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ESCUELA SUPERIOR DE POLICIA
     GRAL. ENRIQUEZ GALLO

KDT: ROMERO VELIZ WILSON A.
CURSO: 2DO “B”
DOCENTE: TNTE. BYRON FLORES
MATERIA: LEY ORGANICA
Articulo 15
                                                         1.-Niveles de
                Los niveles de mando                     conducion y
                                                            mando

 2.-Nivel de mando
                                3.-Nivel de ejecución     4.- Nivel de
    intermedio y
                                      operativa           formación
supervisión operativa




ART 16. MANDO

   El servidor o
 servidora policial
                      Manejo
       o civil



                       Estratégico
                                       SEGURIDAD
Responsabilidad y
   mando de                                    Publica          ciudadana
  planificación        operativo
ART 17. Intermedio y
                                Supervisión

            El supervisor o servidora    • Resposbilidad , Fiscalización
             policial o civil de mando   • Contorol , Coordinación
            intermedio y supervisión

                                         • tactica , tecnica
                  La ejecusíión          • operativa de un componente referente


              Seguridad publica y        • El orden Publico
             cuidadana y mantener        • proteccion interna respectivamente




     Artículo 18.- Gestión del nivel                                            Artículo 19.- Gestión del
                                                                                  nivel de formación.-

               operativa.-
                                                                                El servidor y la servidora
                                                                                         Policial
   Ejecutar      Prevenir,
                                           la protección
  todas las      controlar,
                                            interna y la                       Se capacita y educa para
   acciones      mantener,                                                  alcanzar el título profesional.
                                             seguridad
estratégicas y restablecer el
                                             ciudadana
 operativas    orden público                                                El titulo que se otorgue será
                                                                              de tercer o cuarto nivel.
Artículo 20.- Funciones específicas.-

                  Cumplirán su gestión específica de acuerdo a su grado, jerarquía y antigüedad.




                    Artículo 21.- Sistema de competencias.-
Desempeñarán sus cargos observando las competencias funcionales necesarias para eleficiente desempeño
                             de su gestión en beneficio de la comunidad.




          Artículo 22.- Evaluación de desempeño y gestión.-
La evaluación de desempeño es un proceso integral
   y permanente de los resultados de su gestión           Para cada grado, cargo y nivel de gestión, se establecerán
                                                          normas de evaluación de desempeño sobre la base de los
profesional, cualidades profesionales, intelectuales,                      indicadores de gestión.
        disciplinarias, físicas y personales.




                   Artículo 23.- Capacitación permanente.-
Los servidores o servidoras policiales de las instituciones indicadas, en todos los grados
   y niveles, participarán en programas de capacitación y entrenamiento continuo.




                             Artículo 24.- Especialización.-
Los órganos competentes responsables de la gestión de talento humano tienen la obligación de especializar mediante
                                      programas académicos y operativos.
Artículo 25.- Plan               Artículo 26,-                    Artículo 27.-
 de Carrera.-                     Principios                       Convocatoria.-
 •Consiste en la                  rectores.-                       •La convocatoria para
  formación académica,            •Se observarán los                formar parte de las
  profesional,                     principios de legalidad,         instituciones será
  especialización,                 probidad, méritos,               pública, abierta y
  promoción y                      igualdad y no                    respetará los principios
  desempeño de la                  discriminación y los             de transparencia,
  actividad                        contemplados en la               igualdad y no
  policial,investigación           Constitución sobre el            discriminación.
  civil de la infracción y         ejercicio de los
  de protección pública.           derechos.




                                                                        Los cupos de
                                             Podrá desarrollarse
                                                                     ingreso anual para
                      Se iniciará previa      a nivel nacional,
                                                                       cada región se
                     planificación en el          regional o
Artículo 28.-                                                           definirán de
                     que se justificará la      provincial de
 Selección.-                                                            acuerdo a las
                        necesidad de            acuerdo a las
                                                                     vacantes previstas,
                    incorporar personal          necesidades
                                                                      considerando la
                                               institucionales.
                                                                       planificación.
y de aspirantes a        atendiendo las necesidades
                             servidores o servidoras del   de la seguridad ciudadana,
 Artículo 29.- Perfiles.-
                               Servicio de Protección       orden público, protección
                                       Público                      interna y




                             así como para el ingreso al
                                    Servicio civil de
                                  investigación de la       de servicio de protección
  El órgano competente
                             infracción como aspirantes              Público
                              a servidores o servidoras
                               civiles de investigación



   Elaborara los perfiles
requeridos para el ingreso
                              aspirantes a servidores o
  a la respectiva entidad
                                servidoras policiales
     para aspirantes a
                                 técnico operativos
  servidores o servidoras
   policiales directivos y




                                                           2. Tener título de bachiller en
                                                            el caso de Policía Nacional o
    Artículo 30.-             1. Ser ecuatoriana o               de tercer nivel para
                                                                 servidoresciviles de
    Requisitos.-                  ecuatoriano              investigación de la infracción
                                                            o del Servicio de Protección
                                                                       Público.




   5. Los demás                4. Cumplir con el
 establecidos en el                                        3. Aprobar las pruebas
Reglamento de este           perfil elaborado para              de admisión
      Código.                       el efecto.
1. Quien se hallare en
                                 No podrá ser declarado         interdicción judicial, o
    Artículo 31.-                aspirante a servidor o          contra quien se haya
                                                              iniciado juicio de concurso
   Inhabilidades.-               servidor policial o civil         de acreedores o de
                                        quienes:              insolvencia, mientras no se
                                                                       rehabilite;




                                                                 4. Quien hubiere sido
 2. Quien hubiere recibido          3. Quien hubiese sido             sancionado
  sentencia condenatoria         llamado ajuicio por delito     disciplinariamente con
  ejecutoriada por delitos         reprimido con prisión o     destitución de las Fuerzas
         dolosos;                         reclusión;          Armadas, Policía Nacional o
                                                                Comisión de Tránsito;




 5. Quien se hallare incurso
       en alguna de las
inhabilidades generales para
el ingreso alservicio público.
                                        Artículo 32.- Formación del personal.-


                                        Estará sustentada en el conocimiento de los derechos
                                        humanos, principios y garantías constitucionales y de
                                        seguridad pública, con fundamentos en la democracia y apego
                                        irrestricto al ordenamiento jurídico.


                                        La formación será en dos etapas, académica y de inducción.
Artículo 33.-
                        Gratuidad de
                             la
                         formación.-


                           el Estado
                        subvencionará
                        los gastos que
                         demande la
                            misma.

La formación de los                            Y estará
    aspirantes a                         contemplado en el
    servidores o                         presupuesto anual
servidoras policiales                         del órgano
   o civiles de las
 instituciones será
                                             competente
                                          responsable de la    Artículo 34.- Contenidos de la
      gratuita.                          gestión financiera.
                                                               formación.-




                                                               Tendrán como fundamento el respeto y garantía a los derechos
                                                               humanos y género en especial de las garantías a los grupos de
                                                               atención prioritaria.




                                                               propenderán a la investigación especializada, prevención y
                                                               control de la infracción, y utilización de medios de disuasión y
                                                               conciliación como alternativas al uso de la fuerza
• Constituye un derecho del servidor o servidora
                        policialo civil de cada una de las instituciones para
                        pasar al grado inmediato superior.
   Artículo 35.-
    Ascenso.-         • previo cumplimiento de los requisitos establecidos.




                      • En caso de denuncias de actos de corrupción se
  Artículo 36.-         garantizará al denunciante la reserva de su nombre.
Denuncias de actos
 de corrupción.-




                      • La información o denuncia sobre faltas
                        administrativas deberán ser admitidas y sólo en caso
Artículo 37.- Deber     de ser ininteligibles serán archivadas.
  de investigar.-

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Kdt romero wilson 2 b ley 15 37

  • 1. ESCUELA SUPERIOR DE POLICIA GRAL. ENRIQUEZ GALLO KDT: ROMERO VELIZ WILSON A. CURSO: 2DO “B” DOCENTE: TNTE. BYRON FLORES MATERIA: LEY ORGANICA
  • 2. Articulo 15 1.-Niveles de Los niveles de mando conducion y mando 2.-Nivel de mando 3.-Nivel de ejecución 4.- Nivel de intermedio y operativa formación supervisión operativa ART 16. MANDO El servidor o servidora policial Manejo o civil Estratégico SEGURIDAD Responsabilidad y mando de Publica ciudadana planificación operativo
  • 3. ART 17. Intermedio y Supervisión El supervisor o servidora • Resposbilidad , Fiscalización policial o civil de mando • Contorol , Coordinación intermedio y supervisión • tactica , tecnica La ejecusíión • operativa de un componente referente Seguridad publica y • El orden Publico cuidadana y mantener • proteccion interna respectivamente Artículo 18.- Gestión del nivel Artículo 19.- Gestión del nivel de formación.- operativa.- El servidor y la servidora Policial Ejecutar Prevenir, la protección todas las controlar, interna y la Se capacita y educa para acciones mantener, alcanzar el título profesional. seguridad estratégicas y restablecer el ciudadana operativas orden público El titulo que se otorgue será de tercer o cuarto nivel.
  • 4. Artículo 20.- Funciones específicas.- Cumplirán su gestión específica de acuerdo a su grado, jerarquía y antigüedad. Artículo 21.- Sistema de competencias.- Desempeñarán sus cargos observando las competencias funcionales necesarias para eleficiente desempeño de su gestión en beneficio de la comunidad. Artículo 22.- Evaluación de desempeño y gestión.- La evaluación de desempeño es un proceso integral y permanente de los resultados de su gestión Para cada grado, cargo y nivel de gestión, se establecerán normas de evaluación de desempeño sobre la base de los profesional, cualidades profesionales, intelectuales, indicadores de gestión. disciplinarias, físicas y personales. Artículo 23.- Capacitación permanente.- Los servidores o servidoras policiales de las instituciones indicadas, en todos los grados y niveles, participarán en programas de capacitación y entrenamiento continuo. Artículo 24.- Especialización.- Los órganos competentes responsables de la gestión de talento humano tienen la obligación de especializar mediante programas académicos y operativos.
  • 5. Artículo 25.- Plan Artículo 26,- Artículo 27.- de Carrera.- Principios Convocatoria.- •Consiste en la rectores.- •La convocatoria para formación académica, •Se observarán los formar parte de las profesional, principios de legalidad, instituciones será especialización, probidad, méritos, pública, abierta y promoción y igualdad y no respetará los principios desempeño de la discriminación y los de transparencia, actividad contemplados en la igualdad y no policial,investigación Constitución sobre el discriminación. civil de la infracción y ejercicio de los de protección pública. derechos. Los cupos de Podrá desarrollarse ingreso anual para Se iniciará previa a nivel nacional, cada región se planificación en el regional o Artículo 28.- definirán de que se justificará la provincial de Selección.- acuerdo a las necesidad de acuerdo a las vacantes previstas, incorporar personal necesidades considerando la institucionales. planificación.
  • 6. y de aspirantes a atendiendo las necesidades servidores o servidoras del de la seguridad ciudadana, Artículo 29.- Perfiles.- Servicio de Protección orden público, protección Público interna y así como para el ingreso al Servicio civil de investigación de la de servicio de protección El órgano competente infracción como aspirantes Público a servidores o servidoras civiles de investigación Elaborara los perfiles requeridos para el ingreso aspirantes a servidores o a la respectiva entidad servidoras policiales para aspirantes a técnico operativos servidores o servidoras policiales directivos y 2. Tener título de bachiller en el caso de Policía Nacional o Artículo 30.- 1. Ser ecuatoriana o de tercer nivel para servidoresciviles de Requisitos.- ecuatoriano investigación de la infracción o del Servicio de Protección Público. 5. Los demás 4. Cumplir con el establecidos en el 3. Aprobar las pruebas Reglamento de este perfil elaborado para de admisión Código. el efecto.
  • 7. 1. Quien se hallare en No podrá ser declarado interdicción judicial, o Artículo 31.- aspirante a servidor o contra quien se haya iniciado juicio de concurso Inhabilidades.- servidor policial o civil de acreedores o de quienes: insolvencia, mientras no se rehabilite; 4. Quien hubiere sido 2. Quien hubiere recibido 3. Quien hubiese sido sancionado sentencia condenatoria llamado ajuicio por delito disciplinariamente con ejecutoriada por delitos reprimido con prisión o destitución de las Fuerzas dolosos; reclusión; Armadas, Policía Nacional o Comisión de Tránsito; 5. Quien se hallare incurso en alguna de las inhabilidades generales para el ingreso alservicio público. Artículo 32.- Formación del personal.- Estará sustentada en el conocimiento de los derechos humanos, principios y garantías constitucionales y de seguridad pública, con fundamentos en la democracia y apego irrestricto al ordenamiento jurídico. La formación será en dos etapas, académica y de inducción.
  • 8. Artículo 33.- Gratuidad de la formación.- el Estado subvencionará los gastos que demande la misma. La formación de los Y estará aspirantes a contemplado en el servidores o presupuesto anual servidoras policiales del órgano o civiles de las instituciones será competente responsable de la Artículo 34.- Contenidos de la gratuita. gestión financiera. formación.- Tendrán como fundamento el respeto y garantía a los derechos humanos y género en especial de las garantías a los grupos de atención prioritaria. propenderán a la investigación especializada, prevención y control de la infracción, y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza
  • 9. • Constituye un derecho del servidor o servidora policialo civil de cada una de las instituciones para pasar al grado inmediato superior. Artículo 35.- Ascenso.- • previo cumplimiento de los requisitos establecidos. • En caso de denuncias de actos de corrupción se Artículo 36.- garantizará al denunciante la reserva de su nombre. Denuncias de actos de corrupción.- • La información o denuncia sobre faltas administrativas deberán ser admitidas y sólo en caso Artículo 37.- Deber de ser ininteligibles serán archivadas. de investigar.-