El documento resume las transformaciones sociales, económicas y políticas en Nueva España durante el siglo XVII, incluyendo el surgimiento del sistema de encomiendas y repartimiento, el desarrollo de las haciendas y obrajes, y la consolidación del poder de la Corona española sobre sus dominios americanos a través del establecimiento de la República de Indios y la República de Españoles.
Transformaciones sociales y régimen de trabajo indígena en Nueva España
1. EL SIGLO DE INTEGRACIÓN
2da Parte
Sofía Martínez Parente García
2. TRANSFORMACIONES SOCIALES, ENCOMIENDAS
Y RÉGIMEN DE TRABAJO INDÍGENA
ECONÓMICO
SOCIAL
POLÍTICO
-Encomenderos obtenían
riqueza y propiedad de la
tierra por los tributos y
servicios.
-Asentamiento
supone
la
transformación de lo que quedó y la
creación de nuevas formas de vida.
-La Corona intenta abolir las
encomiendas, con lo que
surge el repartimiento.
-Los
conquistadores
forman
encomiendas: indios servían y
tributaban,
encomenderos
evangelizaba y otorgaba buen trato.
-Todo
el
sistema
de
repartimiento estaba a cargo
de oficiales reales, caciques
y
mandones
de
la
organización
política
indígena.
- Surge el repartimiento. En
él el servicio estaba
retribuido con un salario
que se suponía justo.
- El juez repartidor imponía
multas si no se cumplía el
servicio.
- En las haciendas, la
manera de mantener a los
peones asalariados fue el
endeudamiento.
-Encomenderos no gozaban
servicio de sus encomendados.
del
-En el repartimiento los abusos y
arbitrariedades fueron constantes.
- Epidemia de 1576-1579 pone en crisis
eficiencia de los servicios.
- La hacienda se estructura como una
unidad autosuficiente.
-Había un juez repartidor,
encargado de atender las
demandas
de
los
empresarios.
-En 1631
legalmente
indígena.
es
el
abolido
trabajo
3. HACIENDA
• Ocupación española en tierras no se ajusto ni a las condiciones ni control
efectivo.
•
Se trataba de apropiaciones de facto.
• Desde 1600, los ocupantes de la tierra se vieron obligados a componer su
situación frente a las autoridades.
– Se fueron convirtiendo en legítimos señores
• La fijación de la tenencia de la tierra y del poder de sus dueños, surgió la
clase de los “señores de la tierra”.
• “Mayorazgo”
– Transmisión de la propiedad al primogénito.
– Busca evitar la fragmentación de la propiedad de grandes extensiones de tierra.
4. OBRAJES
Facilitaría las
visitas de
autoridades
civiles y
eclesiásticas.
Obraje
Inversión
Por ser ciudades
Se intentó
reducirlos a México,
Puebla, Oaxaca y
Valladolid.
No funcionaron
debido al fraude y
soborno a las
autoridades
Mano de Obra
Pueblos
de
indios,
personas condenadas a
servicios
forzosos,
trabajadores contratados.
Don Martín
Enríquez dictó
leyes para
evitar abusos
Trabajadores
contratados
retenidos
mediante
endeudamiento
5. SOCIEDAD Y GOBIERNO
• La Corona española y el Consejo de Indias trataron de
comprender a todos los miembros de la sociedad
novohispana.
• Recopilación de las leyes de los territorios de las Indias en
1681.
• Lo que hoy se considera organización social y política se
llamaba en el siglo XVII orden de república.
• Dos repúblicas
– La de los indios
– La de españoles.
6. REPÚBLICA DE LOS INDIOS
ORGANIZACIÓN
ECONÓMICA
-Se formaron las cajas de
comunidad
donde
se
guardaba el dinero en común.
-Estas cajas se encontraban
debidamente aseguradas, se
trataba de mantener el
dinero a salvo de la
comunidad, evitando que las
autoridades de la república lo
malgastaran en borracheras o
que lo utilizaran en provecho
de las autoridades distritales
o los religiosos y eclesiásticos.
ORGANIZACIÓN
SOCIAL
-La
conquista
espiritual
llevada a cabo por las
órdenes religiosas fue un
éxito, ya que los pueblos
mostraron una predisposición
a aceptar la religión católica,
así como ejercitarse en sus
virtudes.
-Pleitos por la posesión de
tierras y aguas.
-Costos
para
comunidades.
las
ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
- Hubo orden, pero no paz.
Las autoridades tradicionales
fueron
desplazadas
por
advenedizos.
-Cabildos,
modelo
del
gobierno municipal español.
-Oficiales de la república.
7. REPÚBLICA DE ESPAÑOLES
• La república de españoles está más implícita que expresa.
• Su existencia y modo de convivir se asumen como hecho
dado y corresponden a la legislación general de Castilla.
• Cabildos cadañeros: poco importantes políticamente, pero
refugio de criollos.
• Cargos de verdadera
peninsulares.
importancia
reservados
para
8. Península: el rey y
el Consejo de
Indias. Nueva
España: Virrey y
Real audiencia.
Distritos: Alcaldes
mayores y
corregidores.
Villas y ciudades:
cabildos.
Asegurar la
armonía entre el
poder temporal y
espiritual. La
armonía teórica,
pero no fue
siempre real en la
práctica
El poder de la
Corona de Castilla
sobre los dominios
americanos se
había afirmado en
el siglo XVI
Corona se afirmó
como única titular
del gobierno y
decisión
EL
EJERCICIO
DEL PODER
Se consolidó el
poder de la Corona
sobre los dominios
americanos
Regio Vicariato, o
sea la instrucción
jurídica eclesiástica
y civil, por la que
los reyes ejercían
en las Indias plena
potestad canónica