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PROYECTO DE LEY DEL CÓDIGO
 ORGÁNICO DE ENTIDADES DE
   SEGURIDAD CIUDADANA
      ART. 15 – ART. 37
Art. 15 Disposiciones Comunes sobre los Niveles de Mando y de sus Tipos
                                  de Gestión



        Los niveles de mando de cada una de las instituciones se encuentran dividas en



                                                       Nivel de mando
                    Nivel de conducción                 intermedio y
                          y mando                        supervisión
                                                          operativa




                                                      Nivel de ejecución
                     Nivel de Formación
                                                          operativa


SALIR
Niveles de Mando y de sus Tipos de Gestión



                                          Nivel de conducción y mando
                                        Mando, la planificación, manejo
                                estratégico, operativo y directrices de seguridad



                                      Nivel mando intermedio y supervisión
                               Supervisión, fiscalización, controlar la coordinación
                                de la ejecución táctica, técnica y operativa de sus
                                            diferentes departamentos.


                                   Nivel operativo Ejecutar todas las acciones
                                      estratégicas operativas tendientes a
                               prevenir, controlar, mantener, restablecer el orden
                                                     público.



                               Nivel de formación Capacitar y educa para alcanzar
                               el título profesional y alcanzar del titulo de tercer o
                                                    cuarto nivel.




SALIR         Funciones específicas.- Los servidores policiales
                o civiles cumplirán su gestión específica de
                acuerdo a su grado, jerarquía y antigüedad                           .
Art. 21 Disposiciones Comunes sobre los
              Caracteres de la Carrera Profesional




  Sistema de          Evaluación de         Capacitación       Especialización    Plan de        Principios
  competencias        desempeño             permanente         • Programas        Carrera        rectores
  • Desempeñar        • Proceso             • Procesos de        académicos y     • Formació     • La
    sus cargos          integral y            capacitación y     operativos que     n              administración
    observando          permanente            entrenamiento      fomenten el        académic       del talento
    las                 de                    continuo, a        aspecto            a              humano se
    competencias        resultados, cu        través de          profesional.       profesion      observarán los
    funcionales, co     alidades              actividades                           al, especi     principios de
    mpetencias          profesionales,        académicas.                           alización.     legalidad, prob
    personales y        intelectuales,                                                             idad, méritos, i
    profesionales       disciplinarias, f                                                          gualdad y no
                        ísicas y                                                                   discriminación
                        personales, as
                        censo.
                                 Los procesos de los planes de carrera serán
SALIR                           supervisados por los órganos de Participación
                                         Ciudadana y Control Social
Art. 27 De la Convocatoria, Selección y Formación


        Convocatoria                     Selección                             Perfiles




  La convocatoria para será
  abierta y se respetará los                                         Gestión del talento humano
                               Todo proceso de selección se             elaborará los perfiles
        principios de
                                iniciará previa planificación        requeridos para el ingreso a
transparencia, igualdad y no
       discriminación.                                                  la respectiva entidad




                                       Justificará la necesidad de
                                      incorporar personal a cada               Elaborará los perfiles
                                        una de las instituciones.           requeridos para cada una de
                                                                                   las posiciones




SALIR
Art. 30 Requisitos




                                                    Inhabilidades
  Requisitos




               • Ser ecuatoriana o ecuatoriano;                     • Quien se hallare en
               • Tener título de bachiller en el                      interdicción judicial;
                 caso de Policía Nacional. Tercer                   • Quien hubiere recibido
                 nivel para servidores civiles de                     sentencia condenatoria
                 investigación de la infracción o                     ejecutoriada por delitos
                 del Servicio de Protección                           dolosos;
                 Público                                            • Quien hubiese sido llamado
               • Aprobar las pruebas de                               ajuicio por delito reprimido
                 admisión;                                            con prisión o reclusión;
               • Cumplir con el perfil elaborado                    • Quien hubiere sido sancionado
                 para el efecto;                                      disciplinariamente con
               • Los demás establecidos en el                         destitución de las Fuerzas
                 Reglamento de este Código.                           Armadas, Policía Nacional o
                                                                      Comisión de Tránsito; y,
                                                                    • Quien se hallare incurso en
                                                                      alguna de las inhabilidades
SALIR                                                                 generales para el ingreso al
                                                                      servicio público
Formación del personal




        Formación del personal estará sustentada en el conocimiento de los
        derechos humanos, principios y garantías constitucionales y de
        seguridad pública, estas se impartirán a través del sistema de educación
        superior.




            La Gratuidad en la formación de los aspirantes a servidores
            policiales o civiles




        La formación, tendrá como fundamento el respeto y garantía a los
        derechos humanos, control de la infracción, y utilización de medios de
        disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza.




SALIR
De los Ascensos


                       El ascenso
                       constituye
                      un derecho
                      del servidor
                        policial o
                           civil
     Se procederá
    con el ascenso                     Pasar al
       a quienes                        grado
                       Ascenso
     fallecieren en                  inmediato
        actos de                      superior
         servicio


                      Cumplimie
                      nto de los
                      requisitos
SALIR                 establecid
                          os
Disposiciones Comunes sobre el Régimen Disciplinario




                                    Denuncias
                                    de actos de
                Deber de            corrupción
                investigar


                             La ausencia
                             de denuncia
                             no inhibe la
                                acción
                             disciplinaria.




               REGIMEN DISCIPLINARIO
SALIR                EFICIENTE

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  • 1. PROYECTO DE LEY DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA ART. 15 – ART. 37
  • 2. Art. 15 Disposiciones Comunes sobre los Niveles de Mando y de sus Tipos de Gestión Los niveles de mando de cada una de las instituciones se encuentran dividas en Nivel de mando Nivel de conducción intermedio y y mando supervisión operativa Nivel de ejecución Nivel de Formación operativa SALIR
  • 3. Niveles de Mando y de sus Tipos de Gestión Nivel de conducción y mando Mando, la planificación, manejo estratégico, operativo y directrices de seguridad Nivel mando intermedio y supervisión Supervisión, fiscalización, controlar la coordinación de la ejecución táctica, técnica y operativa de sus diferentes departamentos. Nivel operativo Ejecutar todas las acciones estratégicas operativas tendientes a prevenir, controlar, mantener, restablecer el orden público. Nivel de formación Capacitar y educa para alcanzar el título profesional y alcanzar del titulo de tercer o cuarto nivel. SALIR Funciones específicas.- Los servidores policiales o civiles cumplirán su gestión específica de acuerdo a su grado, jerarquía y antigüedad .
  • 4. Art. 21 Disposiciones Comunes sobre los Caracteres de la Carrera Profesional Sistema de Evaluación de Capacitación Especialización Plan de Principios competencias desempeño permanente • Programas Carrera rectores • Desempeñar • Proceso • Procesos de académicos y • Formació • La sus cargos integral y capacitación y operativos que n administración observando permanente entrenamiento fomenten el académic del talento las de continuo, a aspecto a humano se competencias resultados, cu través de profesional. profesion observarán los funcionales, co alidades actividades al, especi principios de mpetencias profesionales, académicas. alización. legalidad, prob personales y intelectuales, idad, méritos, i profesionales disciplinarias, f gualdad y no ísicas y discriminación personales, as censo. Los procesos de los planes de carrera serán SALIR supervisados por los órganos de Participación Ciudadana y Control Social
  • 5. Art. 27 De la Convocatoria, Selección y Formación Convocatoria Selección Perfiles La convocatoria para será abierta y se respetará los Gestión del talento humano Todo proceso de selección se elaborará los perfiles principios de iniciará previa planificación requeridos para el ingreso a transparencia, igualdad y no discriminación. la respectiva entidad Justificará la necesidad de incorporar personal a cada Elaborará los perfiles una de las instituciones. requeridos para cada una de las posiciones SALIR
  • 6. Art. 30 Requisitos Inhabilidades Requisitos • Ser ecuatoriana o ecuatoriano; • Quien se hallare en • Tener título de bachiller en el interdicción judicial; caso de Policía Nacional. Tercer • Quien hubiere recibido nivel para servidores civiles de sentencia condenatoria investigación de la infracción o ejecutoriada por delitos del Servicio de Protección dolosos; Público • Quien hubiese sido llamado • Aprobar las pruebas de ajuicio por delito reprimido admisión; con prisión o reclusión; • Cumplir con el perfil elaborado • Quien hubiere sido sancionado para el efecto; disciplinariamente con • Los demás establecidos en el destitución de las Fuerzas Reglamento de este Código. Armadas, Policía Nacional o Comisión de Tránsito; y, • Quien se hallare incurso en alguna de las inhabilidades SALIR generales para el ingreso al servicio público
  • 7. Formación del personal Formación del personal estará sustentada en el conocimiento de los derechos humanos, principios y garantías constitucionales y de seguridad pública, estas se impartirán a través del sistema de educación superior. La Gratuidad en la formación de los aspirantes a servidores policiales o civiles La formación, tendrá como fundamento el respeto y garantía a los derechos humanos, control de la infracción, y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza. SALIR
  • 8. De los Ascensos El ascenso constituye un derecho del servidor policial o civil Se procederá con el ascenso Pasar al a quienes grado Ascenso fallecieren en inmediato actos de superior servicio Cumplimie nto de los requisitos SALIR establecid os
  • 9. Disposiciones Comunes sobre el Régimen Disciplinario Denuncias de actos de Deber de corrupción investigar La ausencia de denuncia no inhibe la acción disciplinaria. REGIMEN DISCIPLINARIO SALIR EFICIENTE