SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
Descargar para leer sin conexión
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
1
Lima, uno de abril de dos mil catorce
VISTA la Resolución N.° 302-2010-JNE, de fecha 17 de mayo de 2010.
CONSIDERANDOS
1. La Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos, establece que la elección de
candidatos de los partidos políticos y movimientos de alcance regional o
departamental debe efectuarse mediante elecciones internas, de acuerdo con
sus disposiciones y las normas estatutarias respectivas y, al mismo tiempo,
habilita la designación hasta de un quinto de los candidatos por los órganos
competentes al interior de cada organización política.
2. Es función del Jurado Nacional de Elecciones, velar por el cumplimiento de
las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a
materia electoral, conforme a lo dispuesto por el artículo 178 de la
Constitución Política del Perú y el artículo 5, literal g, de la Ley N.° 26486,
Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
3. Mediante Resolución N.° 302-2010-JNE, del 17 de mayo de 2010, se aprobó el
instructivo sobre democracia interna para elección de candidatos de los partidos
políticos y movimientos regionales para el proceso de elecciones Regionales
y Municipales del año 2010. Sin embargo, con la finalidad de propiciar que la
práctica de las acciones de democracia interna al interior de las
organizaciones políticas se ciña a las exigencias legales, resulta necesario
efectuar nuevas precisiones que brinden mayor orientación a los actores
electorales en los procesos de elecciones municipales y regionales, para la
obtención de una adecuada aplicación de la normatividad en la conformación de
las fórmulas y listas de candidatos cuya inscripción se solicitará ante los
Jurados Electorales Especiales.
4. Estas precisiones se encuentran plasmadas en el “Instructivo para el ejercicio
de la democracia interna en la elección de los candidatos para los procesos
regionales y municipales”, en el que se consignan, entre otras, indicaciones
sobre la democracia interna en las alianzas electorales, el contenido del
estatuto o norma de organización interna y el reglamento electoral.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- APROBAR el “Instructivo para el ejercicio de la democracia
interna en la elección de los candidatos para los Procesos Electorales Regionales
y Municipales”, cuyo texto es el siguiente:
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
2
INSTRUCTIVO PARA EL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA EN LA
ELECCIÓN DE CANDIDATOS PARA LOS PROCESOS ELECTORALES
REGIONALES Y MUNICIPALES
I. Objeto
El presente instructivo tiene por objeto precisar las pautas que deben seguir los
partidos políticos, movimientos de alcance regional o departamental y alianzas
electorales, a efectos de definir a sus candidatos a cargos públicos de elección
popular, en el marco de los procesos de elecciones regionales y municipales.
II. Base legal
2.1 Constitución Política del Perú.
2.2 Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
2.3 Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos.
2.4 Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales.
2.5 Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales.
III. Abreviaturas
DNI : Documento Nacional de Identidad.
JEE : Jurado Electoral Especial.
JNE : Jurado Nacional de Elecciones.
LEM : Ley N.º 26864, Ley de Elecciones Municipales.
LER : Ley N.º 27683, Ley de Elecciones Regionales.
LPP : Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos.
ROP : Registro de Organizaciones Políticas
IV. Contenido
1. NORMAS RELATIVAS A LA DEMOCRACIA INTERNA
1.1. Ley de Partido Políticos.
1.2. Estatuto o norma de organización interna
El estatuto del partido político o norma de organización interna en el caso de los
movimientos regionales o departamentales debe contener lo siguiente:
a. Los órganos electorales que participarán en los procesos de elección y
designación de candidatos, así como sus atribuciones, estructura organizativa,
quórum para la toma de decisiones, entre otras disposiciones para su normal
desempeño.
b. Disposiciones referidas a la designación directa de candidatos.
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
3
1.3. Reglamento electoral
El reglamento electoral podrá ser elaborado por el órgano electoral central u otro
órgano que disponga el estatuto y aprobado por votación directa de sus afiliados, o por
la máxima instancia del partido o movimiento regional. Debe guardar concordancia con
el ordenamiento electoral vigente, lo que incluye al estatuto o norma de organización
interna de la respectiva organización política. Debería contener el procedimiento para
la elaboración, autorización y aprobación del padrón electoral.
En cualquier caso, la aprobación de la modificación del reglamento electoral no puede
ser posterior a la convocatoria del proceso electoral interno. De aprobarse
posteriormente, esta modificación no resulta vinculante para el proceso electoral
interno respectivo.
Contenido del reglamento electoral
En el reglamento electoral deberá contener como mínimo los siguientes temas:
a. Los principios y garantías del proceso electoral.
b. Disposiciones sobre los órganos electorales (conformación, organización,
funciones, y atribuciones).
c. Procedimiento para la elaboración, autorización y aprobación del padrón
electoral.
d. Etapas del proceso electoral: convocatoria, inscripción de candidaturas, tachas,
impugnaciones, elaboración del material de sufragio, desarrollo de acto
electoral, escrutinio, cómputo y proclamación de resultados.
e. Requisitos adicionales a los establecidos en la ley, exigidos para integrar una
lista de candidatos.
f. Retiro de candidatos o lista de candidatos.
g. Renuncia de candidatos.
2. DEMOCRACIA INTERNA EN LAS ALIANZAS ELECTORALES
Las alianzas electorales establecerán en sus respectivas actas de constitución la
forma en que se llevará a cabo la elección interna de sus candidatos, respetando las
modalidades establecidas por ley. Para tal efecto podrán optar entre las siguientes
alternativas:
a. Cada una de las organizaciones políticas integrantes de la alianza electoral
realiza sus elecciones internas de manera independiente, según la modalidad
establecida en sus respectivos estatutos o normas de organización interna. En
este supuesto, el acta de constitución de la alianza electoral debe precisar el
órgano, el orden, y la modalidad que determinará la lista definitiva de
candidatos, a efectos de que se aplique un mecanismo de repartición de las
candidaturas presentadas en las organizaciones políticas que conforman la
alianza electoral.
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
4
b. Las organizaciones políticas integrantes de la alianza electoral adoptan en
conjunto, un mecanismo para establecer una única lista de candidatos.
3. ÓRGANOS ELECTORALES DE DEMOCRACIA INTERNA
3.1. Órgano Electoral Central
El órgano electoral central es el máximo órgano colegiado en materia electoral del
partido político y movimiento regional o departamental. Debe estar conformado por un
mínimo de tres (3) miembros, y contar con órganos electorales descentralizados.
En cada organización política el órgano electoral central puede recibir distintas
denominaciones, debiéndose señalar de manera clara sus funciones y competencias.
Características del órgano electoral central
El órgano electoral central tiene las siguientes características:
a. Especializado.- Instancia con competencia exclusiva en materia electoral.
b. Autónomo.- Se rige por las normas que regulan su competencia, no depende
de ningún otro órgano de la organización política.
c. Independiente.- Sus resoluciones son adoptadas sin ningún tipo de injerencia
o coacción.
d. Permanente.- Se encarga de organizar, planificar y regular el proceso de
elección de candidatos.
e. Colegiado.- Debe estar conformado por un mínimo de 3 miembros o un
número impar para facilitar la toma de decisiones.
Funciones del órgano electoral central
El órgano electoral central tiene como funciones:
a. Realizar el proceso de elección de los candidatos, para lo cual organiza y lleva
a cabo todas las etapas del proceso electoral interno (convocatoria a
elecciones, elaboración de cronograma, aprobación del padrón electoral,
elaboración del material electoral y proclamación de resultados), en
coordinación con los órganos electorales descentralizados.
b. Elaborar disposiciones en materia electoral, con arreglo al estatuto o norma de
organización interna y al reglamento electoral.
c. Resolver en última instancia las impugnaciones.
d. Otras funciones establecidas en las normas internas.
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
5
3.2. Órganos electorales descentralizados
Los órganos electorales descentralizados constituyen la primera instancia del partido
político y movimiento regional o departamental, en su circunscripción, y dependen
estructural y funcionalmente del órgano electoral central. Como órganos colegiados
deben estar conformados por un mínimo de 3 miembros.
Las funciones del órgano electoral central y de los órganos electorales
descentralizados referidas a la elaboración del padrón electoral, de los materiales
electorales, conformación de las mesas de sufragio, entre otros, dependerá de la
modalidad de elección que se adopte.
4. ELECCIÓN INTERNA
4.1. Candidaturas sujetas a elección.
Están sujetos a elección interna los candidatos de los partidos políticos, movimientos
regionales o departamentales, y alianzas electorales que postulen a los siguientes
cargos:
a. Presidente, vicepresidente y consejeros regionales
b. Alcalde y regidores de los concejos municipales
4.2. Requisitos para ser candidatos
Cada organización política podrá establecer en su estatuto o norma de organización
interna, los requisitos a cumplir por los postulantes a presidente, vicepresidente,
consejeros regionales, alcalde y regidores municipales, sin contravención de aquellos
contemplados en el ordenamiento electoral vigente.
4.3. Cuotas electorales
Las listas de candidatos que se presentan a la elección interna de las organizaciones
políticas deberán respetar las cuotas de género, de joven y de comunidades nativas,
campesinas y pueblos originarios, previstas en el artículo 12 de la LER y el artículo 10
de la LEM.
Luego de efectuado el cálculo para establecer las cuotas electorales, si el resultado
obtenido es un número con decimal, el redondeo debe realizarse al entero inmediato
superior, a fin de cumplir con el porcentaje mínimo establecido por ley.
4.4. Periodo de la elección interna
Las elecciones internas se efectúan entre los ciento ochenta días calendarios
anteriores a la fecha de fijada para la elección del respectivo proceso electoral, y
ciento once días calendarios antes de tal elección.
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
6
4.5. Modalidades de elección de candidatos:
Corresponde al órgano máximo de la organización política decidir la modalidad de
elección de los candidatos. Los candidatos a los cargos de Presidente y
Vicepresidente Regional, y Alcalde, así como al menos las 4/5 partes del total de
candidatos a consejeros regionales y a regidores, respectivamente, deben ser elegidos
bajo alguna de las siguientes modalidades:
a) Elecciones primarias abiertas: Elecciones con voto universal, libre, voluntario,
igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados.
b) Elecciones primarias cerradas: Elecciones con voto universal, libre, voluntario,
igual, directo y secreto de los afiliados.
c) Elecciones a través de los delegados.
En cualquiera de las tres modalidades de elección, los candidatos pueden elegirse con
la mayoría simple de votos, con mayoría absoluta o con mayoría calificada, conforme
lo disponga su Reglamento Electoral.
En aquellos casos en que se presente solo una lista de candidatos a la elección
interna, también se deberá aplicar alguna de las modalidades de elección detalladas
en el presente numeral 14.1 del presente artículo.
4.6. Designación directa
La designación directa de candidatos es efectuada por el órgano de la organización
política que disponga el estatuto o norma de organización interna, hasta la quinta parte
del número total de candidatos a consejeros regionales y regidores municipales,
respectivamente. Ello no impide que el total de la lista pueda estar conformada solo
por candidatos elegidos.
Las candidaturas para alcalde, presidente y vicepresidente regional, deben ser
necesariamente definidas mediante elección por democracia interna.
Respecto a la lista de candidatos a Consejeros, titulares y accesitarios, para las
elecciones regionales se tiene lo siguiente:
Total de Consejeros
Hasta 1/5 del total de
candidatos a Consejeros
DESIGNADOS (máximo)
4/5 del total de candidatos
a Consejeros ELEGIDOS
(mínimo)
Consejo Regional con 24 consejeros 4 20
Consejo Regional con 17 consejeros 3 14
Consejo Regional con 16 consejeros 3 13
Consejo Regional con 14 consejeros 2 12
Consejo Regional con 12 consejeros 2 10
Consejo Regional con 11 consejeros 2 9
Consejo Regional con 10 consejeros 2 8
Consejo Regional con 09 consejeros 1 8
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
7
Total de Consejeros
Hasta 1/5 del total de
candidatos a Consejeros
DESIGNADOS (máximo)
4/5 del total de candidatos
a Consejeros ELEGIDOS
(mínimo)
Consejo Regional con 08 consejeros 1 7
Consejo Regional con 07 consejeros 1 6
Respecto de la lista de candidatos a Regidores para las elecciones municipales, se
aprecia lo siguiente:
Total de Regidores
Hasta 1/5 del total de
candidatos a Regidores
DESIGNADOS
(máximo)
4/5 del total de
candidatos a
Regidores ELEGIDOS
(mínimo)
Concejos con 39 regidores 07 32
Concejos con 15 regidores 03 12
Concejos con 13 regidores 02 11
Concejos con 11 regidores 02 09
Concejos con 09 regidores 01 08
Concejos con 07 regidores 01 06
Concejos con 05 regidores 01 04
4.7. Etapas del proceso electoral interno
En el caso de elecciones primarias abiertas y cerradas, el proceso electoral interno
debe estar conformado por las siguientes etapas:
1. Convocatoria (cronograma del proceso electoral)
2. Inscripción de candidatos
3. Elaboración y aprobación del padrón electoral
4. Elaboración y distribución material electoral
5. Conformación de mesas de sufragio
6. Acto de votación
7. Cómputo de votos
8. Proclamación de los resultados
9. Resolución de impugnaciones a que hubiere lugar.
En las elecciones a través de los delegados, estos son elegidos por el órgano
partidario que disponga el estatuto, norma interna de organización del movimiento
regional, o en su defecto el reglamento electoral. El órgano partidario debe estar
integrado por miembros elegidos por voto universal, libre, voluntario, igual, directo y
secreto de los afiliados, conforme a lo establecido en el artículo 27 de la LPP.
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
8
4.8. Presentación de Declaración Jurada de Vida
Los candidatos a presidente, vicepresidente, consejeros regionales, alcalde y
regidores municipales, deben presentar su declaración jurada de vida, dentro de los
quince días de convocada la elección interna o al registrar su candidatura.
En el caso de las personas designadas a postular como candidatos que no han
participado en elección interna, presentarán su declaración jurada de vida dentro de
los siete días de haber sido invitados.
4.9. Lista de candidatos ante JEE
La lista de candidatos -tanto titulares como accesitarios- que se presenta para su
inscripción ante el respectivo JEE, deberá estar aprobada al interior de la organización
política, y ser resultado de la aplicación del sistema de representación proporcional
adoptado por dicha organización en su reglamento electoral.
La declaración jurada de vida se publicará en la página web de la organización
política.
Artículo segundo.- APROBAR los modelos de Acta de elección interna / Designación
directa de candidatos que como anexos 1 y 2 que forman parte integral de la presente
resolución.
Artículo tercero.- REMITIR el presente instructivo a las organizaciones políticas inscritas
en el Registro de Organizaciones Políticas, la Oficina Nacional de Procesos Electorales
(ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Registro Civil (Reniec), para su
conocimiento y fines pertinentes.
Artículo cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.° 302-2010-JNE, de fecha 17 de
mayo de 2010.
Artículo quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial
El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
jrm/gcm
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
9
ANEXO 1: MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN INTERNA / DE DESIGNACIÓN
DIRECTA DE CANDIDATOS PARA ELECCIONES REGIONALES
En la ciudad de ________, en las instalaciones del local ubicado en ___________________________________, a las ______ horas
del ___ de _______________ del año _______, se dio inicio a la sesión del Comité Electoral _________ del partido
político/movimiento regional __________________________, con el objeto de realizar las elecciones internas para determinar los
candidatos a las Elecciones Regionales para el Distrito Electoral de ______________________, conforme a lo dispuesto en los
artículos ________ del Estatuto correspondiente.
1. MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL
Participan en la presente sesión los siguientes miembros del Comité Electoral:
Apellidos y nombres DNI Cargo en la organización política
Presidente:
Miembro:
Miembro:
2. MODALIDAD DE ELECCIÓN
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos, para el presente proceso se empleará/n la/s siguiente/s modalidad/es:
INDICAR CUÁL O CUÁLES DE LAS SIGUIENTES MODALIDADES SERÁN EMPLEADAS:
a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados.
b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
c) Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo disponga el estatuto.
3. DESIGNACIÓN DE CANDIDATOS
Designación directa, hasta una quinta parte del número total de candidatos, de acuerdo con lo establecido en el artículo _____ del
Estatuto.
4. MODALIDAD PARA REPARTICIÓN DE CANDIDATURAS
Para el supuesto en que las candidaturas sean votadas por lista completa, de conformidad con el último párrafo del artículo 24 de la
Ley de Partidos Políticos.
5. DESARROLLO DEL PROCESO DE ELECCIÓN O DESIGNACIÓN
Considerando la/s modalidad/es a ser empleada/s, se procedió de la siguiente forma:
Indicar en forma resumida el desarrollo del proceso electoral correspondiente, conforme a la modalidad establecida, precisando si las
candidaturas han sido presentadas en forma nominal o por lista, y señalando los incidentes y cuestionamientos que se hubieran
producido, así como la forma en que éstos se hayan resuelto.
6. RESULTADOS
Como resultado del proceso realizado, se obtuvieron los siguientes resultados:
Indicar el número de votos obtenidos por cada candidato o lista que participó en las elecciones internas, o las personas que han sido
designadas.
7. DETERMINACIÓN DE LOS CANDIDATOS
En virtud de lo expuesto, los candidatos del partido político/movimiento regional _________________________________ para las
Elecciones Regionales son los siguientes:
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
10
ELECCIONES REGIONALES
FÓRMULA
Cargo Apellidos y Nombres DNI
Presidente
Vicepresidente
LISTA DE CONSEJEROS REGIONALES
* CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en Gobiernos Regionales establecidos por
el JNE.
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOTA:
En los casos de elecciones internas para la elección de Presidentes y Vicepresidentes Regionales, en las que haya participado la
Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, la presente Acta incluirá solamente la elección de los candidatos a consejeros
regionales.
Provincia N° Condición Apellidos y
nombres
DNI Sexo Edad Miembro
CNCCyPO*
AAA 1 Titular M/F Si/NO
1 Accesitario
BBB 1 Titular
1 Accesitario
CCC 1 Titular
1 Accesitario
2 Titular
2 Accesitario
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
11
ANEXO 2: MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN INTERNA / DE DESIGNACIÓN
DIRECTA DE CANDIDATOS PARA ELECCIONES MUNICIPALES
En la ciudad de ________, en las instalaciones del local ubicado en ___________________________________, a las ______ horas
del ___ de _______________ del año _______, se dio inicio a la sesión del Comité Electoral _________ del partido
político/movimiento regional __________________________, con el objeto de realizar las elecciones internas para determinar los
candidatos a las Elecciones Municipales en el distrito electoral de _____________, provincia de _____________, departamento de
______________; conforme a lo dispuesto en los artículos ________ del Estatuto correspondiente.
1. MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL
Participan en la presente sesión los siguientes miembros del Comité Electoral:
Apellidos y nombres DNI Cargo en la organización política
Presidente:
Miembro:
Miembro:
2. MODALIDAD DE ELECCIÓN
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos, para el presente proceso se empleará/n la/s siguiente/s modalidad/es:
INDICAR CUÁL O CUÁLES DE LAS SIGUIENTES MODALIDADES SERÁN EMPLEADAS:
a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados.
b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
c) Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo disponga el estatuto.
3. DESIGNACIÓN DE CANDIDATOS
Designación directa, hasta una quinta parte del número total de candidatos, de acuerdo con lo establecido en el artículo _____ del
Estatuto.
4. MODALIDAD PARA LA REPARTICIÓN DE CANDIDATURAS
Para el supuesto en que las candidaturas sean votadas por lista completa, de conformidad con el último párrafo del artículo 24 de la
Ley de Partidos Políticos.
5. DESARROLLO DEL PROCESO DE ELECCIÓN O DESIGNACIÓN
Considerando la/s modalidad/es a ser empleada/s, se procedió de la siguiente forma:
Indicar en forma resumida el desarrollo del proceso electoral correspondiente, conforme a la modalidad establecida, precisando si las
candidaturas han sido presentadas en forma nominal o por lista, y señalando los incidentes y cuestionamientos que se hubieran
producido, así como la forma en que éstos se hayan resuelto.
6. RESULTADOS
Como resultado del proceso realizado, se obtuvieron los siguientes resultados:
Indicar el número de votos obtenidos por cada candidato o lista que participó en las elecciones internas, o las personas que han sido
designadas.
7. DETERMINACIÓN DE LOS CANDIDATOS
En virtud de lo expuesto, los candidatos del partido político/movimiento regional _________________________________ para las
Elecciones Municipales son los siguientes:
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N.° 273-2014-JNE
12
ELECCIONES MUNICIPALES
LISTA DE CANDIDATOS
Cargo Apellidos y nombres DNI Sexo Edad Miembro
CNCCyPO*
Alcalde NO APLICA CUOTAS
Regidor 1 M/F SI/NO
Regidor 2
Regidor 3
Regidor 4
Regidor 5
…
Regidor n
* CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en provincias establecidas por el JNE.
No habiendo otro asunto más que tratar, siendo las _____ horas se dio por culminada la sesión, firmando en señal de plena
conformidad.
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ
NOTA:
En los casos de elecciones internas para la elección de Alcaldes en las provincias capitales de departamento, en las que haya
participado la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, la presente Acta incluirá solamente la elección de los candidatos a
regidores.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASO
Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASOProyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASO
Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASOMendoza Post
 
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5Ley de transparencia 1,2,3,4 y5
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5MILAGROS978638
 
Jne solicita al congreso
Jne solicita al congresoJne solicita al congreso
Jne solicita al congresoCarlosAuccasi1
 
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Resolución del PJ bonaerense
Resolución del PJ bonaerenseResolución del PJ bonaerense
Resolución del PJ bonaerenseradiobrisas
 
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...FUSADES
 
Ponencia pablo becerra 4 diplom05
Ponencia pablo becerra 4 diplom05Ponencia pablo becerra 4 diplom05
Ponencia pablo becerra 4 diplom05santi1000
 
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidos
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidosComunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidos
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidosFUSADES
 
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julio
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julioCurso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julio
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julioICADEP Icadep
 
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. Legislativo
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. LegislativoDto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. Legislativo
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. LegislativoIUS - URL
 
Ponencia 2 cieslag_2014 corregida
Ponencia 2 cieslag_2014 corregidaPonencia 2 cieslag_2014 corregida
Ponencia 2 cieslag_2014 corregidaOmaRap Solo Casta
 

La actualidad más candente (19)

Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASO
Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASOProyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASO
Proyecto de decreto reglamentario de la Ley de las PASO
 
Cofipe
CofipeCofipe
Cofipe
 
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5Ley de transparencia 1,2,3,4 y5
Ley de transparencia 1,2,3,4 y5
 
Jne solicita al congreso
Jne solicita al congresoJne solicita al congreso
Jne solicita al congreso
 
Ley orgánica de elecciones
Ley orgánica de eleccionesLey orgánica de elecciones
Ley orgánica de elecciones
 
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
JNE - Resolución N° 287-2015 - Establecen números de escaños por distrito ele...
 
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
JNE - Resolución N° 285-2015 - Reglamento para la Fiscalización del ejercicio...
 
Acuerdo CG de Lineamientos de Supervisión PREP
Acuerdo CG de Lineamientos de Supervisión PREPAcuerdo CG de Lineamientos de Supervisión PREP
Acuerdo CG de Lineamientos de Supervisión PREP
 
Resolución del PJ bonaerense
Resolución del PJ bonaerenseResolución del PJ bonaerense
Resolución del PJ bonaerense
 
27806
2780627806
27806
 
Ley 27806
Ley 27806Ley 27806
Ley 27806
 
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...
Reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos en materia de v...
 
Ponencia pablo becerra 4 diplom05
Ponencia pablo becerra 4 diplom05Ponencia pablo becerra 4 diplom05
Ponencia pablo becerra 4 diplom05
 
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidos
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidosComunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidos
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidos
 
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julio
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julioCurso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julio
Curso "Transparencia" Paraiso, Tabasco 18 y 19 de julio
 
Reforma politico electoral
Reforma politico electoralReforma politico electoral
Reforma politico electoral
 
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. Legislativo
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. LegislativoDto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. Legislativo
Dto. 17-2011 Reformas a la Ley Orgánica del O. Legislativo
 
Ponencia 2 cieslag_2014 corregida
Ponencia 2 cieslag_2014 corregidaPonencia 2 cieslag_2014 corregida
Ponencia 2 cieslag_2014 corregida
 
Sistema electoral en el peru
Sistema electoral en el peruSistema electoral en el peru
Sistema electoral en el peru
 

Similar a JNE aprueba instructivo sobre democracia interna en elección de candidatos

JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique Cornejo
JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique CornejoJEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique Cornejo
JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique CornejoMichael Machacuay Baquerizo
 
Codigo electoral del estado de hidalgo
Codigo electoral del estado de hidalgoCodigo electoral del estado de hidalgo
Codigo electoral del estado de hidalgoNievesYadiraAustria
 
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014Eduardo Zavaleta Ruiz
 
Modulo 1 proceso_electoral
Modulo 1 proceso_electoralModulo 1 proceso_electoral
Modulo 1 proceso_electoralEnrique Colcas A
 
Regulación de los partidos políticos
Regulación de los partidos políticos Regulación de los partidos políticos
Regulación de los partidos políticos SamanthaLeaCalamariG
 
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UD
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UDInforme 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UD
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UDTania Roja
 
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...Ale Altuve
 
Proceso Electoral en Mexico
Proceso Electoral en MexicoProceso Electoral en Mexico
Proceso Electoral en Mexicomorita_azul
 
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdf
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdfManual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdf
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdfJULIOCESARROJASVICTO
 
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORALEFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORALMarcelo Pavka
 
Estatuto de Pasco Dignidad
Estatuto de Pasco DignidadEstatuto de Pasco Dignidad
Estatuto de Pasco Dignidadpascodignidad
 

Similar a JNE aprueba instructivo sobre democracia interna en elección de candidatos (20)

JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique Cornejo
JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique CornejoJEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique Cornejo
JEE Lima Centro declara improcedente postulación de Enrique Cornejo
 
Codigo electoral del estado de hidalgo
Codigo electoral del estado de hidalgoCodigo electoral del estado de hidalgo
Codigo electoral del estado de hidalgo
 
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014
EL JNE DECLARO IMPROCEDENTE A TERRONES 2014
 
Reglamento
ReglamentoReglamento
Reglamento
 
Jurados nacionales especiales jne
Jurados nacionales especiales jneJurados nacionales especiales jne
Jurados nacionales especiales jne
 
Modulo 1 proceso_electoral
Modulo 1 proceso_electoralModulo 1 proceso_electoral
Modulo 1 proceso_electoral
 
Acuerdo JGE80/2010
Acuerdo JGE80/2010Acuerdo JGE80/2010
Acuerdo JGE80/2010
 
Regulación de los partidos políticos
Regulación de los partidos políticos Regulación de los partidos políticos
Regulación de los partidos políticos
 
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UD
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UDInforme 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UD
Informe 01CEN DEL MAS - REGLAMENTO ELECTORAL DE UNIDAD DEMOCRÁTICA-UD
 
Compilacion Normativa CNE Ecuador
Compilacion Normativa CNE Ecuador Compilacion Normativa CNE Ecuador
Compilacion Normativa CNE Ecuador
 
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS A LA PLENARIA...
 
Proceso Electoral en Mexico
Proceso Electoral en MexicoProceso Electoral en Mexico
Proceso Electoral en Mexico
 
Reglamento psuv
Reglamento psuvReglamento psuv
Reglamento psuv
 
Del poder electoral 2
Del poder electoral 2Del poder electoral 2
Del poder electoral 2
 
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdf
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdfManual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdf
Manual_Elecciones-Internas-Partidos-Movimientos-Politicos (2).pdf
 
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORALEFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
 
Estatuto de Pasco Dignidad
Estatuto de Pasco DignidadEstatuto de Pasco Dignidad
Estatuto de Pasco Dignidad
 
Sistema electoral en el peru
Sistema electoral en el peruSistema electoral en el peru
Sistema electoral en el peru
 
Poder electoral
Poder electoralPoder electoral
Poder electoral
 
Sistemas electorales
Sistemas electoralesSistemas electorales
Sistemas electorales
 

Más de Pepe Jara Cueva

Inversion.sin.planificacion
Inversion.sin.planificacionInversion.sin.planificacion
Inversion.sin.planificacionPepe Jara Cueva
 
Libro enfoque territorial
Libro enfoque territorialLibro enfoque territorial
Libro enfoque territorialPepe Jara Cueva
 
marco_logico_metodologia
marco_logico_metodologiamarco_logico_metodologia
marco_logico_metodologiaPepe Jara Cueva
 
Guia procedimiento atencion_DEMUNA
Guia procedimiento atencion_DEMUNAGuia procedimiento atencion_DEMUNA
Guia procedimiento atencion_DEMUNAPepe Jara Cueva
 
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLAN
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLANGuía para-el-planeamiento-institucional-CEPLAN
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLANPepe Jara Cueva
 
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...Pepe Jara Cueva
 
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipal
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipalContribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipal
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipalPepe Jara Cueva
 
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...Pepe Jara Cueva
 
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantil
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantilCómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantil
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantilPepe Jara Cueva
 
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicas
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicasLos primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicas
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicasPepe Jara Cueva
 
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015Pepe Jara Cueva
 
¿De burócratas a gerentes .compressed
¿De burócratas a gerentes .compressed¿De burócratas a gerentes .compressed
¿De burócratas a gerentes .compressedPepe Jara Cueva
 

Más de Pepe Jara Cueva (20)

Inversion.sin.planificacion
Inversion.sin.planificacionInversion.sin.planificacion
Inversion.sin.planificacion
 
Libro enfoque territorial
Libro enfoque territorialLibro enfoque territorial
Libro enfoque territorial
 
Dl 00776
Dl 00776Dl 00776
Dl 00776
 
marco_logico_metodologia
marco_logico_metodologiamarco_logico_metodologia
marco_logico_metodologia
 
Ley presupuesto 2018
Ley presupuesto 2018Ley presupuesto 2018
Ley presupuesto 2018
 
Guia procedimiento atencion_DEMUNA
Guia procedimiento atencion_DEMUNAGuia procedimiento atencion_DEMUNA
Guia procedimiento atencion_DEMUNA
 
Guía OCI
Guía OCIGuía OCI
Guía OCI
 
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLAN
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLANGuía para-el-planeamiento-institucional-CEPLAN
Guía para-el-planeamiento-institucional-CEPLAN
 
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...
Servicios públicos con pertinencia cultural GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQ...
 
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipal
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipalContribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipal
Contribuyendo a-la-mejora-de-la-educación-desde-la-gestion-municipal
 
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...
Estrategia de-monitoreo-social-como-instrumento-en-la-prevención-de-la-desnut...
 
Pim el peruano
Pim el peruanoPim el peruano
Pim el peruano
 
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantil
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantilCómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantil
Cómo se-mide-la-calidad-de-los-servicios-de-cuidado-infantil
 
Pro Cajatambo
Pro CajatamboPro Cajatambo
Pro Cajatambo
 
RM N° 075 2016-minedu
RM N° 075 2016-mineduRM N° 075 2016-minedu
RM N° 075 2016-minedu
 
RSG n° 040 2016-minedu
RSG n° 040 2016-mineduRSG n° 040 2016-minedu
RSG n° 040 2016-minedu
 
Camur 2016-ancash-1
Camur 2016-ancash-1Camur 2016-ancash-1
Camur 2016-ancash-1
 
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicas
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicasLos primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicas
Los primeros años_el_bienestar_infantil_y_el_papel_de_las_políticas_públicas
 
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015
 
¿De burócratas a gerentes .compressed
¿De burócratas a gerentes .compressed¿De burócratas a gerentes .compressed
¿De burócratas a gerentes .compressed
 

JNE aprueba instructivo sobre democracia interna en elección de candidatos

  • 1. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 1 Lima, uno de abril de dos mil catorce VISTA la Resolución N.° 302-2010-JNE, de fecha 17 de mayo de 2010. CONSIDERANDOS 1. La Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos, establece que la elección de candidatos de los partidos políticos y movimientos de alcance regional o departamental debe efectuarse mediante elecciones internas, de acuerdo con sus disposiciones y las normas estatutarias respectivas y, al mismo tiempo, habilita la designación hasta de un quinto de los candidatos por los órganos competentes al interior de cada organización política. 2. Es función del Jurado Nacional de Elecciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral, conforme a lo dispuesto por el artículo 178 de la Constitución Política del Perú y el artículo 5, literal g, de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 3. Mediante Resolución N.° 302-2010-JNE, del 17 de mayo de 2010, se aprobó el instructivo sobre democracia interna para elección de candidatos de los partidos políticos y movimientos regionales para el proceso de elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Sin embargo, con la finalidad de propiciar que la práctica de las acciones de democracia interna al interior de las organizaciones políticas se ciña a las exigencias legales, resulta necesario efectuar nuevas precisiones que brinden mayor orientación a los actores electorales en los procesos de elecciones municipales y regionales, para la obtención de una adecuada aplicación de la normatividad en la conformación de las fórmulas y listas de candidatos cuya inscripción se solicitará ante los Jurados Electorales Especiales. 4. Estas precisiones se encuentran plasmadas en el “Instructivo para el ejercicio de la democracia interna en la elección de los candidatos para los procesos regionales y municipales”, en el que se consignan, entre otras, indicaciones sobre la democracia interna en las alianzas electorales, el contenido del estatuto o norma de organización interna y el reglamento electoral. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo primero.- APROBAR el “Instructivo para el ejercicio de la democracia interna en la elección de los candidatos para los Procesos Electorales Regionales y Municipales”, cuyo texto es el siguiente:
  • 2. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 2 INSTRUCTIVO PARA EL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA EN LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS PARA LOS PROCESOS ELECTORALES REGIONALES Y MUNICIPALES I. Objeto El presente instructivo tiene por objeto precisar las pautas que deben seguir los partidos políticos, movimientos de alcance regional o departamental y alianzas electorales, a efectos de definir a sus candidatos a cargos públicos de elección popular, en el marco de los procesos de elecciones regionales y municipales. II. Base legal 2.1 Constitución Política del Perú. 2.2 Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 2.3 Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos. 2.4 Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales. 2.5 Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales. III. Abreviaturas DNI : Documento Nacional de Identidad. JEE : Jurado Electoral Especial. JNE : Jurado Nacional de Elecciones. LEM : Ley N.º 26864, Ley de Elecciones Municipales. LER : Ley N.º 27683, Ley de Elecciones Regionales. LPP : Ley N.° 28094, Ley de Partidos Políticos. ROP : Registro de Organizaciones Políticas IV. Contenido 1. NORMAS RELATIVAS A LA DEMOCRACIA INTERNA 1.1. Ley de Partido Políticos. 1.2. Estatuto o norma de organización interna El estatuto del partido político o norma de organización interna en el caso de los movimientos regionales o departamentales debe contener lo siguiente: a. Los órganos electorales que participarán en los procesos de elección y designación de candidatos, así como sus atribuciones, estructura organizativa, quórum para la toma de decisiones, entre otras disposiciones para su normal desempeño. b. Disposiciones referidas a la designación directa de candidatos.
  • 3. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 3 1.3. Reglamento electoral El reglamento electoral podrá ser elaborado por el órgano electoral central u otro órgano que disponga el estatuto y aprobado por votación directa de sus afiliados, o por la máxima instancia del partido o movimiento regional. Debe guardar concordancia con el ordenamiento electoral vigente, lo que incluye al estatuto o norma de organización interna de la respectiva organización política. Debería contener el procedimiento para la elaboración, autorización y aprobación del padrón electoral. En cualquier caso, la aprobación de la modificación del reglamento electoral no puede ser posterior a la convocatoria del proceso electoral interno. De aprobarse posteriormente, esta modificación no resulta vinculante para el proceso electoral interno respectivo. Contenido del reglamento electoral En el reglamento electoral deberá contener como mínimo los siguientes temas: a. Los principios y garantías del proceso electoral. b. Disposiciones sobre los órganos electorales (conformación, organización, funciones, y atribuciones). c. Procedimiento para la elaboración, autorización y aprobación del padrón electoral. d. Etapas del proceso electoral: convocatoria, inscripción de candidaturas, tachas, impugnaciones, elaboración del material de sufragio, desarrollo de acto electoral, escrutinio, cómputo y proclamación de resultados. e. Requisitos adicionales a los establecidos en la ley, exigidos para integrar una lista de candidatos. f. Retiro de candidatos o lista de candidatos. g. Renuncia de candidatos. 2. DEMOCRACIA INTERNA EN LAS ALIANZAS ELECTORALES Las alianzas electorales establecerán en sus respectivas actas de constitución la forma en que se llevará a cabo la elección interna de sus candidatos, respetando las modalidades establecidas por ley. Para tal efecto podrán optar entre las siguientes alternativas: a. Cada una de las organizaciones políticas integrantes de la alianza electoral realiza sus elecciones internas de manera independiente, según la modalidad establecida en sus respectivos estatutos o normas de organización interna. En este supuesto, el acta de constitución de la alianza electoral debe precisar el órgano, el orden, y la modalidad que determinará la lista definitiva de candidatos, a efectos de que se aplique un mecanismo de repartición de las candidaturas presentadas en las organizaciones políticas que conforman la alianza electoral.
  • 4. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 4 b. Las organizaciones políticas integrantes de la alianza electoral adoptan en conjunto, un mecanismo para establecer una única lista de candidatos. 3. ÓRGANOS ELECTORALES DE DEMOCRACIA INTERNA 3.1. Órgano Electoral Central El órgano electoral central es el máximo órgano colegiado en materia electoral del partido político y movimiento regional o departamental. Debe estar conformado por un mínimo de tres (3) miembros, y contar con órganos electorales descentralizados. En cada organización política el órgano electoral central puede recibir distintas denominaciones, debiéndose señalar de manera clara sus funciones y competencias. Características del órgano electoral central El órgano electoral central tiene las siguientes características: a. Especializado.- Instancia con competencia exclusiva en materia electoral. b. Autónomo.- Se rige por las normas que regulan su competencia, no depende de ningún otro órgano de la organización política. c. Independiente.- Sus resoluciones son adoptadas sin ningún tipo de injerencia o coacción. d. Permanente.- Se encarga de organizar, planificar y regular el proceso de elección de candidatos. e. Colegiado.- Debe estar conformado por un mínimo de 3 miembros o un número impar para facilitar la toma de decisiones. Funciones del órgano electoral central El órgano electoral central tiene como funciones: a. Realizar el proceso de elección de los candidatos, para lo cual organiza y lleva a cabo todas las etapas del proceso electoral interno (convocatoria a elecciones, elaboración de cronograma, aprobación del padrón electoral, elaboración del material electoral y proclamación de resultados), en coordinación con los órganos electorales descentralizados. b. Elaborar disposiciones en materia electoral, con arreglo al estatuto o norma de organización interna y al reglamento electoral. c. Resolver en última instancia las impugnaciones. d. Otras funciones establecidas en las normas internas.
  • 5. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 5 3.2. Órganos electorales descentralizados Los órganos electorales descentralizados constituyen la primera instancia del partido político y movimiento regional o departamental, en su circunscripción, y dependen estructural y funcionalmente del órgano electoral central. Como órganos colegiados deben estar conformados por un mínimo de 3 miembros. Las funciones del órgano electoral central y de los órganos electorales descentralizados referidas a la elaboración del padrón electoral, de los materiales electorales, conformación de las mesas de sufragio, entre otros, dependerá de la modalidad de elección que se adopte. 4. ELECCIÓN INTERNA 4.1. Candidaturas sujetas a elección. Están sujetos a elección interna los candidatos de los partidos políticos, movimientos regionales o departamentales, y alianzas electorales que postulen a los siguientes cargos: a. Presidente, vicepresidente y consejeros regionales b. Alcalde y regidores de los concejos municipales 4.2. Requisitos para ser candidatos Cada organización política podrá establecer en su estatuto o norma de organización interna, los requisitos a cumplir por los postulantes a presidente, vicepresidente, consejeros regionales, alcalde y regidores municipales, sin contravención de aquellos contemplados en el ordenamiento electoral vigente. 4.3. Cuotas electorales Las listas de candidatos que se presentan a la elección interna de las organizaciones políticas deberán respetar las cuotas de género, de joven y de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios, previstas en el artículo 12 de la LER y el artículo 10 de la LEM. Luego de efectuado el cálculo para establecer las cuotas electorales, si el resultado obtenido es un número con decimal, el redondeo debe realizarse al entero inmediato superior, a fin de cumplir con el porcentaje mínimo establecido por ley. 4.4. Periodo de la elección interna Las elecciones internas se efectúan entre los ciento ochenta días calendarios anteriores a la fecha de fijada para la elección del respectivo proceso electoral, y ciento once días calendarios antes de tal elección.
  • 6. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 6 4.5. Modalidades de elección de candidatos: Corresponde al órgano máximo de la organización política decidir la modalidad de elección de los candidatos. Los candidatos a los cargos de Presidente y Vicepresidente Regional, y Alcalde, así como al menos las 4/5 partes del total de candidatos a consejeros regionales y a regidores, respectivamente, deben ser elegidos bajo alguna de las siguientes modalidades: a) Elecciones primarias abiertas: Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones primarias cerradas: Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a través de los delegados. En cualquiera de las tres modalidades de elección, los candidatos pueden elegirse con la mayoría simple de votos, con mayoría absoluta o con mayoría calificada, conforme lo disponga su Reglamento Electoral. En aquellos casos en que se presente solo una lista de candidatos a la elección interna, también se deberá aplicar alguna de las modalidades de elección detalladas en el presente numeral 14.1 del presente artículo. 4.6. Designación directa La designación directa de candidatos es efectuada por el órgano de la organización política que disponga el estatuto o norma de organización interna, hasta la quinta parte del número total de candidatos a consejeros regionales y regidores municipales, respectivamente. Ello no impide que el total de la lista pueda estar conformada solo por candidatos elegidos. Las candidaturas para alcalde, presidente y vicepresidente regional, deben ser necesariamente definidas mediante elección por democracia interna. Respecto a la lista de candidatos a Consejeros, titulares y accesitarios, para las elecciones regionales se tiene lo siguiente: Total de Consejeros Hasta 1/5 del total de candidatos a Consejeros DESIGNADOS (máximo) 4/5 del total de candidatos a Consejeros ELEGIDOS (mínimo) Consejo Regional con 24 consejeros 4 20 Consejo Regional con 17 consejeros 3 14 Consejo Regional con 16 consejeros 3 13 Consejo Regional con 14 consejeros 2 12 Consejo Regional con 12 consejeros 2 10 Consejo Regional con 11 consejeros 2 9 Consejo Regional con 10 consejeros 2 8 Consejo Regional con 09 consejeros 1 8
  • 7. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 7 Total de Consejeros Hasta 1/5 del total de candidatos a Consejeros DESIGNADOS (máximo) 4/5 del total de candidatos a Consejeros ELEGIDOS (mínimo) Consejo Regional con 08 consejeros 1 7 Consejo Regional con 07 consejeros 1 6 Respecto de la lista de candidatos a Regidores para las elecciones municipales, se aprecia lo siguiente: Total de Regidores Hasta 1/5 del total de candidatos a Regidores DESIGNADOS (máximo) 4/5 del total de candidatos a Regidores ELEGIDOS (mínimo) Concejos con 39 regidores 07 32 Concejos con 15 regidores 03 12 Concejos con 13 regidores 02 11 Concejos con 11 regidores 02 09 Concejos con 09 regidores 01 08 Concejos con 07 regidores 01 06 Concejos con 05 regidores 01 04 4.7. Etapas del proceso electoral interno En el caso de elecciones primarias abiertas y cerradas, el proceso electoral interno debe estar conformado por las siguientes etapas: 1. Convocatoria (cronograma del proceso electoral) 2. Inscripción de candidatos 3. Elaboración y aprobación del padrón electoral 4. Elaboración y distribución material electoral 5. Conformación de mesas de sufragio 6. Acto de votación 7. Cómputo de votos 8. Proclamación de los resultados 9. Resolución de impugnaciones a que hubiere lugar. En las elecciones a través de los delegados, estos son elegidos por el órgano partidario que disponga el estatuto, norma interna de organización del movimiento regional, o en su defecto el reglamento electoral. El órgano partidario debe estar integrado por miembros elegidos por voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, conforme a lo establecido en el artículo 27 de la LPP.
  • 8. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 8 4.8. Presentación de Declaración Jurada de Vida Los candidatos a presidente, vicepresidente, consejeros regionales, alcalde y regidores municipales, deben presentar su declaración jurada de vida, dentro de los quince días de convocada la elección interna o al registrar su candidatura. En el caso de las personas designadas a postular como candidatos que no han participado en elección interna, presentarán su declaración jurada de vida dentro de los siete días de haber sido invitados. 4.9. Lista de candidatos ante JEE La lista de candidatos -tanto titulares como accesitarios- que se presenta para su inscripción ante el respectivo JEE, deberá estar aprobada al interior de la organización política, y ser resultado de la aplicación del sistema de representación proporcional adoptado por dicha organización en su reglamento electoral. La declaración jurada de vida se publicará en la página web de la organización política. Artículo segundo.- APROBAR los modelos de Acta de elección interna / Designación directa de candidatos que como anexos 1 y 2 que forman parte integral de la presente resolución. Artículo tercero.- REMITIR el presente instructivo a las organizaciones políticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Registro Civil (Reniec), para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.° 302-2010-JNE, de fecha 17 de mayo de 2010. Artículo quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General jrm/gcm
  • 9. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 9 ANEXO 1: MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN INTERNA / DE DESIGNACIÓN DIRECTA DE CANDIDATOS PARA ELECCIONES REGIONALES En la ciudad de ________, en las instalaciones del local ubicado en ___________________________________, a las ______ horas del ___ de _______________ del año _______, se dio inicio a la sesión del Comité Electoral _________ del partido político/movimiento regional __________________________, con el objeto de realizar las elecciones internas para determinar los candidatos a las Elecciones Regionales para el Distrito Electoral de ______________________, conforme a lo dispuesto en los artículos ________ del Estatuto correspondiente. 1. MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL Participan en la presente sesión los siguientes miembros del Comité Electoral: Apellidos y nombres DNI Cargo en la organización política Presidente: Miembro: Miembro: 2. MODALIDAD DE ELECCIÓN De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos, para el presente proceso se empleará/n la/s siguiente/s modalidad/es: INDICAR CUÁL O CUÁLES DE LAS SIGUIENTES MODALIDADES SERÁN EMPLEADAS: a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo disponga el estatuto. 3. DESIGNACIÓN DE CANDIDATOS Designación directa, hasta una quinta parte del número total de candidatos, de acuerdo con lo establecido en el artículo _____ del Estatuto. 4. MODALIDAD PARA REPARTICIÓN DE CANDIDATURAS Para el supuesto en que las candidaturas sean votadas por lista completa, de conformidad con el último párrafo del artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos. 5. DESARROLLO DEL PROCESO DE ELECCIÓN O DESIGNACIÓN Considerando la/s modalidad/es a ser empleada/s, se procedió de la siguiente forma: Indicar en forma resumida el desarrollo del proceso electoral correspondiente, conforme a la modalidad establecida, precisando si las candidaturas han sido presentadas en forma nominal o por lista, y señalando los incidentes y cuestionamientos que se hubieran producido, así como la forma en que éstos se hayan resuelto. 6. RESULTADOS Como resultado del proceso realizado, se obtuvieron los siguientes resultados: Indicar el número de votos obtenidos por cada candidato o lista que participó en las elecciones internas, o las personas que han sido designadas. 7. DETERMINACIÓN DE LOS CANDIDATOS En virtud de lo expuesto, los candidatos del partido político/movimiento regional _________________________________ para las Elecciones Regionales son los siguientes:
  • 10. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 10 ELECCIONES REGIONALES FÓRMULA Cargo Apellidos y Nombres DNI Presidente Vicepresidente LISTA DE CONSEJEROS REGIONALES * CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en Gobiernos Regionales establecidos por el JNE. NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOTA: En los casos de elecciones internas para la elección de Presidentes y Vicepresidentes Regionales, en las que haya participado la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, la presente Acta incluirá solamente la elección de los candidatos a consejeros regionales. Provincia N° Condición Apellidos y nombres DNI Sexo Edad Miembro CNCCyPO* AAA 1 Titular M/F Si/NO 1 Accesitario BBB 1 Titular 1 Accesitario CCC 1 Titular 1 Accesitario 2 Titular 2 Accesitario
  • 11. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 11 ANEXO 2: MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN INTERNA / DE DESIGNACIÓN DIRECTA DE CANDIDATOS PARA ELECCIONES MUNICIPALES En la ciudad de ________, en las instalaciones del local ubicado en ___________________________________, a las ______ horas del ___ de _______________ del año _______, se dio inicio a la sesión del Comité Electoral _________ del partido político/movimiento regional __________________________, con el objeto de realizar las elecciones internas para determinar los candidatos a las Elecciones Municipales en el distrito electoral de _____________, provincia de _____________, departamento de ______________; conforme a lo dispuesto en los artículos ________ del Estatuto correspondiente. 1. MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL Participan en la presente sesión los siguientes miembros del Comité Electoral: Apellidos y nombres DNI Cargo en la organización política Presidente: Miembro: Miembro: 2. MODALIDAD DE ELECCIÓN De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos, para el presente proceso se empleará/n la/s siguiente/s modalidad/es: INDICAR CUÁL O CUÁLES DE LAS SIGUIENTES MODALIDADES SERÁN EMPLEADAS: a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo disponga el estatuto. 3. DESIGNACIÓN DE CANDIDATOS Designación directa, hasta una quinta parte del número total de candidatos, de acuerdo con lo establecido en el artículo _____ del Estatuto. 4. MODALIDAD PARA LA REPARTICIÓN DE CANDIDATURAS Para el supuesto en que las candidaturas sean votadas por lista completa, de conformidad con el último párrafo del artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos. 5. DESARROLLO DEL PROCESO DE ELECCIÓN O DESIGNACIÓN Considerando la/s modalidad/es a ser empleada/s, se procedió de la siguiente forma: Indicar en forma resumida el desarrollo del proceso electoral correspondiente, conforme a la modalidad establecida, precisando si las candidaturas han sido presentadas en forma nominal o por lista, y señalando los incidentes y cuestionamientos que se hubieran producido, así como la forma en que éstos se hayan resuelto. 6. RESULTADOS Como resultado del proceso realizado, se obtuvieron los siguientes resultados: Indicar el número de votos obtenidos por cada candidato o lista que participó en las elecciones internas, o las personas que han sido designadas. 7. DETERMINACIÓN DE LOS CANDIDATOS En virtud de lo expuesto, los candidatos del partido político/movimiento regional _________________________________ para las Elecciones Municipales son los siguientes:
  • 12. Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.° 273-2014-JNE 12 ELECCIONES MUNICIPALES LISTA DE CANDIDATOS Cargo Apellidos y nombres DNI Sexo Edad Miembro CNCCyPO* Alcalde NO APLICA CUOTAS Regidor 1 M/F SI/NO Regidor 2 Regidor 3 Regidor 4 Regidor 5 … Regidor n * CNCCyPO: Comunidades Nativas, Campesinas y Pueblos Originarios. Solamente en provincias establecidas por el JNE. No habiendo otro asunto más que tratar, siendo las _____ horas se dio por culminada la sesión, firmando en señal de plena conformidad. NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOMBRE, DNI Y FIRMA DEL MIEMBRO DEL COMITÉ NOTA: En los casos de elecciones internas para la elección de Alcaldes en las provincias capitales de departamento, en las que haya participado la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, la presente Acta incluirá solamente la elección de los candidatos a regidores.