El documento proporciona información sobre el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Diario Oficial de la Federación (DOF) de México. Resume que el INE es el organismo público autónomo encargado de organizar elecciones en México, mientras que el DOF es el órgano del gobierno constitucional que publica leyes, decretos y otros documentos oficiales para que sean aplicados en todo el país. Explica brevemente la estructura, funciones y objetivos del INE y el propósito de publicación del DOF.
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Instituto nacional electoral
1. INSTITUTO NACIONAL ELECTORALY
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
Lic. En Nutrición
Alumna: Litzy Janeth Serna Rodriguez
Materia: Economía y Política Alimentaria
Docente: Dra. Rocio Margarita Uresti Marin
Cd. Victoria Tamaulipas, México
26 de junio del 2018
3. Historia
• El 11 de octubre de 1990, Como resultado de las Reformas realizadas a
la Constitución en materia electoral, el Congreso de la Unión expidió el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE)
y ordena la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), el 10 de febrero
de 2014 rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó el IFE en
una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE).
4. ¿ QUE ES?
• El Instituto Nacional Electoral es el
organismo público autónomo
encargado de organizar las
elecciones federales y locales en
los estados de la República y la
Ciudad de México.
5. ¿Cómo funciona?
• La planeación en el INE se enmarca en el mandato de
modernización de la gestión pública, con la finalidad de
optimizar sus operaciones mediante la toma de
decisiones que permitan obtener la máxima eficacia y
eficiencia en su desempeño, la consecución de los
objetivos institucionales y la mejora continua de sus
procesos.
6. Estructura orgánica
• El INE cuenta con una sede central ubicada en la Ciudad de México,
32 delegaciones (una en cada entidad federativa) y 300
subdelegaciones (una en cada distrito electoral en que se divide el
país). El personal que labora en ellas se divide en dos cuerpos de
funcionarios, integrados en un Servicio Profesional Electoral y una
rama administrativa y cuenta con la siguiente estructura orgánica:
Órganos Directivos
Órganos Técnico-
Ejecutivos Órganos de Vigilancia
•Consejo General •Junta General Ejecutiva •Comisión Nacional de
Vigilancia
•Consejos Locales y
Distritales
•Juntas Locales y
Distritales Ejecutivas
•Comisiones Locales y
Distritales de Vigilancia
7. Consejo general:
Los integrantes del Consejo General
con derecho a voz y voto son:
• 1 Consejero Presidente
• 10 Consejeros Electorales
Los Consejeros Electorales son
electos por el voto de las 2/3
partes de los miembros presentes
de la Cámara de Diputados
mediante el procedimiento descrito
en el apartado A, base V el
Artículo 41 Constitucional.
Los integrantes con voz pero
sin voto son:
• Los Consejeros del Poder
Legislativo
• Los representantes de los
partidos políticos nacionales
• El Secretario Ejecutivo del
Instituto Nacional Electoral
(Nombrado por las 2/3 partes
del Consejo General a
propuesta del Consejero
Presidente)
Es el órgano superior de dirección de todo el Instituto, responsable
de vigilar el cumplimiento con las disposiciones constitucionales y
legales en materia electoral
9. Junta General Ejecutiva
• Proponer al Consejo General
las políticas y los programas
generales del Instituto. Fijar
los procedimientos
administrativos, conforme a
las políticas y programas
generales del Instituto.
Supervisar el cumplimiento de
los programas relativos al
Registro Federal de Electores.
• ¿Qué hacen?
10. Consejos Locales y Distritales
Consejos Locales Consejos Distritales
Son los órganos de dirección
constituidos en cada una de las 32
entidades federativas que, a
diferencia del Consejo General,
únicamente se instalan y sesionan
durante los procesos electorales
federales.
Son los órganos de dirección
constituidos en cada uno de los 300
distritos uninominales en que se
divide el territorio nacional para
efectos electorales. Al igual que los
Consejos Locales, únicamente se
instalan y sesionan durante los
procesos electorales federales.
11. Órganos de vigilancia
¿Qué es?
• Son órganos colegiados cuya
finalidad es coadyuvar y
supervisar los trabajos
relacionados con la
integración, depuración y
actualización del Padrón
Electoral.
• Comisión Nacional de
Vigilancia
• Comisiones Locales y
Distritales de Vigilancia
12. Los Órganos
de Vigilancia
tienen
encomendadas
las siguientes
funciones:
• Vigilar que la inscripción de los ciudadanos en
el Padrón Electoral y en las Listas Nominales
de Electores, así como la actualización de sus
datos.
• Vigilar que las credenciales para votar se
entreguen oportunamente a los Ciudadanos.
• Recibir las observaciones que formulen los
partidos políticos a las Listas Nominales de
Electores.
• Coadyuvar en la campaña anual de
actualización del Padrón Electoral
13. Actividades
*Credencial para votar
*Organizar elecciones
*Fiscalización
*Promover la Cultura Cívica
*Procurar Justicia Electoral
*Transparencia y rendición de cuentas
*Administración de recursos
*Asesorar en materia Jurídica Electoral
*Igualdad
*Comunicación social
14. Misión
• Organizar procesos
electorales libres,
equitativos y confiables,
para garantizar el ejercicio
de los derechos político-
electorales de la ciudadanía
y contribuir al desarrollo de
la vida democrática de
México
15. Visión
• Ser el organismo electoral nacional
autónomo que contribuya a la
consolidación de la cultura y
convivencia democrática en México,
distinguiéndose por ser una institución
moderna, transparente y eficiente, en la
que la sociedad confíe plenamente para
la organización de elecciones
equitativas e imparciales.
16. Objetivos estratégicos
Organizar procesos electorales
con efectividad y eficiencia
Fortalecer la confianza y la
participación ciudadanas en la
vida democrática y política del
país
Garantizar el derecho a la
identidad
18. ¿Cuándo se fundo?
• Y la promulgación de la Ley del Diario Oficial de la
Federación y Gacetas Gubernamentales, el 24 de marzo
de 1987 la publicación oficial adquirió el nombre de Diario
Oficial de la Federación, con el subtítulo Organo
Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el cual
fue modificado al día siguiente para adoptar su forma
actual: Diario Oficial de la Federación. Organo del
Gobierno Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos
19. ¿Qué es?
• Es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados
Unidos Mexicanos, que tiene la función de publicar en el
territorio nacional: leyes, reglamentos, acuerdos,
circulares, órdenes y demás actos expedidos por los
poderes de la Federación, a fin de que éstos sean
observados y aplicados debidamente en sus respectivos
ámbitos de competencia.
20. De que se encarga
• En el quedan registradas
las necesidades y
demandas prioritarias
requeridas por una
sociedad para su mejor
funcionamiento, y las
posibles soluciones con que
el gobierno pretende
resolverlas.
21. ¿Qué tipos de documentos publican en el
DOF?
• Cuya función consiste en publicar en el territorio nacional,
las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares,
órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la
Federación en sus respectivos ámbitos de competencia,
a fin de que éstos sean aplicados y observados
debidamente.