La sentencia trata sobre la solicitud de jubilación anticipada a los 64 años de una trabajadora. La trabajadora original fue sustituida parcialmente y luego totalmente por otra trabajadora. Sin embargo, la entidad gestora denegó la jubilación anticipada alegando que el contrato de la trabajadora sustituta no cumplía los requisitos. El tribunal analiza si existe contradicción con otra sentencia y concluye que sí la hay. Procede a examinar los artículos relevantes y determina que se cumplen los requisitos, por lo que
Este documento presenta una sentencia sobre la jubilación anticipada a los 64 años de una trabajadora. La sentencia de instancia estimó la demanda de la trabajadora, pero la sentencia recurrida estimó el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social y revocó la sentencia de instancia. El recurso de casación alega contradicción con otras sentencias que estimaron el derecho a jubilación aunque hubiera irregularidades en la contratación del trabajador sustituto, siempre que el jubilado no estuviera implicado. El tribunal considera que
Este documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de un caso judicial sobre la denegación de un subsidio de desempleo. En resumen: 1) Se deniega inicialmente el subsidio porque los ingresos anuales de la solicitante superaban el salario mínimo; 2) El tribunal superior confirma la denegación; 3) El Tribunal Supremo admite un recurso de casación al encontrar una contradicción con otra sentencia previa en la que se concedió el subsidio a pesar de superar los ingresos el salario mínimo.
El documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de una sentencia sobre una reclamación de diferencias en pensión de jubilación. Se describe que el demandante se jubiló a los 60 años después de 40 años cotizados y la pensión fue reconocida con un 60% de la base reguladora en lugar del 70% reclamado. El tribunal falló a favor del INSS considerando que la jubilación fue voluntaria antes de los 61 años requeridos. El recurso de casación alega sentencia contradictoria.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Trabajó como obrero municipal por más de 21 meses y fue despedido mediante una carta sin expresar causa. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto. Alega que su despido fue arbitrario y vulneró su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y despido como pruebas.
El Tribunal Supremo estima un recurso de casación presentado por el INSS contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El Tribunal Supremo establece que para calcular la base reguladora de una incapacidad permanente absoluta derivada de un accidente no laboral, cuando la persona estaba en alta o situación asimilada en el momento del accidente, debe aplicarse las normas anteriores a la Ley 26/1985 y no el artículo 140.4 de la Ley General de la Seguridad Social.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Solicita la nulidad de la carta que comunica el cese de sus servicios y su reposición en el puesto de Obrero Municipal de Limpieza Pública. Argumenta que fue despedido sin expresarle causa alguna luego de superar el período de prueba, lo que constituye un despido arbitrario en violación a su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y solicita que se declare fundada su
La demandante solicita la nulidad de oficio de una resolución judicial que rechazó su solicitud de ejecución de un acta de conciliación. Argumenta que la resolución contiene errores como referirse a un caso de sucesión intestada en lugar de su solicitud de ejecución, y omite verificar la corrección del nombre del menor en la partida de nacimiento. También menciona que no es necesario adjuntar la partida de nacimiento completa ni una constancia de colegiatura de abogados. Solicita que se admita su demanda
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
Este documento presenta una sentencia sobre la jubilación anticipada a los 64 años de una trabajadora. La sentencia de instancia estimó la demanda de la trabajadora, pero la sentencia recurrida estimó el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social y revocó la sentencia de instancia. El recurso de casación alega contradicción con otras sentencias que estimaron el derecho a jubilación aunque hubiera irregularidades en la contratación del trabajador sustituto, siempre que el jubilado no estuviera implicado. El tribunal considera que
Este documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de un caso judicial sobre la denegación de un subsidio de desempleo. En resumen: 1) Se deniega inicialmente el subsidio porque los ingresos anuales de la solicitante superaban el salario mínimo; 2) El tribunal superior confirma la denegación; 3) El Tribunal Supremo admite un recurso de casación al encontrar una contradicción con otra sentencia previa en la que se concedió el subsidio a pesar de superar los ingresos el salario mínimo.
El documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de una sentencia sobre una reclamación de diferencias en pensión de jubilación. Se describe que el demandante se jubiló a los 60 años después de 40 años cotizados y la pensión fue reconocida con un 60% de la base reguladora en lugar del 70% reclamado. El tribunal falló a favor del INSS considerando que la jubilación fue voluntaria antes de los 61 años requeridos. El recurso de casación alega sentencia contradictoria.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Trabajó como obrero municipal por más de 21 meses y fue despedido mediante una carta sin expresar causa. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto. Alega que su despido fue arbitrario y vulneró su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y despido como pruebas.
El Tribunal Supremo estima un recurso de casación presentado por el INSS contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El Tribunal Supremo establece que para calcular la base reguladora de una incapacidad permanente absoluta derivada de un accidente no laboral, cuando la persona estaba en alta o situación asimilada en el momento del accidente, debe aplicarse las normas anteriores a la Ley 26/1985 y no el artículo 140.4 de la Ley General de la Seguridad Social.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Solicita la nulidad de la carta que comunica el cese de sus servicios y su reposición en el puesto de Obrero Municipal de Limpieza Pública. Argumenta que fue despedido sin expresarle causa alguna luego de superar el período de prueba, lo que constituye un despido arbitrario en violación a su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y solicita que se declare fundada su
La demandante solicita la nulidad de oficio de una resolución judicial que rechazó su solicitud de ejecución de un acta de conciliación. Argumenta que la resolución contiene errores como referirse a un caso de sucesión intestada en lugar de su solicitud de ejecución, y omite verificar la corrección del nombre del menor en la partida de nacimiento. También menciona que no es necesario adjuntar la partida de nacimiento completa ni una constancia de colegiatura de abogados. Solicita que se admita su demanda
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
El demandante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justificada. Argumenta que tiene una sentencia favorable de primera instancia y que necesita el trabajo para sustentar a su familia, por lo que un retraso en la reposición pondría en peligro su subsistencia. Solicita que se ordene al demandado reponerlo en su antiguo puesto de Obrero de Limpieza Pública u otro equivalente.
El demandante Antonio Jorge Salazar Medina presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y su Procurador Público Municipal por su despido incausado como Obrero Municipal de Limpieza Pública. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto de trabajo. Alega que fue despedido sin expresarle causa alguna luego de superar el período de prueba, lo que constituye un despido arbitrario en violación a su derecho constitucional al trabajo.
Pedro López Pérez presenta una demanda de reposición contra las empresas Seguritas y Yara. Trabajó como agente de seguridad para Seguritas desde 2011 hasta que fue despedido en diciembre de 2015, alegando un supuesto hurto cometido en agosto de 2015. Sin embargo, Seguritas no inició proceso penal en su contra ni le notificó formalmente el despido. López Pérez argumenta que fue despedido de forma arbitraria sin causa justificada y solicita ser repuesto en su puesto de trabajo. Adjunta documentos que respaldan su
1) La demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Regional de Moquegua por su despido arbitrario.
2) Trabajó para la municipalidad de Samegua y luego para el Gobierno Regional de Moquegua como liquidadora financiera de forma ininterrumpida desde 2007.
3) Solicita que se declare nulo su despido a través del memorándum No 128-2008-SGL-GRI/GR.MOQ y que sea repuesta en su puesto de trabajo original.
El demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Regional de Moquegua y el Procurador Público Regional por su despido incausado. Solicita la nulidad de la carta y resolución que comunicaron y desestimaron su recurso de apelación por el despido, así como su reposición en el puesto de trabajo. Trabajó de forma permanente e ininterrumpida por 20 meses para la demandada antes de ser despedido sin expresar causa. Presenta documentos que acreditan su trabajo para respaldar la demanda.
La demandante presenta una liquidación de pensión devengada por 10 meses desde abril de 2016 a enero de 2017 por un monto total de S/3706.98 nuevos soles. También nombra a un nuevo abogado defensor y reitera su domicilio procesal.
El demandante solicita una Medida Cautelar Innovativa a fin de que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando de Obrero Municipal de Limpieza Pública. Fundamenta su pedido en que fue despedido arbitrariamente por la Municipalidad de Mariscal Nieto a pesar de contar con una sentencia favorable, poniendo en peligro su subsistencia y la de su familia. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable que sufriría de no concedérsele hasta esperar el
El solicitante solicita una Medida Cautelar Innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo de Obrero Municipal de Limpieza Pública del que fue despedido arbitrariamente por la Municipalidad Provincial de Moquegua. Argumenta que cuenta con una sentencia favorable, que sufriría un perjuicio irreparable sin trabajo ni ingresos, y que la medida es adecuada y excepcional para reponer el estado de hecho original.
El documento trata sobre una pensión de viudedad otorgada a la esposa de un trabajador que falleció después de haber sufrido un accidente laboral años antes. La empresa empleadora impugnó el pago de un recargo del 40% sobre la pensión de viudedad debido a que el fallecimiento se debió a una enfermedad común y no al accidente laboral. Sin embargo, los tribunales rechazaron la impugnación al confirmar que el accidente laboral originó una incapacidad permanente absoluta.
Demanda de cobro de beneficios sociales trabajador privado comunTONYMS123
Anthony Salas Vaga presenta una demanda de cobro de beneficios sociales contra su ex empleadora "CyMC" Sociedad de Responsabilidad Limitada. Solicita el pago de su compensación por tiempo de servicios, vacaciones no gozadas, y remuneraciones insolutas por un monto total de S/. 3,500.00 nuevos soles. Acompaña pruebas como boletas de pago y cartas que acreditan su relación laboral y cese de la misma. Pide que se admita la demanda y se declare fundada con condena de costas.
Este documento presenta una demanda de alimentos interpuesta por Nando Alazan Palomino en contra de sus padres Cristiano Ronaldo Salas Coayla y Vanessa Palomino Ramírez. La demanda solicita que los demandados le proporcionen una pensión alimenticia mensual del 60% de sus ingresos para cubrir sus necesidades educativas y de subsistencia mientras cursa estudios universitarios. Se presentan los fundamentos de hecho y derecho, y se adjuntan documentos probatorios.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Trabajó como obrero municipal por más de 21 meses y fue despedido mediante una carta sin expresar causa. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto. Alega que su despido vulneró su derecho constitucional al trabajo y fue un acto arbitrario, pues superó el período de prueba y no se le imputó falta grave. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y desp
curso de derecho Expediente nro. 001 2013 o.d.s.d. xxxxxxxx y cccccccc i...Mi Sol Mi Vida
1) El documento es un expediente de conciliación entre Margarita Flores del Jardín y Petalo de la Rosa Espino sobre una deuda de préstamo. 2) Se realizó una audiencia de conciliación que resultó en un acuerdo para que Petalo pague la deuda principal e intereses en cuotas mensuales. 3) Se emitió un acta de conciliación que constituye título ejecutivo para el cobro de la deuda.
Demanda de cobro de beneficios sociales trabajador privado comunLuisVasquezHurtado
La demandante presenta una demanda de cobro de beneficios sociales contra su ex empleadora por concepto de compensación por tiempo de servicios, vacaciones no gozadas, remuneraciones insolutas y otros derechos laborales. Adjunta pruebas como boletas de pago y cartas que acreditan su relación laboral y cese. Solicita se declare fundada su demanda y se condene a la demandada al pago de S/. 3,500 más intereses legales.
La demandante solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos contra el demandado Pascual Basilio Rojas a favor de sus menores hijos Sandy Lilian y Roger Gamarra Huamani. Argumenta que el demandado no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos y que existe peligro en la demora del proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Ampara su petición en los artículos 608 y 675 del código procesal civil sobre medidas cautelares de asign
1. El documento presenta los hechos de un caso relacionado con una pensión de jubilación. Detalla la historia laboral del demandante en la rama judicial durante más de 31 años. 2. Explica los procesos legales emprendidos para obtener el reconocimiento de todos los factores salariales en su pensión. 3. Finalmente, resume las resoluciones emitidas por Cajanal y la UGPP relacionadas con el caso.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por haber sido despedido sin causa justificada. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando como obrero municipal. Argumenta que fue despedido de forma incausada luego de superar el periodo de prueba, vulnerando así su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo de más de un año en la municipalidad. Pide que se declare fundada su demanda
Andrés Jesús Santos Zegarra presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Fue despedido mediante una carta sin expresar causa alguna luego de trabajar para la municipalidad por más de 20 meses. Pide que se declare nulo el despido y se ordene su reposición en el puesto de trabajo. Alega que su despido fue arbitrario y violó su derecho constitucional al trabajo.
Aprobacion de liquidacion y requerimientoJonnas Ccala
El documento es una solicitud presentada ante un juez de paz en la que un abogado pide la aprobación de una liquidación de pensiones devengadas por alimentos por un monto de S/. 2,910.76 nuevos soles y el requerimiento de pago al demandado, quien fue debidamente notificado de la liquidación pero no hizo observaciones. El abogado también solicita que si no se realiza el pago se remitan copias al Ministerio Público para una denuncia penal por omisión de asistencia familiar.
El documento proporciona información sobre la empresa Centrales Eléctricas de Norte de Santander S.A. (CENS), incluyendo que CENS es una empresa de servicios públicos que distribuye y comercializa energía eléctrica en los departamentos de Norte de Santander, Cesar y Bolívar en Colombia. Además, detalla la misión, visión, objetivo social y valores corporativos de CENS.
La salud ocupacional se desarrolló lentamente a lo largo de la historia. En la antigüedad no había medidas de seguridad o higiene en trabajos como la minería debido al uso de esclavos. En la Edad Media, Agrícola y Paracelso observaron enfermedades en mineros pero no se registró la mortalidad. Bernardino Ramazzini en el siglo XVII fue pionero al estudiar sistemáticamente cómo ciertas enfermedades afectaban más a determinadas profesiones.
Este documento trata sobre la importancia de la innovación y la tecnología. Explica conceptos como diseño dominante y discontinuidades tecnológicas. Describe cómo una nueva tecnología puede llegar a ser dominante, afectando a empresas establecidas. También analiza cómo las empresas reaccionan ante cambios tecnológicos disruptivos y por qué a veces no logran adaptarse a tiempo.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justificada. Argumenta que tiene una sentencia favorable de primera instancia y que necesita el trabajo para sustentar a su familia, por lo que un retraso en la reposición pondría en peligro su subsistencia. Solicita que se ordene al demandado reponerlo en su antiguo puesto de Obrero de Limpieza Pública u otro equivalente.
El demandante Antonio Jorge Salazar Medina presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y su Procurador Público Municipal por su despido incausado como Obrero Municipal de Limpieza Pública. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto de trabajo. Alega que fue despedido sin expresarle causa alguna luego de superar el período de prueba, lo que constituye un despido arbitrario en violación a su derecho constitucional al trabajo.
Pedro López Pérez presenta una demanda de reposición contra las empresas Seguritas y Yara. Trabajó como agente de seguridad para Seguritas desde 2011 hasta que fue despedido en diciembre de 2015, alegando un supuesto hurto cometido en agosto de 2015. Sin embargo, Seguritas no inició proceso penal en su contra ni le notificó formalmente el despido. López Pérez argumenta que fue despedido de forma arbitraria sin causa justificada y solicita ser repuesto en su puesto de trabajo. Adjunta documentos que respaldan su
1) La demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Regional de Moquegua por su despido arbitrario.
2) Trabajó para la municipalidad de Samegua y luego para el Gobierno Regional de Moquegua como liquidadora financiera de forma ininterrumpida desde 2007.
3) Solicita que se declare nulo su despido a través del memorándum No 128-2008-SGL-GRI/GR.MOQ y que sea repuesta en su puesto de trabajo original.
El demandante presenta una demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Regional de Moquegua y el Procurador Público Regional por su despido incausado. Solicita la nulidad de la carta y resolución que comunicaron y desestimaron su recurso de apelación por el despido, así como su reposición en el puesto de trabajo. Trabajó de forma permanente e ininterrumpida por 20 meses para la demandada antes de ser despedido sin expresar causa. Presenta documentos que acreditan su trabajo para respaldar la demanda.
La demandante presenta una liquidación de pensión devengada por 10 meses desde abril de 2016 a enero de 2017 por un monto total de S/3706.98 nuevos soles. También nombra a un nuevo abogado defensor y reitera su domicilio procesal.
El demandante solicita una Medida Cautelar Innovativa a fin de que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando de Obrero Municipal de Limpieza Pública. Fundamenta su pedido en que fue despedido arbitrariamente por la Municipalidad de Mariscal Nieto a pesar de contar con una sentencia favorable, poniendo en peligro su subsistencia y la de su familia. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable que sufriría de no concedérsele hasta esperar el
El solicitante solicita una Medida Cautelar Innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo de Obrero Municipal de Limpieza Pública del que fue despedido arbitrariamente por la Municipalidad Provincial de Moquegua. Argumenta que cuenta con una sentencia favorable, que sufriría un perjuicio irreparable sin trabajo ni ingresos, y que la medida es adecuada y excepcional para reponer el estado de hecho original.
El documento trata sobre una pensión de viudedad otorgada a la esposa de un trabajador que falleció después de haber sufrido un accidente laboral años antes. La empresa empleadora impugnó el pago de un recargo del 40% sobre la pensión de viudedad debido a que el fallecimiento se debió a una enfermedad común y no al accidente laboral. Sin embargo, los tribunales rechazaron la impugnación al confirmar que el accidente laboral originó una incapacidad permanente absoluta.
Demanda de cobro de beneficios sociales trabajador privado comunTONYMS123
Anthony Salas Vaga presenta una demanda de cobro de beneficios sociales contra su ex empleadora "CyMC" Sociedad de Responsabilidad Limitada. Solicita el pago de su compensación por tiempo de servicios, vacaciones no gozadas, y remuneraciones insolutas por un monto total de S/. 3,500.00 nuevos soles. Acompaña pruebas como boletas de pago y cartas que acreditan su relación laboral y cese de la misma. Pide que se admita la demanda y se declare fundada con condena de costas.
Este documento presenta una demanda de alimentos interpuesta por Nando Alazan Palomino en contra de sus padres Cristiano Ronaldo Salas Coayla y Vanessa Palomino Ramírez. La demanda solicita que los demandados le proporcionen una pensión alimenticia mensual del 60% de sus ingresos para cubrir sus necesidades educativas y de subsistencia mientras cursa estudios universitarios. Se presentan los fundamentos de hecho y derecho, y se adjuntan documentos probatorios.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Trabajó como obrero municipal por más de 21 meses y fue despedido mediante una carta sin expresar causa. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto. Alega que su despido vulneró su derecho constitucional al trabajo y fue un acto arbitrario, pues superó el período de prueba y no se le imputó falta grave. Adjunta documentos que acreditan su trabajo y desp
curso de derecho Expediente nro. 001 2013 o.d.s.d. xxxxxxxx y cccccccc i...Mi Sol Mi Vida
1) El documento es un expediente de conciliación entre Margarita Flores del Jardín y Petalo de la Rosa Espino sobre una deuda de préstamo. 2) Se realizó una audiencia de conciliación que resultó en un acuerdo para que Petalo pague la deuda principal e intereses en cuotas mensuales. 3) Se emitió un acta de conciliación que constituye título ejecutivo para el cobro de la deuda.
Demanda de cobro de beneficios sociales trabajador privado comunLuisVasquezHurtado
La demandante presenta una demanda de cobro de beneficios sociales contra su ex empleadora por concepto de compensación por tiempo de servicios, vacaciones no gozadas, remuneraciones insolutas y otros derechos laborales. Adjunta pruebas como boletas de pago y cartas que acreditan su relación laboral y cese. Solicita se declare fundada su demanda y se condene a la demandada al pago de S/. 3,500 más intereses legales.
La demandante solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos contra el demandado Pascual Basilio Rojas a favor de sus menores hijos Sandy Lilian y Roger Gamarra Huamani. Argumenta que el demandado no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos y que existe peligro en la demora del proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Ampara su petición en los artículos 608 y 675 del código procesal civil sobre medidas cautelares de asign
1. El documento presenta los hechos de un caso relacionado con una pensión de jubilación. Detalla la historia laboral del demandante en la rama judicial durante más de 31 años. 2. Explica los procesos legales emprendidos para obtener el reconocimiento de todos los factores salariales en su pensión. 3. Finalmente, resume las resoluciones emitidas por Cajanal y la UGPP relacionadas con el caso.
El demandante presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por haber sido despedido sin causa justificada. Solicita la nulidad de la carta de despido y su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando como obrero municipal. Argumenta que fue despedido de forma incausada luego de superar el periodo de prueba, vulnerando así su derecho constitucional al trabajo. Adjunta documentos que acreditan su trabajo de más de un año en la municipalidad. Pide que se declare fundada su demanda
Andrés Jesús Santos Zegarra presenta una demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto por despido incausado. Fue despedido mediante una carta sin expresar causa alguna luego de trabajar para la municipalidad por más de 20 meses. Pide que se declare nulo el despido y se ordene su reposición en el puesto de trabajo. Alega que su despido fue arbitrario y violó su derecho constitucional al trabajo.
Aprobacion de liquidacion y requerimientoJonnas Ccala
El documento es una solicitud presentada ante un juez de paz en la que un abogado pide la aprobación de una liquidación de pensiones devengadas por alimentos por un monto de S/. 2,910.76 nuevos soles y el requerimiento de pago al demandado, quien fue debidamente notificado de la liquidación pero no hizo observaciones. El abogado también solicita que si no se realiza el pago se remitan copias al Ministerio Público para una denuncia penal por omisión de asistencia familiar.
El documento proporciona información sobre la empresa Centrales Eléctricas de Norte de Santander S.A. (CENS), incluyendo que CENS es una empresa de servicios públicos que distribuye y comercializa energía eléctrica en los departamentos de Norte de Santander, Cesar y Bolívar en Colombia. Además, detalla la misión, visión, objetivo social y valores corporativos de CENS.
La salud ocupacional se desarrolló lentamente a lo largo de la historia. En la antigüedad no había medidas de seguridad o higiene en trabajos como la minería debido al uso de esclavos. En la Edad Media, Agrícola y Paracelso observaron enfermedades en mineros pero no se registró la mortalidad. Bernardino Ramazzini en el siglo XVII fue pionero al estudiar sistemáticamente cómo ciertas enfermedades afectaban más a determinadas profesiones.
Este documento trata sobre la importancia de la innovación y la tecnología. Explica conceptos como diseño dominante y discontinuidades tecnológicas. Describe cómo una nueva tecnología puede llegar a ser dominante, afectando a empresas establecidas. También analiza cómo las empresas reaccionan ante cambios tecnológicos disruptivos y por qué a veces no logran adaptarse a tiempo.
Chile es una república democrática donde las personas eligen a las principales autoridades a través del derecho al sufragio. La democracia chilena se rige por la Constitución y respeta los derechos humanos de todos, incluyendo el derecho a un trato igualitario e instituciones que protegen estos derechos.
Este documento describe los principios de la educación diferenciada en un salón de clases regular. La diferenciación implica modificar las formas de enseñanza para satisfacer las necesidades, intereses y estilos de aprendizaje de los estudiantes. El maestro puede diferenciar el contenido, la metodología, la evaluación y otros elementos, enfocándose en las necesidades, habilidades y conocimientos previos de cada estudiante.
Contabilidad como disciplina científicaAndy Abanto
El documento describe tres paradigmas de la contabilidad como disciplina científica: 1) El paradigma de los decisores, que se enfoca en cómo los usuarios de la información contable reaccionan ante alternativas contables; 2) El paradigma del inversor individual, que estudia cómo la información contable afecta las decisiones individuales; 3) El paradigma del comportamiento agregado del mercado, que examina el impacto de la información contable en variables bursátiles como precios y volúmenes de contratación.
Este documento describe una práctica docente realizada con una clase de 5 años de educación infantil caracterizada por la diversidad. La clase incluye niños de diferentes nacionalidades y con deficiencias leves. El documento plantea varios temas relacionados con las familias de los niños, su desarrollo social y escolar, y cómo se aplican metodologías y normas que permitan la inclusión de todo el alumnado.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos en el que un agente de retención deduce impuestos del valor de bienes o servicios pagados a otro agente o sujeto pasivo. Los agentes retenedores incluyen uniones temporales, personas jurídicas, comerciantes con patrimonio superior a 30 mil UVT y entidades públicas. Estos agentes deben retener impuestos al realizar pagos, declarar los valores retenidos a la DIAN, expedir certificados y conservar registros contables de las retenc
Este documento presenta el plan de estudios y metodología de evaluación para la asignatura de Matemática. Se dividen los contenidos en 7 unidades que abarcan números enteros y racionales, ecuaciones, geometría plana y espacial. La evaluación es continua a través de pruebas escritas, trabajos prácticos y orales evaluados periódicamente con una calificación final. También se evalúa la actitud del alumno en clase.
This document outlines Frank Jiménez's trip to New Zealand, including details of the flights from Málaga to Auckland with stops in Frankfurt, Singapore, and Auckland. It provides the costs, dates of travel, and hotel accommodations. The itinerary includes plans to visit Auckland, Rotorua, and Wellington, and optionally Hamilton and Napier. Specific sites and attractions to visit in each city are listed, including the Sky Tower and Auckland Harbour Bridge in Auckland, thermal areas and Maori villages in Rotorua, and museums and parks in Wellington.
Girona, identitat digital la pèrdua i el dol, i el dilema de la immortalitatMiquel Pueyo
Una presentació bàsica sobre les relacions entre la mort, la identitat i la identitat digital. Algunes eines i recomanacions per gestionar el testament i la posteritat digital en les xarxes, clients de correu, memorials, notaries digitals...
El documento define la motivación como las fuerzas internas y externas que impulsan el comportamiento y determinan su forma, dirección e intensidad. Explica que la motivación puede ser intrínseca, derivada de la comprensión personal del mundo, o extrínseca, proveniente de incentivos externos. Además, identifica las necesidades fisiológicas, de seguridad, sociales, de autoestima y de autorrealización como factores que influyen en la motivación de las personas.
La historia oral es una herramienta pedagógica valiosa que permite a los estudiantes construir conocimiento de una manera más significativa al involucrar sentimientos. Aunque tradicionalmente se pensaba que la narrativa era ficticia, ahora se reconoce que es una forma metodológica efectiva para la enseñanza. Sin embargo, no debemos descuidar la historia escrita, ya que permite que los estudiantes formen su propio juicio después de confrontar diferentes versiones de los hechos. El análisis de esta nueva forma de en
Este documento contiene un código de Python que asigna letras a diferentes rangos de puntuaciones numéricas ingresadas por el usuario. El código verifica si la entrada es válida y, de lo contrario, imprime un mensaje de error. Si la puntuación es válida, imprime una letra de A a F dependiendo del rango de puntuación.
The document discusses the basic concepts of OWL ontologies including defining what an ontology is, the stages of ontology development, and an example of an African wildlife ontology created in Protégé. It defines classes, properties, and relationships for different animal and plant types in the African wilderness.
Este documento resume las ideas de varios autores sobre el modernismo y las vanguardias literarias en Latinoamérica. Explica que el modernismo con poetas como Darío y Herrera y Reissig abrió un abanico de posibilidades para la poesía futura que las vanguardias explotaron de diferentes maneras. También señala que las vanguardias heredaron elementos del romanticismo y el modernismo pero también se opusieron a ellos al priorizar el lenguaje artístico y la despersonalización. Finalmente, resume la tesis de Perry Anderson sobre las razones por las
Este documento trata sobre la administración. Define la administración como un proceso que involucra 1) un objetivo por alcanzar, 2) personas y recursos asignados para lograr el objetivo, y 3) el uso sistemático de esas personas y recursos. También discute los tres factores clave de toda administración: el factor humano, el factor estructural y el factor económico. Finalmente, resume los tres principales tipos de administración: administración pública, administración privada y administración mixta.
El recibo de caja es un documento contable que registra los pagos recibidos por una empresa en efectivo, cheques u otras formas, acreditando estas entradas a cuentas específicas como caja o clientes. El recibo de caja se emite en original para el cliente y copias para archivo contable. Debe incluir información como fecha, valor del pago, motivo, nombre del pagador, firma y sello del receptor.
La sentencia resume un caso sobre la determinación de la responsabilidad del pago de la prestación de incapacidad temporal (IT) cuando ha transcurrido el periodo de 18 meses desde el inicio de la incapacidad. La sentencia recurrida condenó a la empresa al pago de la prestación hasta los 18 meses e INSS a partir de entonces, mientras que una sentencia contradictoria condenó a la empresa a pagar toda la prestación. El Tribunal Supremo encuentra contradicción entre las sentencias y procede a unificar la doctrina.
Este documento resume un recurso de casación presentado ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de España. El recurso buscaba anular el despido de una empleada que estaba de permiso de lactancia en el momento de su despido. La Sala declara la inadmisión del recurso al no encontrar contradicción entre este caso y el citado para comparación, dado que los hechos probados eran diferentes. Se imponen costas a la parte recurrente.
Este documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de un caso judicial relacionado con prestaciones por incapacidad temporal y maternidad. Se resume una sentencia que confirma el derecho de una trabajadora autónoma a percibir prestaciones por maternidad a pesar de haber dado de baja en el régimen de autónomos con anterioridad al parto, al encontrarse en una situación asimilada a estar de alta. El INSS recurre esta sentencia alegando contradicción con otra sentencia que denegó las prestaciones por maternidad a otra
1) Una trabajadora solicitó la prestación de maternidad tras dar a luz el 17 de noviembre de 2005, pero se la denegaron porque según el INSS no estaba dada de alta ni en situación asimilada. 2) Sin embargo, la trabajadora era beneficiaria del subsidio de desempleo desde el 16 de octubre de 2005, por lo que estaba en situación asimilada al alta. 3) El tribunal falló a favor de la trabajadora y ordenó el pago de la prestación de maternidad.
El Tribunal Supremo debe decidir cómo calcular la base reguladora de una pensión de incapacidad permanente cuando el beneficiario pasó por un período de invalidez provisional antes de ser declarado permanentemente incapacitado. Existen sentencias contradictorias sobre si se debe tener en cuenta el período de invalidez provisional usando las bases mínimas de cotización, o ignorar ese período y usar las bases anteriores. El Tribunal Supremo reunirá a todos sus magistrados para debatir este asunto y unificar criterios.
El documento presenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de un caso de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. El caso gira en torno a si una trabajadora tenía derecho a prestaciones de maternidad a pesar de haber causado baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad. El Tribunal Supremo analiza la sentencia recurrida y una sentencia de contraste para determinar si procede el recurso de casación.
Este documento presenta un caso de recurso de casación para la unificación de doctrina sobre el derecho a prestaciones de desempleo tras realizar un trabajo por cuenta propia. En concreto, se debate si una persona tiene derecho a reanudar el cobro de una prestación por desempleo no agotada completamente si interrumpió su percepción para trabajar de forma autónoma durante más de doce meses y luego vuelve a quedarse desempleada. La sentencia recurrida falló a favor de este derecho, mientras que otra sentencia citada lo negó basándose en la
La sentencia modifica parcialmente una sentencia anterior sobre prestaciones por maternidad derivadas de una adopción. Se estima parcialmente el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, modificando la cuantía de la condena de 2.290,80€ a 2.138,08€, al haber un error en el cálculo de los días de descanso. El resto de la sentencia anterior se confirma.
Este documento es la sentencia número 658/2006 del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria sobre un caso de incapacidad temporal de un trabajador. El tribunal desestima el recurso de suplicación presentado por el empresario demandante y confirma la resolución administrativa que declaró indebidamente deducidas las cantidades pagadas por el empresario en concepto de prestaciones de incapacidad temporal, ya que el trabajador no estaba dado de alta en la seguridad social en el momento de producirse la segunda baja médica.
Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de España sobre una demanda presentada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social para anular una prestación por maternidad y recuperar el dinero pagado. La sentencia confirma que la trabajadora cumplía los requisitos para recibir la prestación a pesar de haber dado de baja en el régimen de autónomos antes del período de maternidad, ya que estuvo de baja por enfermedad común de forma ininterrumpida antes y después de la baja.
El documento presenta los hechos de un caso relacionado con la violación de derechos fundamentales en el proceso de reconocimiento y pago de una pensión. Se describen los 17 pasos del proceso, incluyendo las resoluciones emitidas por entidades como Cajanal, el Tribunal Administrativo de Boyacá y el Consejo de Estado. Finalmente, se solicita a la UGPP dar estricto cumplimiento a las sentencias proferidas y realizar el pago de mesadas atrasadas, intereses de mora e indexación.
Este documento presenta el resumen de una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia sobre un recurso de suplicación relacionado con una pensión de jubilación. El Tribunal desestima el recurso y confirma la sentencia original del juzgado de lo social, que negó el acceso a la jubilación flexible del demandante al realizar trabajo por cuenta propia en una empresa de la que era dueño parcial, en lugar de por cuenta ajena.
Este documento presenta un resumen de una sentencia del Tribunal Supremo de España sobre la prescripción de prestaciones por incapacidad temporal. La sentencia analiza el caso de una trabajadora autónoma que solicitó el pago de prestaciones por IT más de un año después de finalizar su incapacidad. El Tribunal Supremo considera que existen sentencias contradictorias sobre si en estos casos se aplica la retroactividad de tres meses establecida en la ley o no. El Tribunal Supremo procederá a unificar la doctrina sobre este punto.
Este documento presenta una sentencia de un tribunal de justicia de Castilla y León en España. La sentencia estima un recurso de suplicación presentado por una mutua de accidentes de trabajo contra una sentencia anterior que fijó la base reguladora de subsidio por incapacidad temporal de una trabajadora. El tribunal determina que la empresa empleadora de la trabajadora tuvo un periodo prolongado de incumplimiento en el pago de cotizaciones a la seguridad social, lo que demuestra falta de voluntad de cumplir con sus obligaciones, por lo que la empresa es responsable
La sentencia trata sobre una demanda presentada por Montserrat contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y María Josefa Torralbo Llamas sobre la percepción indebida de prestaciones por incapacidad temporal. El juzgado desestimó la demanda. Montserrat recurre la sentencia alegando que aunque el contrato estaba suspendido, la empresa mantenía la obligación de darla de alta en la Seguridad Social.
La mujer solicitó subsidio de desempleo tras trabajar a tiempo parcial y luego a tiempo completo por pocos días. El INEM calculó el subsidio en base a un porcentaje proporcional de sus trabajos. Ella reclamaba el 75% del salario mínimo. El Tribunal Supremo confirmó que debe aplicarse el criterio proporcional, no considerando solo los últimos días de trabajo a tiempo completo.
Este documento resume una sentencia del Tribunal Supremo de España de 31 de mayo de 2007 sobre un caso de despido. Se declara la improcedencia del despido de una trabajadora que había firmado un contrato de aprendizaje como dependienta, alegando que el empresario pretendía obtener una jornada completa a menor coste sin proporcionar la formación teórica adecuada. El Tribunal Supremo confirma la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que también declaró la improcedencia del despido.
Este documento presenta un recurso de casación para la unificación de doctrina sobre el derecho a subsidio por incapacidad temporal de los trabajadores autónomos. El caso trata de una trabajadora autónoma que solicitó el subsidio meses después de finalizar su incapacidad temporal, alegando la Mutua que no tenía conocimiento de la baja. El Tribunal Supremo debe decidir si se aplica la retroactividad de tres meses o la caducidad de un año para determinar el alcance de la prestación.
Este documento presenta un caso sobre la percepción de prestaciones por desempleo y por incapacidad permanente. Un trabajador estaba cobrando una prestación por desempleo de 4 meses cuando fue declarado incapacitado permanente para su profesión habitual. Debe decidir si le conviene seguir cobrando la prestación por desempleo o cambiar a la pensión por incapacidad. La sentencia concluye que lo mejor para el trabajador es seguir cobrando la prestación por desempleo hasta que finalice el periodo de 4 meses y luego cambiar a la pensión por incapacidad.
Un trabajador solicitó la prestación por desempleo tras ser despedido. Posteriormente, reclamó salarios adeudados a la empresa, que fueron reconocidos pero no pagados debido a la insolvencia de la empresa. El INEM declaró que la prestación por desempleo había sido cobrada indebidamente, alegando que era incompatible con los salarios adeudados. Sin embargo, los tribunales fallaron a favor del trabajador, declarando que no había cobrado indebidamente la prestación y que no era incompatible con los salarios no satisfechos. El INEM recur
1. SENTENCIA EJERCICIO 6 JUBILACION GRUPO
CASTRO
SENTENCIA:
GONZALO MOLINER TAMBORERO
JESUS GULLON RODRIGUEZ
JESUS SOUTO PRIETO
JOSE MARIA BOTANA LOPEZ
LUIS GIL SUAREZ
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintidós de Septiembre de dos mil seis.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para
la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. José Andújar Alba en nombre y
representación de Dª María Rosa, frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 30 de noviembre de 2004,
dictada en el recurso de suplicación número 3619/2004 formulado por el letrado de la
Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del Instituto Nacional
de la Seguridad Social, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 10 de
Valencia de fecha 30 de julio de 2004, dictada en virtud de demanda formulada por Dª
María Rosa frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre Jubilación.
Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido el Instituto Nacional de la
Seguridad Social y en su nombre y representación al letrado D.Andrés Trillo García.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS SOUTO PRIETO
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 30 de julio de 2004, el Juzgado de lo Social número diez de
Valencia, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: quot;Que con
estimación íntegra de la demanda interpuesta por Dª María Rosa contra el Instituto
Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro el derecho de la actora a la
jubilación total a los 64 años, condenando a la entidad gestora a estar y pasar por la
anterior declaración y al abono de la prestación correspondiente con efectos de 1 de
agosto de 2003quot;.
SEGUNDO.- En la citada sentencia se han declarado probados los siguientes hechos:
quot;PRIMERO: La parte actora Dª María Rosa, con D.N.I. nº NUM000, nacida el 29 de
mayo de 1939, solicitó el 4 de agosto de 2003 pensión de jubilación anticipada a los 64
años y mediante resolución del organismo demandado de fecha 25 de agosto de 2003 se
denegó su solicitud quot;por no ajustarse el contrato del trabajador sustituto a lo dispuesto en
2. el art. 3 del R.D. 1194/1985, de 17 de julio, condición necesaria para poder causar
derecho a pensión de jubilación con 64 años de edadquot;. SEGUNDO: Disconforme con la
anterior resolución, la actora interpuso reclamación previa el 1 de octubre de 2003, que
fue igualmente desestimada mediante resolución de 18 de diciembre de 2003. TERCERO:
La actora prestaba servicios laborales en el momento de la solicitud de la jubilación
anticipada en el Colegio Internacional de Levante, S.A. estando jubilada parcialmente
desde el 12 de septiembre de 2002. Dicha empresa suscribió en fecha 12 de septiembre de
2002 con Dª Valentina, que se encontraba en situación de desempleo en el momento de la
contratación, contrato de trabajo de relevo para sustituir a la actora en su jubilación
parcial en un 35,2% de reducción de la jornada de aquella, estableciendo su cláusula
segunda que la jornada de trabajo será de 27 horas semanales prestadas de lunes a viernes
con los descansos que establece la ley y en su cláusula adicional única que quot;de la jornada
completa pactada 9,05 horas semanales serán para realizar el relevo por jubilación parcial
de la profesora Dª María Rosa quot;. CUARTO: En fecha 23 de julio de 2003 la Sra.
Valentina solicitó su baja voluntaria por motivos personales causando la mismacon
efectos de 25 de julio de 2003 e inscribiéndose en el desempleo con efectos de 28 de julio
de 2003 y desde el 1 de agosto de 2003 presta servicios en el Colegio Internaciona de l
Levante, S.A. a virtud de contrato de trabajo en prácticas con duración de un año, a
tiempo completo, estableciendo su cláusula adicional primera que quot;el presente contrato se
formula por el tiempo necesario para posibilitar la jubilación anticipada a los 64 años de
Dª María Rosa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1194/1985 quot;. QUINTO:
La base reguladora asciende a 1478,42 euros mensualesquot;.
TERCERO.- La citada sentencia fué recurrida en suplicación por el letrado de la
Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del Instituto Nacional
de la Seguridad Social, dictándose por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana, sentencia con fecha 30 de noviembre de 2004, en la
que consta la siguiente parte dispositiva: quot;Estimando el recurso del Instituto Nacional de
la Seguridad Social revocamos la sentencia de fecha 30 de julio de 2004 del Juzgado de lo
Social nº 10 de Valencia, y desestimando la demanda de Dª María Rosa absolvemos
librementequot;.
CUARTO.- El letrado D. José Andújar Alba, mediante escrito presentado el 7de abril de
2005, formuló recurso de casación para la unificación de doctrina, en el que: PRIMERO.-
Se alega como sentencia contradictoria con la recurrida la dictada por la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 18 de noviembre de 1999 (recurso nº
380/1998) y la de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 23
de abril de 2001 (recurso 385/2000 ). SEGUNDO.- Se alega la infracción del artículo 1, 2
y 3 del Real Decreto 1194/1985 de 17 de julio, así como lo establecido en la Disposición
Adicional Séptima de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, modificada por la Ley 32/1984 de 2
de agosto, las normas sobre anticipación de la edad de jubilación como medida de
fomento de empleo.
QUINTO.- Por providencia de esta Sala, se procedió a admitir a trámite el citado recurso,
y habiéndose impugnado, pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal, que presentó
escrito en el sentido de estimar procedente recurso. E instruido el Excmo. Sr. Magistrado
Ponente, se declararon conclusos los autos, señalándose para votación y fallo el día 19 de
septiembre de 2006, en el que tuvo lugar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
3. PRIMERO.- El presente recurso versa sobre la procedencia de la jubilación anticipada a
los 64 años, solicitada por la actora al amparo de lo establecido en el R.D. 1194/85. La
actora Dª María Rosa, nacida el 29/05/39, prestaba sus servicios para el Colegio
Internacional de Levante, S.A. y estaba jubilada parcialmente desde el día 12/09/02, fecha
en que la empresa había suscrito un contrato de relevo con la trabajadora Dª Valentina,
para sustituirla en su jubilación parcial en un 35,2% de reducción de jornada. Con fecha
23/07/03 la trabajadora sustituta Sra. Valentina causó baja voluntaria en la empresa por
motivos personales, inscribiéndose a continuación en la oficina de empleo, y el primero
de agosto siguiente comenzó a trabajar de nuevo para el mismo colegio mediante un
contrato en prácticas de un año de duración, a tiempo completo, estableciéndose en una
cláusula adicional que quot;el presente contrato se formula por el tiempo necesario para
posibilitar la jubilación anticipada a los 64 años de Dª María Rosa, de acuerdo con lo
establecido en el R.D. 1194/85quot;. A los pocos días, el siguiente 4 de agosto, la ahora
accionante Dª María Rosa solicitó la jubilación anticipada, que le fue denegada por el
INSS aduciendo que el contrato de la trabajadora sustituta no se ajustaba a lo dispuesto en
el art. 3 del mencionado Real Decreto.
La sentencia de instancia estimó íntegramente la demanda por entender que estaba clara la
voluntad de las partes de relevar a la actora y permitir su acceso a la jubilación anticipada;
pero la sentencia recurrida estima la suplicación y la revoca por entender, con el INSS,
que no se contrató a un nuevo trabajador sino a la misma persona que venía haciendo la
sustitución de la jubilación parcial.
SEGUNDO.- La recurrente plantea dos puntos de contradicción, el primero dirigido a
sostener que la solicitante de prestación de jubilación anticipada cumple con acreditar la
contratación de un trabajador que le sustituya, siéndole ajena la legalidad de la
contratación, y el segundo, de carácter subsidiario, se dirige a sostener la legalidad de la
contratación realizada por la empresa. Señala como sentencias de contraste, en cuanto al
primer motivo, la sentencia del T.S.J. de Cataluña de 18 de noviembre de 1999, y en
cuanto al segundo, la del mismo Tribunal de 23 de abril de 2001.
A primera vista podría parecer que no existe la contradicción prevista en el art. 217 de la
L.P.L. en cuanto al primer punto, puesto que si bien en la sentencia de contraste se estima
el derecho del allí demandante a la jubilación anticipada, sin embargo se refiere a una
situación de hecho distinta en cuanto el trabajador contratado para sustituirle no provenía
de la misma empresa sino de otra distinta en la que había prestado sus servic Noios.
obstante, esta diferencia puede considerarse irrelevante toda vez que la sentencia de
contraste no entra a analizar si existen o no irregularidades en la contratación del
sustituto, acogiendo la tesis más radical de que, salvo que se acredite o razone la
implicación del sustituido en la contratación irregular del sustituto -cosa que tampoco
sucede en la sentencia recurrida-, no cabe negar la prestación de jubilación anticipada al
trabajador que la insta ya que tales irregularidades, de haberlas, no le afectan. Podemos
concluir por tanto en que existe contradicción quot;a fortioriquot; porque parece exigible a efectos
de unificación de doctrina confrontar ambas sentencias, teniendo en cuenta que si esta
comparación habría de hacerse en el caso de que ambas hiciesen interpretación distinta
sobre las condiciones del sustituto para ser contratado, con mayor razón habrán de
compararse cuando en la segunda, la de contraste, ni siquiera se hace cuestión de la
posible ilicitud de la contratación, sino que se afirma lisa y llanamente que las posibles
irregularidades no afectan al sustituido que se jubila anticipadamente, mientras no conste
su implicación en la contratación irregular.
4. TERCERO.- Superado el anterior requisito de viabilidad, sin necesidad de examinar
ningún otro punto de contradicción, procede examinar el fondo de la cuestión y,
concretamente, la alegación de interpretación errónea de los arts. 1, 2 y 3 del R.D.
1194/85, de 17 de julio, dictado al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 8/80 de 10 de marzo modificada por Ley 32/84, de 2 de agosto, sobre
Normas de Anticipación de la Edad de Jubilación como medidas de Fomento del Empleo.
En los referidos preceptos se autoriza la jubilación anticipada a los 64 años, siempre que
simultáneamente al cese por jubilación se le sustituya por otro trabajador en las
condiciones previstas en dicho Real Decreto, ésto es, contratando a cualquier trabajador
que se haye inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo -la
situación legal de desempleo es requisito distinto, necesario para obtener las prestaciones
de desempleo- bajo cualquier modalidad de contratación vigente, excepto la contratación
a tiempo parcial y la modalidad prevista en el art. 15.1 b) del E.T., formalizándolo por
escrito y con una duración mínima de un año. Con ello se cumple la finalidad de fomentar
el empleo, siendo indiferente que el trabajador sustituido hubiese trabajado con
anterioridad en la misma o en otra empresa diferente. Como en el caso que nos ocupa se
cumplen las previsiones establecidas en el Real Decreto de referencia, es fácil concluir
que la buena doctrina se contiene en la sentencia de contraste, ya que las posibles
irregularidades de la contratación entre la empresa y el sustituto podrán originar los
perjuicios correspondientes para ambas partes contratantes, pero no se proyectan a la
jubilación anticipada del trabajador sustituido, salvo el caso de que se alegue y pruebe su
participación en tales irregularidades.
CUARTO.- Lo anteriormente razonado conduce a estimar el recurso de suplicación,
casando y anulando la sentencia recurrida y resolviendo el debate de suplicación en
términos consecuentes, sin que proceda a hacer imposición de las costas de este recurso.
Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo
español.
FALLAMOS
Estimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Dª María
Rosa, contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana de fecha 30 de noviembre de 2004. Casamos y anulamos. y
resolviendo el debate planteado en suplcación, desestimamos el recurso de tal naturaleza
i
interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia de
instancia de fecha 30 de julio de 2004, estimatoria de la demanda, que se confirma en sus
propios términos. Sin costas.
Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social del Organo Jurisdiccional
correspondiente,con la certificación y comunicación de esta resolución.
Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia
por el Excmo. Sr. Magistrado D. Jesús Souto Prieto hallándose celebrando Audiencia
Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la
misma, certifico.
5. RESUMEN
JUBILACIÓN ANTICIPADA. REQUISITOS. SUSTITUCIÓN DEL TRABAJADOR.
IRREGULARIDADES. La actora reclama pensión de jubilación anticipada a los 64 años
de edad. Las posibles irregularidades de la contratación entre la empresa y el sustituto
podrán originar los perjuicios correspondientes para ambas partes contratantes, pero no se
proyectan a la jubilación anticipada del trabajador sustituido, salvo el caso de que se
alegue y pruebe su participación en tales irregularidade En primera instancia se admite
s.
la demanda. Se estima el recurso de casación.