CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
El Concejo Municipal en el diseño del Estado 1999. carlos romero
Una mirada al diseño de la función legislativa municipal, que ayudará a entender qué función cumple un Concejal según el orden jurídico que está vigente.
Exposición de Manuel Ortega Hegg durante el Foro Nacional "Autonomía Municipal: ¿de dónde venimos, dónde estamos y hacia dónde vamos? Ortega Hegg es reconocido municipalista nicaragüense y miembro individual de la Red Nicaragüense por la Democracia y el Desarrollo Local (Red Local).
En tal sentido, la Bancada Ciudadana nos hemos dado a la tarea de elaborar la iniciativa de ley reglamentaria a esta nueva garantía constitucional, tomando en consideración la obra del Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el Doctor Álvaro Castro Estrada, publicada por Editorial Porrúa en 1997 con el título Responsabilidad patrimonial del Estado.
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
El Concejo Municipal en el diseño del Estado 1999. carlos romero
Una mirada al diseño de la función legislativa municipal, que ayudará a entender qué función cumple un Concejal según el orden jurídico que está vigente.
Exposición de Manuel Ortega Hegg durante el Foro Nacional "Autonomía Municipal: ¿de dónde venimos, dónde estamos y hacia dónde vamos? Ortega Hegg es reconocido municipalista nicaragüense y miembro individual de la Red Nicaragüense por la Democracia y el Desarrollo Local (Red Local).
En tal sentido, la Bancada Ciudadana nos hemos dado a la tarea de elaborar la iniciativa de ley reglamentaria a esta nueva garantía constitucional, tomando en consideración la obra del Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el Doctor Álvaro Castro Estrada, publicada por Editorial Porrúa en 1997 con el título Responsabilidad patrimonial del Estado.
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
Strategic Global Negotiations provides the ‘what is’,
and the ‘how to’, of communicating, influencing and
creating transformational negotiations in a safe environment
to produce value (win/win) in diverse settings.
La justicia de Paz
Un instrumento para resolver los conflictos cotidianos que se generan en la vida en comunidad, es uno de los procedimientos alternativos que buscan superar la insuficiencia del sistema de administración de justicia
Se define Justicia de Paz aquella que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICA
ESCUELA DE DERECHO
MEDIOS ALTERNOS
Wilmer Gordon
C.I. 6.365.729
SAIA C.
2. ¿ QUE ES LA JUSTICIA DE
PAZ?
¿Cuál es la labor de la Oficina de
Justicia de Paz? Es una oficina de
mediación de conflictos, atiende
casos del Municipio donde no
existen Centros de Justicia de Paz
¿Qué es la Justicia
de Paz?
Es una justicia,
basada en el sentido
común, en la
experiencia, en el
estímulo a
solucionar los
conflictos a través
del diálogo y la
conciliación.
¿Qué un Juez de Paz?
Es una persona que
recoge los problemas de
la gente común y trata
de resolverlos a través
de dos vías: conciliación
y equidad.
¿Qué es la equidad? Es cuando
el Juez toma la decisión más
justa para ambas partes,
basándose en su propio sentido
de justicia. Es un valor moral y
se fundamenta en un principio
de distribución de los derechos
y los deberes de las partes
atendiendo a las características
concretas del caso en cuestión.
3. ANTECEDENTES DE LA JUSTICIA
DE PAZ EN VENEZUELA
La justicia de paz en Venezuela y por consiguiente el ejercicio
de la función de los jueces de paz, está asociada
históricamente a la vida parroquial y comunal de nuestro país,
y nace de la vida vecinal de las comunidades que conforman
los municipios.
En la Venezuela colonial se tiene referencia del primer juez de
paz en la población de Zea, en los andes venezolanos, por
1793; allí existió el primer juez de paz llamado Ramón Márquez
Rincón, quien a su vez presidió la junta comunal. Fue
secundado en el cargo por Don Nepomuceno Herrera, a quien
se le dio el título de segundo Juez de Paz.
En la historia republicana de nuestro país la referencia a la
justicia de paz encuentra un reconocimiento expreso en las
disposiciones constitucionales primigenias y en leyes que se
pueden ubicar en el período 1819 – 1860.
4. ANTECEDENTES DE LA JUSTICIA
DE PAZ EN VENEZUELA
De hecho en la Colonia Tovar se reconoce la función del juez de paz por disposición
de la Ley sobre Inmigración del 12 de mayo de 1840, artículo 14, en los jefes de los
inmigrados.
En la Venezuela del siglo XX los elementos de la justicia de paz se asocian a
disposiciones constitucionales de 1961, en razón de sus elementos organizativos,
vecinales, municipales o el ejercicio de sus funciones, fundamentalmente, en el
período 1988 – 1998, asociadas al ejercicio de los derechos de asociación y
participación o la gestión de un servicio municipal, en el contexto de la
descentralización.
Esta materia se revive con la aprobación en 1993 de la Ley Orgánica de Tribunales y
Procedimientos de Paz y en 1994 con la sanción de la Ley Orgánica de Justicia,
vigente hasta el 2012.
En estos antecedentes, la justicia de paz como un servicio municipal o una
competencia propia de los municipios asociada a la participación vecinal, se
destaca el rol de los alcaldes, concejales y juntas parroquiales o las asociaciones
de vecinos en el marco de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y su Reglamento
Parcial Nº 1 de 1990, vigentes hasta el 2005.
5. MARCO CONSTITUCIONAL DE LA
JUSTICIA DE PAZ EN VENEZUELA
El debate sobre la justicia de paz y su instalación en los
municipios venezolanos, llega a las discusiones de la Asamblea
Nacional Constituyente de 1999, de allí que no resulte extraño el
apoyo desde la sociedad civil y las universidades a la inclusión
de esta materia en la nueva Constitución, con énfasis en una
modalidad de la participación ciudadana en la administración de
la justicia y en el reconocimiento de una competencia de interés
para el ejercicio del Poder Público Municipal.
Al establecer el marco constitucional de la Justicia de Paz en
Venezuela, se tienen en cuenta dos disposiciones fundamentales
derivadas del texto de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, CRBV, de 1999,
6. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES
El numeral 7 del artículo 178 establece la justicia de paz
como una competencia propia del Municipio, y en
consecuencia, es de interés para la vida local y la
convivencia vecinal, en consecuencia se puede concebir
como un servicio municipal asociado a la resolución de
conflictos, en materias propias de la vida de la comunidad
municipal, a partir del desarrollo de la justicia de paz.
UNA FORMA DE JUSTICIA VECINAL
El artículo 258 que establece la justicia de paz, y en
consecuencia viene a representar su base constitucional
fundamental, dejando sin efecto los argumentos de
inconstitucionalidad, esgrimidos al establecer la justicia de
paz por la vía legislativa, el citado artículo 258 reza en su
encabezamiento “La Ley organizará la justicia de paz en las
comunidades, los jueces y juezas de paz, serán elegidos o
elegidas por votación universal, directa y secreta conforme
a la ley”.
MARCO CONSTITUCIONAL DE LA
JUSTICIA DE PAZ EN VENEZUELA
7. Tomando en consideración que la justicia de paz se
desarrolló bajo el amparo de la Constitución de 1961 y la Ley
Orgánica de Justicia de Paz de 1994, se impone su revisión y
evaluación, tomando en cuenta que son pocos los
municipios en los cuales se cumplieron sus condiciones de
organización, elección y funcionamiento con un carácter
participativo. La justicia de paz existe en los municipios del
área metropolitana de Caracas y en algunos municipios del
interior del país, obstaculizada por la falta de asignación
presupuestaria, la ausencia de ordenanzas, la poca
realización de procesos electorales y revocatorios y los
resultados limitados en los casos resueltos mediante este
mecanismo alternativo en correspondencia con el régimen
legal previo a la Constitución de 1999, por falta de apoyo
político y social para su ejecución.
LA JUSTICIA DE PAZ COMUNAL
EN VENEZUELA
8. La Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia
de Paz Comunal, señala la referencia a la aplicación de las
ordenanzas, en el conocimiento de los conflictos que
corresponden al juez de paz comunal y el apoyo de las
policías municipales en el cumplimiento de sus funciones,
numeral 3º y 16 del artículo 8. Es valida la relación de los
concejales y los alcaldes con el servicio de la justicia de
paz comunal, mediante ordenanzas y decretos,
adicionalmente, si se percibe la justicia de paz comunal,
como un medio de participación ciudadana o comunal de
los vecinos del municipio, derecho constitucional de
particular interés para la gestión municipal, en
correspondencia con el principio participativo, enunciado
en la CRBV y la LOPPM para su aplicación en los
municipios.
LA JUSTICIA DE PAZ COMUNAL
EN VENEZUELA
9. No queda duda que la Justicia de Paz fue olvidada por alcaldes, concejales, sociedad
civil y además expropiada por el Poder Popular para beneficio y conformación de la
Comuna. Desde el 2012, cuando se aprobó en mayo la Ley Orgánica de la
Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal (LOJEJPC) a través de la Gaceta
Oficial No. 39.913, fue derogada expresamente la Ley Orgánica de Justicia de Paz de
1994 y en consecuencia se transformó de fondo lo que hasta ahora conocíamos como
medio alternativo de resolución de conflictos.
La Justicia de Paz Comunal, asumida desde el Poder Judicial, vista como jurisdicción
especial, y como ámbito de acción del Poder Popular, sustituyó a la Justicia de Paz
regulada por ordenanza y ejercida desde el Poder Público Municipal.
Constitucionalmente el municipio sigue teniendo competencia sobre la Justicia de
Paz, pero a partir del 2010 con la Ley del Poder Popular, se estableció que la llamada
Justicia Comunal se ejercería a través de la Justicia de Paz y así se llegó “a tejer” la
Ley Orgánica de Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal de 2012, que
desarrolla la Justicia de Paz Comunal como ámbito de acción del Poder Popular a
través de la Comuna.
JUSTICIA DE PAZ ¿EXPROPIADA
U OLVIDADA?
10. Es oportuno destacar y entender que la Justicia de Paz Comunal, aspira estar
determinada por el territorio de una Comuna, aun cuando la Ley Orgánica del 2012
no lo exprese así de manera directa, pero se puede llegar a esta interpretación cuando
el legislador insiste en distinguir la figura de la comuna de las entidades locales,
olvidando que según la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, una comuna es
una entidad local pero con un tratamiento especial, pues no se somete a las
ordenanzas, como ocurre con la parroquia, la urbanización, entre otras formas de
entidades locales.
Como evidencia para soportar la afirmación anterior, se puede mencionar por
ejemplo la exigencia de la Ley Orgánica del 2012, que en cada “entidad local o
comuna” se elija un juez de paz comunal (art. 17 LOJEJPC) y entre los requisitos de
exigibilidad aquél que señala expresamente que los candidatos deben tener al
menos 3 años de residencia en la “entidad local o en la comuna” (ART. 20 LOJEJPC).
Así mismo, no hay que olvidar que el Plan de la Patria 2013-2019, expresamente
señala como objetivo promover la Justicia de Paz Comunal al desarrollar los objetivos
estratégicos en los cuales aborda el tema de administración de justicia y que se
enmarcan en el objetivo nacional que aspira promover una nueva orientación ética,
moral y espiritual basada en los valores liberadores del Socialismo.
JUSTICIA DE PAZ ¿EXPROPIADA
U OLVIDADA?