Este documento presenta los detalles de una póliza de responsabilidad civil para un restaurante. La póliza cubre daños a terceros causados por la actividad del restaurante. Incluye coberturas para responsabilidad civil empresarial, patronal, cruzada y derivada del suministro de alimentos. El límite de cobertura es de UF 1.000 por evento. Cubre sólo eventos ocurridos en Chile y excluye daños intencionales, profesionales, financieros puros y derivados de contaminación o transmisión
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General -RCG-Vileidis Piña
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General
Fuentes consultadas:
https://www.ellibrepensador.com/2016/12/22/seguro-responsabilidad-civil-tipos-e-importancia/
http://asegurandome.com.ve/seguro-responsabilidad-civil-general/
https://www.seguroscaracas.com/portal/paginasv4/ResponsabilidadCivilGeneral.html
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General -RCG-Vileidis Piña
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General
Fuentes consultadas:
https://www.ellibrepensador.com/2016/12/22/seguro-responsabilidad-civil-tipos-e-importancia/
http://asegurandome.com.ve/seguro-responsabilidad-civil-general/
https://www.seguroscaracas.com/portal/paginasv4/ResponsabilidadCivilGeneral.html
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
1. PRODUCTO SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL RESTAURANT
MATERIA A ASEGURADA
Cubre la Responsabilidad Civil Extracontractual en los términos descritos más adelante por las
indemnizaciones que el o los asegurados sean declarados legalmente obligado (s) a pagar ya sea por
sentencia ejecutoriada o transacción aceptada por el asegurador cuando sea civilmente responsable por
daños materiales y/o lesiones corporales causados a terceros, producto de la Actividad del Asegurado.
PRESTACION DE SERVICION DE PROVICION DE COLACIONES: CASINO (ALMUERZO), FRIAS Y
ESPECIALES.
ACTIVIDAD DEL ASEGURADO
HEBLYN DALIA SALINAS MUÑOZ
RUT: 7649674-9
UBICACIÓN
NOMBRE DEL MANDANTE: EMPRESA PORTUARIA ANTOFAGASTA
RUT: 73968300-9
DIRECCIÓN: AVENIDA GRECIA S/N
ASEGURADO
CONTRATANTE: HEBLYN DALIA SALINAS MUÑOZ
RUT: 7649674-9
ASEGURADOS ADICIONALES
Se incluye a los siguientes asegurados adicionales, pero sólo respecto a la responsabilidad civil surgida de
la negligencia del asegurado nominado: contratistas y subcontratistas.
EMPRESA PORTUARIA ANTOFAGASTA.
VIGENCIA
Anual
MONTO ASEGURADO
UF 1.000.- como límite único y combinado para la totalidad de las indemnizaciones y gastos acumulados,
por eventos cubiertos por la póliza.
JURISDICCION
Chilena
AMBITO TERRITORIAL
El presente seguro cubre sólo los hechos ocurridos y reclamados dentro del territorio de la República de
Chile.
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2. COBERTURAS
Según condiciones generales de la póliza de Responsabilidad Civil, inscrita bajo código POL 1 91 086,
incluyendo;
- Rige cláusula adicional de Responsabilidad Civil de Empresas, Inscritas en el Registro de Póliza de la
Superintendencia de Valores y Seguros, bajo el código CAD 1 91 094, incluyendo la Responsabilidad
civil por incendio y/o explosión.
- Rige cláusula Adicional de Responsabilidad Civil Patronal, Inscrita en el Registro de Pólizas de la
Superintendencia de Valores y Seguros, bajo el código CAD 1 93 051, limitado a UF 300.- por empleado
y UF 900.- por evento y agregado anual, incluyendo trabajos en altura y subterráneos. La
Responsabilidad Civil Patronal cubre en exceso de la Ley de Accidentes del Trabajo (Ley 16.744) Y
siempre que a la época del siniestro el Asegurado haya cumplido con sus obligaciones de afiliación y se
encuentre al día en el pago de las cotizaciones que se originen en dicha ley.
Esta cobertura se extiende a los trabajadores de los estudiantes en práctica y a los trabajadores
contratistas y subcontratistas de la empresa mandante.
- Rige cláusula Adicional de Responsabilidad Civil Cruzada. Inscrita en el Registro de Pólizas de la
Superintendencia de Valores y Seguros bajo el Código CAD 1 93 052. Sin perjuicio de la redacción de
la cláusula adicional respectiva, se entiende que el presente seguro cubre los reclamos presentados por
cualquiera de las partes descritas como Asegurado, en contra de otra parte descrita de igual modo, los
que se tratarán como si el reclamante no fuere asegurado de esta póliza. Los aseguradores renuncian a
todos los derechos que puedan tener o adquirir en contra de las partes ya mencionadas, sin embargo el
límite de indemnización se mantiene como único y combinado para todas las indemnizaciones y no
podrán ser superiores al límite establecido en la póliza.
- En caso de daño corporal rige límite de Responsabilidad Civil Patronal.
- Esta póliza cubre el lucro cesante y el daño moral producto de un perjuicio material o daño corporal
causado a terceros, derivados de las actividades del (os) asegurado cubiertos por la cobertura de RC,
- Defensa Judicial, La presente póliza se extiende a cubrir los gastos de defensa judicial del asegurado
por reclamaciones civiles, siempre y cuando ésta sea asumida por abogados nombrados por la
compañía o por el asegurado con el consentimiento y aprobación de la Compañía. Se cubre asimismo
los gastos de defensa judicial del asegurado por reclamaciones penales con un sublimite de UF 500,
siempre y cuando ésta sea asumida por abogados nombrados por la compañía o por el asegurado con
el consentimiento y aprobación de la Compañía.
- Se cubre la Responsabilidad Civil derivada del suministro de alimentos y bebidas (no alcohólicas)
servidas por el asegurado, siempre que los daños se manifiesten antes de cumplidos 7 días desde la
fecha de entrega del suministro y dentro de la vigencia de la póliza.
- Responsabilidad Civil para Propietarios de Inmuebles (CAD 1 91 093), ampliado a ascensores,
montacargas, carteles y rótulos.
- Responsabilidad Civil de Empresas para Fábricas, Manufacturas, Artesanías, Oficinas o
Administraciones (CAD 1 91 094), ampliado a incendio y, o, explosión, locales, tiendas, almacenes a los
cuales el publico tiene libre acceso.
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3. CONDICIONES PARTICULARES
- Daños a instalaciones subterráneas:
Queda entendido y convenido que la compañía sólo responderá por daños a cables, tuberías o otros
bienes subterráneos de cualquier tipo, tales como cables eléctricos, cables telefónicos, tuberías de
agua, gas o alcantarillado, u otros similares, solamente cuando el asegurado, antes del comienzo de la
obra:
• Haya pedido y recibido de las autoridades públicas o de los propietarios de un sistema subterráneo,
información sobre la posición exacta de todos los cables, tuberías o otros bienes.
• Haya buscado y localizado su existencia y marcado su emplazamiento.
No obstante, la indemnización se limitará a los gastos de reparación de tales cables, tuberías o bienes,
excluyendo cualquier perjuicio indirecto.
- Es condición indispensable para que surja la responsabilidad de la compañía, que para cualquier trabajo de
corte y/o soldadura se siga el siguiente procedimiento:
• El área donde se realice el trabajo se encuentre libre de material combustible que pueda ser
desplazado del lugar del trabajo, antes del comienzo de las operaciones
• El área en la otra parte de la pared o mampara donde se desarrolla el trabajo deberá ser
inspeccionado para asegurase que no exista material combustible en peligro de inflamación directa o
indirectamente
• El área de trabajo se aísle adecuadamente mediante uso de materiales resistentes al fuego, los
suelos y superficies combustibles se protegerán con hojas de materiales no combustibles.
• Se mantendrán aparatos apropiados de extinción de incendios cerca del lugar trabajo para su
utilización inmediata
• Se examinaran los alrededores después de cada sesión de trabajo par asegurarse que no existe
peligro de que surge fuego
• Se seleccione un empleado adecuado como responsable de la seguridad contra incendios para cada
sesión de trabajo
• Los equipos para soldar se deberán ocupar siguiendo las instrucciones del fabricante, mientras se
encuentren encendidas deberán estar bajo vigilancia permanente.
- Las lesiones corporales deberán entenderse en el sentido amplio, entendiéndose que se consideran:
Muerte, lesiones corporales, enfermedades físicas y mentales, que provengan directamente de alguna de las
coberturas cubiertas por esta póliza y que afecten a un tercero.
- La compañía no renuncia a los derechos de subrogación contra los asegurados y beneficiarios.
- Se consideran cubiertos los reclamos por hechos ocurridos durante la vigencia del seguro.
- El asegurado deberá dar estricto cumplimiento a todas las disposiciones y normas emanadas de la
Autoridad para la actividad que desarrolla.
- El Asegurado garantiza que adoptará todas las medidas de seguridad y procedimientos adecuados a fin de
evitar daños.
- El Asegurado garantiza que los vehículos asegurados se encuentran en buen estado de conservación y
mantenimiento, contando con todos los permisos para la debida circulación.
- Rige cláusula de exclusión por terrorismo (CUG 3 01 019).
- Rige cláusula de virus computacional (CUG 1 02 074).
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4. - Rige Cláusula de Uso General Año 2000, Inscrita en el Registro de Pólizas de la Superintendencia de
Valores y Seguros bajo el Código CUG 1 98 031.
- Rige la cláusula de "Resolución de contrato por no pago de prima", inscrita por la Superintendencia de
Valores y Seguros mediante resolución 025, del 13.02.90.
DEDUCIBLE
10% de la pérdida con mínimo de UF 50.- en toda y cada pérdida.
PRIMA NETA ANUAL
Prima UF 20 más IVA.
EXCLUSIONES
- Se excluye la responsabilidad civil derivada de daños a terrenos inmuebles, cables, canalizaciones,
fuentes, pozos, aguas subterráneas que se produzcan en el curso de los trabajos.
- Operaciones relacionadas con industrias petroquímicas y/o relacionadas
- Se excluye contaminación maliciosa o accidental de productos.
- Se excluye daños causados por el uso de armas de fuego.
- Se excluye daños causados por plomo y campos magnéticos.
- Se excluye cualquier responsabilidad civil por la transmisión de enfermedades.
- Se excluye cualquier responsabilidad civil contractual.
- Se excluye cualquier responsabilidad civil profesional.
- Se excluye cualquier acto doloso y/o malintencionado efectuado por parte del Asegurado y/o sus
dependientes.
- Se excluyen de la responsabilidad civil de transporte para la carga transportada cuando éstas sean:
explosivos, municiones, combustibles, lubricantes, elementos corrosivos y/o contaminantes de cualquier
tipo.
- Se excluyen daños financieros puros.
- Se excluye toda indemnización que tenga como fundamento un daño resultante o derivado de una o
más de las siguientes conductas cometidas por el asegurado en el curso o desarrollo de su giro o
negocios:
- Falso arresto, detención o encarcelamiento,
- Acusación maliciosa,
- El desalojo ilegal de, la entrada ilegal en, o la invasión del derecho de ocupación privada de un
cuarto, una vivienda o predios que una persona o personas ocupan, por o en representación de su
dueño, propietario o arrendador,
- Publicación o difusión por cualquier medio de material que calumnie, injurie o difame a una persona
natural o a una organización,
- Publicación o difusión por cualquier medio de material o información que viole el derecho a la
intimidad o vida privada de una persona,
- Publicidad engañosa, falsa publicidad o
- Discriminación basada en la raza, el color, la religión, el sexo, la edad o la nación de origen.
- Se excluye cualquier clase de responsabilidad derivada, originada o relacionada, ya sea directa o
indirectamente, con la existencia, manipulación, procesamiento, manufactura, venta, distribución,
depósito, o uso de PCB (Bifenil Policlorinado), askarel o similares.
- Rige cláusula de exclusión de efectos relacionados con Asbestos para coberturas de responsabilidad
civil general.
- Daños por Asbestos: En virtud de esta exclusión no se cubre:
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5. La responsabilidad del asegurado derivada de cualquier daño relacionado causal o concausalmente con
los asbestos, lo que incluye cualquier daño relacionado causal o concausalmente con cualquier cosa,
substancia, producto o material que incluya asbesto entre sus componentes, o tenga el mismo como
aleación, o sea un subproducto del mismo, o un desecho del mismo. Entre los desechos se incluye
cualquier material a ser reciclado, reacondicionado o reutilizado.
Pérdidas, costos o gastos que surjan de cualquier:
- Pedido, solicitud u otra orden o requerimiento legal para que cualquier Asegurado u otros prueben,
monitoreen, limpien, remuevan, contengan, traten, detoxifiquen o neutralicen, o en cualquier forma
respondan a, o comprueben los efectos del asbesto; o
- Reclamo o procedimiento por o en representación de una autoridad pública o de terceros por daños
originados al testear, monitorear, limpiar, remover, contener, tratar, detoxificar o neutralizar, o en
cualquier forma responder a, o probar los efectos del asbesto.
- Rige cláusula de exclusión de daños por Sílice:
Daños por Sílice.
Este seguro no cubre las lesiones corporales, enfermedades o patologías, daños materiales, daños
morales, daños personales, daños materiales y/o daños comerciales, ni la responsabilidad civil de
cualquier especie, que deriven o tengan su origen, directa o indirectamente, en el uso, proceso,
comercialización y/o manipulación de Sílice o de cualquiera de sus componentes o derivados, lo que
incluye cualquier lesión, daño, perjuicio o indemnización, relacionado causal o concausalmente con
cualquier cosa, substancia, producto o material que incluya sílice entre sus componentes, o lo tenga
como aleación, subproducto, o sea un desecho del mismo. Entre los desechos se incluye cualquier
material a ser reciclado, reacondicionado o reutilizado.
En consecuencia, en virtud de esta exclusión tampoco se cubre las pérdidas, costos o gastos que surjan
o provengan de cualquier:
- Pedido, solicitud u otra orden o requerimiento legal para que cualquier Asegurado u otros prueben,
monitoreen, limpien, remuevan, contengan, traten, detoxifiquen o neutralicen, o en cualquier forma
respondan a, o comprueben los efectos del sílice; o
- Reclamo o procedimiento por o en representación de una autoridad pública o de terceros por daños
originados al testear, monitorear, limpiar, remover, contener, tratar, detoxificar o neutralizar, o en
cualquier forma responder a, o probar los efectos del sílice.
- Se excluye cualquier otra cobertura no indicada anteriormente
COMISION CORREDOR
10%
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