Módulo Derechos de Autor Dr. Cirilo Toro Vargas Profa. María del C. González Torres Profa. Magda Vargas Rodríguez Prof. Gerinaldo Camacho Camacho Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico Programa de Alfabetización en Información y Tecnología http://biblioinstruccion.blogspot.com   5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Objetivos Al finalizar este Módulo el lector conocerá, interpretará, y aplicará efectivamente durante su vida académica y profesional, los reglamentos y estatus sobre los  Derechos de Autor y la Propiedad Intelectual  de la Información, basados en las Leyes Estatales y Federales aplicables a Puerto Rico. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Introducción El ser humano ha sido creador de conocimientos de incalculable valor, que son preservados para que en el futuro sean utilizados para el bien. Con las nuevas tecnologías la forma en que se almacena y distribuye la información la información son variadas.  La creación de las Leyes de Derechos de Autor tiene la misión de proteger el producto intelectual de los creadores de la información. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Historia Reciente Los Derechos de Autor y Propiedad Intelectual recientes se remontan a finales del Siglo 18 cuando el Congreso de los Estados Unidos aprobó la primera ley de derechos de autor. Internacionalmente se realizó El Convenio de Berna (1886, 1979), que es un tratado internacional para la protección de las obras literarias y artísticas.  Puerto Rico existe la LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE P.R.  (Ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988, Código Civil 1930, art 359).  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
¿ Qué es Derechos de Autor? T érmino jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y/o artísticas.  Proviene del francés “droit d'auteur,”  es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Derechos de Autor (Cont.) Programas de Computadoras  y la mayoría de las "compilaciónes" deben registrarse como "obras literarias"; los  mapas y planos arquitectónicos  podrían registrarse como "obras pictóricas, gráficas y esculturales."  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Obras que incluye El tipo de obras que abarca incluye:  Novelas  Poemas,  Obras de teatro  Documentos de referencia Periódicos y programas informáticos Bases de datos  Películas (en cualquier formato) Composiciones musicales y coreografías Pinturas, dibujos, fotografías y escultura  Obras arquitectónicas, publicidad, mapas y dibujos técnicos. Programas de computador 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Derechos de Autor o “Copyright”  Ley Federal E.E.U.U . Título 17, Código Federal de Leyes de los Estados Unidos Para los autores de "obras originales" incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas e intelectuales. Esta protección está disponible tanto para obras publicadas como para obras que todavía no se hayan publicado.  El derecho de autor protege "obras originales" que están fijada en una forma de expresión tangible.  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Sección 106 - Ley del Derecho de Autor de 1976 Le otorga al dueño el derecho exclusivo  Reproducir  la obra en copias o fonogramas; Preparar  obras derivados  basados en la obra. Distribuir copias o fonogramas  de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias. Presentar la obra públicamente,  en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Sección 106 - Ley del Derecho de Autor de 1976 (Cont.) Mostrar la obra públicamente,  en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales; e En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente  a través de la transmisión audio digital. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Notificación  Derecho de Autor  ©  Símbolo de notificación visual Notificación visual perceptible debe cumplir con los tres siguientes requisitos:  símbolo ©  (la letra c en el círculo), o la palabra "Copyright" o la abreviatura "Copr.“ El año  de la primera  publicación  de la obra.  El nombre del dueño del derecho de autor  en la obra, abreviatura o designación mediante la cual el nombre pueda ser reconocido. Ej.  ©  2002  Fulano de Tal 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
¿ Qué obras protege la ley? Las obras con derecho de autor incluyen las siguientes categorías: obras literarias obras musicales, incluyendo la letra obras dramáticas, incluyendo cualquier acompañamiento musical  pantomimas y otras obras coreográficas películas y otras obras audiovisuales  grabaciones sonoras obras arquitectónicas  Estas categorías deben verse ampliamente.  Ej. programas de computadoras y la mayoría de las "compilaciónes" deben registrarse como "obras literarias";  Ej. los mapas y planos arquitectónicos podrían registrarse como "obras pictóricas, gráficas y esculturales."  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
¿QUE OBRAS  NO  ESTÁN PROTEGIDAS?  Obras coreográficas o presentaciones que no han sido escritas o grabadas. Discursos improvisados. Títulos, nombres, frases cortas y lemas, símbolos o diseños familiares, meras variantes de decoración tipográfica, letras o colores; meras listas de ingredientes o contenidos. Obras que consisten  totalmente  de información que es de conocimiento público. Las para ser cobijadas por la Ley de Derechos de Autor no tienen que ser publicadas.  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
¿QUE OBRAS  NO  ESTÁN PROTEGIDAS? (Cont.) Ideas, procedimientos, métodos, sistemas, procesos, conceptos, principios, descubrimientos, aparatos, como diferenciaciones de una descripción, explicación o ilustración. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
¿ Por cuánto tiempo se  protegen las obras? Obras por el Autor La vida del autor  +70 años después de su muerte Obras “por contrato”, anónimas, seudónimas etc… 95 años después de su publicación o 120 años desde su creación (lo que sea menor.) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
DIGITAL MILLENNIUM COPYRIGHT ACT  Act (DMCA ) El DMCA Acta de derechos de autor "Milenio Digital", es una ley de derechos de autor de Estados Unidos de América el cual  criminaliza la  producción y distribución  de tecnología  que antes podían pasarse por alto por las medidas anteriores.  Incrementa la pena por infringir estas leyes por medio de la  Internet . 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
DMCA  (Cont.) El DMCA se divide en 5 títulos: Título I  Acta sobre la implementación del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
DMCA (Cont.) Título II  Acta sobre las limitaciones y responsabilidades a la violación de los derechos de autor en línea .   Título III  Acta sobre el aseguramiento en el mantenimiento de computadores. Título IV  Provisiones Misceláneas . Título V  Acta de protección de los diseños de los cascos de buques   5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Sección 1201(DMCA) Technological Protection Measures (protección de medidas tecnológicas) Impedir el acceso a la obra protegida ( control de acceso ).  Impedir la copia/uso no autorizada de las mismas ( medidas anticopia ).  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Sección 1201(DMCA) (Cont.) Esta ley califica como ilegal:  Fabricación, venta y tráfico  de  mecanismos o servicios  que se utilicen para eludir cualquiera de ambas categorías de medidas tecnológicas (de acceso y anticopia).  El  acto de elusión  de tales medidas. Para las medidas tecnológicas de control de acceso, se establecen algunas excepciones para fines específicos. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Limitaciones a los  derechos de autor Fair Use Act  (Title 17, Chapter 1, Section 107)   La aplicación de la Ley de Derechos de Autor, permite el uso leal (sin violar el derecho de autor), mediante reproducción de una obra protegida para propósitos educativos, investigativos, comentarios, críticas e informes noticiosos  dependiendo de: Propósito del trabajo  - Cantidad de material Naturaleza del trabajo  - Efecto en el mercado Uso educativo no es necesariamente justo. (Interpretación.) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Guías para el uso  Justo de Materiales   5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor Medio   Propoción   Limitaciones   Instrucciones Adicionales   Video/Filme   10%   Hasta 3 min.   Texto   10%   Hasta 1000 palabras   Poesía   Poema completo si, tiene 250 palabras o menos   Hasta 250 palabras   En Antologías se limita a 3 por poeta, o 5 poemas en total.   Música/lírica 10%   Hasta 30 segundos   No se permite cambio a la melodía o trabajo.   Fotos/Ilustraciones Imagen Completa   Hasta 5 por artista   Imágenes (Colección)   10% Hasta 15 imágenes   Hasta un máximo de 15 por colección.   Base de Datos   10% Hasta 2500 entradas o celdas en hoja   La entrada es donde se intersecan las columnas y las filas.
Ley de Propiedad Intelectual de Puerto Rico   Ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988   El autor de una obra literaria, científica o artística tiene el derecho exclusivo de beneficiarse y disponer de ella, con arreglo a las leyes especiales vigentes sobre la materia. Se utiliza la letra “R” dentro de un triángulo para solicitar los derechos morales en Puerto Rico en una obra. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor R
Derecho Moral El derecho moral es aquel que permite, a quien crea una obra, gozar de la protección del derecho de propiedad intelectual, este es independiente de la protección de sus derechos patrimoniales.   Se extiende hasta 50 años después de la muerte del autor. Son permanentes y irrenunciables e imprescriptibles. Es heredable 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Recomendación Si usted crea alguna obra que desea registrar su Propiedad intelectual es recomendable que lo haga tanto en la Jurisdiscción de Puerto Rico como en los Estados Unidos para protección completa de la obra.  5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Enlaces Ley Propiedad Intelectual de Puerto Rico Oficina de Copyrigth gobierno de Estados Unidos Información Derechos de Autor Wikipedia Coloquio sobre propiedad intelectual RUM 2005 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
Gracias por su atención Es cosa fácil ser bueno: lo difícil es ser justo .  (Víctor Hugo) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor

Derechos Autor.2008 2009

  • 1.
    Módulo Derechos deAutor Dr. Cirilo Toro Vargas Profa. María del C. González Torres Profa. Magda Vargas Rodríguez Prof. Gerinaldo Camacho Camacho Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico Programa de Alfabetización en Información y Tecnología http://biblioinstruccion.blogspot.com 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 2.
    Objetivos Al finalizareste Módulo el lector conocerá, interpretará, y aplicará efectivamente durante su vida académica y profesional, los reglamentos y estatus sobre los Derechos de Autor y la Propiedad Intelectual de la Información, basados en las Leyes Estatales y Federales aplicables a Puerto Rico. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 3.
    Introducción El serhumano ha sido creador de conocimientos de incalculable valor, que son preservados para que en el futuro sean utilizados para el bien. Con las nuevas tecnologías la forma en que se almacena y distribuye la información la información son variadas. La creación de las Leyes de Derechos de Autor tiene la misión de proteger el producto intelectual de los creadores de la información. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 4.
    Historia Reciente LosDerechos de Autor y Propiedad Intelectual recientes se remontan a finales del Siglo 18 cuando el Congreso de los Estados Unidos aprobó la primera ley de derechos de autor. Internacionalmente se realizó El Convenio de Berna (1886, 1979), que es un tratado internacional para la protección de las obras literarias y artísticas. Puerto Rico existe la LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE P.R. (Ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988, Código Civil 1930, art 359). 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 5.
    ¿ Qué esDerechos de Autor? T érmino jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y/o artísticas. Proviene del francés “droit d'auteur,” es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 6.
    Derechos de Autor(Cont.) Programas de Computadoras y la mayoría de las "compilaciónes" deben registrarse como "obras literarias"; los mapas y planos arquitectónicos podrían registrarse como "obras pictóricas, gráficas y esculturales." 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 7.
    Obras que incluyeEl tipo de obras que abarca incluye: Novelas Poemas, Obras de teatro Documentos de referencia Periódicos y programas informáticos Bases de datos Películas (en cualquier formato) Composiciones musicales y coreografías Pinturas, dibujos, fotografías y escultura Obras arquitectónicas, publicidad, mapas y dibujos técnicos. Programas de computador 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 8.
    Derechos de Autoro “Copyright” Ley Federal E.E.U.U . Título 17, Código Federal de Leyes de los Estados Unidos Para los autores de "obras originales" incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas e intelectuales. Esta protección está disponible tanto para obras publicadas como para obras que todavía no se hayan publicado. El derecho de autor protege "obras originales" que están fijada en una forma de expresión tangible. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 9.
    Sección 106 -Ley del Derecho de Autor de 1976 Le otorga al dueño el derecho exclusivo Reproducir la obra en copias o fonogramas; Preparar obras derivados basados en la obra. Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias. Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 10.
    Sección 106 -Ley del Derecho de Autor de 1976 (Cont.) Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales; e En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audio digital. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 11.
    Notificación Derechode Autor © Símbolo de notificación visual Notificación visual perceptible debe cumplir con los tres siguientes requisitos: símbolo © (la letra c en el círculo), o la palabra "Copyright" o la abreviatura "Copr.“ El año de la primera publicación de la obra. El nombre del dueño del derecho de autor en la obra, abreviatura o designación mediante la cual el nombre pueda ser reconocido. Ej. © 2002 Fulano de Tal 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 12.
    ¿ Qué obrasprotege la ley? Las obras con derecho de autor incluyen las siguientes categorías: obras literarias obras musicales, incluyendo la letra obras dramáticas, incluyendo cualquier acompañamiento musical pantomimas y otras obras coreográficas películas y otras obras audiovisuales grabaciones sonoras obras arquitectónicas Estas categorías deben verse ampliamente. Ej. programas de computadoras y la mayoría de las "compilaciónes" deben registrarse como "obras literarias"; Ej. los mapas y planos arquitectónicos podrían registrarse como "obras pictóricas, gráficas y esculturales." 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 13.
    ¿QUE OBRAS NO ESTÁN PROTEGIDAS? Obras coreográficas o presentaciones que no han sido escritas o grabadas. Discursos improvisados. Títulos, nombres, frases cortas y lemas, símbolos o diseños familiares, meras variantes de decoración tipográfica, letras o colores; meras listas de ingredientes o contenidos. Obras que consisten totalmente de información que es de conocimiento público. Las para ser cobijadas por la Ley de Derechos de Autor no tienen que ser publicadas. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 14.
    ¿QUE OBRAS NO ESTÁN PROTEGIDAS? (Cont.) Ideas, procedimientos, métodos, sistemas, procesos, conceptos, principios, descubrimientos, aparatos, como diferenciaciones de una descripción, explicación o ilustración. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 15.
    ¿ Por cuántotiempo se protegen las obras? Obras por el Autor La vida del autor +70 años después de su muerte Obras “por contrato”, anónimas, seudónimas etc… 95 años después de su publicación o 120 años desde su creación (lo que sea menor.) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 16.
    DIGITAL MILLENNIUM COPYRIGHTACT Act (DMCA ) El DMCA Acta de derechos de autor "Milenio Digital", es una ley de derechos de autor de Estados Unidos de América el cual criminaliza la producción y distribución de tecnología que antes podían pasarse por alto por las medidas anteriores. Incrementa la pena por infringir estas leyes por medio de la Internet . 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 17.
    DMCA (Cont.)El DMCA se divide en 5 títulos: Título I Acta sobre la implementación del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 18.
    DMCA (Cont.) TítuloII Acta sobre las limitaciones y responsabilidades a la violación de los derechos de autor en línea . Título III Acta sobre el aseguramiento en el mantenimiento de computadores. Título IV Provisiones Misceláneas . Título V Acta de protección de los diseños de los cascos de buques 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 19.
    Sección 1201(DMCA) TechnologicalProtection Measures (protección de medidas tecnológicas) Impedir el acceso a la obra protegida ( control de acceso ). Impedir la copia/uso no autorizada de las mismas ( medidas anticopia ). 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 20.
    Sección 1201(DMCA) (Cont.)Esta ley califica como ilegal: Fabricación, venta y tráfico de mecanismos o servicios que se utilicen para eludir cualquiera de ambas categorías de medidas tecnológicas (de acceso y anticopia). El acto de elusión de tales medidas. Para las medidas tecnológicas de control de acceso, se establecen algunas excepciones para fines específicos. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 21.
    Limitaciones a los derechos de autor Fair Use Act (Title 17, Chapter 1, Section 107) La aplicación de la Ley de Derechos de Autor, permite el uso leal (sin violar el derecho de autor), mediante reproducción de una obra protegida para propósitos educativos, investigativos, comentarios, críticas e informes noticiosos dependiendo de: Propósito del trabajo - Cantidad de material Naturaleza del trabajo - Efecto en el mercado Uso educativo no es necesariamente justo. (Interpretación.) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 22.
    Guías para eluso Justo de Materiales 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor Medio Propoción Limitaciones Instrucciones Adicionales Video/Filme 10% Hasta 3 min. Texto 10% Hasta 1000 palabras Poesía Poema completo si, tiene 250 palabras o menos Hasta 250 palabras En Antologías se limita a 3 por poeta, o 5 poemas en total. Música/lírica 10% Hasta 30 segundos No se permite cambio a la melodía o trabajo. Fotos/Ilustraciones Imagen Completa Hasta 5 por artista Imágenes (Colección) 10% Hasta 15 imágenes Hasta un máximo de 15 por colección. Base de Datos 10% Hasta 2500 entradas o celdas en hoja La entrada es donde se intersecan las columnas y las filas.
  • 23.
    Ley de PropiedadIntelectual de Puerto Rico Ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988 El autor de una obra literaria, científica o artística tiene el derecho exclusivo de beneficiarse y disponer de ella, con arreglo a las leyes especiales vigentes sobre la materia. Se utiliza la letra “R” dentro de un triángulo para solicitar los derechos morales en Puerto Rico en una obra. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor R
  • 24.
    Derecho Moral Elderecho moral es aquel que permite, a quien crea una obra, gozar de la protección del derecho de propiedad intelectual, este es independiente de la protección de sus derechos patrimoniales. Se extiende hasta 50 años después de la muerte del autor. Son permanentes y irrenunciables e imprescriptibles. Es heredable 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 25.
    Recomendación Si ustedcrea alguna obra que desea registrar su Propiedad intelectual es recomendable que lo haga tanto en la Jurisdiscción de Puerto Rico como en los Estados Unidos para protección completa de la obra. 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 26.
    Enlaces Ley PropiedadIntelectual de Puerto Rico Oficina de Copyrigth gobierno de Estados Unidos Información Derechos de Autor Wikipedia Coloquio sobre propiedad intelectual RUM 2005 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor
  • 27.
    Gracias por suatención Es cosa fácil ser bueno: lo difícil es ser justo . (Víctor Hugo) 5 junio 2008 Módulo de Derechos de Autor