1) Existen diferentes clases de contribuciones especiales en Venezuela, como la contribución por plusvalía y la contribución por mejoras. 2) La contribución por plusvalía se origina por el incremento en el valor de la propiedad debido a cambios de uso o aprovechamiento de acuerdo a planes de ordenación, mientras que la contribución por mejoras se causa por obras públicas o servicios que benefician a determinadas personas. 3) Las tasas se basan en la prestación de servicios individualizados, las contribuciones surgen de beneficios por obras públicas,
Contribuciones especiales: es una especie tributaria independiente del impuesto y de la tasa y está constituida por la actividad que el estado realiza con fines generales, que simultáneamente proporciona una ventaja particular al contribuyente; el destino es necesario y exclusivamente el financiamiento de esa actividad.
Contribuciones especiales: es una especie tributaria independiente del impuesto y de la tasa y está constituida por la actividad que el estado realiza con fines generales, que simultáneamente proporciona una ventaja particular al contribuyente; el destino es necesario y exclusivamente el financiamiento de esa actividad.
El Derecho Financiero es una rama del Derecho Público, entendiéndose como tal, al conjunto de normas jurídicas, emanado de un Estado de Derecho cuyo fin es regular la actividad financiera del Estado. Otra definición del Derecho Financiero, hace referencia a aquel conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular la actividad Financiera de un Estado en el establecimiento, obtención, manejo y erogación del gasto público; Además de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos y los particulares. Cabe recalcar que este accionar participa diversos niveles de organismos de la administración pública, desde el propio gobierno nacional pasando por los gobiernos regionales, gobiernos municipales y las diversas entidades descentralizadas del Estado.
ქართული ოცნება, წინასაარჩევნო დაპირებები და საარჩევნო პროგრამაKonstantin Stalinsky
1 დემოკრატიული განვითარება
11 ადამიანის უფლებები: ღირსება, თავისუფლება და უსაფრთხოება6
12 ადამიანის უფლებების დაცვის ინსტიტუციური მექანიზმები9
13 მმართველობის სისტემა, პოლიტიკური სისტემა და სამოქალაქო საზოგადოება12
2 ეკონომიკური განვითარება
21 მაკროეკონომიკური სტაბილურობა15
22 დასაქმება16
23 ბიზნესგარემო16
24 ეკონომიკური რეფორმები19
241 კაპიტალის ბაზრის რეფორმა19
242 საპენსიო რეფორმა19
243 მიწის რეფორმა19
244 საჯარო-კერძო პარტნიორობის სისტემის განვითარება20
245 ასოცირების შეთანხმებით განსაზღვრული სხვა ეკონომიკური რეფორმები20
25 სივრცითი მოწყობა20
26 თავისუფალი საგარეო სავაჭრო ურთიერთობები21
27 ინფრასტრუქტურული განვითარება21
28 დარგობრივი ეკონომიკური პოლიტიკა22
281 ენერგეტიკა22
282 სოფლის მეურნეობა23
283 ტრანსპორტი25
284 ტურიზმი25
29 რეგიონული ეკონომიკური პოლიტიკა26
210 გარემოს დაცვა27
3 სოციალური განვითარება
31 ჯანმრთელობის დაცვა და სოციალური უზრუნველყოფა29
311 ჯანმრთელობის დაცვა29
312 სოციალური დაცვა31
32 განათლება33
33 კულტურა, სპორტი, ახალგაზრდობის პოლიტიკა38
4 საგარეო ურთიერთობები, უსაფრთხოება და თავდაცვა
41 უსაფრთხოებისა და სუვერენიტეტის განმტკიცება, დეოკუპაცია და ტერიტორიული მთლიანობის აღდგენა41
42 ევროპული და ევროატლანტიკური ინტეგრაცია44
43 ქვეყნის თავდაცვისუნარიანობის გაძლიერება46
44 ამერიკის შეერთებულ შტატებთან სტრატეგიული თანამშრომლობის გაღრმავება47
45 რუსეთის ფედერაციასთან კონფლიქტის მშვიდობიანი დარეგულირება48
46 მეზობელ და რეგიონის სახელმწიფოებთან ურთიერთობების განმტკიცება და სტრატეგიული პროექტების განვითარება49
47 მსოფლიოს მასშტაბით საქართველოს ეკონომიკური მიმზიდველობისა და კულტურის პოპულარიზაცია50
48 საზღვარგარეთ მყოფი საქართველოს მოქალაქეების უფლებების დაცვა
და დიასპორასთან მჭიდრო კავშირების განვითარება51
მთავრობის 4 პუნქტიანი გეგმა53
Venezuela es un país cuya fuente principal de ingresos siempre ha derivado del petróleo, de los hidrocarburos y de la explotación de recursos no renovables, por lo que era considerado uno de los países con más baja carga impositiva. Desde hace varios años estos ingresos se le hicieron insuficientes para subsidiar los gastos públicos, por lo que recurre a la implantación de un sistema tributario para generar mayores ingresos. El propósito de este trabajo es conocer lo que es un sistema tributario, y las causas de la evasión fiscal que uno de los problemas que enfrenta el país actualmente. Es importante conocer todo acerca de los tributos porque Venezuela desde hace algunos años ha aumentado de una forma considerable su carga impositiva para hacer frente a los gastos públicos que ocurren en el país, además hay que crear conciencia tributaria para disminuir significativamente la evasión fiscal que tanto afecta al país. Un sistema tributario esta formado y constituido por el conjunto de tributos que estén vigentes en un determinado país y en una época establecida. No hay un sistema tribuario igual a otro, porque cada país adopta diferentes impuestos según la producción, forma política, necesidades, etc. En Venezuela se estableció que el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo, por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, el cual debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo. El estado necesita de los tributos, para poder subsidiar los gastos públicos, pero esta claro que los distintos gobiernos a pesar de sus esfuerzos poco han logrado en su lucha contra la evasión fiscal. Es conveniente señalar que la evasión fiscal es un problema de cultura, y es responsabilidad fundamentalmente del gobierno crear esa cultura en los contribuyentes.
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
SUPERIOR
UNIVERSIDAD “FERMÍNTORO”
BARQUISIMETO – EDO LARA
DERECHOTRIBUTARIO
PARTICIPANTE:
Ricardo Reyes
C.I.Nº 21506846
SECCION:
SAIA A
Barquisimeto, Enero 2017
2. DEFINICIÓN CARACTERISTICAS EJEMPLOS DE CADA UNA
¿Cuáles son las
clases de
contribuciones
especiales que
existen en
Venezuela?
*Son tributos cuyo
hecho generador
consiste en
beneficios
individuales o de
grupos sociales,
derivados de la
realización de obras
públicas o de
especiales
actividades del
Estado.
*Se trata de
prestaciones
tributarias
establecida por la
República, los
Estados o los
Municipios mediante
una ley,
*Tributos cuyo hecho imponible
consiste en la obtención por el
obligado tributario de un beneficio
o de un aumento de valor de sus
bienes.
* Directamente relacionada con las
mejoras de las obras públicas o del
establecimiento o ampliación de
servicios públicos.
*Su importancia en el montaje
global de los ingresos públicos es
marginal, llama la atención de los
estudiosos por el hecho de que se
sustituye el principio de capacidad
económica por el beneficiario.
*Esto es, no paga más el que más
tiene, si no que paga más el que
más se beneficia por la obra o por
servicio en cuestión.
*Los ingresos que recaudan a
través de la misma están adscritos
a un gasto correcto, que es el que
da lugar al cobro de la misma, en
lugar de formar parte genérica de
los ingresos a repartir en los
presupuestos generales del estado.
• CONTRIBUCIÓN SOBRE PLUSVALÍA.
Hecho imponible.
Según lo dispone el artículo 179 de la LOPPM, la
contribución sobre plusvalía se origina por el incremento
en el valor de la propiedad consecuencia de cambios de
uso o de aprovechamiento, previstos en los planes de
ordenación urbanística que resulte beneficiada.
Condición para crear la contribución.
El artículo 180 de la LOPPM establece que la contribución
especial sobre plusvalía sólo podrá crearse cuando el
aumento del valor de las propiedades inmuebles sea igual
o superior al veinticinco por ciento (25%) de su valor
antes del cambio de uso o de intensidad de
aprovechamiento.
Base imponible.
De acuerdo con el artículo 181, de la LOPPM, la
contribución especial sobre plusvalía no podrá exceder de
un quince por ciento (15%) del monto total de la plusvalía
que experimente cada inmueble.
Destino de la recaudación.
Lo recaudado por concepto de contribución sobre
plusvalía se destinará a la realización de las obras o
prestación de los servicios urbanos que se determinen en
la Ordenanza que crea la contribución (artículo 179 de la
LOPPM, parte final.
Cuadro Explicativo
3. DEFINICIÓN CARACTERISTICAS EJEMPLOS DE CADA UNA
¿Cuáles son las
clases de
contribuciones
especiales que
existen en
Venezuela?
•*Contribución por mejoras.
La contribución por mejoras se incluye dentro de los
ingresos municipales, en el numeral 3° del artículo 179 de
la CRBV; pero bajo la forma de participación, al
establecerse en dicho numeral como ingreso del ente: “la
participación en la contribución por mejoras y otros
ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las
leyes de creación de dichos tributos”.
*Hecho imponible.
La contribución especial por mejoras se causará, según lo
establece el artículo 182, de la LOPPM, por la ejecución,
por parte del Municipio o con su financiamiento, de las
obras públicas o prestación de un servicio público que sea
de evidente interés para la comunidad, siempre que,
como consecuencia de esas obras o servicios, resulten
especialmente beneficiadas determinadas personas.
*Base imponible.
El importe de la contribución por mejoras será
determinado por el Concejo Municipal en función del
costo presupuestado de las obras o de los servicios; pero
no excederá, en ningún caso, del cincuenta por ciento
(50%) del costo de las obras o servicios. El porcentaje de
la base imponible que corresponderá a cada beneficiario
de la obra o servicio y las demás condiciones de
procedencia, se regirán por lo previsto en las
correspondientes ordenanzas (artículo 182, LOPPM).
4. TASA CONTRIBUCIÓN TRIBUTO
¿Cuáles son las
diferencias existentes
entre tasa,
contribución y
tributo?
*Tributo exigido por el estado con
motivo de la prestación de
un servicio individualizado al
obligado.
*Es el tributo que cobra el estado
por determinados servicios
públicos de carácter divisible, al
realizarse el pago se recibe una
contraprestación concreta,
totalmente definitiva e inmediata.
*Si se identifican la partida y la
contrapartida de la vinculación
tributaria. Por ejemplo: Timbre
Fiscal, Registro Público, Arancel de
Aduana, Arancel Judicial, Tasa
Aeroportuaria.
*Es aquel tributo en virtud del cual
un individuo o determinado grupo
social percibe un beneficio,
derivados de la realización de
obras, de gastos públicos o de
actividades
*Son aquellos tributos cuyo hecho
imponible consiste en la obtención
por el sujeto pasivo de un beneficio
o de un aumento de valor de
sus bienes, como consecuencia de
la realización de obras públicas o
del establecimiento o ampliación de
servicios públicos.
*Tienen su basamento en la
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela,
sustentado en los siguientes
artículos:
Artículo 133: " Toda persona tiene
el deber de coadyuvar a los gastos
públicos mediante el pago de
impuestos, tasas y contribuciones
que establezca la ley" …
*Son las prestaciones pecuniarias que el
Estado, o un ente público autorizado al
efecto por aquél, en virtud de
su soberanía territorial; exige de sujetos
económicos sometidos a la misma.
•El tributo es todo pago o erogación que
deben cumplir los sujetos pasivos de la
relación tributaria, en virtud de una ley
formalmente sancionada como
consecuencia de la realización del hecho
imponible, obligatorio y unilateral,
creado por el estado en uso de su
potestad y soberanía, con el fin
primordial de obtener los ingresos
necesarios para el sostenimiento de los
gastos públicos.
* Se clasifican en impuestos, tasas y
contribuciones especiales.
5. ¿Cuáles son las
diferencias existentes
entre tasa,
contribución y
tributo?
TASA CONTRIBUCIÓN TRIBUTO
Entre sus tipos:
Por la prestación de servicios
públicos, Ejemplos:
Abastecimiento de agua potable y
servicio de aseo domiciliario.
Tasas judiciales, entre las cuales se
encuentran las de jurisdicción civil
contenciosa (Ejemplo: por juicios
civiles); las de jurisdicción civil
voluntarias (Ejemplo: por juicios
sucesorios) y las de jurisdicción
penal (Ejemplo: por procesos de
derecho penal común).
Tasas por poder de policía
administrativa (Ejemplo: Por
otorgamiento de licencias y
autorizaciones).
Entre sus tipos:
Contribución por mejoras: son las
que se causan por la ejecución de
obras públicas o prestación de un
determinado servicio público de
evidente interés colectivo, siempre
que, como consecuencia de esas
obras o servicios, resulten
especialmente beneficiadas
determinadas propiedades.
Contribuciones de seguridad social:
denominadas también
parafiscalidad, están a cargo de
patronos y trabajadores y cuya
recaudación se destina a la
financiación de servicios de
previsión y asistencia social.
Entre sus tipos:
*Impuesto sobre la renta.
*Impuesto sobre sucesiones,
donaciones y demás ramos conexos.
*Impuesto la producción, el valor
agregado.
* Impuesto sobre los hidrocarburos y
minas.
* Impuesto sobre los gravámenes a la
importación y exportación de bienes y
servicios.
*Impuestos que recaigan sobre el
consumo de licores, alcoholes y demás
especies alcohólicas, cigarrillos y demás
manufacturas del tabaco.
* Impuestos territoriales o sobre
predios rurales y sobre transacciones
inmobiliarias.
Los elementos que la caracterizan
son:
-Timbre fiscal – registro público –
servicio consular.
-Aduanas – propiedad horizontal –
telecomunicaciones.
-Aviación civil – arancel judicial –
navegación.
-Bultos postales, puertos,
aeropuertos.
Los elementos que la caracterizan
son:
Servicios de telecomunicaciones
con fines de lucro.
De mejoras – de seguridad social.
Los elementos que la caracterizan son:
–Impuesto sobre la renta
-Impuesto al valor agregado (IVA)
-Sucesiones, donaciones y demás
ramos conexos.
-De aduanas
-De cigarrillos
-Alcohol y especies alcohólicas