2. • En 1808 hubo una serie de sucesos manifestaba la debilidad del
imperio.
• Napoleón invadió España y Carlos IV y Fernando fueron
hechos prisioneros.
• Ante el vacío de la monarquía, los ciudadanos libres en todas
las regiones de la península, formaban juntas para guardar la
soberanía del monarca.
• En América existe un gran problema. Se mantiene la misma
estructura del poder pero surge la siguiente pregunta: ¿en quién
recae la soberanía?
3. • Se generaron dos respuestas:
1) Sostenida por la Audiencia, decía que la sociedad debería de quedar sin
ningún cambio, mientras el heredero legítimo de la Corona ocupe de
nuevo el trono.
2) Se manifiesta por medio del ayuntamiento de la ciudad de México
(Primo de Verdad y Francisco de Azcárate), introducían la idea que
cambia el sentido del dominio: la soberanía ha sido otorgada al rey por
la nación de modo irrevocable. Las abdicaciones de Carlos y Fernando
son nulas.
• Cuando el rey se encuentra imposibilitado para gobernar la
nación vuelve a asumir el ejercicio de la soberanía. Ellos apelan
a la teoría del pacto social de Vitoria, Suárez y Grocio.
4. • El ayuntamiento no sostiene ninguna tesis
revolucionaria ni pretende alterar el sistema.
• La nación no puede desconocer el pacto con la
Corona, pero puede darse la forma de gobierno
adecuada en tales circunstancias. Pero ¿en que
“nación” recae la soberanía? No se trata de la
voluntad general, la soberanía recae en la sociedad
ya constituida, en los órganos ya establecidos.
• Dentro de la nación, dice Primo de Verdad, los
ayuntamientos constituyen los organismos más
originarios y representativos.
5. • La pugna se traduce en el enfrentamiento de dos
instituciones: la Real Audiencia y el Ayuntamiento.
• La Real Audiencia niega la teoría del pacto social, en cambio,
el Ayuntamiento defiende la necesidad de que el virrey
convoque a un “congreso” destinado a gobernar el país en
ausencia del monarca.
• Se pueden vislumbrar dos tendencias:
1) Por boca del oidor Villarutia, la junta sería “representativa de
todas las clases” (solo miembros de las élites);
2) Primo de Verdad tiene otra idea de “congreso”. Puesto que la
verdadera representación popular se encuentra en los
ayuntamientos, la junta que se planea deberá estar constituida
fundamentalmente de “diputados de todos los cabildos,
seculares y eclesiásticos”. Así el congreso se concibe como una
ampliación en el plano nacional de la representación popular.
6. • En 15 de septiembre de 1808 un grupo de
conspiradores, dirigido por Gabriel Yermo, da un golpe
de estado.
• Destituyen al virrey Iturrigaray y convocan a la Real
Audiencia que nombra al nuevo virrey Pedro Garibay.
• De este modo la Real Audiencia gobernará con mano
fuerte durante este periodo.
• El golpe de estado y la posterior destitución del
arzobispo Lizana, al cortar de raíz todo intento de
reforma, tiene un efecto contrario: obligan a radicalizar
la actitud de los criollos.
7. • Para 1810 la fuerza política del ayuntamiento es
nula.
• Si los criollos quieren triunfar, no les bastará su
propia fuerza.
• Se verán obligados a despertar a otras clases
sociales hasta entonces al margen, es decir, se
tendrán que aliar con las clases trabajadoras.