste cero para el empresario.
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Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada || tel. 958 80 67 60 || fax. 958 80 67 61 || email. admin@grupo2000.es || web. www.grupo2000.es
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada tel. 958 80 67 60 fax. 958 80 67 61 email. admin@grupo2000.es web. www.grupo2000.es
22. Registro de Contrato
Sistema Red / Contrat@
Contratos de Formación | 2013
Sistema Red
1.- Alta en Seguridad Social
Como ya conocen los trabajadores en formación y aprendizaje, tienen que darse de alta
en un CCC específico para este tipo de contratos.
El alta hay que realizarla con carácter previo al inicio de la relación o en su caso el mismo
día. El código de contrato es 421.
Si el contrato de formación tiene reducción de cuotas, tienen que poner el valor 1, en el
campo “Cond. Desempleado”. Si este campo lo dejan en blanco no podrán practicar la
reducción.
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23. Registro de Contrato
Sistema Red / Contrat@
Contratos de Formación | 2013
Contrat@
En primer lugar tienen que cumplimentar la pantalla de comunicación del contrato con todos
los apartados de la misma.
Tiene que indicar una ocupación en la que su
Centro de Formación esté acreditado para
impartir la formación objeto del contrato.
Si el contrato tiene reducción de cuotas del
100 % o 75 %, por cumplir los requisitos
tiene que marcar esta casilla. Y se le abre
una ventana como la que figura en la
siguiente ventana.
Seleccione lo que proceda.
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24. Registro de Contrato
Sistema Red / Contrat@
Contratos de Formación | 2013
Una vez comunicado el contrato obtendrá un identificador o número de contrato.
A continuación acceda a la siguiente opción del menú de CONTRAT@
Pulse aquí e introduzca el
identificador del contrato.
Obtendrá la siguiente
pantalla.
Cumplimente los datos del
ANEXO, con la información
que le hemos proporcionado
de nuestro CENTRO.
A continuación debe de generar toda la documentación relacionada, contrato, Anexo II y
domiciliación bancaria y remítanos copia de la misma a nuestro CENTRO, junto con la huella
electrónica del contrato para poder empezar a impartir la formación al trabajador/a.
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25. Registro de Contrato
Sistema Red / Contrat@
Contratos de Formación | 2013
Usuarios de NETCONTRATA
Estos usuarios lo tienen bastante más fácil ya que en una misma pantalla van a poder
realizar todos los pasos anteriores indicados para CONTRAT@ y SISTEMA RED.
Seleccionar en la aplicación NETCONTRATA, la opción “Nuevo contrato de formación” y
accederemos a una pantalla como esta.
Marcar esta casilla si tiene reducción de cuotas.
Introducimos los datos del contrato que incluye toda la información
necesaria tanto para el contrato como para el ANEXO de formación
guiando al usuario en todo el procedimiento. Una vez finalizada la
cumplimentación lo validamos.
Pulsamos aquí para comunicar telemáticamente
el contrato y el Acuerdo
Pulsamos aquí para comunicar el Alta en Seguridad Social
Compruebe que al comunicar el Alta en Seguridad Social que la casilla “Cond. Desempleado”
tiene el valor 1 si el contrato tiene reducción de cuotas.
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26. Registro de Contrato
Sistema Red / Contrat@
Contratos de Formación | 2013
Al comunicar el contrato la aplicación NETCONTRATA, le solicitará confirmación para
comunicar en dicho momento el Anexo de Formación, con lo cual en un único proceso
habrá realizado toda la tramitación.
Una vez realizadas las comunicaciones ya puede imprimir o enviar por email todos
los documentos relacionados con el contrato de formación que irán prácticamente
cumplimentados en su totalidad.
Cuando las partes hayan firmado dichos documentos pueden subir dichos impresos para
que nos lleguen a nuestro CENTRO a través del botón que se encuentra junto a cada
contrato de formación que comuniquen.
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27. Comunicado de la Dirección
General de Trabajo
Contratos de Formación | 2013
CONSULTA:
Buenos días, necesito saber como se calcula la plantilla del centro de trabajo para saber el
número máximo de contratos para la formación que puede hacer una empresa (art. 7 del
Real
Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los
Trabajadores en materia de contratos formativos. BOE de 9 de abril) ¿Este artículo del R.D.
sigue en vigor o está derogado por el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje de la
Reforma Laboral R.D. Ley 3/2012?
Si está en vigor, dice que hasta 5 trabajadores se puede hacer un contrato de formación.¿Se
tienen en cuenta los trabajadores de la empresa en el momento de la contratación o hay que
sacar algún tipo de media de plantilla?
RESPUESTA:
De: DGT-SGON
Asunto: Consulta en materia de contratos para la formación y el aprendizaje
En respuesta a su consulta, recibida por correo electrónico el 30 de mayo de 2012, en la que
se plantea si el artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla
el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos, continua
en vigor tras la reforma laboral a efectos de determinar el cálculo de la plantilla del centro de
trabajo para saber el número máximo de contratos para la FORMACIÓN que puede realizar
una empresa, se informa cuanto sigue.
1. El Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del
empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del
programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por
desempleo, da nueva redacción al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, regulando el
nuevo contrato para la formación y el aprendizaje (como se hace constar en la exposición
de motivos del citado Real Decreto-ley), que sustituye al contrato para la formación.
Pues bien, es en la redacción del artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores llevada a cabo
por el Real Decreto-ley 10/2011, donde queda suprimido la limitación del número máximo de
contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla.
De tal forma que las empresas, a partir del 31 de agosto de 2011, fecha de entrada en vigor
del Real Decreto-Ley 10/2011, pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el
aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite.
Por lo que respecta a la mención en el escrito de consulta de la falta derogación expresa del
artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, que desarrolla el artículo 11 del Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, en materia de contratos
formativos, indicar que el propio Real Decreto-ley 10/2011, contiene Disposición derogatoria
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28. Comunicado de la Dirección
General de Trabajo
Contratos de Formación | 2013
única que establece expresamente: “quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior
rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto-ley”.
En todo caso, no hay que olvidar que el artículo 7 del Real Decreto 488/1998 es de naturaleza
reglamentaria, por lo que, en virtud del principio de jerarquía normativa (artículo 3.2 del
Estatuto de los Trabajadores), debe ser interpretado conforme a la regulación legal del contrato
para la formación y el aprendizaje contenida en el artículo 11.2 del Estatuto de los
Trabajadores.
2. Recientemente, el 11 de febrero de 2012 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el
Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado
laboral, en cuyo artículo 2.dos se introducen modificaciones al artículo 11.2 del Estatuto de los
Trabajadores, no variando la regulación anterior respecto a la supresión de la limitación del
número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla.
3. En conclusión, podemos afirmar que las empresas pueden celebrar cuantos contratos
para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se
establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011 (fecha de entrada en vigor del Real
Decreto-ley 10/2011, disposición que origina el contrato para la formación y el aprendizaje y
que suprime la limitación del número de contratos de formación que puede realizar una
empresa en función del tamaño de la plantilla, quedando desde entonces derogado el artículo 7
del Real Decreto 488/1998, en virtud de la Disposición derogatoria única del citado Real
Decreto-ley).
Reiterar que Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral, introduce modificaciones al contrato para la formación y el aprendizaje,
modificaciones que se concretan en ampliar las posibilidades de dicho contrato flexibilizando
los supuestos de contratación, la duración del mismo, así como las posibilidades de realización
de la formación inherente al contrato permitiendo que ésta pueda ser realizada en las
empresas, así como, las posibilidades de contratación al permitir que el trabajador sea
contratado para distinta actividad u ocupación aunque hubiera tenido un contrato previo de esta
modalidad.
EL DIRECTOR GENERAL
P.D. EL SUBDIRECTOR GENERAL
Rafael García Matos
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